Decreto 1413-1960
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1413-1960
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1960
EL Guate de Guatems: DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA AMERICA FUNDADO EL 19 DE ENERO DE 1886.-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónAdministración: Telefono 24418
Central de Correos de Guatemala. el 6 de marko de 1950, bajo el No 749.Impreso on Diario de Centro-Agencia: Telefono 28027
DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS America, go Av. 11-34, Zona 1.
TOMO CLX Guatemala, Sábado 10 de Diciembre de 1960 NUMERO 65 SUMARIO terminados por el decreto número 1269 de cional, es necesaria la unificación de esfuer-este Organismo, pero para ello será condición ORGANISMO LEGISLATIVO zos, creando el organismo funcional del Ins.precisa que se compruebe dicho extremo portituto Nacional de Electrificación (INDE), enDecreto Número 1411 medio de los conocimientos de embarque que,forma que responda a la segunda parte deDecreto Número 1413 conforme a la ley, se adjuntan a las pólizas para fines aduaneros. Para este efecto, care-lps Artículos 8° y 11 del Decreto del Congre-so número 1390, ORGANISMO EJECUTIVO cerán de valor los comprobantes de transporte al puerto de embarque. POR TANTO, MINISTERIO DE ECONOMIA Artículo 2°-A las mercancías a que se re-Declárase que la fabrica de fajas y brassiers denominada Con fundamento en las facultades quefiere el artículo anterior, se les exonera total-"Centro America", pertenece a la categoria de "Industria confieren los Artículos 147, incisos 19 y 10Nueva". mente de los derechos de almacenaje en quede la Constitución de la República,han incurrido, siempre que las mismas sean
MINISTERIO DE HACIENDA Y extraídas dentro de los treinta días hábiles a DECRETA: CREDITO PUBLICO contar de la fecha de vigencia de este decreto. Las siguientes reformas al Decreto del Con-Exonerase de licitación la adquisición de 2 lanchas de pa-trullaje "Striker". greso número 1287, como sigue: Concédese exoneración de derechos arancelarios a favor Artículo 3°-EI presente decreto entrará en de La CARE. vigor el día siguiente de SU publicación en elArtículo 1°-EI inciso b) del Artículo 79,Diario Oficial. queda así:Hacese la exoneración que se menciona a favor de la CARE. Modificase et acuerdo gubernativo de 19 de octubre de 1960. emitido por conducto del Ministerio de Hacienda y Cré.Pase al Organismo Ejecutivo para SU pu-"b) Los cuatro miembros restantes (propietedito Público, relativo a la compra de dos lanchas de pa-blicación y cumplimiento. rios y supientes) serán designados por eltrullaje "Striker". Presidente Constitucional de la RepúbliDado en el Palacio del Organismo Legislaca, quien los escogerá de las listas de ANUNCIOS VARIOS tivo: en Guatemala, a los seis días del mes seis personas que presentarán, cada una de diciembre de mil novecientos sesenta. de las siguientes entidades: La CámaraMatrioalos.-Solleitut de nacionalidad de trans porte-Patentes de invención.-Registro de marcas.- de Industria, la Asociación General de Titulos supletorios.-Edictos-Remates. JORGE LUIS ZELAYA CORONADO, Agricultores, el Consejo Nacional de PlaEsso Standard (Guatemala) Inc. Estado de Balance Gene. Presidente. nificación Económica y El Instituto desal al 31 de diciembre de 1959. Fomento Municipal". BALDOMERO MORALES PIVARAL, Secretario. Artículo 2°-EI Artículo 16, queda así: ORGANISMO LEGISLATIVO FELIPE NERI BARRIENTOS ROSALES, "Artículo 16.-EI Consejo elegira con el vo-Secretario. to favorable de cinco de SUS miembros o más, Palacio Nacional: Guatemala, nueve de dia los candidatos para ocupar el cargo de GeDECRETO NUMERO 1411 ciembre de mil novecientos sesenta. rente General, cuya designación hará el Presidente Constitucional de la República, de una EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Publiquese y cúmplase. terna que le proponga el Consejo. DE GUATEMALA, MIGUEL YDIGORAS FUENTES El Consejo elegirá directamente con el voto favorable de cinco de SUS miembros o más, a CONSIDERANDO: El Ministro de Hacienda y los Subgerentes que estime necesarios, a un Crédito Público. Tesorero y a un Auditor Interno. Que con la emisión del decreto número MANUEL BENDFELDT J. 1339 de este Organismo, se elevó en formà Los funcionarios nombrados en este Arconveniente el aforo que grava las importatículo fungirán durante un período de cuaciones de vajilla y de utensilios de cocina, aDECRETO NUMERO 1413 tro años · podrán ser reelectos por períodosiguales".
fin de contrarrestar el drenaje de divisas, COmo lo imponía la necesidad de incrementarEL CONGRESO DE LA REPUBLICA Artículo 39-EI Artículo 18, queda así:las reservas monetarias internacionales del país; BE CUATEMALA, Artículo 18.-Los miembros del Consejo DIrectivo podrán ser removidos por medio deCONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Acuerdo Gubernativo emitido en Consejo de Ministros. La destitución de tales funcionarios Que la adopción de tal medida condujoQue es necesario armonizar las disposiciola finalidad perseguida; habiéndose desalen-nes y consideraciones contenidas en los Decre-sólo podrá hacerse por los motivos que establece el Artículo 120 de la Constitución de tado ese tipo de importaciones; pero que estos de este Organismo números 1390 y 1287,la República. deber del Estado, en beneficio del créditoy dar la categoría que se atribuye en la Ley mercantil del país, solucionar en forma justaal Consejo Nacional de Planificación Econó- No podrá resolverse la remoción de ningún y conveniénte las situaciones creadas debidomica, ya que éste es el Organismo encargadoDirector sin que previamente se le haya con8 la forma en que hubo necesidad de aplicarde emitir los dictámenes relativos a las obrascedido por el Consejo Directivo, audiencia ydicha ley, del Instituto Nacional de Electrificación;término prudencial para defenderse".
POR TANTO, CONSIDERANDO: Artículo 49-Se modifica el inciso 1) del Artículo 21, y se adiciona éste con un nuevo in-DECRETA: Para el logro de esta armonía, también es ciso que llevará la letra n), así: preciso que el articulado de la Ley de CreaciónArtículo I°-Se exceptúan del aumento dis-del Instituto Nacional de Electrificación, guar-"I) Nombrar y remover, por acuerdo míni-puesto por el decreto número 1339 del Conde relación con los preceptos constitucionalesmolde cinco votos, a los Subgerentes, al Teso-greso de la República los despachos de va-que la misma cita, ya que de la lectura del rera y al Auditor Interno". jilla y utensilios de cocina, con O sin partes deDecreto del Congreso número 1287, en SU metal ordinario, clasificables en el inciso nú-Artículo 18 se refiere al Artículo 12 de la "n) Proponer tres candidatos para el cargomero 666-03-00-01 de la tarira de impor-Constitución, que ninguna aplicación cabe de de Gerente General, quienes formarán la tertación, que a la fecha se encontraren pen-él, debiendo referirse al Artículo 120 de la na que se debe presentar al Presidente Cons-dientes de desalmacenaje en las aduanas deConstitución de la República;
la República, siempre que hubieren sido emtitucional de la República para que éste haga barcados con anterioridad al 17 de marzo de la designación correspondiente".CONSIDERANDO: 1960, fecha en que entró en vigor dicha lev. Artículo 5°-EI presente Decreto entrará enEn consecuencia, a dichos envíos deberá apli-AI aportar los fondos necesarios a la efivigor el día siguiente de su publicación en elcarse los aforos específicos y ad deCOD realización del plan de electrificación na-Diario Oficial.586 EL GUATEMALTECO-DIARIO OFICIAL NUMERO_65 impuesto sobre la renta en otro país con el cual CONSIDERANDO: Pase al. Organismo Ejecutivo para SU publi-exista un convenio sobre tributación. Quecación y cumplimiento. dan exceptuados de esta disposición los impuesQue oído el Ministerio Público se pronunció los municipales. en sentido favorable a la solicitud. presentada, Dado en ell Palacio del Organismo Legislativo: en Guatemala,- a los seis días del mes deArtículo 6°-Comunicar el presente acuerd POR TANTO, diciembre de mil: novecientos sesenta. al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y al interesado, para los efectos consiguientes.Con base en los Decretos Nos. 1095 y 1168 del JORGE LUIS ZELAYA CORONADO, Congreso de la República,Comuniquese. Presidente.
PRADO GARCIA SALAS. ACUERDA:
BALDOMERO MORALES PIVARAL, JULIO MONTANO NOVELLA, Artículo 1°-Se concede a la CooperativaSecretario. Subscoretario. 145174 Americana de Remesas al Exterior (CARE). exoneración de los derechos-araneelarios -demás FELIPE-NERI BARRIENTOS R., -impuestos que gravan layimportación de doceSecretario (12) máquinas de coser; ocho (8) equipos de carMINISTERIO DE HACIENDA Y pinteria; .dos (2.equipos-agsicalas;-veinticuatro Palacio Nacional: Guatemala nueve de di- (24) lámparas de kerosina; veintiocho (28) equi. ciembre de mil novecientos sesenta. CREDITO PUBLICO pos escolares; seiso lequipos deportivos educativos; diez y nueve (19) cartones conteniendo 19 cinvarams o máquina de-hacer,blokes de cePublíquese y cémplase. mento; y seis (6) equipos 'de primeros auxilios, Exonérase de licitación la adquisición de, lanque con procedencia de New York, U.S.A.,.ha MIGUEL YDIGORAS FUENTES chas de patrullaje "Striker". llegado a su consignación para fines, de beneficencia.
Palacio Nacional: Guatemala, 19 de octubre El Ministro de Hacienda y 1960. Artículo 2°-E1 presente acuerdo entrará enCrédito Público. vigor el día siguiente de su publicación en el MANUEL BENDPELDT J. El Presidente de la República, diario oficial.
vista del dictamen emitido por la Contraloria de Cuentas, bajo número 861.60 del 17 Comuniquese. ORGANISMO EJECUTIVO de agosto del corriente año, YDIGORAS FUENTES.
ACUERDA: Por. eh Ministro de Hacienda Exonerar de los requisitos de licitación pú- y Crédito Público.
MINISTERIO DE ECONOMIA blica y privada, la adquisición de dos lanchas CARLOS PAREDES LUNA, de patrullaje "Striker" de 28', que el Gobierno Subsecretario. Declárase que la fábrica de fajas Y brassiers de.de República con fondos, que. proporcionará nominada "Centro America" perfenece: a lala International Cooperation Administration categoría de "Industria Nueva" (ICA), comprará a la firma "Striker-Boats Inc." de Pompano Beach, Florida, EE. UU. de A., porModificase el acuerdo-gubernativo de 19de OC. la suma de Q9,950.00 CIF Puerto Barrios, una, tubre de 1960, emitido por conductoude) Palacio Nacional: Guatemala, 29 de noviem-@10,500.00 CIF Puerto de San José la otra. nisterio de Hacienda Crédito Público bre de 1960. tivo a la compra. de dos langhas de patrullaje Las lanchas de que se trata quedarán al ser- "Striker". El Ministrode-Eeonomia, vicio de la, Marina de la Defensa Nacional.
CONSIDERANDO: Palacio Nacional; Guatemala,"9 de diciembre
Comuniquese. de 1960. Que els Consejo de Asesoria dicYDIGORAS FUENTES. de de noviembreudel corriente El Presidente de la República, año. pronunción a lansolicitud Por Ministro de Hacienda presentada, por el señor Alfonso Gadala María,y Crédito-Público, "ACUERDA: relativa a que se le concedan los beneficios queCARLOS PAREDES LUNA, otorga la Ley de Fomento Industrial, a favorSubsecretario Modificar el Acuerdo Gubernativo emitido con de la fábrica de fajas y brassiers "Centro Amé- fecha diez y-nueve de octubre de novecien rica", tos sesenta, por el órgano del Ministerio de Hacienda y Grédito Público, en el sentido , de que POR TANTO Concédese exoneración de derechos arancelarios las dos lanchas de patrullaje "Striker" que el favor de la CARE. Gobierno de la República comprará la firma Con base en el Decreto número 1817 del ConStriker Boats Inc., de Pompano, Florida, sin gresonde la República, Palacio Nacional: Guatemala, 6 de diciembrellenar los requisitos de licitación pública y privada. con fondos propercionará la "Interna.
ACUERDA: de 1960. tional Cooperation Administration, serán desti.
El Presidente Constitucional de la República, nadas servicio de, laGuardia del Macienday Artículo 19-Declarar que la fábrica de -fano de laGMasina de la' Defensa Nacional, como jas y brassiers denominada "Centro América",Alfonso Gadala perCONSIDERANDO: se habia dispuesto.
Jenece a. la categoria, de, "Industria Nacka". conformidad con el inciso b). del Artículo delQue es deber del Estado brindar apoyo a toComuniquese. Decreto 1317 del Congreso de la República (Leydas aquellas instituciones que: trabajan dema. nera desinteresada en la realización de obras YDIGORAS FUENTES. de Fomento Industrial). de aprovechamiento general, 2° presente industria inició El Ministro de Hacienda instalaciones el,,mes, 1960 POR TANTO, Crédito Público, y comenzará a producir. en escala industrial en MANUEL BENDFELDT J. Con base en los Deoretos Nos. 1095 1168 delenero de 1961. Congreso de lat República, Artículo 39-El capital social de esta empreACUERDA: sa es de Q35,000.00, aportado en forma-Indivi. ANUNCIOS VARIOSdual. Artículo 19-Se concede a la: Cooperativa Americana de Remesas al Exterior (CARE), exoArtículo 4°-La capacidad minima de esta emneración de los derechos arancelarios y demás presa es de 10,000 Kg. anuales. impuestos que gravan la importación de una estufa eléctrica, que llego a consignación del se. Artículo 5°-La empresa en mención gozará MATRIMONIOSñor Edward T. Greaves, según conocimiento de
de expneración de lo siguiente: L.+Exoneraciónembarque aéreo No A 4153 de Aviateca. por un período de diez años delepago de dereEl infrascrito Notario público, hace saber: chos e impuestos de importación, exceptuandoArtículo 2°-El presente acuerdo entrará en que a mi oficina profesional situada en lalas tasas y cargos en compensación de serviciosvigor el-dia siguiente de su publicación en elcalle once guión cincuentiuno de la zona uno de prestados, sobre los siguientes artículos, en tan-diario oficial. esta ciuidad, han presentado solicitud para que to no se fabriquen o manufacturen en el país Jos una en matrimonio civil, el Sr. Jesús Luen cantidad suficiente y que, siendo indispen.Comuniquese gardo Gómez, de nacionalidad mexicana, Ade sablespara, industria. de que se trata, sean veinticuatro años de edad, soltero, contador, con insustituibles por los de, producción a) YDIGORAS FUENTES. domicilio y residencia habitual en la república Materiales de construcción que se necesitan pade México y quien se identifica con su certifira, la instalación y el mantenimiento de la ma-Por el Ministro Hacienda cación de partida de nacimiento, extendida en quinaria de la fábrica respectiva y para erigiry Crédito Público, la república de México; y la señorita Aura Yoel. edificio, dépendencias y obras necesarias pa-CARLOS PAREDES LUNA, landa Rivera Maldonado, de nacionalidad guara la misma; b) Maquinaria, equipo :acSubsecretario temalteca, de veintidós años de edad, soltera,
cesorios que se requieran para la referida in. maestra de educación primaria y con domicilio dustria, incluyendo vehículos de tracción autoy residencia en esta ciudad capital. Ambos, han motriz para usos industriales, determinados, pe-Hácese la exoneración que se menciona a favor manifestado no tener ningún impedimento para TO exceptuando los destinados al transporte dede la CARE. contraer matrimonio y de documentos presentapasajeros o mercaderías; y c) Materias primas, dos así se infiere; y con base en lo preceptuado ccmbustibles y lubricantes (exceptuando gasoPalacio Nacional: Guatemala, 6 de diciembre en el artículo 1,079 del Decreto legislativo 2009, lina), envases y artículos, semielaboradós, pro-de 1960. modificado por el artículo 19.,del Decreto del pios para montaje O ensamble de vehiculos 0 Congreso de la República, número 1145, se manEl Presidente Constitucional de la República, dan hacer las presentes publicaciones, para maquinaria. II.-Exoneración por un períodode cinco años y reducción de un 50% en los que quienes conozcan algún impedimento legal oinco años siguientes, del impuesto sobre utili. CONSIDERANDO: para !a celebración de este matrimonio, lo hadades 0 de cualquier otro impuesto, fiscal que gan saber al Notario que autorizará y suscribe se decrete en el futuro, incluyendo los impuestos Que es deber del Estado brindar apoyo a toeste edicto: Guatemala, veinticinco de noviemaplicables a los dividendos y otros beneficios das aquellas instituciones que trabajan de ma.bre de mil novecientos MApagaderos a los accionistas de la empresa, siem-nera desinteresada en la, realización de obras NUEL ORELLANA ESTRADA, Abogado y Nopre que dichos accionistas no esten sujetos alde aprovechamiento general; tario. 145025-3-10-17.