Decreto 1416-1960
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1416-1960
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 1960
EL Guate DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 19 DE ENERO DE 1886.-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el N° 748.Impreso en Diario de CentroAgencia: Teléfono 28027 América, 9a Av. 11-34, Zona 1.
DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS TOMO CLX Guatemala, Viernes 23 de Diciembre de 1960 NUMERO 76
SUMARIO Dado en el Palacio del Organismo LegisEl Presidente Constitucional de la República, lativo: en Guatemala, a los diez y nueve días CONSIDERANDO: ORGANISMO LEGISLATIVO del mes de diciembre de mil novecientos sesenta. Que en la Ley del Presupuesto corresponDecreto Número 1416. JORGE LUIS ZELAYA CORONADO, diente al presente año fiscal fue creada la plaza Presidente de subjefe del Departamento Administrativo del ORGANISMO EJECUTIVO Trabajo, con el objeto. de descargar las funcioBALDOMERO MORALES PIVARAL, nes del titular de esa dependencia y lograr una MINISTERIO DE HACIENDA Y Secretario. mayor protección social al trabajador, asignándole con posterioridad el Ministerio de Trabajo CREDITO PUBLICO FELIPE NERI BARRIENTOS ROSALES, y Bienestar Social a aquel funcionario, para cumplir tal cometido, el estudio y revisión de
Concédese a favor de la madre superiora de la orden ReSecretario todos los contratos individuales de trabajo quethlemitica (del Hermano Pedro), la exoneración que se menciona. Palacio Nacional: Guatemala, veinte de di-sean presentados al departamento y otras múltiples atribuciones que es' necesario reglamen-ciembre de mil novecientos sesenta. tar
MINISTERIO DE TRABAJO Y
BIENESTAR SOCIAL Publíquese y cúmplase. POR TANTO, Reformase el reglamento del Departamento Administrativo Con base en los artículos 168 inciso 4° y 174 de Trabajo. MIGUEL YDIGORAS FUENTES de la Constitución de la República y 276 del Código de Trabajo,ANUNCIOS VARIOS E1 Ministro de Hacienda Matrinonios.-Solicitudes de nacionalidad-Linea de transy Crédito Público, ACUERDA: porte.-Constitución de sociedades.-Modificacion de SO-MANUEL BENDFELDT J. Las siguientes reformas al reglamento del De-cledades.-Disolucion de sociedades.- Patentes de invencion.-Registro de marcas.-Titulos supletorios.-Edicpartamento Administrativo de Trabajo (ncuerdo gubernativo número 8 de fecha 15 de enerotos.-Remates. ORGANISMO EJECUTIVO de 1958): Artículo 19-E1 artículo 19 del citado reglamento queda así: ORGANISMO LEGISLATIVO MINISTERIO DE HACIENDA Y "El Departamento Administrativo de Trabajo CREDITO PUBLICO para el cumplimiento de sus fines legales, SO
encuentra organizado er. la forma siguiente: DECRETO NUMERO 1416 Concédese a favor de la madre superiora de la orden Bethlemitica (del Hermano Pedro), la a) Jefatura: exoneración que se menciona. b) Subjefatura; y EL CONGRESO DE LA REPUBLICA e) Sección administrativa".
Palacio Nacional: Guatemala, 21 de diciembre BE CUATEMALA, Artículo 29-E1 artícuto 20 del reglamentode 1960. queda así: CONSIDERANDO: El Presidente Constitucional de la República, "La jefatura se encuentra a cargo de un jefe, CONSIDERANDO: cuyas obligaciones y atribuciones principales son Que es indispensable establecer con carácquientes: ter uniforme para toda la República el impues-Que es deber del Estado brindar apoyo a to. to que deben pagar los buhoneros O mercaa' Estudian y resolver todos los asuntos de la das aquellas personas que trabajan de manera competencia de su despacho y supervigilarderes ambulantes; desinteresada en la preservación de la moral las labores desarrolladas por el personal depública; la dependencia;CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: b: Estudiar y resolver todos los asuntos rela.
Que es conveniente que dicho impuesto sea Que oído el Ministerio Público se pronunció cionados con la organización y reorganización de entidades sindicales. adecuado a la capacidad económica de quieen sentido favorable a la solicitud presentada, c) Autorizar las inscripciones de los sindicatos, nes comercian en pequeña escala, sin perjuiclo del derecho de las Municipalidades paPOR TANTO, federaciones y confederaciones, cuya personalidad jurídica haya sido previamente rera cobrar el arbitrio por piso de plaza que Con base en los decretos números 1095 y 1168 conocida; autorizar la inscripción de las juxeventualmente ocupen los buhoneros O merdel Congreso de la República, tas directivas de las mencionadas organiza. caderes ambulantes, ciones sindicales; y resolver lo pertinente en ACUERDA: cuanto a las demás inscripciones y anotaciones que deban operarse en los registros pá-POR TANTO, Artículo 1°-Se concede a favor de la madre blicos que se llevan en su departamento; d) DECRETA: superiora Encarnación Mejia S. C. I. F., de laDictaminar en todos aquellos casos que el Orden Bethlemítica (del Hermano Pedro), exoMinisterio del ramo someta a su conociArtícuto 19-Se establece el impuesto anual neración del pago de la suma de trescientos miento para tal efecto o que especfficamente quince quetzales con dos centavos (Q.315.02), le señale la ley; de fres quetzales (Q3.00) que deberán pagar que representan los derechos de importacióne) Formular la memoria anual de las labores lus buhoneros O mercaderes ambulantes. Este correspondientes a dos paquetes postales conte. realizadas por el departamento dentro de inrpuesto fiscal se pagará en las Administra-nienlo 300 docenas de medallas con cadena, con los primeros diez días del mes de febrero siciones de Rentas O Receptorías Fiscales que foto en colores del Hermano Pedro, que llegaron guiente y someterla al conocimiento ministea S7 consignación y fueron declarados en póliza rial; y corresponda y se hará efectivo en el mes denúmero 12087 de la Aduana de Fardos Postales. 1) Firmar el despacho correspondiente". emero de cada año. Artículo 29-E1 presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Ofi-Artículo 3°-Se adiciona el siguiente artículo: Artículo 2°-El'presente impuesto es el úni-cial. CO que puede cobrarse a quienes ejercen el "Artículo 20.-Las atribuciones del subjefe, son: oficio de buhoneros O mercaderes ambulanComuniquese. a' Estudiar los contratos de trabajo que seanYDIGORAS FUENTES. ies, ya sea que éstos comercien con merçapresentados al departamento, sometiendo a derías nacionales O extranjeras. Por el Ministro de Hacienday Crédito Público, consideración del jefe para su aprobación y firma la resolución por la eual se manden aCARLOS PAREDES LUNA, Artículo 3° EI pago del impuesto a que se devolver por medio de la secretaria los quePrimer Subsecretario. refiere este Decreto no exonera a los buhono estén ajustados a las disposiciones que neros O mercaderes ambulantes de la obligaprescribe el Código de Trabajo, para que sean arreglados conforme a derecho; ción que tienen de hacer efectivo el arbitrio DI Formular las resoluciones para autorizar el que por piso de plaza corresponda a las resMINISTERIO DE TRABAJO Y registro de contratos de trabajo ajustades a
pectivas Municipalidades cuando aquéllos haBIENESTAR SOCIAL la ley y pactos colectivos aprobados legalgan uso eventual de los mercados O plazas. mente, sometiéndolos a la aprobación del je. fe para su firma; Artículo 4°-Quedan derogadas todas las c' Autorizar los libros de salarios y planillas y disposiciones que se opongan al presente De-Reformase el reglamento del Departamento Ad. los talonarios y libros de los sindicatos, racieto, el cual entrará en vigor el día siguienministrativo de Trabajo. zonando los primeros cuando haya sustitución de patrono, previa solicitud del intere. te de SU publicación en el Diario Oficial. ACUERDO GUBERNATIVO N° 341 sado: d' Autorizar los modelos de contratos individuaPase al Organismo Ejecutivo para SU publiPalacio Nacional: Guatemala, 16 de diciembre les de trabajo, libros de sabries plantilas, cación y cumplimiento. d: 1960. previo informe del enevigado del registro y