Decreto 1429-1961-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1429-1961-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1961
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CENTRO AMERICA FUNDADO EL 19 DE ENERO DE 1886.-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase on la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Gustemala, el 6 de marso de 1950, bajo ol N° 748. Impreso on Diario de CentroAgencia: Teléfono 28027 America. S Av. 11-34, Zona 1.
DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS TOMO CLXI Guatemala, Martes 28 de Marzo de 1961 NUMERO 50
SUMARIO Artículo 2°-Se crea un Cuerpo Asesor de El Presidente Constitucional de la República, las Comunidades Indígenas, integrado por los ORGANISMO LEGISLATIVO ACUERDA: Asesores Jurídicos de los Ministerios de GoDecreto Número 1429. bernación, Agricultura; Educación Pública, Aprobar el siguiente contrato: Trabajo y Bienestar Social, Salud Pública y Asistencia Social y Defense Nacional. Dicho EMPRESA HIDROELECTRICA DEL ESTA. ORGANISMO EJECUTIVO DO CONTRATO NUMERO UNO (1) SecCuerpo se encargará de promover una mejor ción de Personal. Contrato individual de trabaMINISTERIO DE COMUNICACIONES organización de las comunidades indígenas Yjo a plazo determinado Ingeniero Rubén Ruiz Y OBRAS PUBLICAS el reconocimiento de SU personalidad jurídica.Silva, de cuarenta y tres años de edad, casado, originario de El Quetzal, San Marcos, vecino de Contrato celebrado entro el gerente de la empresa Hidro-1)
electrica del Estado y el ingeniero Ruben Ruiz Silva, sobreArtículo 39-Los Ministerios de Gobernación, sexta avenida uno guión veintiuno de Guatemala, con cédula de vecindad número de orden trabajos on la citada Hidroelectrica; y acuerdo de apro-Agricultura, Educación Pública, Trabajo y Bien-A-uno y de registro ochenta y ocho mil novebación, estar Social; Salud Pública y Asistencia Socialcientos ocho, extendida en el registro de Guay Defensa Nacional, elaborarán planes de tra-temala, con boleto de ornato del año en curso, MINISTERIO DE ECONOMIA en nombre propio y quien se denominará en lobajo tendientes a lograr el mejoramiento desucesivo "el contratista" y el señor ingeniero Autorizase a la empresa "Aviateca" para cobrar a la las comunidades indígenas y, programas deOswaldo Santizo Méndez, mayor de edad, casamunicipalidad de Chahal, Alta Verapaz, la tarifa que soenseñanza para obtener la incorporación deldo, guatemalteco, originario de Patzún, Chimalmenciona. indígena a la civilización actual. tenango, vecino de esta ciudad por razones del cargo que desempeña como gerente de la em-Exonerase al presbitero Sebastian Buccellate, del pago del presa Hidroeléctrica del Estado según acuerdoflete aéreo que le cobra la Empresa Guatemalteca de Artículo 49-EI Cuerpo Asesor a que se rede nombramiento de fecha treinta de marzo de Aviacion "Aviateca". fiere el Artículo 2° de esta Ley, procederá demil novecientos cuarenta y sels, registrado en la
Apruchase la tarifa que se expresa, a la Empresa Guate-inmediato a formular un Padrón de las comuContaduría General de la Nación, bajo el nú- malteca de Aviacion "Aviateca". nidades indígenas de la República, con espe-Dero once mil uno, fecha veinte de marzo de mil novecientos cincuenta y uno (último regisAmpliase of acuerdo ministerial de 22 de julio de 1960 a cificación del nombre de cada comunidad, SU tro), debidamente facultado para ello según arfavor de la fábrica de Tejidos de Lana Francisco Capuaubicación por departamento y municipios, eltículo segundo del acuerdo gubernativo del diez no 0 hijos, Ltda. número de habitantes con que cuenta, las acde julio de mil movecientos cincuenta y, nueve Ampliase el acuerdo de fecha 26 de diciembre de 1957, tividades que realiza, los medios de vida dey que en adelante Se llamará "la hidroeléctrica", ambos en el goce. de sus, derechos civiles, cele-favor de la fábrica de cerillos "La Antorcha". que dispone y .la extensión y planes de lasbran el siguiente contrato de trabajo: Amplfaso el acuerdo de fecha 30 de noviembre de 1950, a tierras que posee, así como las demás circunsfavor de la Teneria "Europea". tancias que puedan ser de utilidad para elPRIMERO: La duración del presente contrafin del protección tutelar que esta ley persi-to es de dos meses, comprendidos del primero de noviembre al treinta y uno de diciembre deANUNCIOS VARIOS gue. mil novecientos sesenta.
Matrimonios.-Patentes de invencion.-Constitución de so. Artículo 5°-EI Instituto Indigenista de Gua-SEGUNDO: Los trabajos que "el contratista"cledades.-Linea de transporte.-Registro de marcas.-- temala actuará como organización técnica yprestará a la "hidroeléctrica" son los siguientes:Títulos supletorios.-Edictos.-Remates. Levantamiento plano topográfico del dique de Industrias de Algodon, S. A.-Balance General al 31 deconsultiva en el desarrollo de las labores de-Santa María de Jesús estudio y diseño de soludiclembre de 1959. terminadas por la presente ley. ciones para protección de la base del mismo dique, 0 los específicos que su jefe inmediato Artículo 69-Este Decreto entrará en vigor superior le determine el día siguiente de SU publicación en el Dia:TERCERO: La jornada de trabajo será de ORGANISMO LEGISLATIVO rio Oficial. ocho horas diarlas y cuarenta y cuatro semanales, de las ocho a las doce horas y de las catorPase al Organismo Ejecutivo para su publi-ce a las diez y ocho horas, salvo el caso que por la naturaleza del trabajo tenga que prorroDECRETO NUMERO 1429 cación y cumplimiento. garse el tiempo determinado. Dado en el Palacio del Organismo LegisCUARTO: El sueldo que "el contratista" deEL CONGRESO DE-LA REPUBLICA lativo: en Guatemala, a los veintidós días delvengará será de trescientos quetzales mensuaDE GUATEMALA, mes de marzo de mil novecientos sesenta y les y le serán pagados en efectivo cada final de
cada mes, con cargo a la partida respectiva, uno.
CONSIDERANDO: RUBEN FLORES AVENDAÑO, QUINTO: El plazo del presente contrato DO.1
Presidente. drá ser prorrogado cuando las circunstancias del servicio 10 ameriten y a juicio de la "hidroQue es de interés público el fomento de eléctrica", para cuyo efecto se llenarán las for una política integral para promover el des-SALVADOR SERRANO MUÑOZ, malidades del caso, Secretario. arrollo de la cultura y el mejoramiento ecoSEXTO: "El contratista" se obliga a satisfa nómico y social de los grupos indigenas; VIRGILIO VISCOVICH PREM, cer en especie el impuesto del papel sellado Secretario. timbres fiscales que cause la contratación, denCONSIDERANDO: tro del tercer día de aprobado este instrumenPalacio Nacional: Guatemala, veintitrés deto por medio legal correspondiente, en caso de Que las comunidades Indígenas han consmarzo de mil novecientos sesenta y uno. incumplimiento de este requisito "la hidroelectrica" podrá dar por rescindido el contrato y tituido desde tiempo inmemorial organizaciosin perjuicio de exigin el pago y deducir resnes merecedoras de la protección del Estado Publiquese y cúmplase. ponsabilidades legales del caso. para una mejor orientación y cumplimiento de SUS finalidades; MIGUEL YDIGORAS FUENTES SEPTIMO: "La hidroelectrica" y "el contratista" se reservan el derecho de rescindir el
E1 Ministro de Gobernación, presente contrato cuando medien causas justas 11 CONSIDERANDO: y legales a juicio del señor gerente. personeroRODOLFO MARTINEZ SOBRAL. de la empresa. Que las comunidades indígenas cumplen objetivos básicos en muchos lugares de la ReOCTAVO: Para constancia de ambas partes, Be firma en tres ejemplares el presente instrupública, promoviendo la cooperación indiviORGANISMO EJECUTIVO mento, en la ciudad de Quezaltenango, a los dual para el bien común, por to que es impeveintiocho días del mes de octubre de mil noverativo dictar las medidas para que tales agrucientos sesenta. paciones obtengan el reconocimiento jurídico O. SANTIZO M., Gerente de Hidroeléctrica. a que tienen derecho, MINISTERIO DE COMUNICACIONES RUBEN RUIZ S. Y OBRAS PUBLICAS Comuniquese.
POR TANTO, YDIGORAS FUENTES.
DECRETA: Contrato celebrado entre el gerente de la emE1 Ministro de Comunicaciones y Obras Públicas, presa Hidroelectrica del Estado Y el ingenie. JOSE LUIS CRUZ SALAZAR.
Artículo 19-Las Comunidades Indigenas es-- ro Ruben Ruiz Silva, sobre trabajos en la citada Hidroelectrica: Y acuerdo'de aprobación. For of Ministro de Haciends tablecidas o que se establezcan en el, territoy Crédito Publico, rio nacional, merecerán la protección efectivaPalacio Nacional: Guatemala, 16 de diciemCARLOS-PAREDES LUNA, de los Organismos del Estado. bre de 1960. Subsecretario,