Decreto 1446-1926
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1446-1926
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 1926
EL GUATEMAL'
Diario Oficial de la República de Guatemala.-Centro América.
Tomo CXIV GUATEMALA, VIERNES 18 DE JUNIO DE 1926 NÚMERO 48
SUMARIO 35ª Sesión ordinaria de la Asamblea Legislativa,ocupa, extensamente, de los conflictos de celebrada en Guatemala, el treinta de orden colectivo que pueden surgir con moPODER LEGISLATIVO abril de mil novecientos veintiséis, con tivo de las condiciones de organización y la asistencia de los señores Represenfuncionamiento de la producción industrial Decreto Número 1446. tantes: y del comercio; señala los procedimientos 35ª Sesión ordinaria de la Asamblea Legislativa, a que debe sujetarse la resolución pacífica celebrada en Guatemala, el treinta de abril Presidente, Adrián Recinos; Vicepreside tales conflictos, y, prescribe los casosde mil novecientos veintiséis. dente, J. Antonio Mandujano; Diputados: de responsabilidad criminal que, por inAbel Leiva, Alberto C. Camey, Angel Arfracción o inobservancia de la ley, pueden PODER EJECUTIVO turo Rivera, Angel González, Aurelio F. derivarse de los conflictos en referencia; Recinos, Carlos H. Martínez, Carlos Quey que en esa virtud, es innecesaria la exiszada, Cecilio Palma, Daniel Rodríguez, tencia del Decreto gubernativo N° 914, porSecretaria de Gobernación y Justicia Eladio Menéndez, Eliseo Solis, Enrique cuanto la Ley del Trabajo citada satisface Decreto Número 919. Arís, Enrique Haeussler, Ernesto Godoy, cumplidamente los fines sociales que el
Federico Aguilar V., Felícito Cabrera R.,- Ejecutivo se propuso alcanzar con dicho Secretaria de Relaciones Exteriores Fernando Fuentes Diaz, Flavio Ovalle, Decreto, Francisco Contreras B., Gabriel Arriola P., Restablecese una Legación y nómbrase Enviado Guillermo Flores A., J. Antonio Méndez, POR TANTO; Extraordinario y Ministro Plenipotenciario. Suprimese un Consulado General. J. Antonio Villacorta C., Jesús Hernández, DECRETA: Erogación de una cantidad. José Azurdia, José María Lazo, José Pioquinto Pérez, José Rodriguez Cerna, José Artículo único.-No se aprueba el DeSecretaria de Educación Pública Rosa Chávez, José Rosanio Granados, Luis creto gubernativo No 914, emitido con feIbarra Rivera, Luis Leonardo, Manuel Alcha 15 de febrero del corriente año, por Dispónese que, del fondo de economias de la Fadana A., Manuel Morales, Manuel Y. Arrioel cual se penan las huelgas. cultad de Derecho y Notariado del Centro, se erogue la suina de $560. la, Mariano C. Reina, Mariano Serrano M., Pase al Ejecutivo para su publicación y Contrato celebrado entre el Director General de Mauro de León R., Ovidio Pivaral, Rafael cumplimiento. Educación Primaria y Olivia Solórzano, sobre Morales, Rafael Santisteban, Ramón AlDado en el Salón de Sesiones de la arrendamiento de una casa; y acuerdo de aprobación. varado, Ricardo Alvarez, Rodolfo A. MenAsamblea Legislativa: en Guatemala, el
Erogación de una cantidad. doza, Rosalio Reina, Rufino García Rosal, veintinueve de abril de mil novecientos Salvador Guerra V., Santiago Romero, veintiséis. Victor Duran M., Victor M. Argueta, Vic-Anuncios Varios DECRETO No 1442 tor M. Mijangos; y Secretarios: Carlos Registro de Marcas. Castellanos R., Octavio Aguilar, Francisco La Asamblea Legislativa de la RepúblicaConcesiones. Títulos Supletorios. Menéndez B. y J. Fernando Juárez Muñoz. de Guatemala Remates. I.-E1 señor Presidente Recinos abrió la sesión, a las cinco y treinta minutos de la DECRETA: tarde; se leyó el acta de la precedente, y, Artículo único-Se reforma el Decreto Poder Legislativopuesta a debate, fué aprobada, sin refor-legislativo No 1405 de 19 de mayo de 1925,ma alguna. II.-Quedó reservado para la tercera lec-en los siguientes términos: tura, el dictamen de la Comisión de AgriEl artículo 40 queda así: "Las preparaDecreto Número 1446 cultura, relativo a otorgar concesiones a los ciones farmacéuticas destinadas a fines La Asamblea Legislativa de la que se dediquen al cultivo del trigo. terapénticos, que no sean de preparación III-Previa lectura, fué puesta a debainmediata, ni preparaciones oficiales o República de Guatemala, te, separadamente, y quedó aprobada, la magistrales, y que se caractericen por un
nombre arbitrario o del fabricante o inDECRETA: redacción de los siguientes: ventor, podrán ser fabricadas en el país Artículo único.-Se aprueba la ConDECRETO No 1440 o importadas, con autorización de la Direcvención Postal celebrada entre Espación General de Salubridad Pública". La Asamblea Legislativa de la República ña, los Estados Unidos de Norte El artículo 441 queda así: "La misma de Guatemala autorización establecida en el artículo anAmérica, Filipinas y las Repúblicas Americanas, firmada en Madrid, el 13 DECRETA: terior, es indispensable para la importación y venta de productos medicinales de comde noviembre de 1920. Artículo único.-Se conceden facultades posición desconocida o remedios secretos". Pase al Ejecutivo para su ratifica-extraordinarias al Poder Ejecutivo, para El artículo 42 del título VIII, queda así: que, durante el receso de esta Asamblea,ción y canje. "Las vacunas, sueros, toxinas y antitoxinas pueda legislar, en los diversos ramos de lay los productos de origen orgánico químiDado en el Salón de Sesiones de Administración Pública, emitiendo las lecamente no definidos o cualquier otro prola Asamblea Legislativa: en Guayes que la necesidad y el interés de la Na-ducto de composición no conocida, empleatemala, el primero de mayo de milción demanden, así como para celebrar los dos como agentes, ya profilácticos, ya cunovecientos veintiséis. contratos que juzgue convenientes para elrativos o de diagnóstico, para el tratamienarreglo de la situación económica y de la to de las enfermedades del hombre o de ADRIÁN RECINOS, deuda pública; debiendo dar cuenta a esta los animales, podrán ser fabricados en el Presidente. Asamblea, en sus próximas sesiones ordipaís, importados o distribuídos a título granarias, de los actos practicados en ejerciciotuito, solamente con la debida autorización CARLOS CASTELLANOS R., de estas facultades. de la Dirección General de Salubridad Pú- Secretario. Pase al Ejecutivo para su publicación. blica". OcT. AGUILAR, Dado en el Salón de Sesiones de la Pase al Ejecutivo para su publicación y Secretario. Asamblea Legislativa: en Guatemala, el cumplimiento.
Casa del Gobierno: Guatemala, a veintinueve de abril de mil novecientos Dado en el Salón de Sesiones de la seis de mayo de mil novecientos veintiséis. Asamblea Legislativa: en Guatemala, el veintiséis. DECRETO No 1441 veintinueve de abril de mil novecientos veintiséis.
Publíquese y cúmplase. La Asamblea Legislativa de la República IV-Puesto a debate, por artículos, èl