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Decreto 1451-1961

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1451-1961
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Laboral
Año
1961

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POLICY

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALE CENTRO AMERICÁ FUNDADO EL 19 DE ENERO DE 1888.-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración

Administration: Telefono 24418

Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1930, bajo al N° 748. Impreso on Diario de Centro Agencial Telefono 28027 America, S Av. 11.34, Zooa DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS TOMO CLXII Guatemala, Jueves 31 de Agosto de 1961 NUMERO 72 SUMARIO las condiciones de empleo de los trabajadodad de Guatemala, .a los veintidós días del mes res de las plantaciones, siendo procedente sude junio de mil novecientos sesenta y uno. ORGANISMO LEGISLATIVO. aprobación, toda vez que no se opone a la YDIGORAS FUENTES. Constitución de la República ni a las leyesDecreto Número 1451. vigentes sobre la materia, EI Ministro de Relaciones Exteriores,

JESUS UNDA MURILLO.

ORGANISMO EJECUTIVO POR TANTO,

MINISTERIO DE RELACIONES CONVENIO 110

EXTERIORES DECRETA: Ratificase el Convenio número 110, relativo a has condicioArtículo 1°-Se aprueba el Convenio nú- CONVENIO RELATIVO A LAS CONDICIONES nes de empteo de los trabajadores de las plantaciones. mero 110 de la Organización Internacional del DE EMPLEO DE LOS TRABAJADORES DE

MINISTERIO DE HACIENDA Trabajo, relativo a las condiciones de empleo Y CREDITO PUBLICO de los trabajadores de las plantaciones, adopLAS PLANTACIONES tado por la Organización Internacional delModificase el artículo 19 del acuerdo gubernativo de 8 deTrabajo en SU Cuadragésima Reunión, celeLa Conferencia General de la Organizaciónagosto de 1959. a favor del Comité Pro Construccion de Internacional del Trabajo: la Capilla de Jesús de la Buena Esperanza de Quezaltetrada en Ginebra, Suiza, el 4 de junio de nanco. 1958, instrumento que consta de 99 artículos.Convocada en Ginebra por el Consejo de AdAutorizase a la Dirección General de Radiodifusion y Teministración de la Oficina Internacional del levision Nacional para que preste a las personas y emArtículo 29-Este decreto fue aprobado con Trabajo, y congregada en dicha cludad el 4 presas particulares los servicios para la transmision de e: voto de más de las dos terceras partes del de junio de 1958 en su cuadragésima segunprogramas cn et Canal 8 de Television Nacional da reunión. Dictanse disposiciones y normas en adición al Reglamento de número total de diputados que integran el la Ley Organica del Presupuesto. Congreso. Después de haber examinado la cuestión de las condiciones de empleo de los trabajadores de MINISTERIO DE GOBERNACION Pase al Organismo Ejecutivo para lo que las plantaciones, cuestión que constituye el quinto punto del orden del día de la reunión; Aprucbase Tos estatutos de la Fundación de Asistencia Soproceda.

cial "Caritas de Guatemala"; y recomócese 543 personalidad Habiendo estimado que, con carácter excepciojurídica. Dado en el Palacio del Organismo Legisnal, a fin de acelerar la aplicación a las planApruébanse has estatutos de la "Comunidad Agricola de 3r lativo: en Guatemala, a los ocho días del mes taciones de ciertas disposicienes tomadas de mattepeure"; y reconócese su personalidad jurídica. de junio de mil novecientes sesenta y uno. convenios existentes, en espera de una ratificación más general de esos convenios y de MINISTERIO DE ECONOMIA la aplicación de sus disposiciones a todas las RUBEN FLORES AVENDAÑO, personas protegidas por éstos, y con objeto Otorpase a la emprese Exotic Foods de Guatemala, Presidente. de extender a las plantaciones la aplicación clón de impuestos arancelarios. de ciertes convenios que no se les aplican SALVADOR SERRANO MUÑOZ, actualmente, seria oportune adoptar un insANUNCIOS VARIOS Secretario. trumento con tal fin; Liness de transperte-Licitaciones-Modificación de socieVIRGILIO VISCOVICH PREM, Después de haber decidido que este instrumendades-Prorroga de sociedades.-Registro de marca.- to revista la forma de un convenio interna-Secretario.Edictos.-Remates. cional, Palacio Nacional: Guatemala, veintidós de adopta, con fecha veinticuatro de junio de milBanco de Guatercala.--Balance General al 30 de jurio de

1961. junio de mil novecientos sesenta y unc. novecientos cincuenta y ocho, el siguiente Convenio. que podrá ser citado como el Convenio Ratifíquese, publíquese y cúmplase. sobre las plantaciones, 1958:Banco de Guatercala.-Balance General al 31 de julio de

1961.

MIGUEL YDIGORAS FUENTES. PARTE I

Compañía Financiera, S. A.-Balance General al 31 de marzo de 1961. El Ministro de Relaciones Exteriores, DISPOSICIONES GENERALES

JESUS UNDA MURILLO.

ARTICULO 1

ORGANISMO LEGISLATIVO 1.-A los efectos del presente Convenio, el ORGANISMO EJECUTIVO termino "plantación" comprende toda empresa agricola, situada en una zona tropical O subtropical, que ocupe con regularidad a trabajadores asalariados y que principalmente se deDECRETO NUMERO 1451 daque al cultivo 0 producción, para fines. coMINISTERIO DE RELACIONES merciales de: Café, te, caña de azúcar. caucho, EL CONGRESO DE LA REPUBLICA plátanos, cacao, coco, cacahuate, algodon, taEXTERIORES baco, fibras (sisal, yute y cañamo), frutas cfDE GUATEMALA, tricas, aceite de palma, quina 0 piña. Este ConRatificase el Convenio número 110, relative a venio no es aplicable a las empresas familiares las condiciones de empleo de los trabajadores O pequeñas empresas que produzcan para el

CONSIDERANDO: de las plantaciones. mercado local y que no empleen regularmente trabajadores asalariados.

Que la República de Guatemala, previa MIGUEL YDIGORAS FUENTES, 2.-Todo miembro para el cual esté en vigor aprobación del decreto del Congreso núme-Presidente Constitucional de la República de este Convenio podrá, previa consulta con las to 411, ratificó con fecha 7 de julio de 1947, Guatemala, organizaciones más representativas de empleael texto que contiene la Constitución de la dores y de trabajadores interesados, cuando taPOR CUANTO: les organizaciones existan, extender la aplicaOrganización Internacional del Trabajo, y COción de este Convenio a otras plantaciones: n.c consecuencia, forma parte de dicha OrEl honorable Congreso de la República en ganización como Estado miembro; decreto número 1451, emitido el ocho de los a) Agregando a Ta lista de cultivos que figura corrientes, ha dado su aprobación al Convenio en el párrafo 1 de este artículo, uno o vanumero 110, relativo a las condiciones de emrios de los productos siguientes: Arroz, achi-CONSIDERANDO: pleo de los trabajadores de las plantaciones, coria, cardamomo, geranio y piretro o cualQue de conformidad con el párrafo 5° deladoptado por la Conferencia Internacions del quier otro producto; Trabajo en su Cuadragésima Reunión, celebrab) Agregando a las plantaciones a que se reartículo 19 de la Constitución de la Organiza-da en Ginebra, Suiza, el 4 de junio de 1958, fiere el párrafo 1 de este artículo, categorías

ción Internacional del Trabajo, es obligación de empresas a las que no se hace referencia POR TANTO, en el mimo y que, de acuerdo con la legislade los Estados miembros someter los conveción 0 la práctica del país, estén clasificanios adoptados por dicho Organismo a la En uso de las facultades que me confiere la das como plantaciones, aprobación correspondiente; Constitución de la República, ratifico el Convey deberá indicar las medidas adoptadas en nio número 110, relativo a las condiciones de este sentido. en las memorias anuales que soCONSIDERANDO: empleo de los trabajadores de las plantaciones, bre la aplicación del Convenio haya de preseny mando que se publique para que se tenga tar en virtud del artículo 22 de la Constitucomo ley de la República. ción de la Organización Internacional del TraQue la Organización Internacional del Trabajo. bajo en su Cuadragésima Reunión celebrada En fe de la cual firmo el presente Instru3.-A los efectos de este artículo, el término en Ginebra, Suiza, el 4 de junio de 1958,mento de Ratificación autorizado con e] Sello "plantación" comprenderá regalmente el proMayor de la República y refrendado por el adoptó el Convenio número 110, relativo a cedimiento de transformación primaria del pro-prinistro de Relaciones Exteriores. en la ciuducto o productos de la plantación.

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