🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 1457-1961

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 1457-1961
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Electoral
Año
1961

El DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1° DE ENERO DE 1886.-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Telefono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el N° 749. Impreso en Diario de Centro

Agencia: Teléfono 28027 América, St Av. 11.34, Zona 1

DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS TOMO CLXII Guatemala, Sábado 17 de Junio de 1961 NUMERO 15

SUMARIO lativo: en Guatemala, a los ocho días del mesORGANISMO EJECUTIVOde junio de mil novecientos sesenta y uno.

ORGANISMO LEGISLATIVO

RUBEN FLORES AVENDAÑO,Decreto Número 1457. Presidente. MINISTERIO DE LA DEFENSADecreto Número 1466.

NACIONAL

ORGANISMO EJECUTIVO SALVADOR SERRANO MUÑOZ,

Secretario. Ampliase el Artículo 2° del acuerdo gubernatiMINISTERIO DE LA DEFENSA vo de 18 de mayo del año en curso, relativo NACIONAL VIRGILIO VISCOVICH PREM, al Comité Pro División Canales. Secretario. Ampliase el Articulo 29 del acuerdo gubernativo de 18 de Palacio Nacional: Guatemala, 27 de mayo de mayo del año en curso, relativo al Comité Pro Division Canales. Palacio Nacional: Guatemala, 15 de junio1961. de mil novecientos sesenta y uno. El Presidente Constitucional de la República

MINISTERIO DE GOBERNACION y Comandante General del Ejército, Publíquese y cúmplase. Apruébanse los estatutos de la "Academia de La Lengua MayaACUERDA: Quiche"; y reconócese su personalidad jurídica. MIGUEL YDIGORAS FUENTES Ampliar el Artículo 2° del acuerdo gubernaMINISTERIO DE HACIENDA Y tivo de fecha 18 del corriente mes, en el sen. CREDITO PUBLICO El Ministro de Agricultura tido de que también Se integra el Comité a que ANTONIO MONTENEGRO. se refiere el Artículo 19 de dicho acuerdo, con Exonérase al cura párroco de San Pedro Ayampuc, por of los señores: término de un año, del impuesto de beneficencia, 1 Salvador Padilla ANUNCIOS VARIOS 2 Raúl de la Roca de sociedad de Invención. DECRETO NUMERO 1466 3 Roberto Herrera -Autorizaciones farmaceuticas.-Linea de transporte.- Registro de marcas-THuke supletorios.-Edictos-Re mates. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA quienes actuarán como Vocales. DE GUATEMALA, El presente Acuerdo entra en vigor inmediatamente, debiendo publicarse en el Diario Oficial y en la Orden General del Ejército.

ORGANISMO LEGISLATIVO CONSIDERANDO:

Cúmplase. Que el 24 de mayo del año en curso falleció el ciudadano José Herrarte Ariano, DipuYDIGORAS FUENTES. DECRETO NUMERO 1457 tado por el Undécimo Distrito Electoral, Santa El Ministro de la Defensa Nacional,

Rosa, por to que es el caso de convocar a elecENRIQUE PERALTA AZURDIA. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA ciones dentro del término legal, para llenar la vacante ocurrida,

DE GUATEMALA,

POR TANTO, MINISTERIO DE GOBERNACION

CONSIDERANDO DECRETA: Que el artículo 49 del decreto presidencialArtículo 19-Se declara vacante la curul delAgruébanse los. estatutes de la "Academia de la número 149, faculta ta libre exportación de Lengua Quiche": y recombress au per-ciudadano José Herrarte Ariano, quien falleció.sonalidad jurídica, genado vacuno criollo, vivo o destazado, siempre que el peso por unidad exceda de Artículo 29-Sel convoce al Undécimo DisPalacio Nacional: Guatemala, 30 de mayo de 900 libras en los centros de recepción (ras-trito Electoral, Santa Rosa, para elegir un1961. tros U otros lugares de destace debidamente presentante al Congreso. fecultados para el efecto, por autoridad comExaminada la solicitud del licenciado Germán petente); y, tomando en cuenta que esta liArtículo 39-La elección se practicará el díaScheel Aguilar, facultado expresamente para el mitación es perjudicial a la economía del país, efecto relativa a la aprobación de los estatutos domingo 6 de agosto del año em curso, conpor cuanto que limita el ingreso de divisas, de la "Academia dé la Lengua Maya-Quiche",

forme a la Ley Electoral. y reconocimiento de su personalidad jurídica; y toda vez que el incremento de la ganadería 6e ha superado y no amerita limitar la expor-Artículo 49-EI presente Decreto enfrará en CONSIDERANDO: fación, vigor inmediatamente. Que el asesor jurídico del Ministerio de Gobernación en dictamen aprobado por el procu-POR TANTO, Pase al Organismo Ejecutivo para SU purador general de la Nación y jefe del Ministerio blicación. Público, manifestó que tales estatutos no conDECRETA: tienen disposición alguna contraria a las leyes Dado en el Palacio del Organismo Legisla0 a las instituciones vigentes, Artículo 1°-Se modifica el artículo 4° deltivo: en Guatemala, a los trece días del mes POR TANTO, decreto presidencial número 149, en la si-de junio de mil novecientos sesenta y uno. guiente forma: El Presidente de la República, RUBEN FLORES AVENDAÑO, Presidente. ACUERDA: "Artículo 4°-Después de cubierta la estimación correspondiente al abastecimiento de carne destinada a satisfacer las ne.OTTO PALMA FIGUEROA, 1°-Aprobar los siguientes Secretario. cesidades del país, podrá exportarse lí- ESTATUTOS DE LA "ACADEMIA DEbremente ganado vacuno criollo, así como carne proveniente de dicho ganado". CARLOS EDUARDO TARACENA DE LA CERDA, Secretario, LA LENGUA MAYA-QUICHE"

Artículo 2°-EI presente decreto entrará en Palacio Nacional: Guatemala, caforce de juCAPITULO PRIMERO vigor ocho Has después de SU publicación nio de mil novecientos sesenta y uno.en el Diario ficial. Disposiciones generales Publíquese. Artículo primero.-El nombre legal de la enPase al Organismo Ejecutivo para su putidad es Academia de la Lengua Maya-Quiché. blicación y cumplimiento. MIGUEL YDIGORAS FUENTES Artículo segundo.-La Academia de la LenEl Ministro de Gobernación, gua Maya-Quiché es una persona jurídica, autónoma en su organización y actividades, con Dado en Palacio del Organismo LegisGUILLERMO LOPEZ RODRIGUEZ. domicilio en la ciudad de Quezaltenango.

Consultar sobre este documento ...