Decreto 1462 de 1940
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 1462 de 1940
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1940
DECRETO 1462 DE 1940
DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24423. 26, JULIO, 1940. PÁG. 21.
DECRETO 1462 DE 1940
(julio 22) Por el cual se autoriza a los Comisarios Especiales de la Goajira, Vaupés y Vichada para llevar el registro del estado civil de las personas E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente [Mostrar] Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo único. Autorízase, desde la fecha de este Decreto, a los Comisarios Especiales de La Goajira, Vaupés y Vichada para llevar el registro del estado civil de las personas en los respectivos Territorios.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de julio de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER