Decreto 147-1983
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 147-1983
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 1983
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericans Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXII GUATEMALA, LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 1983 NUMERO 65
SUMARIO Equipo de Telecomunicaciones, S. A. Balance Ge-cedimiento para la integración de los órganos deneral al 30 de junio 76. dirección del Cuerpo Voluntario de Bomberos. ORGANISMO EJECUTIVO Equipos de Telecomunicaciones, S. A. Balance General al 30 de junio 1977. Artículo 49-El presente Decreto Ley entra en JEFATURA DE ESTADO vigor el primero de diciembre de mil novecienEquipos de Telecomunicaciones, S. A. Balance Getos ochenta y tres y deberá ser publicado en el Diario Oficial. DECRETO LEY NUMERO 146-83 neral al 30 de junio 1978. Equipo de Telecomunicaciones, S. A. Balance GeDado en el Palacio Nacional: a los treinta días DECRETO LEY NUMERO 147-83 neral al 30 de junio 1979. del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres. MINISTERIO DE GOBERNACION Equipo de Telecomunicaciones, S. A. Balance General al 30 de junio 1980. Publíquese y cúmplase.
Acuérdase que la Dirección y Administración delAgrotec, S. A. Balance General al 30 de junio de General de Brigada Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala,1981. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, estará a cargo de un Directorio, el cual se inJefe de Estado. Costurama, Sociedad Anónima. Balance General tegra en la forma que se indica. al 30 de junio de 1981. El Secretario General de la Administración General de Servicios Urbanos y Jefatura de Estado, MINISTERIO DE LA DEFENSA Agrícolas, S. A. Balance General Condensado MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. al 30 de junio de 1981. NACIONAL El Ministro de Gobernación, Aserradero "Santa Elisa, S. A.". Balance General GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL. Apruebase el contrato individual de trabajo nú-al 30 de junio de 1981. mero 35-83, de fecha 16 de agosto de 1983, me-Compañía Industrial del Atlántico, S. A. Estado diante el cual el señor Carlos Alberto Paniaguade Situación al 30 de junio de 1981. Moreira, se compromete a prestar sus servicios DECRETO LEY NUMERO 147-83 como Jefe del Departamento de Mantenimiento Productos Avícolas, S. A. Balance General al 30 y Seguridad Industrial del Centro Industrial dede junio 1981. EL JEFE DE ESTADO, Cobán. Tenería Guatemala, S. A. Balance General en 30
de junio de 1981. CONSIDERANDO: Confiérese al Coronel de Infantería DEM. Luis Alfonso Rébulli Capelli, con fecha 20 de noAceites Vegetales, S. A. Balance General al 30Que el Gobierno de la República Argentina viembre del año en curso, la Condecoración de junio de 1980. ha invitado al de Guatemala para que se haga "Medalla Póstuma". Llantas Vifrío, S. A. Balance General Condensa-representar en la ceremonia de toma de posesión do al 30 de junio de 1981. del Doctor Raúl Alfonsin, como Presidente de Confiérese la Condecoración "Medalla Póstuma". dicha Nación sudamericana; al Soldado de Segunda Clase José Miguel Francisco. CONSIDERANDO: ORGANISMO EJECUTIVO Que dadas las muy cordiales relaciones existenMINISTERIO DE ECONOMIA tes entre Guatemala y Argentina, es conveniente aceptar la referida invitación e integrar una coModificanse en el sentido que se indican, los arJEFATURA DE ESTADO misión de la más alta jerarquía para representar tículos 19 y 39 del Acuerdo Ministerial número al pueblo y gobierno de Guatemala en tan signi540-79 de fecha 2 de agosto de 1979, solicitado ficativo evento democrático, y expresar, en esa por la empresa industrial denominada "PintuDECRETO LEY NUMERO 146-83 oportunidad, las más cumplidas felicitaciones al ras de Guatemala, Sociedad Anónima", de nomDoctor Alfonsin, así como augurarle los mejores bre comercial PINDEGUA, S. A. EL JEFE DE ESTADO, éxitos en su delicada y trascendental gestión, reafirmando el deseo del Gobierno Guatemalteco de Ampliase en el sentido que se indica, el artículo CONSIDERANDO: mantener e incrementar de ser posible, los víncu19 del Acuerdo Ministerial número 101-77 de los amistosos que siempre han existido entre ambos fecha 14 de marzo de 1977, solicitado por la emQue por disposición del Decreto Ley númeropaíses; presa Industrial denominada "Pinturas de Gua344, emitido con fecha 29 de abril de 1965, se orCONSIDERANDO: temala, Sociedad Anónima", de nombre comerdenó la intervención del Cuerpo Voluntario de cial PINDEGUA, S. A. Bomberos, en vista de que dicha institución de Que en vista de que el Jefe de Estado presidirá servicio público, confrontaba una situación anó-la comisión integrada para los efectos indicados MINISTERIO DE EDUCACION mala que perjudicaba su buen funcionamiento, en el considerando anterior, es procedente dey se hacia imperativo reencauzar sus activida-signar a la persona que desempene las funciones Autorizase el funcionamiento de la Academia Codes de acuerdo con la ley y sus reglamentos; que el Estatuto Fundamental de Gobierno le asigna, mientras dura su ausencia, para cuya finalidad mercial "Nuestra Señora del Rosario". CONSIDERANDO: se hace necesario dictar la respectiva disposición legal, MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS Que las circunstancias y condiciones que diePOR TANTO, ron origen a la emisión del Decreto Ley númeroEn el ejercicio de las facultades que le conAceptase la cesión que a título gratuito y a fa-344, han sido superadas, razón por la cual debefieren los artículos 49 y 26, inciso 14) del Estatuto
vor de la Nación, hace la Municipalidad de Yucesar dicha medida, por lo que es procedente Fundamental de Gobierno, modificado por los Depiltepeque, departamento de Jutiapa, del predictar la disposición legal que asi lo establezca,cretos Leyes números 36-82 y 87-83, dio que se indica. POR TANTO, En Consejo de Ministros, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESEn el ejercicio de las facultades que le confieDECRETA: re el artículo 49 del Estatuto Fundamental de Integrase con las personas que se indican, la Mi-Gobierno, modificado por los Decretos Leyes nú- Artículo 19-Mientras dura la ausencia del Jefe sión Especial que representará al Gobierno de meros 36-82 y 87-83, de Estado del territorio nacional, asumirá las funGuatemala, en la toma de posesión del Doctor ciones ejecutivas y legislativas que le corresponRaúl Alfonsin, como Presidente de la República DECRETA: den conforme el Estatuto Fundamental de GoArgentina. bierno, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa Artículo 1º-Desintervenir el Cuerpo VoluntaNacional, Coronel de Infanteria DEM. Rodolfo ANUNCIOS VARIOS rio de Bomberos de Guatemala. Lobos Zamora. Matrimonios. Lineas de transporte. ConstiArtículo 29-E1 Jefe de Estado reasumirá susArtículo 2°-Se deroga el Decreto Ley número tuciones de sociedad. Modificaciones de so344 emitido en Consejo de Ministros con fecha funciones automáticamente al momento de ingresar al Territorio Nacional.ciedad.- Disoluciones de sociedad. Patentes 29 de abril de 1975. de invención. Registros de marca. Títulos Artículo 39-El presente Decreto Ley entra en supletorios. Edictos. Licitaciones. ReArtículo 39-El Organismo Ejecutivo, disponvigor inmediatamente y será publicado en el Diamates. drá por Acuerdo Gubernativo, la forma y prorio Oficial.1550 coor al. DIARIO DE AMERICADiciembre de 1983 NUMERO 65
Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Artículo 2°-Además de la dirección y admiConfiérese al Coronel de Infantería DEM. Luis Guatemala, a los diecisiete días del mes de nonistración del Cuerpo Voluntario de Bomberos Alfonso Rebulli Capelli, con fecha 20 de noviembre de mil novecientos ochenta y tres. de Guatemala, le corresponde al Directorio, todas viembre del año en curso, la Condecoración aquellas funciones y atribuciones que le asignan "Medalla Postuma".
Publiquese y cúmplase. la ley que la reconoció como entidad de derecho público, y sus respectivos estatutos. ACUERDO GUBERNATIVO No. 877-83 General de Brigada OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Artículo 39-Nombrar a los siguientes miemPalacio Nacional: Guatemala, 20 de noviembre Jefe de Estado y bros del Directorio del Cuerpo Voluntario de de 1983. Ministro de la Defensa Nacional. Bomberos de Guatemala: e EL JEFE DE ESTADO, Secretario General de la 1. Presidente Comandante General: Doctor WalJefatura de Estado, ter Rolando Fuentes González. CONSIDERANDO:
MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ
2. Vicepresidente: Mayor 29 de Bomberos, AuQue es deber del Estado, dar a conocer públiE1 Ministro de Gobernación. gusto Rosado Lara; camente los actos de gran valia, entre los elemenGUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL. tos de la gran familia castrense, quienes en aras3. Segundo Comandante: Mayor de Bomberos, de la paz y tranquilidad de la Patria, ofrendan 5 Ministro de Agricultura, Héctor Hugo Cabrera M. sus vidas;
Ganadería y Alimentación, RODOLFO PERDOMO MENENDEZ 4. Vocal I: Señor Moises Russ. CONSIDERANDO: El Viceministro de Relaciones Exteriores, 5. Vocal II: Licenciado y Mayor de Bomberos, Que como consecuencia de un ataque subverEncargado del Despacho, Marco Antonio Ramos G. sivo, dejó de existir el Coronel de Infantería DEM. CARLOS ARMANDO MOREIRA LOPEZ. Luis Alfonso Rebulli Capelli, por lo que se con-6. Vocal III: Licenciado Ernesto López Córdova. sidera conveniente rendir un homenaje al conMinistro de Comunicaciones, ferirle la Condecoración "Medalla Póstuma", Transporte y Obras Públicas, 7. Vocal IV: Señor Francisco José Toledo. LUIS HUGO SOLARES AGUILAR Artículo 49-El presente Acuerdo entra en viPOR TANTO,
gor el día primero de diciembre de mil novecien-Ministro de Economía, tos ochenta y tres. En el ejercicio de las facultades que le confle-LEONEL HERNANDEZ CARDONA. ren los artículos 4o. y 26 inciso 10) del Estatuto Comuniquese. Fundamental de Gobierno, modificado por losViceministro de Educación, Decretos Leyes números 36-82 y 87-83; y conEncargado del Despacho, General de Brigada, fundamento en los artículos 90 numeral 2) delOSCAR CONRADO FLORES SAMAYOA. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES. mencionado Estatuto: 59 y 60 del Decreto númeJefe de Estado. ro 1782 del Congreso de la República, Ley ConsE Ministro de Finanzas, titutiva del Ejército; 110 del Acuerdo GubernaLEONARDO FIGUEROA VILLATE El Ministro de Gobernación, tivo 43-82, Reglamento de Condecoraciones y DisGUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL tintivos Militares,J Ministro de Salud Pública y Asistencia Social. ACUERDA: JOSE RAMIRO RIVERA ALVAREZ Artículo 10.-Conferir con fecha 20 de noviem-R Ministro de Trabajo y MINISTERIO DE LA DEFENSA bre de 1983, la Condecoración "Medalla Póstuma", Previsión Social, al Coronel de Infantería DEM. Luis Alfonso ReCARLOS PADILLA NATARENO. NACIONAL bulli Capelli, en reconocimiento al fiel cumpli-miento de su deber.
El Ministro de Energía y Minas, ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA Apruébase el contrato individual de trabajo nú- Artículo 20.-El Ministerio de la Defensa Namero 035-83, de fecha 16 de agosto de 1983, mecional emitirá las órdenes que estime conveniendiante el cual el señor Carlos Alberto Paniagua tes para el cumplimiento de esta disposición y el Moreira se compromete a prestar sus servicios Estado Mayor de la Defensa Nacional queda encargado de efectuar las anotaciones correspon-MINISTERIO DE GOBERNACION como Jefe del Departamento de Mantenimiento dientes. y Seguridad Industrial del Centro Industrial de Cobán. Artículo 30.-El presente Acuerdo entra en viACUERDO GUBERNATIVO No. 880-83 gor inmediatamente y deberá ser publicado on el Acuérdase que la Dirección y Administración del Diario Oficial y en la Orden General del Ejercito Palacio Nacional: Guatemala, 24 de noviembre para Oficiales. Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala, estará a carge de un Directorio, el cual se inde 1983. Comuniquese. tegra en la forma que se indica. EL JEFE DE ESTADO, General de BrigadaACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 908-83 CONSIDERANDO: OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Jefe de Estado.
Palacio Nacional: Guatemala, 30 de noviembre Que habiéndose llenado los requisitos legalesde 1963. correspondientes en el Contrato Individual de El Viceministro de la Defensa Nacional, Trabajo, celebrado entre este Ministerio y el sefior CARLOS ENRIQUE VIDES REYNOSO.
EL JEFE DE ESTADO, Carlos Alberto Paniagua Moreira, mediante el cual el nombrado se compromete a prestar sus serviCONSIDERANDO: cios en el Centro Industrial de Coban (Proyecto Cinco), es procedente aprobar el referido contrato,Confiérese la Condecoración "Medalla Póstuma", Que de conformidad con lo que establece el aral Soldado de Segunda Clase José Miguel tículo 39 del Decreto Ley número 146-83 que disPOR TANTO, Francisco. puso la desintervención del Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala, corresponde al OrEn el ejercicio de las facultades que le confieACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 878-83 ganismo Ejecutivo, determinar la forma y pro-ren los artículos 4o. y 26, numeral 5), literal a), cedimiento para la integración de los órganos dedel Estatuto Fundamental de Gobierno, modificaPalacio Nacional: Guatemala, 20 de noviembre dirección de la Benemérita Institución; do por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83, de 1983.
CONSIDERANDO: ACUERDA: EL JEFE DE ESTADO, Que para dar debido cumplimiento a la norma Artículo 10.-Aprobar las once (11) cláusulas de CONSIDERANDO: a que se refiere el Considerando anterior, proce-que consta el contrato individual de trabajo nú- de designar a los miembros del Directorio de lamero 035-83 de fecha 16 de agosto de 1983, mediante el cual el señor Carlos Alberto Paniagua Que es deber del Estado, dar a conocer públi-mencionada entidad, para lo cual debe emitirse camente los actos de gran valia, entre los eleen tal sentido la respectiva disposición legal,Moreira, se compromete a prestar sus servicios como Jefe del Departamento de Mantenimiento y mentos de la gran familia castrense, quienes en Seguridad Industrial del Centro Industrial de Coaras de la paz y tranquilidad de la Patria, ofren-POR TANTO, bán, (Proyecto Cinco), con un salario mensual dan sus vidas; En el ejercicio de las facultades que le confie-de un mil quince quetzales exactos (Q1,015.00), ren los artículos 49 y 26, numeral 5) inciso c) delcon cargo a la partida número 83-0601-1.021-022CONSIDERANDO: Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado 01 del Presupuesto General de Gastos de Funciopor los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83,namiento vigente. Que como consecuencia de un ataque subversivo dejó de existir el Soldado de Segunda Clase ACUERDA: Artículo 20.-El presente Acuerdo entra en viJosé Miguel Francisco, por lo que se considera gor el día de su publicación en el Diario Oficial. conveniente rendir un homenaje al conferirle la Artículo 19-La Dirección y Administración del Condecoración "Medalla Póstuma", Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala Comuniquese. estará a cargo de un Directorio, el cual se intePOR TANTO, grará en la siguiente forma: General de Brigada En el ejercicio de las facultades que le conflea) Un Comandante General, con el carácter de OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, ren los Artículos 49 y 26 inciso 10) del Estatuto
Presidente; Jefe de Estado y Ministro de Fundamental de Gobierno, modificado por los Deb) Un Vicepresidente; la Defensa Nacional. cretos Leyes números 36-82 y 87-83; y con fundamento en los Artículos 90 numeral 2) del mene) Un Segundo Comandante; y, El Ministro de Finanzas, cionado Estatuto; 59 y 60 del Decreto númerod) Cuatro Vocales. LEONARDO FIGUEROA VILLATE 1782 del Congreso de la República, Ley Consti-