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Decreto 148-1985

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 148-1985
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1985

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE. GUATEMALA

DECANO DE EA PRENSA CENTROAMERICANA DIRECTOR

TELEFONO DE DIRECCION 24-4-17 LUIS MENDIZABAL R. FUNDADO EL 2 DE AGOSTO DE 1800

TELEFONO DE REDACCION 20-4-12 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 CALLE 6-72, ZONA TELEFONO DE ADMINISTRACION: 24-4-18

TOMO CCXXVII GUATEMALA, VIERNES 3 DE ENERO DE 1986 NUMERO 86

Autorizase a la Municipalidad de San Carlos Sija, FE DE FIRATA SUMARIO departamento de Quetzaltenango, para que pueda cobrar el arbitrio que se expresa. ORGANISMO EJECUTIVO En el Diario de Centro America (Sección Ofi-Autorizase a la Municipalidad de San Antonio Sacial), Tomo CCXXVII, número 84, de fecha 30catepéquez, departamento de San Marcos, para de diciembre de 1985, se publicó el Decreto Ley JEFATURA DE ESTADO que pueda cobrar el arbitrio que se menciona. número 146-85, que aprueba el Arancel Centroamericano de Importación. Por error involuntarioDECRETO LEY NUMERO 148-85 Autorizase a la Municipalidad de Santa Lucía aparecen los nombres de los anteriores TitularesMilpas Altas, departamento de Sacatepéquez, pa-de los Ministerios de Finanzas y de Economia, ra que pueda cobrar el arbitrio que se detalla.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES siendo lo correcto: Autorizase a la Municipalidad de San Pedro SaARIEL RIVERA IRIAS Ministro de Finanzas Acéptase la renuncia que del cargo de Guardalcatepéquez, para que pueda cobrar el arbitrio macén III de la Dirección de Límites y Aguas REINALDO DANIEL ARRIOLA G. Ministroque se indica. Internacionales del Ministerio de Relaciones Exde Economía. teriores, presentó el señor Jorge Leonel Mijangos Palomo. MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS ORGANISMO EJECUTIVOIntrodúcense las modificaciones que se mencionan, MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL al Acuerdo Gubernativo del 17 de agosto de 1979, que contiene el Reglamento para la ApliConfiérese la Condecoración "Cruz de las Fuerzas cación del Decreto número 31-79 del Congreso JEFATURA DE ESTADOde Tierra", al Soldado de Primera Rubelio de de la República modificado por el Decreto Ley Jesús Guevara Pérez. número 39-82. DECRETO LEY NUMERO 148-85 Fijase en la forma que se indica para el mes de EL JEFE DE ESTADOCancélanse los Despachos de Subteniente de Infanteria y el Título de Oficial del Ejército de Guaenero de 1986, el precio de mercado del petróleo temala, al ciudadano Alejandro Ernesto Guadacrudo nacional producido por los contratistas de CONSIDERANDO: lupe Barrios Palacios. operaciones petroleras de exploración y exploQue por Decreto Ley número 61-85 de fechatacion. 20 de junio de 1985, se exoneró al Ministerio de

Confiérese el Grado de Subteniente en las Armas Energía y Minas del requisito de convocatoria esque se indican y el Despacho respectivo, y extablecido en el Artículo 14 de la Ley de Hidrocartiéndese el Título de Oficial del Ejército de MINISTERIO DE EDUCACION buros, Decreto Ley número 109-83, para incentivar Guatemala, a los Caballeros Cadetes que se exy agilizar el desarrollo de las operaciones petropresan. Créase la Oficina de Coordinación de Cooperación leras en el país; Técnica Internacional como un órgano asesor que CONSIDERANDO: jerárquicamente dependerá del-Ministro de Edu-Cancélanse los Despachos de Teniente Coronel, cación. Mayor, Capitán, Teniente y Subteniente de InQue como consecuencia de las facilidades que fantería y el Título de Oficial del Ejército de se dieron a los inversionistas a través del Decreto Guatemala, al ciudadano Francisco Edgar D'JalLey anteriormente citado, se ha logrado que elMINISTERIO DE SALUD PUBLICAma Dominguez López. Ministerio de Energía y Minas haya celebrado varios contratos de operaciones petroleras de exY ASISTENCIA SOCIAL ploración y explotación, lo que ha incidido positiMINISTERIO DE AGRICULTURA, vamente en la reactivación de la economía del Acéptase la donación que a título gratuito y a país; GANADERIA Y ALIMENTACION favor del Estado, hace la Municipalidad de El CONSIDERANDO:

Palmar, departamento de Quetzaltenango, del Que la exoneración del requisito de convocatoria Ampliase en la cantidad que se indica, el Presuinmueble que se menciona. a que se refiere el Decreto Ley 61-85 vence el 31 puesto de Ingresos y Egresos del Banco Naciode diciembre de 1985, y habiendo interés todavíaAcéptase la donación que a título gratuito ya nal de Desarrollo Agrícola (BANDESA). Ejerde algunas compañías en acogèrse a esas facilidacicio Fiscal 1985. favor del Estado, hace el señor Neftali Martinezdes para explorar y en su caso, explotar los re-Samayoa de la fracción de terreno que se men-cursos petrolíferos del país; es conveniente pro-ciona. rrogar los efectos de dicho Decreto Ley, debiéndose MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS emitir en ese sentido la correspondiente disposición Acéptase la donación que a título gratuito y legal. Fíjase el año comprendido del 10. de enero al 31 defavor del Estado, hace la Municipalidad de San POR TANTO: diciembre de 1986, para el uso de los Timbres Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos, del terreno que se detalla. En el ejercicio de las facultades que le confiereFiscales de las denominaciones establecidas conel Artículo 4° del Estatuto Fundamental de Goforme el Artículo 40 del Reglamento de la LeyAcéptase la donación que a título gratuito y a bierno, modificado por los Decretos Leyes númerosde Papel Sellado y Timbres Fiscales. favor del Estado, hace la Municipalidad de Teju-36-82 87-83, y .con base en el Artículo 68 del

tla, departamento de San Marcos, de la fracciónmismo Estatuto, Concédese la exoneración que se indica a favor del "Instituto Lingüistico de Verano" de terreno que se expresa. En Consejo de Ministros Acéptase la donación que a título gratuito y a DECRETA: Concédese la exoneración que se indica a favor de favor del Estado, hace la Municipalidad de Ama-la "Asociación de Padres de Niños Especiales de Guatemala". titlán, departamento de Guatemala, del terrenoArtículo 19-Se prorroga la vigencia del Decreto que se indica. Ley número 61-85 de fecha 20 de junio de 1985,por un período de seis meses a partir del uno deenero de mil novecientos ochenta y seis.MINISTERIO DE GOBERNACION ANUNCIOS VARIOS Artículo 29-El presente Decreto Ley entra en vigor inmediatamente y debe ser publicado en elApruébase el funcionamiento y reconócese la per-Matrimonios. Solicitudes de Nacionalidad: LiDiario Oficial. sonalidad jurídica de la entidad "Fundación Preventiva de la Drogadicción". neas de Transporte. Constituciones de SocieDado en el Palacio Nacional: en la ciudad de dad. Modificaciones de Sociedad. - Registros Guatemala, a los veintisiete días del mes de dide Marca. Títulos Supletorios. Edictos.- ciembre de mil novecientos ochenta y cinco.Autorizase a la Municipalidad de Samayac, depar-Remates. tamento de Suchitepéquez, para que pueda coPublíquese y cúmplase,

brar los arbitrios que se detallan. Industrias Consolidadas, S. A. Balance General al 30 de junio de 1982. General de División Autorizase a la Municipalidad de San Francisco, OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES departamento de Petén, para que pueda coLas Ofertas, Sociedad Anónima. Balance General Jefe de Estado y Ministro brar los arbitrios que se expresan. al 30 de junio de 1982. de la Defensa Nacional2170 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Enero 3 de 1986 NUMERO 86 Secretario General de la como alto sentido patriótico aunando valor, cono24-82, Estatuto Fundamental de Gobierno, 11Jefatura de Estado, cimiento y esfuerzo en beneficio de las fuerzas ficado por los Decretos Leyes 36-82 y 87-83; y son MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ que integran la Institución Armada, deben ser fundamento en los artículos 89 y 93 del C do reconocidas por la Jefatura de Estado. Estatuto; 47 numeral 4) y 48 numeral 1) del eEl Ministro de Energía y Minas creto Ley 149-83, Ley Constitutiva del Ejército de

S. ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA Guatemala,

CONSIDERANDO:

Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación Que el Ministerio de la Defensa Nacional, ha ACUERDA: JUAN HUMBERTO MANCUR D. informado de la Valerosa y heroica labor desarrollada por el Soldado de Primera Clase, Rubelio Artículo 1.-Cancelar con fecha 30 de noviembre de Jesús Guevara Pérez, quien en momentos en de 1985, los Despachos de Subteniente de Infan-Ministro de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas que la unidad de combate a la que pertenece tería y el título de oficial del Ejército de GuaLUIS HUGO SOLARES A: mantenía fuego abierto contra enemigos terroristemala, que se confirieron al ciudadano Alejandro tas, puso de manifiesto decisión, conocimiento, esErnesto Guadalupe Barrios Palacios, según Acuerdo El Ministro de Economía píritu de cuerpo y de unidad, al proporcionar Gubernativo de fecha 24 de junio de 1980, por haREINALDO DANIEL ARRIOLA C. auxilio a un Elemento de Tropa extrayéndole en ber incurrido en actos graves contra la moral y la condiciones sumamente difíciles el proyectil de disciplina que lesionan el prestigio y el honor del arma de fuego con el que habia sido herido, por Ejército de Guatemala.El Ministro de Finanzas ARIEL RIVERA IRIAS lo que es procedente brindarle el reconocimiento del caso por medio de la presente disposición Artículo 2.-EI Ministerio de la Defensa Nacional El Ministro de Gobernación legal. emitirá las órdenes que estime convenientes para el cumplimiento de este acuerdo y, el Estado Ma-CARLOS GUZMAN ESTRADA POR TANTO: yor de la Defensa Nacional y demás dependencias El Ministro de Relaciones Exteriores militares a que compete, realizarán las anotaciones

FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN En el ejercicio de las facultades que le confieren del caso en los registros correspondientes; debienlos artículos 49, 26 numeral 10) y 90 numeral 2) do además dicho Centro Técnico y Consultivo del Ministro de Salud Pública y del Decreto Ley 24-82, Estatuto Fundamental de Ejército, recoger toda la documentación a que se Gobierno, modificado por los Decretos Leyes 36-82 alude en esta disposición legal y toda aquella queAsistencia Social JOSE RAMIRO RIVERA A. y 87-83, y con fundamento en los artículos 12 nuse hubiere otorgado al ciudadano Alejandro Ernesmeral 2), 62 y 63 del Decreto Ley 149-83, Ley to Guadalupe Barrios Palacios, como consecuencia Ministro de Trabajo y Constitutiva del Ejercito de Guatemala, 34, 38, 39, de haber ostentado la condición de caballero caPrevisión Social 67, 68 literal A, y 69 del Acuerdo Gubernativo de dete y oficial del Ejército de Guatemala. CARLOS PADILLA NATARENO fecha 24 de junio de 1982, Reglamento de Condecoraciones y Distintivos Militares, Artículo 3.-E1 presente acuerdo entra en vigor La Ministro de Educación inmediatamente, debiendo publicarse en el Diario ARACELY J. SAMAYOA DE PINEDA Oficial y en la Orden General del Ejercito para

ACUERDA: Oficiales.

Artículo 1.-Conferir con fecha 1ro. de diciembre de 1985 la Condecoración "Cruz de las Fuerzas Comuníquese: MINISTERIO DE RELACIONES de Tierra", al Soldado de Primera, Rubelio de Jesús Guevara Pérez, en reconocimiento a sus acGeneral de División EXTERIORES ciones distinguidas en el cumplimiento de una OSCAR HUMBERTO MEHA VICTORES comisión y en beneficio de las Fuerzas de Tierra Jefe de Estado ydel Ejército de Guatemala. Ministro de la Defensa Nacional Acéptase la renuncia que del cargo de GuardalArtículo 2.-E1 Ministerio de la Defensa Naciomacén III de la Dirección de Límites y Aguas nal, dispondrá lo conveniente para la entrega de El Viceministro de la Defensa Nacional Internacionales del Ministerio de Relaciones Exla precitada condecoración, y el Estado Mayor de JUAN FRANCISCO AGUILAR OLIVA teriores, presentó el señor Jorge Leonel Mijan-la Defensa Nacional, procederá a hacer las anotagos Palome, ciones correspondientes.

Palacio Nacional: Guatemala, 12 de dicimbre Artículo 3.-EI presente Acuerdo entra en vigor de 1985. inmediatamente debiendo ser publicado en el DiaConfiérese el Grado de Subteniente en las Armas rio Oficial y en la Orden General del Ejercito que se indican y el Despacho respectivo y exACUERDO GUBERNATIVO DE para Oficiales. tiendese el Título de Oficial del Ejército de

NOMBRAMIENTO NUMERO 311 Guatemala, a los Caballeros Cadetes que se exComuniquese: presan. EL JEFE DE ESTADO, Palacio Nacional: Guatemala, 17 de diciembre de En el ejercicio de las facultades que le confieren General de Divisón 1985. los artículos 4o. y 26 incisos 4o. y 5o. del Estatuto OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Fundamental de Gobierno modificado por los DeJefe de Estado y ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 1250-85 f cretos-Leyes números 36-82 y 87-83, Ministro de la Defensa Nacional

EL JEFE DE ESTADO

ACUERDA: Viceministro de la Defensa Nacional CONSIDERANDO: JUAN FRANCISCO AGUILAR OLIVA Artículo 10.-Aceptar con efectos a partir 1o.

de diciembre de 1985, la renuncia que del cargo de Que la formación de los Oficiales de carrera en Guardalmacén III de la Dirección de Límites y las Armas y los Servicios, conforme a la ley de Aguas Internacionales del Ministerio de Relaciola materia, está encomendada a las Escuelas de nes Exteriores, presentó el señor Jorge Leonel Cancélanse los Despachos de Subteniente de Infanformación militar; Mijangos Palomo, a quien se le dan las gracias porteria y el Titulo de Oficial del Ejército de Gualos servicios prestados. temala, al ciudadano Alejandro Ernesto GuadaCONSIDERANDO: lupe Barrios Palacios. Comuniquese, Que la Dirección de la Escuela Politecnica ha

informado que los Caballeros Cadetes integrantesPalacio Nacional: Guatemala, 17 de diciembre dede la promoción "105", han cursado y aprohado1985. en forma satisfactoria las asignaturas teórico-prac-General de División ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 1251-85 ticas en la especialización de Infantería y Artille-OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES ria, que comprende el plan de estu Hos en vigencia, razón por la cual es procedent aferirles elEL JEFE DE ESTADO Viceministro de Relaciones Exteriores, Grado y Despacho respectivo. Encargado del Despacho, CONSIDERANDO: POR TANTO: GUSTAVO SANTISO GALVEZ Que el Ejército de Guatemala como institución En el ejercicio de las facultades que le confieregarante de la seguridad y la paz de la República, el artículo 49 del Decreto Ley 24-82 del Estatutotiene el deber de mantener en sus filas a personal Fundamental de Gobierno, modificado por los DeMINISTERIO DE LA DEFENSA idóneo y calificado que en todos los actos de su cretos Leyes 36-82 V 87-83; y, con fundamento envida exprese honestidad, honorabilidad y conducta los artículos 93 del citado Estatuto; 39, 42 nume-intachable con apego a las normas legales vigenNACIONAL ral 1) y 97 del Decreto Ley 149-83, Ley Constitu-tes; tiva del Ejercito de Guatemala,

CONSIDERANDO: ACUERDA:

Confiérese la Condecoración "Cruz de las FuerzasQue el Ministerio de la Defensa Nacional ha sido de Tierra", al Soldado de Primera Rubelie de Artículo 1.-Conferir con fecha 19 de diciembreinformado por el conducto respectivo, que el SubJesus Guevara Pérez. de 1985, el Grado de Subteniente en las Armasteniente de Infantería, Alejandro Ernesto Guadalupe Barrios Palacios, ha incurrido en actos de que se indican y el Despacho respectivo, así como Palacio Nacional: Guatemala, 17 de diciembre de extender el título de Oficial del Ejército de Gua-conducts graves que desdicen de su condición de1985. oficial y que lesionan en sumo grado la moral y temala, a los Caballeros Cadetes siguientes: la disciplina del Ejército de Guatemala, por lo que ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 1253-85 De Infantería en tutela del honor y el prestigio de éste, es necesario y conveniente cancelarle los Despachos y EL JEFE DE ESTADO 1. Sargento 2° de Cs. Cts., Arturo Ignacio Salánel título de oficial respectivos, para cuyo efecto se Sánchez. emite la presente disposición legal.CONSIDERANDO: 2. Sargento 2º de Cs. Cts., Winsto ick CuePOR TANTO: Cuessy. Que las acciones heroicas de los miembros del Ejercito de Guatemala, en las que ponen de re-En el de facultades que le confieren los 3. Sargento 20 de Cs. Cts., Manuel Esduendo lieve acentuada unidad y espíritu de cuerpo asíartículos y 26 numeral 14) del Decreto Ley Illescas S izo.

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