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Decreto 1487-1961

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1487-1961
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Financiero
Año
1961

$ Guati DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1° DE ENERO DE 1886.-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración Telefono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No 749. Impreso en Diario de Centro Agencias Telefono 28027 América, 9" Av. 11-34. Zona 1

DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS TOMO CLXII Guatemala, Jueves 5 de Octubre de 1961 NUMERO 99

Los bonos de ahorro expresarán el valor riodicidad, procedimiento y forma de estos SUMARIO nominal del titulo, el plazo, el tipo de intesorteos, todo lo cual debe constar en una rés, la fecha de emisión y las demás especicláusula especial del contrato de ahorro y ORGANISMO LEGISLATIVO ficaciones pertinentes tendrán las siguientes préstamo, los bancos sólo actuarán, por lo características: que se refiere a este beneficio, como simples mandatarios administradores de los susDecreto Número 1487. a) Deberán SGT nominativos y transferibles criptores que lo hayan contratado, carácter por simple endoso, con la correspondiente que tendrán para c1 cumplimiento de las ORGANISMO EJECUTIVO anotación on los registros del banco emisiguientes obligaciones: sor, sin lo cual el endoso no producirá sus efectos: a) Llevar por separado cuenta y razón de MINISTERIO DE LA DEFENSA b) Gozarán del privilegio establecido en el las cantidades que recauden por concepto de dicho beneficio; NACIONAL artículo 70 de esta ley; b) Distribuir en forma de premios, en las c) Podrán ser vendidos mediante el pago de condiciones y periodicidad que los respecAdscribense al Ministerio de la Defensa Nacional las fincas prima única 0 de primas periódicas; y tivos contratos establezcan, el total acuque so d) Podrán contener ofertas de premio (asigmulado que, por concepto de este beneficio, hubieren recaudado;nado por sorteo u otro mecanismo aproc) Mantener sin cambio ni alteración alguMINISTERIO DE GOBERNACION piado), así como cualesquiera otras clanos los demás derechos obligaciones esses de alicientes que tiendan a facilitar tipulados en el contrato de ahorro y présSuprimese cel articulo 27 del reglamento del decreto legis. su colocación. tamo del suscriptor que resulte agraciado lativo número 1737. la frase que se menciona "Por los demás, los depósitos de ahorro con un premio; y d) No cobrar comisión alguna por el mane-amparados por bonos de ahorro quedarán sujetos a los mismos enenjes bancarios y a cuajo de este beneficio adicional". -MINISTERIO DE SALUD PUBLICA lesquiera otras condiciones que, de conforY ASISTENCIA SOCIAL midad con la loy, establezea la Junta MoneArtículo 6°-E1 artículo 12, tercer párrafo, taria, la que podrá, además, dictar un requeda así: Cronse un comit para estudiar la unificación de planes glamento para la emisión de bonos de aho- "El crédito efectivo de cada contrato no

de trabajo, salarion V details condiciones en que desarrolle TTO por los bancos de ahorro y préstamo". podrá exceder de. quince mil quetzales sus actividades 0 personal médico en los hospitales Ge. (Q.15,000.00), pero la Junta Monetaria podrá noral , Roosevel Artículo 22-E1 artículo 59, segundo párrafo, elevar dicho máximo, a solicitud razonada queda así: de un banco de ahorro y préstamo, cuando "Los bornes deberán estar totalmente cuocurran sensibles alzas en los costos de consMINISTERIO DE TRABAJO Y biertos con activos que consisten en saldos trucción. Se entenderá por crédito efectivo de créditos hipotecarios efectivos a favor de la diferencia entre el valor nominal de la PREVISION SOCIAL la Institución No podrán emitirse bonos por suma suscrita y los shorros acumulados. En un monto superior al setenta y cinco por las propiedades urbanas O suburbanas, el vaConvenio para cl Mainer de horarios det Departamento de ciento (75%) del valor total de los inmuelor del terreno no podrá excoder en ningún Casa Reconds d. in Empresa de los Ferrocarriles Interbles dados en gurantia de tales créditos". caso del treintn y cinco por ciento (35%), del uncionates do Comps America, Division Gustemala valor conjunto de la propiedad, y hasta el Artículo 38-Se adiciona el artículo 6º con veinticinco por ciento (25%) de este último ANUNCIOS VARIOS di siguiente párrafo: podrá ser dedicado a pequeños locales 0 salones de comercio". de marcas.-Patentes invención. "A estos depósitos de ahorro, los bancos-Prórroga de cocletad-Modificación de sociedades.- Artículo 78-E1 artículo 13. queda así: podrán about además de los intereses, bo-Disolucida d. supletorios-Ldictos.- "Artículo 13.-Cuando los bancos Ge ahonificaciones adicionales por perseveranciaRemates. que podrán distribuirse on forma de pre- ··o y préstamos tuvicren exceso de disponimios, asignados por sorteo u otro mecanisbilidades, podrán asimismo conceder préstamos hipotecarios con igual destino y limi-mo apropiado, u otra clase de alicientes que taciones a los señalados anteriormente, a perORGANISMO LEGISLATIVO tiendan a estimular cl hábito de ahorro entre las clases populares, todo lo cual deberá sonas que no sean ahorrantes; invertir en títulos de crédito de valor estable y de fácilestipularse CD un reglamento expedido por realización emitidos 0 garantizados por el Es-el respectivo banco y aprobado por la Junta Monetaria. Tal reglamento podrá contener tado, las entidades públicas, las instituciones DECRETO NUMERO 1437 financieras estatales. los bancos que operentambién cualesquiera otras regulaciones tenen el país y las empresas privadas de pri-dientes a esas finalidades". EL CONGRESO DE LA REPUBLICA mer orden; y participar de cualquier modo DE GUATEMALA Artículo 49-E1 artículo 99 queda así: en proyectos de urbanización y construcción

de casas para uso de familias de medianos y "Articulo 99-Los aborrantes de ahorro y modestos recursos.

CONSIDERANDO: préstamo podrán rescindir sus contratos en Se entenderá por "cxceso de disponibilicualquier momento de la vigencia de los dades" los recursos que provengan de lasQue la emisión del decreto número 1448 de mismos. sin obligación de haccr pagos ultefuentes indicadas en el artículo 3° de esta este Organismo (Lest del Instituto de Fomentt. riores, C.M. CHNO CASO los bancos estarán obli-de Hipolecas Aseguradas), hace necesarin que ley, execptuados los del inciso a) de dicho gados a devolver las cantidades recibidas, artículo.sus disposiciones concuerden con el resto de la dentro de los noventa días signientes, previalegislación on viger y especialmente con las reSon "excedentes de ahorro y préstamo" los deducción do los gastos y comisiones que, enlativas n los bences de ahorro y préstamo para recursos acumulados provenientes de ahorro forma general autorice la Junta Monetaria.la vivienta familiar; y préstamo, que no deban ser aplicados deEn todo case, Los bancos podrán estipular manera inmediata por los bancos al cumplien los contratos de ahorro y préstamo la famiento de tales contratos. Estos excedentesCONSIDERANDO: culted de renunciar on favor del suscriptor, se computarán cada mes y podrán ser inverQue de no reformarse aleunas disposiciones aun en (-) caso de rescisión, a una parte 0 at tidos temporalmente sólo en valores líquidos vigentes en otras loyes, Se harfa inoperante la total de las cantidades recibidas de éste en de los que comprende el párrafo primero del Ley del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseconcepto de gastos de comisiones". presente artículo. Sin embargo, la Superinguradas, con lo emal los alcances bondadoses tendencia de Bancos podrá conceder a los que se le recomecen a dicha ley delarian d.: Artículo 00-E1 crtículo 10 queda así: bancos autorizaciones especificas para emSCT efectives; plearlos en otras inversiones temporales, de "Articulo 10.-En los planes de ahorro y las autorizadas en esta ley, en las condicio-CONSIDERANDO: préstamo P.O. SK usará procedimiento alguno nes que determine la propia SuperintendenQue dentro do las normas que deben ajusde azar 0 sorteo, salvo el caso de adjudicacia de Bancos y sin que en ningún caso puetarse a la nuevo leg. están algunas contenidas ción de los préstamos, cuando deba establedan SCT mayores del ochenta por ciento (80%) en el decreto número 541 del Congreso (Ley CETSC sistemas de preferencia, para lo cual de los excedentes de que se trate. deberán tomarse (-n cuenta la antigüedad dede Bancos do Anociro y Préstamo para la Vi. El monto y aplicabilidad de los excesos de vienda Familiar). Ios aborraties y regularidad de los ahorros, disponibilidad y de los excedentes de ahorro

así COTGO otras circunstancias que señalen los y préstamo deberán hacerse constar en acta POR TANTO, reglamentos del Consejo Directivo con los pormenores del "Los bancos podrán incluir on sus contracaso".

DECRETA: tos de ahorro y préstamo, como aliciente adicional, c.) beneficio de premios en efectivo paArtículo 8°-E1 artículo 14, en su segundo pá- Las siguientes reformas al decreto del Com ra sus suscriptores, hasta por un monto igual rrafo, queda asi: greso número 041 (Ley de Bancos de Ahorro at valor nominal del respectivo contrato, los y Préstamo para La Vivienda Familiar): cuales podrán POT adjudicados por el proce- "El monto de los préstamos que se condimiento de sorteo. La contratación de este cedan a personasque no hubiesen suscrito Articuls 12-F artículo 49 queda ast: beneficio adicional será optativa para el sus un contrato de ahorro y préstamo, no podrá criptor, pero una VCZ que éste lo contrate normalmente exceder del sesenta y cinco por "Articulo 48-Los bonos de ahorro son U. estará obligado a.cubrir su costo juntamente ciento (65%) del valor total de la propiedad tulosique amparan y comprueban los depó con las cuotas ordinarias de ahorro que. de que sirva de garantia. ahorm & término constitution en los la pagar of período de integración Sin embargo, pedrán otorgarse préstamos

bances de shore 7 préstamo, de SW contexte Cualquiera que sea la pc. hasta por el setenta y cinco por ciento (75%)1066 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO 99 del citado valor total quando sean destina-tes que deban celebrarse con el deudor co-Rústica No 5702; felie 29, Libro 31; Selela (San-dos a la construcción, adquisición, ampliamain, de acuerdo con Los términos de la CS-ta Elena). cien, reparación 0 liberación de gravámenescritura de emision; y Urbana No 22260, folio' 113, libro Guatehipotecarios det hogar propio de personas VI-Las cédulas hipotecarias emitidas con mala (La Palma, lote pequenol que no posean otva propiedad inmueble. la garantia de un banco, ast como aquellas Rústica No 8925, folio 220, libra 103, Guate-en cuya emisión sólo haya intervenido, puemala (Los Cipresales). Artículo 98-E1 artículo 18 queda asf: den ser adquiridas, negociadas o cedidas por Urbana No 22268, folio 129, libro 120, Guate-el propio banco garantizador O interventor;mala (Cuartel Villa Guadalupe)."Artículo 18.-La Superintendencia de Banasimismo, el banco que garantice o interven-Urbana No 22271, folio 135, libro 220, Guate.cos estará encargada de la vigilancia y fis-ga en la emisión de cédulas hipotecarias po-mala (Cuartel Guarda Viejo).calización de los bonos de aherro y préstadrá encargarse de custodiar y administrar Urbana No 22392. folio 385, libro 220, Gua-mo para la vivienda familiar. Los Bancos éstas por cuenta y orden de sus tenedores.temala (Hospital Militar nuevo).

de Ahorro y Préstamo se regirán, en todo lo Las cédulas hipotecarias cuyo pago garanRústica No 198, folio 270, libro 3 antiguopertinente, por las demás leyes bancarias yticen los bancos de ahorro y préstamo, O en(Aceituno). podrán realizar también las siguientes acticuya emisión intervengan, contendrán los rcRústica No 1228, felio 238, libro 30 antiguovidades: quisitos exigidos por la ley y en vez de la(Aceituno energia eléctrica). firma del registrador de la Propiedad InmueRústica No 1329, folio 149, libro 38 antiguoa) Adquirir terrenos urbanos O para urbanible, llevarán la firma del representante legal(Aceituno energia eléctrica). zarlos a fin de vender parcelas destinadas del banco que haya intervenido en la emisión Rústica No 122, folio 254, libro 63 antiguoa edificación de viviendas unifamiliares O garantizado el pago y el sello del propio(La Laguna chergia cléctrica). o multifamiliares, o las viviendas ya edibanco. Las cédulas hipotecarias así emitidas Rústica No 123, folio 256, libro 63 antiguoficadas, debiendo mediar la provia anuenson títulos de crédito y constituyen título (energia eléctrica). cia de los suscriptores de ahorro y présejecutivo. En los demás se aplicarán las resUrbana No 1110, folio 170, libre 30, Guatema-tamo, cuando las viviendas se destinen a pectivas prescripciones del Código Civil. la Escuela Politécnica).

dichos suscriptores; En ningún caso, las actividades senaladas Rústica No 12, folio 17, libro 42, Guatemalaen los incisos a) y c) de este artículo, podrán(Campo Marte Sport).b) Prestar los servicios de fiduciario paraafectar los fondos provenientes de los conRústica No 87, folio 186, libro 100, Guate-desempeño de fideicomisos que tengan por tratos de ahorro y préstamo. mala (Campo Marte Florida).objeto fines lícitos relativos a urbanizaRústica No 80, folio 189, libro 100, Guatema-ción de terrenos, administración de lotiArtículo 10.-El artículo 19 queda asf: la (Campo Marte Florida).ficaciones, edificación de viviendas uniUrbana No 1537, felio 239, libro 178, Guate-familiares o multifamiliares, asf como a "Artículo 19.-Los contratos de ahorro y mala (Campo Marte)la administración de estas últimas. préstamo y los contratos de préstamos deri-Urbana No 20617,folio 165, libre 204, Guate-Per el contrato 0 acto constitutivo de vados de los mismos, su transferencia, nego-mala (Campo Marte). fideicomiso, el fidcicomitente traslada el cinción O cancelación, estarán exentos del Urbana Nº 20618, folio 166, libro 204, Guadominio del bien 0 derecho de que se traimpuesto de papel sellado y timbres, sin per-temala (Campo Marte). te, al banco fiduciario, pero sólo para quejuicio de que los bancos de ahorro y présta-Urbana No 30522, folio 71, libro 313, Gua-éste cumpla los fines que aquel le encomo gozarán de las demás exoneraciones de temala (Campo Marte).

mienda, en beneficio del propio fideicodichos impuestos, que otorguen las leyes aUrbana No 21246, folio 120, libro 371, Gua-mitente, 0 de un tercero denominado filas instituciones bancarias. temala (Campo Marte). deicomisario, en los términos estipulados Los contratos de préstamos hipotecarios Urbana No 20611, folio 159, libro 204, Guaen el mismo contrato O acto constitutivo que los bancos de ahorro y préstamo otor-temala (Campo Marte). de fideicomiso. Cuando los bienes entreguen a personas no ahorrantes, así como los Urbana No 25711, folio 135, libro 241, Guagados en fideicomiso sean inmuebles 0 contratos de administración 0 fideicomiso quetemala (Campo Marte). derechos reales, se inscribirá en el Rccelebren, gozarán también de las mismas exoUrbana No 25704, folio 128, libro 241, Gua-gistro de la Propiedad Inmueble cl conneraciones senaladas en el párrafo anterior,temala (Campo Marte). trato O acto constitutivo del fideicomiso incluyendo el impuesto de alcabala en su ca-Urbana No 25725, folio 149, libro 241, Gua-y mientras esta inscripción esté vigente so, siempre que los préstamos hipotecariostemala (Campo Marte).

no podrán venderse ni gravarse el respecse destinen a financiar el hogar propio deUrbana No 25705, folio 129, libro 241, Gua-tivo inmueble O los derechos reales, sin personas que no posean otra propiedad intemala (Campo Marte). el consentimiento expreso del banco fimueble y que las operaciones de adminisUrbana No 31198, folio 55, libro 275, Gua-duciario. A1 extinguirse la vigencia del tración O fideicomiso que se encomienden atemala (Campo Marte). contrato 0 acto constitutivo del fideicomilos bancos, tengan por objeto la planifica-Urbana No 25718, folio 142, libro 241, Gua-SO por haberse cumplido éste, por haber ción, financiamiento O ejecución de obras detemala (Campo Marte). terminado su duración O por cualquiera urbanización para viviendas unifamiliares O Urbana No 25722, folio 146, libro 241, Guaotra causa, se harán las inscripciones comultifamiliares, 0 la edificación o adminis-temala (Campo Marte). rrespondientes en el Registro de la Protración de las mismas". Urbana No 25791, folio 217, libro 241, Gua-piedad Inmueble, debiendo comparecer el temala (Campo Marte). banco fiduciario en la solicitud de tales Artículo 11.-El presente decreto entrorá enUrbana No 20603, folio 151, libro 204, Gua-inscripciones. El ejercicio de estas activi-vigor quince días después de su publicación ontemala (Campo Marte).

dades se ajustará a las reglamentaciones el Diario Oficial. Urbana No 29863, folio 193, libre 268, Gua-que la Junta Monetaria dictare. En tanto temala (Campo Marte). dichas reglamentaciones se expidan, los Pase al Organismo Ejecutivo para su publi-Urbana No 21098, folio 169, libro 209, Gua-bancos las llevarán a cabo de acuprdo concación y cumplimiento. temala (Campo Marte). los reglamentos que al efecto emitan; y Urbana No 10997, folio 200, libro 177, Gua-c) Intervenir on la emisión de cédulas hipo-Dado en Palacio del Organismo Legislativo:temala (Campo Marte). tecarias e incluso garantizar su pago, en Guatemala, a los veinte días del mes deUrbana No 20613, folio 161, libre 204, Gua-cuando el producto de las mismas se desseptiembre de mil novecientos sesenta y uno.temala (Campo Marte). tine a financiar actividades de mejoraUrbana No 12, folio 17, libro 42, Guatemalamiento O desarrollo de la vivienda famiRUBEN FLORES AVENDANO, (Campo Marte granja Cipresales). liar. E1 cjercicio de esta actividad será Presidente. Urbana No 22614, folio 357, libro 222, Gua-reglamentado por la Junta Monetaria. temala (Campo Marte). OTTO PALMA FIGUEROA. Urbana No 22615, folio 359, libro 322, GuaLa emisión de las cédulas hipotecarias cuSecretario. temala (Campo Marte).

yo pago garanticen los bancos de ahorro y Urbana No 16548, folio 129, libro 165, Guapréstamo se regirá, además, por las siguienVIRGILIO VISCOVICH PREM, temala (Campo Marte). tes disposiciones: Secretario. Urbana No 20699, folio 248, libro 204, Gua-temala (Campo Marte). I.-E1 monto de la emisión por concepto Palacio Nacional: Guatemala, veinticinco deUrbana No 20619, folio 167, libro 204, Gua-de capital adeudado, no podrá exceder del septiembre de mil novecientos sesenta y uno.temala (Campo Marte). setenta y cinco por ciento (75%) del valor Urbana No 25883, folio 66, libro 243, Guatotal de los inmuebles que queden afectos Publíquese y cúmplase. temala (Compo Marte). en garantía hipotecaria. salvo que la obligaUrbana No 226, folio 150, libro 20, Guatemación esté asegurada on el F.H.A., en cuyo MIGUEL YDIGORAS FUENTES. la (La Aurora F. Acrea). caso el importe de la emisión podrá ascenUrbana No 217, folio 279, libro 2 primera se-der hasta el ochenta y cinco por ciento (85%) II Ministro de Economic rie (Casa B. Verapaz). del valor total de los inmuebles que sirvenJOAQUIN PRIETO BARRIOS. Urbana N° 1050, folio 319, libro 7A antiguode garantia. E1 plazo para cl pago total de (Casa Osuna, Sacatepéquez).

la obligación hipotecaria DO excederá de 25 Urbana No 8684, folio 102, libro 58, Quezalaños; tenango (Coatepeque). II-Los bancos dispondrán de todas las ORGANISMO EJECUTIVO Urbana No 130, folio 230, libro 2, Retalhuleu facultades necesarias para verificar la ga- (casa Retalhuleu). rantia y el destino de la emision de cédulas; Rústica No 31, folio 4, libro 13, Alta VerapazIII-Los bancos también tendrón derecho (Chicovogiito). de asegurarse en la escritura de la emisión Rústica N° 175, folio 237, libro 13, Alta Vede las cédulas y con la misma hippit en queMINISTERIO DE LA DEFENSA rapaz (Chieoyogüito). ampare el page de aquélles. el cobro de los NACIONAL Rústica No 2148, folio 150, libro 9, Alta Vederechos, euotas, comisioner. interves perapaz (Chicoyogüito). nales y gastos que causon su interveneion Adscribense al Ministerio de la Defensa Nacio-Rústica No 296. folio 119, libro 3, Alta Veen la emisión, tendrán asimismo d d-recho nal las fincas que se mencionan. rapaz (Chicoyogüito). de exigir al deudor la entrega de COOCHS neRústica No 42, folio 69, libro 1, Alta Veriódicas para formar el foudo descindo al Palacio Nacional: Guatemala. septiembre 19rapaz (Chicoyogiito).

pago de los servicios de las cértifies de 1961. Rústica No 43, folio 70, libro 1, Alta Vevándose el derecho de dar por Vericle rapaz (Chicoyogiito). cipadamente toda la emision en -1 CUSO de F1 Presidente Constitucional de la República yRústica N? 47, folio 74. libro 1, Alta Veque los deudores dejen de outroges 1991 de Comandante General del Ejército, rapaz (Chicoyogüito). las referidas cuotas. caso on el que hostern Rústica No 46, folio 83, libro 25, Alta Ve para ejercer las acciones correspondietan CO-Tomando en consideración que es urgente rapaz (Chicoyogüito). pia legalizada de la escritura de endoled: asegurar para el Ejército la tenencia O poscsiónRustica No 55, folio 114, libro 11, Alta Ve-IV.-Los bancos responderán solidatismende los bienes en donde se encuentran sus ins-rapaz (Chicoyogüito). te del importe del principal C intereses 7 de-talaciones militares o destinados para sus scr-Rústica N° 56, folio 71, libro 12, Alta Vcmás derechos atribuidos a las cédulas, en losvicios; y asimismo, impedir que otras depen-rapaz (Chicoyogiito).

mismos términos del deudor; dencius del Estado dispongan de ellos con per-Rústica No GG, folio 72, libro 18, Alta Ve-V-Los bancos representarán con las Injuicio de la Institucion militar, rapaz (Chicoyoguito). cultades generales y especiales que la ley :eRústica N° 6281, folio 237, libro 35, Retalhu-quiera y con las responsabilidades del menACUERDA: leu (Los Brillantes, sólo 1 caballeria y 3 man-datario, a todos los tenedores de las cédule zanas). para todos los actos y contratos que CONTOSArtículo 1°-Adscribir al Ministerio de la Urbana No 12690. folio 231, libror 119, Gua-ponda ejecutar como acreedor hipoteca to. Defensa Nacional las siguientes fincas:Fodrán, además, otorgar en nombre del contemala (casa San Pedro Ayampue). junto de tenedores de cédulas, cancelaciones Urbana No 8084, follo '102. libro 58, Quezal-Rústica No 6331, felio 113, Mbror 32, Sololsdo la hipoteca, documentos, actos O contrateriango (casa en Coatepeque). (San Basilio).

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