Decreto 149-1983
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 149-1983
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1983
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXII GUATEMALA, MARTES 6 DE DICIEMBRE DE 1983 NUMERO 66
SUMARIO de con la defensa de los más caros intereses de la patria, para cuyo propósito es procedente decretar la ley que comprenda y de ORGANISMO EJECUTIVO sarrolle los principios enunciados.
JEFATURA DE ESTADO POR TANTO: DECRETO LEY NUMERO 149-83 En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 40. del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL por los Decretos Leyes numeros 36-82 y 87-83, y' con fundamento Autorizase al Coronel de Infantería DEM, Edgar Augusto Godoy Gaitán. paraque acepte y use la Condecoración "Medalla de Alto Honor". en lo establecido por los artículos 89 y 93 del nombrado EstaDéjase sin efecto el Acuerdo Gubernativo No 767-83, por medio del cual setuto, nombra al Licenciado Julio César del Aguila, como Auditor de Guerra EN CONSEJO DE MINISTROS Interino de la Zona Militar No 17, Quezaltenango. DECRETA: Créase en la Fuerza Aérea Guatemalteca el Comando de Policía Aérea Militar, en sustitución del actual Agrupamiento Táctico de Seguridad.La siguiente: ANUNCIOS VARIOS Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala Matrimonios. Linea de transporte. Constituciones de sociedad: Modificaciones de sociedad. Disoluciones de sociedad. Registros de marca. CAPITULO I Títulos supletorios. Edictos. Remates. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Almacen Flores, S. A. Balance General al 30 de junio de 1981.
ARTICULO lo. E1 Ejercito de Guatemala es la InstiMuebles Exclusivos de Guatemala, S. A. Balance General al 30 de juniode 1981. tucion destinada a salvaguardar y mantener la independencia, Maderas y Machihembres, S. A. Balance General al 30 de junio de 1981.la soberanía Y el honor de la Nacion, la integridad de su terri Espectáculos, S. A. Balance General al 30 de junio de 1981. torio y la paz de la Republica. Es Unico e indivisible, apolfManufacturera Continental, S. A. Balance General al 30 de junio de 1981.tico esencialmente obediente y no deliberante; se integra con Pesca, S.A. Balance General Condensado al 30 de junio de 1981.Fuerzas de Tierra, Mar y Aire; su organizacion es jararquica y Inmobiliaria Suárez, S. A. Balance General al 30 de junio de 1981.se basa en los principios de disciplina y obediencia. Cía. Importadora del Agro, S. A. (CIDEAGRO). Balance General al 30 Queda prohibida la organización de fuerzas paramili-de junio 1981.
tares O milicias ajenas al Ejercito de Guatemala, siendo puni Manufacturera Suprema, S. A. Balance General al 30 de junie de 1981. ble su integracion. Manufacturera Mundial, S. A. Balance General al 30 de junio de 1981. ARTICULO 20. El Ejercito de Guatemala se regira por Organismo Ejecutivo el Estatuto Fundamental de Gobierno, la presente Ley ConstituJefatura de Estado tiva, las leyes y Reglamentos Militares. No podrá darsele ninguna otra denominacion que la de "EJERCITO DE GUATEMALA". Decreto Ley Número 149-83 ARTICULO 30. Para el cumplimiento de las misiones que tiene asignadas el Ejercito de Guatemala se dedicará esen-EL JEFE DE ESTADO cialmente a su preparación, entrenamiento y funciones milita-- CONSIDERANDO: res. Cuando el Ejercito de Guatemala deba prestar su cooperaQue el Estatuto Fundamental de Gobierno establece ción en situaciones de emergencia Q calamidad pública, el Minis que el Ejercito de Guatemala es una Institucion del Estado queterio de la Defensa Nacional dictara las medidas pertinentes tiene la elevada mision de mantener la independencia, la soberade conformidad con la Ley de Orden Público, si fuere necesario. nia, la integridad del territorio y el honor de la nacion, asf ARTICULO 40. Cuando el Estado lo requiera o se decre como la paz de la Republica; tare el Estado de Guerra, las mujeres quatemaltecas mayores de CONSIDERANDO: edad, física y mentalmente capaces, prestarán servicio militar
Que para el cumplimiento de los fines indicados en el obligatorio en funciones y cargos que sean compatibles con sus considerando que antecede, se hace necesario que el Ejercito de aptitudes y condicion personal, cuando fueren requeridas para Guatemala se regule por un cuerpo normativo actualizado y acorello de conformidad con la Ley.1574 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 6 de 1983 NUMERO 66 ARTICULO 50. Son integrantes del Ejercito de GuateARTICULO 14. Por organizacion jerarquica del Ejercimala, los Oficiales Generales, Oficiales Superiores, Oficiales to y las atribuciones del mando y direccion que determina la pre Subalternos, Caballeros Cadetes, alumnos de los Centros de Edu sente Ley, el Oficial General O Superior que desempeñe el cargo cacion . Instruccion Militar, Especialistas, Elementos de Trode Ministro de la Defensa Nacional, además de las calidades que pa y demas personal que pertenezca a la Fuerza Permanente, asf establece el Estatuto Fundamental Gobierno, debe llenar los como los comprendidos en la Fuerza Disponible cuando esten on requisitos siguientes: funciones del servicio. 1) Ser General, Coronel O sus equivalentes. ARTICULO 60. Los integrantes del Ejercito de Guate2) Tener un mínimo de 25 años ininterrumpidos de ser mala son apolíticos, obedientes no deliberantes y deben estar vicio y no estar comprendido dentro de las edades comprendidos dentro de lo estatuído en el Artículo 90. del Esde retiro. tatuto Fundamental de Gobierno. 3) Si se tratare de Coronel, debera tener un mínimo
de 6 años de servicio consecutivos en dicho graARTICULO 70. Para el cumplimiento de las misiones go, previo a su nombramiento. que corresponden al Ejercito de Guatemala, el territorio de la Republica se dividira adecuadamente en jurisdicciones cuya cir ARTICULO 15. E1 Ministro de la Defensa Nacional, adecunscripcion se determinara por Acuerdo Gubernativo a propuesmás de las atribuciones inherentes a su cargo, tiene las siguien ta del Ministerio de la Defensa Nacional. tes: ARTICULO 80. Los integrantes del Ejercito de Guate1) E1 mando y la administración del Ejercito de Guatemala. mala, deberan extremar las demostraciones de respeto a los sim bolos patrios, contribuyendo con su ejemplo que a estos les 2) Cumplir y hacer que se cumplan las leyes Y reglamentos militares. sean rendidos los honores correspondientes, de acuerdo con los 3) La inspeccion y control de las instituciones Y enreglamentos. tidades publicas O privadas, que de acuerdo con ARTICULO 90. Los Oficiales en cualquier situacion la Ley estén autorizadas a usar armas, equipos O que se encuentren de conformidad con la presente Ley, gozarán pertrechos de guerra. del fuero de guerra. 4) Disponer la adquisicion, produccion, conservación y mejoramiento del armamento, equipo, municiones, CAPITULO II semovientes, vestuarios y demas implementos de gue
ORGANIZACION DEL EJERCITO DE GUATEMALA rra.
- Velar por la adquisición, conservación y recupera ARTICULO 10. E1 Ejercito de Guatemala estará intecion de los bienes, derechos Y acciones, asignagrado por: dos al Ministerio de la Defensa Nacional. 1) Alto Mando del Ejercito 6) Disponer la adquisición, construccion, mantenimien 2) Ministerio de la Defensa Nacional to y acondicionamiento de edificios, fortificacio 3) Estado Mayor de la Defense Nacional nes, aer6dromos y demas instalaciones militares. 4) Comandos Militares 7) Reglamentar y supervisar la produccion, importa5) Servicios Militares cion, exportacion, almacenamiento, traslado, pres 6) Ceatros de Educacion e Instruccion Militar tamo, transformacion, transporte, uso, enajena--- 7) Otras Dependencias Militares cion, adquisicion, tenencia, conservacion y porta cion de toda clase de armas de fuego, municiones, ARTICULO 11. E1 Jefe de Estado y Comandante General explosivos, materiales inflamables y similares. del Ejercito, el Ministro de la Defensa Nacional y el Jefe del 8) En los casos de aplicacion de la Ley de Orden PdEstado Mayor de la Defensa Nacional, constituyen el ALTO MANDO blico, hacer cumplir las atribuciones que dicha
DEL EJERCITO DE GUATEMALA.
Ley confiere al Ejercito de Guatemala. 9) Hacer mediante su publicacion en la Orden General COMANDANTE GENERAL DEL EJERCITO del Ejercito, los nombramientos para los cargos yARTICULO 12. E1 Jefe de Estado es el Comandante Geempleos militares, Y someter a la consideracionneral del Ejercito e impartira sus ordenes por medio del Minisdel Jefe de Estado y Comandante General del Ejertro de la Defensa Nacional. cito, los Acuerdos Gubernativos para el nombramien Como tal, tiene las atribuciones que le señala la Ley to de los funcionarios militares, que por disposiy, en especial las siguientes: cion de la ley así lo requieran. 1), Decretar la movilizaoion desmovilización 10) Llenar las vacantes que ocurran en los cargosmi2) Otorgar los ascensos de la Oficialidad del Ejerl'tares, debiendo cubrirse dando prioridad al gracito de Guatemala, conferir condecoraciones y hodo, competencia y antiguedad de los candidatos. nores militares y conceder pensiones extraordina11) Aprobar el Plan General de Entrenamiento y los pla rias. nes de estudios de los establecimientos de forma-- MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL cion y educacion militar. ARTICULO 13. E1 Ministerio de la Defensa Nacional es 12) Impulsar los estudios militares para el personalel Organo de comunicacion entre el Ejercito de Guatemala y los del Ejercito de Guatemala. demás Organismos del Estado. E1 Ministro tiene bajo su responsabilidad la direccion del Ejercito en sus aspectos tecnico y 13) Las demas atribuciones que establezcan las leyes administrativo. y reglamentos.NUMERO 66 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Diciembre - 6 de 1983 1575
ARTICULO 16. amento determinara la organisacion ESTADO MAYOR ESPECIAL y funcionamiento del Ministerio de la Defensa Nacional. ARTICULO 26. E1 Estado Mayor Especial, estará inte-- VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL grado por los Jefes de los Servicios del Ejercito, con el per-- ARTICULO 17. Para ser Viceministro de la Defensa Na sonal que sea necesario. Asesorara al Jefe del Estado Mayor cional se requieren las mismas calidades y requisitos que para de la Defensa Nacional, en asuntos tecnicos relacionados con ser Ministro de la Defensa Nacional. sus respectivas especialidades, cuando se le requiera. ARTICULO 18. Son funciones del Viceministro de la Defensa Nacional: ESTADOS MAYORES PERSONALES 1) Atender el buen funcionamiento y organizacion de las actividades administrativas del Ministerio de ARTICULO 27. Los Estados Mayores Personales son: la Defensa Nacional. 1) Estado Mayor del Jefe de Estado 2) Asistir al Ministro en asuntos generales de Gobier 2) Estado Mayor del Ministro de la Defensa Nacional no, cuando sea requerido para ello, en sus relacio 3) Otros que sean necesarios nes con los demas Organismos del Estado. Estaran integrados por el número de Oficiales necesa3) Representar al Ministro en las actividades que 6srios. Un Reglamento determinara la Organizacion y funcionate le asigne. miento de cada uno de ellos. 4) Refrendar con su firma los Acuerdos Ministeriales COMANDOS MILITARES y documentos que le correspondan de conformidad con la ley. ARTICULO 28. Los Comandos Militares son:
- Otros que le sean asignados. 1) De Brigadas
- De Zonas
- De Bases
ESTADO MAYOR DE LA DEFENSA NACIONAL 4) De Fuerza Aerea ARTICULO 19.E1 Estado Mayor de la Defensa Nacional es 5) De Marina el Centro Tecnico y Consultivo del Ejercito de Guatemala. Ase6) Otros que se consideren necesarios. sorard al Ministro de la Defensa Nacional en todos los asuntos militares. Un reglamento determinará su organizacion y funcioARTICULO 29. Los Comandos Militares serán establecidos namiento. de conformidad con las necesidades estratégicas y tacticas. Su jurisdiccion se determinará por Acuerdo Gubernativo Y cada ARTICULO 20. E1 Jefe del Estado Mayor de la Defensa uno de ellos estara bajo las ordenes de un General O Coronel O Nacional es el Tercero en el Mando y como tal, sustituira al su respectivo equivalente. Ministro de la Defensa Nacional por ausencia temporal de dicho Para ser Comandante de un Comando Militar se requierefuncionario. 20 años de servicio consecutivos y por lo menos 4 años de serARTICULO 21. Para ser Jefe del Estado Mayor de la Devicios ininterrumpidos inmediatamente anteriores a su nombrafensa Nacional, se necesita llenar los mismos requisitos Y camiento. lidades establecidas en el Artículo 14 de la presente Ley. COMANDOS MILITARES ESPECIALES ARTICULO 22. No podrá ser Jefe del Estado Mayor de la
Defensa Nacional ninguno de los parientes del Jefe de Estado y CoARTICULO 30. Los Comandos Militares Especiales son: mandante General del Ejercito O del Ministro de la Defensa Nacio1) Guardia del Jefe de Estado nal, dentro del 4to. grado de consanguinidad y el 2do. de afinidad. 2) Guardia del Palacio Nacional ARTICULO 23. E1 Jefe del Estado Mayor de la Defensa 3) Policía Militar Ambulante Nacional es responsable ante el Ministro de la Defensa Nacional, 4) Agrupamiento Táctico de Seguridad de la Fuerza del mando, organizacion, entrenamiento, educacion, disciplina y Aerea Guatemalteca conducta del Ejercito de Guatemala. 5) Cuerpo de Ingenieros del Ejercito ARTICULO 24. El Jefe del Estado Mayor de la Defensa 6) Reservas Militares Nacional someterá a la consideración y aprobacion del Ministro 7) Reservas Aereas de la Defensa Nacional, la organizacion y dotacion del Estado 8) Reservas Navales Mayor de la Defensa Nacional y de los Comandos, Escuelas, Servi9) De Puertos cios y demas Dependencias Militares, de acuerdo con las tablas 10) De Aeropuertos de Organizacion y equipo. 11) Otros que se consideren necesarios. ARTICULO 25. E1 Estado Mayor de la Defensa Nacional estará integrado por: Para ser nombrado Comandante de los Comandos Militares Especiales se requiere llenar los requisitos establecidos en el Jefatura del Estado Mayor de la Defensa Nacional, Artículo 29 de la presente Ley.
Inspectoria General del Ejercito, ARMAS Subj tura del Estado Mayor de la Defensa Nacio ARTICULO 31. Las Armas en el Ejercito de Guatemalanal, son: Secretaria General,
- Infantería
Direcciones de: Personal, Inteligencia, Opera2) Caballería
ciones, Logística y Asuntos Civiles. 3) Artillería E1 Inspector General del Ejercito y el Subjefe del Estado Mayor 4) Ingenieros de la Defensa Nacional, tienen la misma categoría y depanderan 5) Aviacion directamente del Jefe de Estado Mayor de la Defensa Nacional. as MarinaNUMERO 66 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Diciembre - 6 de 1983 1575 ARTICULO 16. amento determinará la organizacion ESTADO MAYOR ESPECIAL y funcionamiento del Ministerio de la Defensa Nacional. ARTICULO 26. E1 Estado Mayor Especial, estará inte-- VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL grado por los Jefes de los Servicios del Ejercito, con el per-- ARTICULO 17. Para ser Viceministro de la Defensa Na sonal que sea necesario. Asesorara al Jefe del Estado Mayor cional se requieren las mismas calidades y requisitos que para de la Defensa Nacional, en asuntos tecnicos relacionados con ser Ministro de la Defensa Nacional. sus respectivas especialidades, cuando se le requiera. ARTICULO 18. Son funciones del Viceministro de la Defensa Nacional: ESTADOS MAYORES PERSONALES 1) Atender el buen funcionamiento y organizacion de las actividades administrativas del Ministerio de ARTICULO 27. Los Estados Mayores Personales son: la Defensa Nacional. 1) Estado Mayor del Jefe de Estado
- Asistir al Ministro en asuntos generales de Gobier 2) Estado Mayor del Ministro de la Defensa Nacional no, cuando sea requerido para ello, en sus relacio 3) Otros que sean necesarios nes con los demas Organismos del Estado.
Estarán integrados por el número de Oficiales necesa3) Representar al Ministro en las actividades que 6srios. Un Reglamento determinara la Organizacion y funcionate le asigne. miento de cada uno de ellos. 4) Refrendar con su firma los Acuerdos Ministeriales COMANDOS MILITARES y documentos que le correspondan de conformidadcon la ley. ARTICULO 28. Los Comandos Militares son: 5) Otros que le sean asignados. 1) De Brigadas
- De Zonas
ESTADO MAYOR DE LA DEFENSA NACIONAL 3) De Bases 4) De Fuerza Aerea ARTICULO 19.E1 Estado Mayor de la Defensa Nacional es 5) De Marina el Centro Tecnico y Consultivo del Ejercito de Guatemala. Ase6) Otros que se consideren necesarios. sorara al Ministro de la Defensa Nacional en todos los asuntos militares. Un reglamento determinara su organizacion y funcioARTICULO 29. Los Comandos Militares serán establecidos namiento. de conformidad con las necesidades estrategicas y tacticas. Su jurisdiccion se determinará por Acuerdo Gubernativo y cadaARTICULO 20. E1 Jefe del Estado Mayor de la Defensa uno de ellos estara bajo las ordenes de un General O Coronel ONacional 08 el Tercero en el Mando y como tal, sustituira al
su respectivo equivalente. Ministro de la Defensa Nacional por ausencia temporal de dicho funcionario. Para ser Comandante de un Comando Militar se requiere 20 años de servicio consecutivos Y por lo menos 4 años de ser-ARTICULO 21. Para ser Jefe del Estado Mayor de la Devicios ininterrumpidos inmediatamente anteriores a su nombrafensa Nacional, se necesita llenar los mismos requisitos y camiento. lidades establecidas en el Artículo 14 de la presente Ley. COMANDOS MILITARES ESPECIALES ARTICULO 22. No podrá ser Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional ninguno de los parientes del Jefe de Estado y CoARTICULO 30. Los Comandos Militares Especiales son: mandante General del Ejercito O del Ministro de la Defensa Nacio1) Guardia del Jefe de Estado nal, dentro del 4to. grado de consanguinidad y el 2do. de afinidad. 2) Guardia del Palacio Nacional ARTICULO 23. E1 Jefe del Estado Mayor de la Defensa 3) Policía Militar Ambulante Nacional es responsable ante el Ministro de la Defensa Nacional, 4) Agrupamiento Tactico de Seguridad de la Fuerza del mando, organización, entrenamiento, educacion, disciplina y Aerea Guatemalteca conducta del Ejercito de Guatemala. 5) Cuerpo de Ingenieros del Ejercito ARTICULO 24. El Jefe del Estado Mayor de la Defensa 6) Reservas Militares Nacional sometera a la consideración y aprobacion del Ministro 7) Reservas Aereas
de la Defensa Nacional, la organizacion y dotacion del Estado 8) Reservas Navales Mayor de la Defensa Nacional y de los Comandos, Escuelas, Servi9) De Puertos cios y demas Dependencias Militares, de acuerdo con las tablas 10) De Aeropuertos de Organizacion y equipo. 11) Otros que se consideren necesarios. ARTICULO 25. E1 Estado Mayor de la Defensa Nacional estara integrado por: Para ser nombrado Comandante de los Comandos Militares Especiales se requiere llenar los requisitos establecidos en el Jefatura del Estado Mayor de la Defensa Nacional, Artículo 29 de la presente Ley. Inspectoria General del Ejercito, ARMAS Subject tura del Estado Mayor de la Defensa Nacio ARTICULO 31. Las Armas en el Ejercito de Guatemala --nal, son: Secretaria General, Direcciones de: Personal, Inteligencia, Opera1) Infantería ciones, Logística y Asuntos Civiles. 2) Caballeria 3) Artilleria E1 Inspector General del Ejercito y el Subjefe del Estado Mayor 4) Ingenieros de la Defensa Nacional, tienen la misma categoria y dependeran 5) Aviacion directamente del Jefe de Estado Mayor de la Defensa Nacional. 61 Marina576 DIARIO DE CENTRO AMERICA. - Diciembre 6 de 1983 NUMERO 66 SERVICIOS DE LOS CENTROS PENALES MILITARES ARTICULO 32. Los Servicios en el Ejercito de Guatemala ARTICULO 35. Se establecen los Centros Penales Milita res para los miembros de la Fuerza Permanente, así como para Ofi 1) Intendencia ciales que se encuentren en Situacion de Retiro Reserva,
- Material de Guerra cuando tengan que cumplir penas privativas de libertad O que su 3) Sanidad Militar fran prision provisional de conformidad con los Códigos Penales 4) Transmisiones y demas Leyes, sujetos a los Tribunales Militares O del Orden Co 5) Químico de Guerra mún. 6) Justicia Militar ARTICULO 36. E1 lugar destinado a prision preventiva 7) Policía Militar deberá estar separado del que se destine para la extincion de 8) Ayudantía General las penas. Las mujeres se alojaran en locales totalmente dife9) Agropecuario rentes a los destinados para los hombres. 10) Músicas Militares 11) Transportes ARTICULO 37. Los Centros, en cuanto concierne a su re 12) Otros que se consideren necesarios. gimen interior, organizacion y administracion, dependeran del Ministerio de la Defensa Nacional y en lo relacionado a la funcion Judicial, a los Tribunales correspondientes, por lo que cumCada uno de los Servicios estará bajo las ordenes de pliran sus Ordenes, especialmente en 10 tocante al control, gua-icial Superior, quien dependerá del Jefe del Estado Mayor rda, movimiento y libertad de los reclusos. Asfmismo, obedece-Defensa Nacional. La creación de los que se establezcan ran las disposiciones que para tales efectos emita la Presiden--futuro se hará por Acuerdo Gubernativo. La organizacion y cia del Organismo Judicial. onamiento de los Servicios se determinará en los reglamentos ctivos.
ARTICULO 38. Un reglamento especial normará el funcio namiento de dichos Centros.
CENTROS DE EDUCACION Y DE ENTRENAMIENTO
CAPITULO III
ARTICULO 33. Los Centros de Educacion y Entrenamiento ESCALA JERARQUICAar son los siguientes: ARTICULO 39. La escala Jerarquica en el Ejercito de 1) Centro de Estudios Militares Guatemala, comprende los grados siguientes: 2) Escuelas de Formacion de Oficiales FUERZAS DE TIERRA Y AIRE3) Institutos Vocacionales Militares MARINA Soldado4) Infante Escuelas Técnicas , de Especialidades Soldado de Primera5) Escuelas para Clases Infante de Primera
TROPA: Cabo6) CaboCentros de Adiestramiento de Reemplazos.
- Otros. Sargento Segundo Sargento Segundo Sargento Primero Sargento Primero Cada Centro de Educacion O de Entrenamiento estará baSargento Mayor Sargento Mayor as órdenes de un Oficial de acuerdo a la categoría de los E-1 Grumete OS. La creacion de los que se establezcan en el futuro, se E-2 Marinero
por Acuerdo Gubernativo. E-3ESPECIALISTAS Marinero de Primera E-4 Tercer Contramaestre DEPENDENCIAS MILITARES AUXILIARES E-5 Segundo Contramaestre ARTICULO 34. Son Dependencias Militares Auxiliares del E-6 Primer Contramaestre E--7cito: Maestre 1) Departamento Jurídico del Ejercito Subteniente Alferez de Fragata 2) Departamento de Finanzas del Ejercito OFICIALES Teniente Alferez de Navio
SUBALTERNOS 3) Auditoría Militar de Cuentas Capitan Segundo Teniente de Fragata 4) Departamento de Informacion y Divulgacion del Ejer Capitan Primero Teniente de Navio
cito. OFICIALIDAD:
- Fábricas de Municiones Mayor Capitan de Corbeta
- Editorial del Ejército Teniente CoronelOFICIALES Capitan de Fragata SUPERIORES 7) Centro de Computacion del Ministerio de la Defensa Coronel Capitan de Navio
Nacional. GENERAL De Brigada Vicealmirante 8) Comités que se organicen con fines especiales De Division Almirante 9) Instituto Geografico Militar ARTICULO 40. Las Clases serán nombradas de conformi10) Centros Hospitalarios Militares dad con lo que establezcan los reglamentos militares respecti11) Tiendas Militares VOS. Acreditan su jerarquía conel nombramiento correspondien12) Centros Penales Militares te. 13) Otros que se establezcan ARTICULO 41. E1 Ministerio de la Defensa Nacional deLas Dependencias Militares Auxiliares estarán bajo las terminara anualmente el número de Oficiales Generales, Oficiales lenes de un Oficial de cualesquiera de las Armas O Servicios, Superiores y Oficiales Subalternos en cada uno de los grados de acuerdo a su categoria E1 Ministerio de la Defensa Nacional la escala jerárquica, de conformidad con las tablas de organizamará el control y la dependencia funcional de las mismas. cion y las necesidades del Ejercito de Guatemala.NUMERO 66 DIARIO DE CENTRO AMERICA.- Diciembre 6 de 1983 1577
ARTICULO 42. El grado militar determina la jerarquía CAPITULO IV de los Oficiales Generales, Oficiales Superiores y Oficiales SubPERDIDA DE LOS GRADOS MILITARES alternos, y se acredita con el despacho correspondiente en la ARTICULO 47. E1 grado militar se pierde: forma siguiente: 1) Por renuncia escrita del propio interesado y siem
- PARA OFICIALES DE CARRERA: pre que no este en serv.cio activo.
a. En las Armas: A la Oficialidad que se prepa2) Por sentencia condenatoria firme dictada por tribu ra para el mando y conduccion de las Unidades nal competente, por los delitos de traicion a la de Combate; Y, Patria O espionaje. b. En los Servicios: A la Oficialidad que se 3) Por adopcion de nacionalidad distinta a la guatemal prepara para el mando, empleo tecnico y tactiteca. CO de los Servicios. 4) Por faltas graves a la moral O a la disciplina, deLa formacion de los Oficiales de Carrera en las Armas terminada por el Estado Mayor de la Defensa Nacional y los Servicios, estara encomendada a las Escuelas de Formacion y confirmada por el Ministerio de la Defensa Nacional Militar. ARTICULO 48. La perdida de un grado militar implica la de todos los obtenidos con anterioridad, debiendose cancelar defi2) PARA OFICIALES DE RESERVA: nitivamente los registros correspondientes en virtud de: a. En las Armas: A la Oficialidad que se prepa1) Acuerdo Gubernativo, los Oficiales Generales, Oficia ra para el mando y conduccion de las Unidades les Superiores y Oficiales Subalternos. de Combate de las Reservas Militares;
- Nombramiento de la Comandancia, Jefatura O Direccion
b. En los Servicios: A la Oficialidad que se en donde estuvieren de alta, los de Clases. prepara para el mando, empleo tactico y tecni CO de los Servicios de Reservas Militares. CAPITULO V La formacion de los Oficiales de Reserva en las Armas HABILITACION DE DESPACHOS y Servicios, estará encomendada a los Institutos Vocacionales Mi ARTICULO 49. A1 Oficial Superior u Oficial Subalternolitares. de una de las Armas O Servicios que hubiere obtenido u obtenga tfDE LOS ASIMILADOS tulo facultativo O diploma de especialización, le será habilitadoARTICULO 43. su Oltimo Despacho al Servicio correspondiente, de acuerdo con los 1) Las asimilaciones se autorizan Unicamente en los estudios realizados y a su solicitud. servicios del Ejercito y sus Dependencias Auxilia res, para los profesionales y tecnicos civiles ARTICULO 50. A1 Oficial Superior u Oficial Subalterno que presten sus servicios en el Ejercito de Guade una de las Armas que haya obtenido u obtenga título O diploma temala. de cualquier otra, le será habilitado su dltimo despacho a la 2) Los Oficiales asimilados no podrán usar grado minueva Arma, a su solicitud, previo dictamen del Estado Mayor de litar en actividades ajenas al servicio y quedarán la Defensa Nacional.
sujetos a las leyes y reglamentos militares y a ARTICULO 51. E1 Oficial Superior u Oficial Subalterno las disposiciones especiales siguientes: de Carrera de las Armas O Servicios, podrá solicitar que le a. Acreditaran su asimilacion al Grado O Clase sea habilitado su dltimo despacho a cualquier otra de las Armas con el nombramiento para el cargo que les ha O Servicios, siempre que hubiere aprobado los estudios correspon sido asignado por el Ministerio de la Defensa dientes, a su solicitud, previo dictamen del Estado Mayor de la Nacional. Defensa Nacional. b. Subsistira la asimilacion solamente mientras ARTICULO 52. La habilitacion del dltimo de los despa chos a cualquier Arma O Servicio, se hara por Acuerdo Gubernatise encuentre en el ejercicio del cargo que la vo. motivo.
C. En ningun caso tendran derecho a que se les ARTICULO 53. Los Oficiales Superiores y Oficiales Su
haga efectivo el Grado O Clase ni ascender en balternos de Carrera que obtengan diploma de Estado Mayor, conser la Jerarquía militar. varan su Arma o Servicio originales, y se les designars por el grado del arma O servicio correspondiente, agregandole: Diploma ARTICULO 44. La Carrera militar de la Oficialidad a do en Estado que se refiere el inciso 1) del artículo 42 de esta Ley, constiCAPITULO VI tuye una de las profesiones reconocidas por el Estado. JUNTAS DE HONOR
ARTICULO 45. Los nombramientos de Clases serán confeARTICULO 54. Las Juntas de Honor se integraran de confor ridos por los Comandantes, Jefes de los Servicios, Jefes de Demidad con lo que establexca el reglamento correspondiente y se con pendencias y Directores de los Centros de Entrenamiento . Instruc vocarán para conocer las acciones u omisiones en que incurran los cion, de conformidad con los reglamentos correspondientes. integrantes del Ejercito de Guatemala, cuando estos no constituyan delito y se considere que pueden lesionar el prestigio, el honor o ARTICULO 46. La precedencia para los militares del mis 2a etica de la Institucion o bien de uno de sus miembros. mo Grado es la siguiente: Los elementos del Ejercito de Guatemala estan obligados a integrar las Juntas de Honor, cuando fueren llamados para 1) Cargo que desempeñe ello, salvo impedimento legal. 2) Diplomado en Estado Mayor ARTICULO 55. Las Juntas de Honor podrán ser convocadas 3) De las Armas de oficio O a instancia de un Oficial en cualquier situacion en 4) De los Servicios que se encuentre, y se integraran con Oficiales que residen en 5) De Reserva la jurisdiccion militar en donde se hayan cometido los.hechos que 6) De Grado Asimilado SC denuncien O el de mayor gravedad.1578 DIARIO DE Diciembre de 1983 NUMERO 66 Un reglamento especial determinara el procedimiento a CAPITULO IX se sujetarán sus actuaciones, el termino en que deberan conocer y INSCRIPCIONES MILITARES
resolver los asuntos que hubieren motivado la constitución de las ARTICULO 65. Todos los guatemaltecos varones al cumJuntas de Honor y las sanciones aplicables. Este mismo reglamento plir los 18 años de edad, tienen la obligacion de inscribirse establecerá expresamente las acciones u omisiones que lesionen el como Soldados para obtener su constancia Inscripcion Militar. prestigio, el honor y la etica profesional del Ejercito de GuateLos residentes en el extranjero se inscribi