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Decreto 149-1985-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 149-1985-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1985

402 DIARIO DE CENTRO AMERICAFebrero 19 de 1986 NUMERO 18 gar, Manuel Angel Galindo Leal, Julio Cabslleros pósito o en definitiva conforme el artículo 49, del ción P.A. Danilo Eugenio Henry Sanchez". con Galindo, Factor Narciso Pérez Choxon, Astrid Decreto-Ley No 149-85 entre esa fecha y la de salario mensual de setents y cinco quetzales ex Morales de Morales, Luis Alberto Urias, Carlos vigencia del presente Decreto. tos (075.00), con cargo a la partida número Alberto Cambera Sanitos, Victor Raúl Barries 0601-1.022-08-022-01 del Presupuesto General Romano, Rodolfo Enrique De León, Flaminio BoPara efectos del ajuste de las liquidaciones Gastos de Funcionamiento vigente. nilla Isaaca, Guillermo Augusto Paz Fernández, mencionados en el párrafo anterior, el cálculo del y Alvaro Rojas Lima. pago de los impuestos deberá hacerse aplicando Artículo 2.-EI presente acuerdo entra en vl a las importaciones una tasa de cambio cero y si el día de su publicación en el Diario Oficial Artículo 39-La Corte Suprema de Justicia deresulta diferencia entre la primera liquidaciónsignará al Presidente y a los integrantes de cada Comuniquese.y esta segunda, tal diferencia será reintegrada me-Sala o Tribunal Colegiado, de conformidad con lo que establece el artículo 42 de la Ley del Ordiante sistema de Vale Aduanal, previa audiencia HERNANDEZ MEND de la Contraloría de Cuentas.ganismo Judicial. Viceministro de la Defensa Nacional, Artículo 49-E1 presente Decreto fue declaraArtículo 39-E1 presente Decreto fue declarado ELIU CABRERA PADILLA.

do de urgencia nacional con el voto favorable de de urgencia nacional con el voto favorable de más de las dos terceras partes del número total más de las dos terceras partes del número total de Diputados que integran el Congreso, entrará de Diputados que integran el Congreso, entrará en vigor este mismo día y será publicado en el en vigor este mismo día y será publicado en el Diario Oficial. MINISTERIO DE GOBERNACIONDiario Oficial. Pase al Organismo Ejecutivo para su publiPase al Organismo Ejecutivo para su Publicacación. ción y Cumplimiento. Cancélanse los acuerdos ministeriales de nomb miento de los miembros del Consejo Asener Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, la Política Criminal y Prevención de la De en la ciudad de Guatemala, a los doce días del en la ciudad de Guatemala, a los trece días del cuencia. mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis.mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis. Palacio Nacional: Guatemala, 18 de febreroALFONSO CABRERA HIDALGO, 1986.

Presidente. ALFONSO CABRERA HIDALGO,

Presidente. Ministro de Gobernación,

ROBERTO ADOLFO VALLE VALDIZAN,

Primer Secretario. NERY NOEL MORALES GAVARRETE, CONSIDERANDO: Secretario. Que por Acuerdo Gubernativo número JOSE FERNANDO LOBO DUBON, fecha 14 de febrero del presente año, fue Tercer Secretario. JOSE ROLANDO COLOP GARCIA, lado el Consejo Asesor de Política Criming

Prevención de la Delincuencia como DependsSecretario. de este Ministerio, Palacio Nacional: Guatemala, trece de febrero de mil novecientos ochenta y seis. Palacio Nacional: Guatemala, trece de febrere POR TANTO, Publiquese y cúmplase, de mil novecientos ochents y seis. Con base en lo dispuesto en el artículo citado Acuerdo Gubernativo, CEREZO AREVALO. Publiquese y cúmplase.

ACUERDA:

X Ministro de Gobernación, CEREZO AREVALO. JUAN JOSE RODIL PERALTA. Artículo 10.-Cancelar los acuerdos ministers Viceministro de Finanzas, de nombramiento que a continuación se Encargado del Despacho, por medio de los cuales se nombraron Coording SERGIO RENE DIAZ IZQUIERDO. miembros y secretaria, del Consejo Asesor lítica Criminal y Prevención de la Delincusnt DECRETO NUMERO 10-86 I) Número 39 del 20 de julio de 1978: % Congrese de la República de Guatemala, ORGANISMO EJECUTIVO a) AI Licenciado Mario Rolando Catalán, miembro, con funciones de dinador;

CONSIDERANDO: b) Al Doctor Tomás Baudilio Navarro MINISTERIO DE LA DEFENSA Que el Decreto-Ley No, 149-85, no previó el c) Al Presbitero José María Delgado Varei NACIONALprocedimiento aplicable al caso de las mercancias II) Número 84 del 11 de octubre de 1979:embarcadas antes del uno de enero de mil noApruébase el Contrato Individual de Trabajo nú-vecientos ochenta y sels, a las cuales según el mero 15-86 de fecha 1 de enero del año en curso, A la señora Selma Maria Steiger

artículo 49 del Decreto-Ley N° 149-85, puede apli-mediante el cual la señorita Eva Nidia Castellacomo Secretaria cársele el arancel vigente hasta el treinta y unonos Reynoso, se compromete a prestar sus de diclembre de mil novecientos ochenta y cinco,servicies como. cocinera de la Base Aerea "ToIII) Número 72 del 6 de febrero de 1985: por lo que conviene dictar la disposición perti-niente Coronel de Aviación P.A. Danilo Eugenio AI Presbitero y Licenciado Antonio nente que así lo aclare, Henry Sánchez". Martin.

POR TANTO. Palacio Nacional: Guatemala, 12 de febrero de IV) Número 73 del 6 de febrero de 1985:

1986. A la Licenciada Dora Alicia Galvez En ejercicio de las facultades que le confiere El Ministro de la Defensa Nacional, tos; y los artículos 171 inciso a) y 176 de la Constitución Política de la República de Guatemala, V) Número 144 del 15 de abril de 1985:

CONSIDERANDO: Al Licenciado Jorge Mario Castillo Diaz DECRETA: Que habiéndose llenado los requisitos legales correspondientes en el Contrato Individual de TraArtículo 20.-EI Licenciado Mario Rolands Artículo 19-Se adiciona al artículo 49, del Debajo, celebrado entre la Comandancia de la Base veros Catalan en S'I carácter de miembro creto-Ley No 149-85, un segundo párrafo que digaAérea "Teniente Coronel de Aviacion P.A. Danilo dinador del citado Consejo Asesor, hará

así; Eugenio Henry Sanchez", con sede en Santa Elena, entrega por medio de acta. al serior Adrian Petén y la señorita Eva Nidia Castellanos ReynoRuiz Lopez. Oficinista IV de la Planta Center "Se exceptúan de esta disposición todas las so, mediante el cual la nombrada se compromete funciones de Secretario de la Asesoría mercancias embarcadas antes del uno de enero a prestar sus servicios en la dependencia militar de este Ministerio, de los libros de Acts en mención, es procedente aprobar el referido mentos y expedientes, así como de los haber de mil novecientos ochenta y seis, cuyas pólizascontrato, tuviere inventariados el Consejo Asesor de de importación sean aceptadas a más tardar el tica Criminal, quedando todo bajo la customs veintiocho de febrero de mil novecientos ochenta POR TANTO, mencionado empleado, mientras el Despachs y seis, siempre que este extremo se compruebeEn el ejercicio de las facultades que le confierenpone lo pertinente. con el respectivo conocimiento de embarque, cartslos artículos 17 numeral 13 de la Ley Constitutive Artículo 30.-Se derova el acuerdo mink de porte y/o guia aérea expedido en el lugardel, Ejército de Guatemala, Decreto Ley 26-86; 15 literal B) inciso 10. de la Ley de Compras y Con-fecha 15 de marzo de 1978. de origen, certificado por la empresa porteadora."trataciones y 46 de su Reglamento; Artículo 40. presente acuerdo Artículo 29-Se autoriza al Organismo Ejecuefectos el día de su publicación en el Diario)

tive pera que, a través del Ministerio de FinanACUERDA: zas Públicas y a solicitud de los interesados. proComuniquese.Artículo 1.-Aprobar las nueve (9) cláusulas de ceda a ajustar las liquidaciones de las polices deque consta el Contrato Individual de Trabajo nú- JUAN JOSE RODIL PER importación de las mercancias embarcadas antesmero 15-85 de fecha 1 de enero de 1986, mediante del uno de enero de mil novecientos ochenta yel cual la señorita Eva Nidia Castellanos Reynoso, se compromete a prestar sus servicios como cociEl Viceministro del Rame, seis, cuyos impuestos hayan sido pagados en de-nera de la Base Aérea "Teniente Coronel de AviaBENJAMIN RIVAS BARATTO.

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