Decreto 1491-1961
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1491-1961
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 1961
Replibnce REVISTAS Gustemers EL Guat DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1 DE ENERO DE 1886-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunds clase on la Administración Administración: Telefono 24418 Central de Correos de Guatemala, al 6 de marso de 1950. bajo el MO 749.Impreso on Diario de Centro America. 9" Av. 11-34. Zona 1
Agencia: Telefono 28027 DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS Guatemala, Martes 17 de Octubre de 1961 NUMERO 8
TOMO CLXIII POR TANTO, del Ministerio de Agricultura, durante el mes SUMARIO de enero de 1959, por los señores: DECRETA: CUARTO ANO SECCION "A" Nombre, Daniel González Arévalo; título delORGANISMO LEGISLATIVO Articulo 19-Los que están obligados a ins-empleo. Anatomia y Fisiologia Animal; sueldo: cribirse en el Registro Electoral, conforme aQ.87.10. Decreto Homero 1431. to regulado por el decreto número 1069 delNombre, Emillo Gracias Cifuentes; titulo "del Congreso de la República, deberán, al hacerempleo. Contabilidad Agricolas sueldo: Q.87.10. ORGANISMO EJECUTIVO sus solicitudes ante la autoridad, presentar SUNombre, Luis Raúl Arango; título del empleo, cédula de ciudadania o identificarla median-Geometria del Espacio y Trigonometria; suelte SUS números de orden y de registro, se-do, Q.87.10.
MINISTERIO DE AGRICULTURA ñalando a la vez. el distrito electoral-a queNombre Tulia Armantio Vargas; título del pertenecen. empleo, Fisica y Mecánica; sueldo, Q.87.10. Legalizanse los servicios prostados ca la Escuela NacionalLas autoridades de la República no tramiCUARTO AÑO SECCION "B" de Agriculture que se mencional tarán solicitud, memorial o expediente algu-Nombre. Daniel González Arévalo; titulo del no, sin que antes el interesado cumpla conempleo. Anatomia y Fisiologia Animal; sweldo, MINISTERIO DE HACIENDA le exigido por este articulo. Q.87.10. Y CREDITO PUBLICO. Artículo 2° (transitorio)-Se suspendenlosNombre, Emilio Gracias' Cifuentes; título del empleo. Contabilidad Agricola; sueldo, Q.87.10. Autorizase 1 A Loteria Nacional de Guatemals in realize-efectos del inciso a) del artículo 26 del decre-Nombre, Luis Raúl Arango; título del empleo, clon de Nos sortchs extraordinarios a favor del Comiteto legislativo número 1069, reformado porGeometria del Espacio y Trigonometria; suelPro Navided del NJO. el decreto número 1352 del Congreso, hastado, Q.87.10. que se haya practicado el nuevo censo esta-Nombre, Salvador Zea Ruano; titulo del emANUNCIOS VARIOS distico, conforme el decreto 495 del Presi-pieo, Fisica y Mecánica; sueldo, Q.87.10. dente de la Republics.Solicitud de de Artículo 2°-E1 Ministerio de Agricultura deoca de transporte -Modificación de berá efectuar el pago correspondiente a dichos nio.-Registro de Artículo 39-Se deroga el artículo 93 de laseñores, con cargo a la partida número 2-2-1Ley Electoral. 1-1-98-1, Gastos Imprevistos del ramo, del Presupuesto General de Gastos vigente. Artículo 49-E1 presente decreto entrara en Comuniquese. vinor el did de su publicación en el Dierio YDIGORAS FUENTES. ORGANISMO LEGISLATIVO Oficial. EI Ministro de Agricultura,
ENRIQUE GARCIA SALAS M.
Pase al Organismo Ejecutivo para su puEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, DECRETO NUMERO 1491 blicación y cumplimiento, CARLOS SALAZAR. Dado en el Palacio del Organismo LegislaEL CONGRESO DE LA REPUBLICA fivo: en Guatemala, a los once días del mes MINISTERIO DE HACIENDA Y de octubre de mil noveciento sesenta y uno. CREDITO PUBLICO DE CUATEMALA, RUBEN FLORES AVENDAÑO, Presidente. Autorisase a la Loteria Nacional de Guatemala la realización de dos sorieos extraordinariosCONSIDERANDO: a favor del Comité Pro Navidad del Nino.VIRGILIO VISCOVICH PREM, Que en obligation del Estado promover el Secretario Palacio Nacional: Guatemala, 16 de octubre mayo? número de facilidades para que las de 1961. instituciones democráticas se vean fortaleci EDUARDO TARACENA DE LA CERDA, El Presidente de la República,
das, a través de un ejercicio constante y perSecretario. CONSIDERANDO: manente de los derechos que la Constitue Palacio Nacional: Guatemala, trece de octu-- Que es conveniente colaborar con aquellas establece: instituciones o entidads públicas y privadas cu-bre de mil novecientos sesenta y uno. yas finalidads persignen con exclusividad el FoCONSIDERANDO mento de la Asistencia Social en cualquiers de Publiquese y cumplase. sus múltiples aspector. Que de conformidad con lo establecido por Que el Comité Pro Navidad del Niño dados MIGUEL YDIGORAS FUENTES. el artículo 29 de la Ley Electoral, es obligalos nobles propósitos que constituyen la razón de su existencia, es una entidad de innegable ción de, los ciudadanos Inscribirse en el Re-El Ministro de Gobernación, beneficio social en el país, por lo que, es acreegistro' Electoral de su distrito, dentro de losGUILLERMO LOPEZ RODRIGUEZ der a la consideracion ayuda, no sólo de los seis meses siguientes a la fecha en que cumparticulares, sino también del Estado, pla diez Y ocho años, y que tal obligación POR TANTO, ha venido siendo cumplida por gran porceptaje de la ciodadania, especialmente en losORGANISMO EJECUTIVO ACUERDA: sectores urbanos, pero a pesar de la obligaArticulo 19-Se autoriza a la Lotería Nacional de Guatemala, la realización de dos sorteos. exción legal, ésta ha resultado démasiado imtraordinarios de veinte mil (20,000) números capráctica, habida cuenta de las dificultades queMINISTERIO DE AGRICULTURA da uno a favor del Comité Pro Navidad del Niño. el sector encuentra para cumplir con la Legalizanse los servicios prestados an la EscueArtículo 29-Cada billete tendrá el valor de ley; la Nacional de Agricultura por las personas dos quetzales, dividido en octavos. ( CONSIDERANDO: que se mencionan. Artículo 3°-Dichos sortebs Be llevarán a ca.
Palacio Nacional: Guatemala, 26 de febrero bo el primer domingo de noviembre y primer Que de conformidad con los datos estade 1959. domingo de diciembe del año en curso,y en su dísticos que obran en el Tribunal Electoral, al realización, intervendrán las mismas autorida-El Presidente Constitucional de la República, 31 de julio cel presente año. se encontraban des que actuan en los sorteos ordinarios de la inscritos como ciudadanos en los registros de CONSIDERANDO: propia Loteria Nacional. toda) la Republica 695,180 personas, y que Que de conformidad conel nuevo Plan de Articulo 4°-El periodo de caducidad será de conform slad con los promedios estableEstudios de la Escuela Nacional de Agricultura de sels meses a partir de la fecha de realizacion cidos, existen en el país un total de un.mi-fue necesario que los alumnos egresados del de log sorteos. Los números novendidos and COllón quinientas mil personas aptas para vo-tercer año en el mes de octubre de 1958, prinmo los premios no cobrados, pasarán integros'
cipiaran a, cursar el muevo año;o sea cuarto, en al fondo del Comité Pro Navidad del Niño. tar, lo que nduce a pensar que pese a todo el mes de enero del corriente año. teniendo por Artículo 59-A los agentes vendedores se les esfuerzo echo en favor de la inscripción en to tanto, que prestar sus servicios desde esa reconocerá el 15% de comisión, en el momento los regist electorales, no se ha obtenido elfecha los profesores que abajo se especifican, de realizar sus compras, que en ningun caso po. drán ser menores de diez billetes. cumplimiento de la ley por parte de todos POR TANTO, los ciudadenes de la Republica, debido à múlArtículo 6°-Se autoriza la Loteria Nacio. tiples instancias, que obligan a dictar disACUERDA: of mal de Guatemala, para que de sus fondos pueda sufragar los gastos que la preparacion de posiciones que faciliten la obtención de 15Articule legalizan los, servicios presbilletes y sorteos ocasionen; estos gastos debecédula CA ciudedanta, siri incurrir en sancio-tades en el cuarto ano sección "A" y "B" de la rán reintegrarse al verificarse la liquidacion nes, Escuela Nacional de Agricultura,) respective.