Decreto 15-1972
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 15-1972
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 1972
Diario de Centro America
BIBL DEi
DEi
SIGNATECACHONGEANTES GUATEMALTECO AMALICA CONGR de ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A.
REDUDICAdr Decano de In Presea Centroamericana Director: Periodista Augusto Acuña G. Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 9a Avenida 11-34, Zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO ···· GUATEMALA, JUEVES 18 DE MAYO DE 1972 NUMERO 77
ANUNCIOS VARIOS tos, dentro de los quince días siguientes al otorgamiento, un testimonio especial en papel sellaSUMARIO do del menor valor, de los actos 0 contratos queAutorízación farmacéutica. - Matrimonios -Liautorice, de las actas de protocolación y de las neas de transporte Constitución de sociedades razones de legalización: al término indicado se Modificación de sociedades. Prórroga de SOagregará el de la distancia a razón de cuarenta ciedad. Registro de marcas. Titulos suplekilómetros por día. ORGANISMO LEGISLATIVO torios. Edictos Licitaciones Remates. De las escrituras canceladas. de las cuales no se podrá extender copia ni testimonio, el Notario DECRETO No. 15-72 se limitará a dar aviso, en papel sellado del menor valor, indicando el número del instrumento,
FE DE ERRATA al Director del Archivo de Protocolos. ORGANISMO EJECUTIVO Si se tratare de testamentos. donaciones por causa de muerte y sus modificaciones y revocaciones, el testimonio se entregará en plica cerraA1 Decreto 21-72 del Congreso, publicado el 9 da. firmada y sellada, en donde el Notario exMINISTERIO DE COMUNICACIONES de mayo de 1972, en el Diario Oficial Número 70, presará el numero de orden, lugar y fecha y obTomo ···· para que el Artículo 70. quede asi: jeto del instrumento, el nombre del otorgante :y Y OBRAS PUBLICAS «Artículo 70.-El Agente Financiero. procurará el número y registro del papel de protocolos enmantener invertidos los recursos destinados al que fue extendida y la hora en su caso. servicio de la deuila en valores que posean un Autorizase al Instituto Geográfico Nacional, para grado adecuado de liquidez y rendimiento a fin Los Jueces de Primera Instancia remitirán el que perciba y administre los fondos proveniende evitar la acumulación de fondos ociosos, sin testimonio especial del testamento, así como el tes de los trabajos especificos que realice en beper juicio del cumplimiento oportuno de las oblide los instrumentos públicos y legalización que neficio de las Oficinas Públicas y Particulares. gaciones. autoricen, cuando cartulen a la Secretaria de la Corte Suprema de Justicia y esta cficina los remitirá al Archivo General de Protocolos el DirecMINISTERIO DE ECONOMIA tor del Archivo de Protocolos y el Juez de Primera Instancia en su caso, extenderán al Notario ORGANISMO LEGISLATIVO el recibo correspondiente. Los Jueces enviarán al Ampliase en el sentido que se indica, el Artículo Archivo de Protocolos periódicamente los testi4o. del Acuerdo Ministerial número 257-71 del 30 monios especiales remitidos por los Notarios. de noviembre de 1971. por el cual el señor Luis Alberto Castillo obtuvo para la industria de su propiedad denominada «Espirales Herméticos de DECRETO No. 15-72 E1 Director del Archivo de Protocoles m'crofotografiará. para la conservación del texto exacto. Centroamérica» (ESCA). clasificacion de Indus los testimonios especiales a que se refiere el pretria Nueva dentro de Grupo "B>. Congreso de la República de Guatemala,sente artículo, con excepción de los entregados en plica cerrada, referentes a testamentos. donaciones por causa de muerte y sus modificaciones Ampliase el Artículo 40. del Acuerdo Ministerial CONSIDERANDO: y revocaciones; y previa autorización de la Corte, número 138-70 del 22 de octubre de 1970, en el Que de conformidad con el artículo 37 del Có- Suprema de Justicia, procederá a la incineración sentido de incorporar los rubros de materias de los documentos microfotografiados Las micro. primas que se detallan, que la empresa Otto digo de Notariado. los Notarios están obligados a fotografías referidas tendrán los mismos efectos
Hartleben, podrá importar libre del pago que se aviar al Archivo General de Protocolos, Testimonios Especiales de todos los actos y contralegales que los testimonios especiales reproduindica. cidos. tos, actas de protocolación y razones de legalización que autorizan, y la cantidad de testimonios La Corte Suprema de Justicia reglamentará laAmpliase en el sentido que se expresa, el Acuerespeciales existentes en el Archivo es muy elevado Ministerial número 85-71 del 2 de abril de forma y requisitos que deben llenar las microfoda y constantemente aumenta, lo que origina se1971, mediante el cual se le otorgo exoneración tografias y los damás aspectos de aplicación del rios problemas al Organismo Judicial relacionasistema microfotográfico por el Archivo de Pro-del Impuesto de Estabilización Económica sodos con su conservación y manejo, por lo que CS tocolos bre maquinaria y equipo a la empresa Ingenio necesario dictar las dispositiones que permitan Concepción, Soeiedad Anónima. resolver en lo posible tales problemas; Articulo 20.-Se modifica el artículo 100 cl cual queda asi: Otórgase al señor Georgios Batzakis Georgant, paCONSIDERANDO: Articulo 100.-Los Notarios que dejaren de en-ra la empresa de su propiedad, Fábrica de ProQue para los efectos indicados es conveniente viar los testimonios a que hace referencia el ar-ductos Plásticos denominada LACOPLAST. claaprovechar los progresos de la técnica, a fin de tículo 37, O de dar los avisos a que se refieren lossificación de Industria dentro del Grupo «C» y que, sin perjuicio del cumplimiento de la norma artículos 38 y 39 de esta ley. dentro de los térmiequipárase con la similar guatemalteca Fá- indicada para llenar el objetivo de su inclusión nos. fijados. al efecto, incurrirán en una multa brica de Muñecos Florido y Compañia Limitaen el Código de Notariado, se conserve el texto de dos quetzales por infracción, que impondrándas exacto de los testimonios especiales: razón que las autoridades respectivas, y se pagarán en las justifica que se autorice al Organismo Judicial cajas de las mismas. MINISTERIO DE EDUCACION para utilizar el procedimiento de microfotograna y reproducción de documentos: Las multas por infracciones del artículo 37 serán impuestas por el Director del Archivo de ProApruébase el Decimoséptimo Folleto de CatalogaCONSIDERANDO: tocolos O por el Juez de Primera Instancia al re. ción y Ascensos del Magisterio Nacional. citir los testimonios especiales, y por el indicado (Continua) Que como consecuencia de autorizarse asimisDirector, si no se hubieren sancionado anteriormo la destrucción de los Testimonios Especiales mente, al hacer la revisión anual de los corresdespués de microfotografiarlos. tomando en cuenpondientes protocolos. En estos casos, procederá MINISTERIO DE RELACIONES ta que los documentos originales se conservan en el recurso de revisión ante la Corte Suprema delos protocolos que los Notarios autorizantes tieJusticia, que deberá interponerse dentro de terEXTERIORES nen en depósito conforme la ley, O se encuentran cero día, más el término de la distancia, a par-en el Archivo General de Protocolos; tir de la notificacion de la imposición de la mulCONSIDERANDO: tax Intégrase con las personas que se mencionan, ia delegación que representará a Guatemala, en la Asimismo, es conveniente aclarar el contenido Artículo 30.-El presente Decreto entrará en Conferencia Especializada sobre Problemas del del artículo 100 del Código de Notariado, en lo vigor ccho dias después de su publicación en el Mar Caribe. que se celebrará en Santo Domingo, que se refiere a las infracciones del artículo 37 Diario Oficial. República Dominicana. de la misma 1ey, a fin de establecer cuáles son Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaIntégrase con las personas que se expresan, la las autoridades del Organismo Judicial que deben ción y cumplimiento. Delegación que representará a Guatemala, en imponer las respectivas multas; la Conferencia Interamericana Especializada soCONSIDERANDO: Dado en el Palacio del Organismo Legislativo.bre la Aplicación de la Ciencia y Tecnologia al en la ciudad de Guatemala, a los veintiséis dias desarrollo de América Latina (CACTAL), a ceQue de acuerdo con lo anterior y lo dispuesto del mes de abril de mil novecientos setenta ylebrarse en Brasilia, Brasil. por el artículo 110 del Código de Notariado, es el dos. caso de ampliar el artículo 37 del mismo, para PUBLICACIONES VARIAS incluir las normas que permitan la aplicación MARIO A. SANDOVAL ALARCON. del procedimiento de microfotografia para los fiPresidente. nes indicados,MUNICIPALIDAD DE SAN, ANTONIO J. RAMIRO QUIJADA FERNANDEZ
ILOTENANGO, EL QUICHE POR TANTO. Primer Secretario. Modificase en la forma que se detalla, la tasa que En uso de las facultades que le confiere el inOLIVERIO CASTAÑEDA PAIZ, dicho Acuerdo indica, acordado por la Municiciso 10. del artículo 170 de la Constitución de -la Segundo Secretario. palidad de San Antonio Ilotenango, del departaRepública, mento de El Quiché. DECRETA: Palacio Nacional: Guatemala, diez y seis de Las siguientes reformas al Código de Notariado. mayo de mil novecientos setenta y dos. MUNICIPALIDAD DE SIBILIA Decreto 314 del Congreso: QUEZALTENANGO Artículo 10.-Se modifica el artículo 37, el cual Publiquese y cumplase. queda asi: CARLOS ARANA OSORIO. Modificase el Plan de Ingresos de la Municipalidad "Artículo 37.-El Notario remitirá al Director de Sibilia, departamento de Quezaltenango, en 10 del Archivo de Protocolos en la capital, O a los El Ministro de Gobernación, 40 los,rubros,que,se,mencionan. Jueces de Primera Instancia en los DepartamenCB of) 19 119 sobioalted