Decreto 1501 de 2026
Detalles
- Título
- Decreto 1501 de 2026
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2026
DECRETO 1501 DE 2026
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Libertad y Orden
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
7 OCT 2026
Por el cual se retira del servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores a un funcionario y se efectúa un ascenso al cargo que corresponde en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 25 del Decreto Ley 274 de 2000, el ascenso dentro de la Carrera Diplomática y Consular es una promoción a la categoría superior inmediatamente siguiente dentro de la estructura jerárquica o escalafón en el artículo 10 del mismo Decreto Ley.
Que mediante Decreto No. 0046 del 22 de enero de 2026, fue designado en provisionalidad IVÁN ALBERTO DOMÍNGUEZ LEYTON, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.024.476, en el cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en Buenos Aires, República Argentina, del cual tomó posesión el 15 de abril de 2026.
Que por medio de Resolución 12807 del 14 de septiembre de 2026, ANA MARÍA GUTIÉRREZ URRESTA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.539.171, fue ascendida a la categoría de Ministro Consejero dentro del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, sin que a la fecha ocupe un empleo que corresponda a dicha categoría.
Que verificada la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, se constató que existen funcionarios de Carrera Diplomática y Consular desempeñándose en cargos por debajo de la categoría a la cual pertenece en el escalafón de la mencionada carrera.
Que en aplicación del principio de especialidad, ANA MARÍA GUTIÉRREZ URRESTA, tiene el derecho de ocupar el cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, por cuanto debe ser designada en un cargo que corresponda a la categoría del escalafón de Carrera Diplomática y Consular en la que se encuentra.
Que la designación de la funcionaria señalada al empleo de Ministro Consejero, es indispensable para garantizar sus derechos de Carrera Diplomática y Consular, en las condiciones señaladas en el Decreto Ley 274 de 2000.
Que en virtud de lo anterior y de conformidad con lo señalado en el artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000, se hace necesario retirar del servicio a IVÁN ALBERTO DOMÍNGUEZ LEYTON, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.024.476, del cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en Buenos Aires, República Argentina y designar en el cargo que le corresponde en el escalafón a ANA MARÍA GUTIÉRREZ URRESTA.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Designación. Desígnese en el cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en Sidney, Mancomunidad de Australia, a ANA MARÍA GUTIÉRREZ URRESTA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.539.171, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2. Retiro del servicio. Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, retírese del servicio a IVÁN ALBERTO DOMÍNGUEZ LEYTON, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.024.476, del cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en Buenos Aires, República Argentina, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Parágrafo. Dejación del cargo. IVÁN ALBERTO DOMÍNGUEZ LEYTON, contará con el término de dos (2) meses, una vez comunicado el presente decreto, para hacer dejación del cargo y regresar al país.
Artículo 3. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, por concepto de viáticos por desplazamiento, transporte de menaje doméstico por desplazamiento, prima de instalación y suministro de pasajes, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 5. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.