Decreto 1504-1961
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1504-1961
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 1961
EL Guatemaltero DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1º DE ENERO DE 1006-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunds clase on la Administración Telefono 24418 Central de Correos de Guatemala, of 6 de marzo de 1050, bajo al NO 749.Impreso on Diario do Centre
Agencia: Telefono 28027 America, St Av. 11-30, Zema a DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS TOMO CLXIII Guatemala, Miércoles 29 de Noviembre de 1961 NUMERO 42
SUMARIO Dado en el Palacio del Organismo Legisla-dustria, se sujatarán, para la organization de sue tivo: en Guatemala, a los veintiún días del registros, al instructivo que sobre el particular dieORGANISMO LEGISLATIVO mes de noviembre de mil novecientos sesente la Contraloría del Impuesto sobre Utilidades. to y uno. Artículo 40.-Cualquier infracción al presente Decrete Préviero 1504 acuerdo se sancionará conforme las tablas PR-4, RUBEN FLORES AVENDAÑO, PR-5, PR 6 y PR7, emitidas con fecha 11 de encORGANISMO EJECUTIVO Presidente. ro de 1961 y 13 de mayo de 1961, respectivamente, por la Contraloría del Impuesto sobre Utilidades. MINISTERIO DE HACIENDA EDUARDO TARACENA DE LA CERDA, Artículo 50.-EI presente acuerdo entrará en vlY CREDITO PUBLICO Secretario. gor a los ocho días de su publicación en el Diario Oficial. Disponess senovar todos los expedientes relacionados COM to VIRGILIO VISCOVICH PREM, Patence 60 Cornercio, Registro Comercial Registro IndusSecretario. Comuniquese. trial y Palence de Representaciones.
YDIGORAS FUENTES.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES Palacio Nacional: Guatemala, veintitrés de noviembre de mil novecientos sesenta y uno.El Ministro de Hacienda y Y OBRAS PUBLICAS Crédito Publico, Publiquese. MANUEL BENDFELDT J. Créase una comisión especifica que se encargará del estadas formulación del proyecto de Reglamento Nacional Filetélico c integrase con Las personas que so mencionan MIGUEL YDIGORAS FUENTES.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
MINISTERIO DE GOBERNACION El Ministro de Gobernación, Y OBRAS PUBLICAS GUILLERMO LOPEZ RODRIGUEZ Suprimese del plan de arbitrios de la Municipalidad de Chicl rubro que 60 menciona. Créase una comisión especifica que se encargará Autorizage a is municipalidad de El Jicaro, a Progress,ORGANISMO EJECUTIVO del estudie y formulación del proyects de Reglapara que, en 641 jurisdicción, pueda cobrar los arbitrios ments Nacional Filatélico, e Latégrase con in que so expresan personas que se mencionan. Autorizate a la municipalidad de Sumpango, 5acateo6quezMINISTERIO DE HACIENDA Palacio Nacional: Guatemala, 31 de octubre de para 400. en on jurisdiection, pueda cobrar los arbitrios 1961.
400 40 mencionan. Y CREDITO PUBLICO El Presidente Constitucional de la República, Registrante para Las actividades y funciones do los agentesfinales de invirucción criminal En uso de las facultades que le confiere el arDisponese remover todes les expedientes relacions-ticulo 168, inciso 40. de la Constitución de la ReANUNCIOS VARIOS dos con la Patente de Cemercio, Registro Comer-pública, etal, Registre Industrial y Patente de RepresenACUERDA: Matrimonios.--Constitación de sociedadfneas de trans-taclemes. 10.-Crear una comisión especifica que se en-Registro de marcas-Tituke Autoriculones Palacio Nacional: Guatemala, 22 de novienthrecargara del estudio y formulación del proyecto de de 1961. Reglamento Nacional Filatélico, nombrando para El Presidente de la República, que la integren, a las siguientes personas: Presidente, primer subsecretario del Ministerio de CoCONSIDERANDO: municaciones y Obras Públicas, licenciado FranORGANISMO LEGISLATIVO cisco Poggio Lemus; vicepresidente, presidente de Que la actualización que se está llevando a ca-la Sociedad Filatélica de Guatemala, señor Oswalbe de los registros y controles en la Sección dedo Erdmenger: vocal primero, filatélico, sehor León Comercio e Industria que opera como una depen-Bilak: vocal segundo, jefe del Departamento de dencia de la Contraloria del Impuesto sobre Utili-Correos de la Dirección General de Correos y TeleDECRETO NUMERO 1504 dades, según decreto 19 de la junta de gobierno,comunicaciones, señor Cristóbal Reyes M.; vocal crige una renovación de todos los expedientes re-tercero, pro secretario de la Sección Filatélica de lacionados con la Patente de Comercio, RegistroGuatemala, señor Romeo J. Routhier: y secretario, Comercial, Registro Industrial y Patente de Re-jefe de la Sección Filatélica de la Dirección GeEL CONGRESO DE LA REPUBLICA presentaciones; neral de Correos y Telecomunicaciories; señor Jorge Martinez Mont. DE CUATEMALA, CONSIDERANDO: 20.-El presente acuerdo entrará en vigor el diaQue conforme lo dispuesto en el decreto guber-siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
CONSIDERANDO: native 2130 y el acuerdo emitido por el mismo organo el 11 de mayo de 1951, los negocios e indusComuniquese Que el día 29 de octubre de 1961, falle-trias ubicados en los departamentos de la Repú- ció el ciudadano doctor don Salvador Serra-blica deben gestionar y obtener sus patentes o registros en las gobernaciones departamentales, YDIGORAS FUENTES no Muñoz, diputado por el Cuarto Distrito Electoral, San Marcos, por lo que al tenor del POR TANTO, RI Ministro de Comunicaciones artículo 140 de la Constitución de la RepúbliObras Públicas.
ACUERDA: JOSE LUIS CRUZ SALAZAR. ca y artículos 29 y 32 de la Ley Electoral en
vigor, es el caso de convocar 8 elecciones den-Artículo 10.-Las fábricas, talleres, almacenes, tro del término legal, para llenar la vacantetiendas, oficinas de exportación, de importación, ocurrida, de explotación, de representación, establecimientosMINISTERIO DE GOBERNACIONbancarios, de seguros, hoteles, agentes viajeros, CDPOR TANTO, misionistas porteadores, corredores, martilleros jurados y en general, todos los agentes de comercioDECRETA: que hayan obtenido patente de comercio o en su Suprimese del plan de arbitries de la musicipalidad Artículo 10.-Se declara vacante la curul delcaso, registro comercial, con anterioridad al pride Chimaltenange, el rubre que se meacions.mero de enero de 1955, quedan obligados a obteciudadano, doctor Salvador Serrano Muñoz,ner DUEVER inscripciones, cumpliendo para el efecquien falloció. Palacio Nacional: Guatemala, 6 de noviembre deto, los requisitos exigidos por.las leyes y regla-1961. menios de la materia. Artículo 20.-Se convoca al Cuarto DistritoArtículo 20.-Las patentes de comercio y de repre-Examinada la solicitud de la mumicipalidad de Electoral, San Marcos, para elegir un repre-sentaciones y los registros industrial y comercial Chimaltenango, cabecera del departamento del missentante al Congreso. deberán extenderse, sin costo alguno para el inte-mo nombre, relativa a que se apruebe la modificaresado: ción que ha dispuesto hacer a su plan de ingreArtículo 30.-La elección se practicará el día 908, y apareciendo que se llenaron las formalidaa) For la Contraloria del Impuesto sobre Utitida-des prescritas por el Código Municipal y que el domingo siete de enero de mil novecientos des si se trata de negocios o industrias a queInstituto de Fomento Municipal aconseja que Be sesenta y dos, cenforme . la Ley Electoral.se refiere el artículo lo., establegidos en el de-acceda a lo pedido, partamento de Guatemala; y Artícuto"40.-B presente decreto entrará enb) Por. los gebernadores departamentales si se traEl Presidente de la República vigor inmediatamente, ta de los mismos negacion o industrias establecides en los departamentes de la República. ACUERDA: Pase al Organismo Ejecutivo para SU publi-Articule los gobernadores departamendel plan de arbitrios de la must-sation tries came is indicade sección camercie cipalidadde Chimaltenange, el rubro que dice: