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Decreto 1505-1962

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1505-1962
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1962

EL Guatemaltero DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTR AMERICA FUNDADO a. " DE ENERO DE 1990-SEGUNDA EPOCA Registrado some correspendencia de segunda clase on is Administration Administración: Telefono 24418 Central de Cerrees de Gustemals, of 6 de marro de 1950, bajo of E 749.Impreso on Diarle do América, go Av. 11-84, Noma AAgencia: Telefono 23027

DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS TOMO CLXIII Guatemala, Martes 23 de Enero de 1962 NUMERO 85 del mes de enero dei mil novecientos seregistros, y la tercera parte, contiene les instrucSUMARIO senta y dos. tivos propiamente, 1.-Para la correcta aplicación de estas disposiORGANISMO LEGISLATIVO CARLOS ALFREDO ESCOBAR ARMAS, ciones, atentamente se sugiere la conveniencia de Presidente en funciones. compilar los decretos y acuerdos gubernativos que numero 1505 se citan, para su constante consulta, teniéndose así JOSE LEON REINA RIVERA, un manual de aplicación administrativa.

ORGANISMO EJECUTIVO Secretario.

la. PRIMERA PARTE

MINISTERIO DE LA DEFENSA VIRGILIO VISCOVICH PREM.

Secretario. NACIONAL Dependencias administrativas a cuyo cargo han es.

Palacio Nacional: Guatemala; diez y tado y están los registros y emisión de los mismos discribese at Ministerio Je La Nacional, Lis fincas nueve de enero de mil novecientos sesen-,ue 40 men INSPECCION DE HACIENDA

ta y dos. PUBLICACIONES VARIAS 1 2.-A partir de 1,939, los registros de las patentes Publiquese y cúmplase. de comercio los llevaba la inspección de hacienda, adscrita al Ministerio del ramo, y las patentes lasNY 5-60-61. MIGUEL YDIGORAS FUENTES. extendia el Ministerio de Hacienda y Crédito Pú- blico. Conviene apuntar que la Inspección de Ha-TRIBUNAL ELECTORAL El Ministro de Gobernación, cienda se regia por los artículos del 1015 al 1021 LUIS GONZALEZ BATRES. del Código Fiscal, y su reglamento se promulgoConvocase electrones para los distritos elcohasta el lo. dei junio de 1921, el cual fue derogadoweaks que BC expresant por el acuerdo gubernativo del 15 de octubre de 1934, que reorganizó la Inspección de Hacienda. ANUNCIOS VARIOS ORGANISMO EJECUTIVO 3.-EI 6 de diclembre de 1943 se promulgá el decreto gubernativo 3084, estableciendo que los re-Registro de marces-Liness do Remates. gistros de osestablecimientos afectos a los decretos gubernativos 1813 y 1823, asi como los reCorporación Electrotecnic Lalinoemericana, S. A-BalanceMINISTERIO DE LA DEFENSA gistros de Patentes de Comercio y de RepresentanGeneral al 31 do diciémbre do 1960. NACIONAL tes de Casas Extranjeras, los tendria a su cargo la

Esso Standard Oil, S. A.-Estado de Balance General por Contraloría del Impuesto. scis mesos terminados cl 30 de junio de 1961. Adseribense al Ministerio de la Defensa Nacional,4.-E1 decreto gubernativo 3140, del 29 de agosto las fincas que se meaclean. Otis McAllister, S. A., Guatemais, c A-Balance Genede 1944, al cancelar la Inspección de Hacienda, ral al 30 de Junio de 1961. Palacio Nacional: Guatemala, 15 de enero de también refundió la Contraloría del Impuesto con el Departamento Monetario y Bancario; y el perCompañia de Exploraciones , Explotaciones Mineras de1962. sonal de auditores quedó clasificado como inspecItabal, 5. A.-Balance General practicado el 31 de di-El Presidente Constitucional de la República, tores de hacienda. siembre 1960. 5.-Pero esta aglutinación fue improcedente, porCordon Horjales. S. A., Guaterale C. A.-Balance GoACUERDA: que la Junta Revolucionaria de Gobierno, para SUneral al 30 de junio de 1960 perar las dificultades, emitió el decreto 25 que fue Inçatecu, S. Balance General Condensado: del 19Artículo 10.-Adscribir al Ministerio de la De-aprobado por el decreto 22 del Congreso de la " enero al 31 de diclembre do 1940. fensa Nacional, las fincas números 5134, 4685, 4805,República. En el artículo 3o. de este decreto, se le

4698, 5133, 4750, 5079, 5221, 5399 y 5305; folios 107,asigna a la Contraloría, la fiscalización y control 139, 8, 153. 106, 206, 36, 1, 182 y 87; de los libros 60,de los impuestos derivados de los decretos 2099, 58, 59, 58, 60, 61, 61 y 61, de Amatitian, respecti-1543 y 2191 gubernativos, y demás disposiciones ORGANISMO LEGISLATIVO vamente, conocidas con el nombre de E1 Morlón conexas, es decir, las atribuciones que también y El Morloncito. le competian conforme al decreto gubernativo 3084. Artículo 20.-EI ministro de la Defensa Nacional 6.-El 25 de abril del 1945, el Congreso de la Redictará las med'das correspondientes, tanto para pública sancionó por decreto 93, la Ley del OrgaDECRETO NUMERO.1505 la efectividad de este acuerdo, como en lo relativo nismo Ejecutivo. a la toma de posesión y administración de tales EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Creó el Ministerio de Economia; y en el incisofincas. 12 del artículo 16, dejó bajo su jurisdicción -El reDE CUATEMAIA. Artículo 30.-El presente acuerdo entra en vigor gistro y control de las empresas industriales, COinmediatamente, y deberá publicarse en el Diario merciales y de transporte; urbanos e interdepar4

Oficial y en la Orden General del Ejército. tamentales. En uso de las facultades que le confie7.-La Dirección General de Comercio, Industria re la Constitución, en sus artículos 36,Cumplate y Controles, adscrita al Ministerio de Economia, 144, inciso 10 y 188, tuvo a su cargo los, registros de estas patentes.YDRGORAS FUENTES. El reglamento interno de esta Dirección General, DECRETA: P1 Ministry de la Defensa Nacional, se sancionó el 12 de marzo de 1952. ENRIQUE PERALTA AZURDIA Por acuerdo gubernativo del 28 de julio de 1953, Artículo 10.-Se nombra magistrado la Dirección General de Comercio, Industria suplente del Tribunal Electoral, al abo-Por el Ministro de Hacienda y Crédito Público,Controles quedó subrogada en el DepartamentoMARIANO LOPEZ HERRARTE. gado Virgilio Alvarez Castro, en sustituministrativo de Economia. Encargado del'Despacho. ción del licenciado Armando Diéguez Pi8.-El 15 de julio de 1954, mediante el decreto Yon, quien renunció. 19 de la Junta de Gobierno de la República de Artículo 20.-Se nombra magistrado Publicaciones Varias Guatemala, derogé el açuerdo gubernativo del 28 de julio de 1953, y dejó adscritos: presidente del Tribunal de lo Contenciosoa) Al Ministerio de Economia: La Oficina de MarAdministrativo, al abogado Francisco Encas y Patentes de Invención, en aplicación de

rique Rodriguez Gómez, en sustitución delCIRCULAR No. S-60-61 los decretos 882 y 2011 gubernativos. de igual título, Carlos Rodriguez Cerna, b) Traslado a 1a Contraloría del Impueste -otra quien falleció. vez-, el cumplimiento de los decretos gubernativos 2199 y 2136 y demás disposiciones conexas:Guatemala, 19 de diclembre de 1961. Artículo 30.-Se nombra magistrado Registro comercial e industrial (acuerdos del 7 de julio de 1945 y 11 de mayo de 1951). suplente de la sala 8a. de la Corte de Ape-Instructives complementarios del acuerdo guberlaciones, al abogado Isaj Cabrera Alva-native del 22 de noviembre de 1961. c) A las municipalidades la aplicación del reglarado, en sustitución del de igual título mento para el comercio ambulante 0 de buhoneSeñores intendentes de Hacienda departamentales, ros, según acuerdo gubernative del 4 de enero Alfonso Brañas Castellanos, a quien se le Secretarios de gobernaciones departmentales, de 1950. Ahora se regula por decreto 1416 del aceptó la renuncia. Administradores de Rentas, Congreso de la Republica; y Revisores de Empresas Lucrativas d) A la Policia Nacional; le asigno la aplicación Artículo 40.-El período de los nombradel deareto 253, Ley de Transportes, y el trá- dos terminará el 14 de marzo de 1964. En cumplimento de lo que preceptúa el artículomite de asuntos relacionados con el reglamento

30. del acuerdo gubernativo del 22 de noviembre sancionado por acuerdo gubernative del 20 de Pase al Organismo Ejecutivo para su proxime pasado, se ha formulado el presente ins-noviembre de 1945. tructive, para su debida observancia, dividido en publicación y cumplimiento. 3 partes. La primera parte describe 189 dependen-EL plazo fijado decreto 19, fue objeto de cias que tuvieron a su cargo la expedición de pa-prorregas sucesivas, acordadas per decretos 29

Dado en el Palacio del Organismo Letentes y registros; la segunda parte cont ene todos63, que fijó la liquidación definitiva; haster el is gislativo: en Guatemala, a los doce díaslos enunciados o gloses legales, que afectan estosdeseptiembre de 1954. Y deade aquel entonose

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