🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 1527-1962

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 1527-1962
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1962

El Guatemalte DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL IV DE ENERO DE 1888-SEGUNDA EPOCA Registrado como sorrespondencia de segunda clase on la AdministraciónAdministración: Telefone 24418 Impreso en Diarlo de Centre Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemals, el B de marxo de 1950, bajo el NO 749.Agencia: América 9a. Av. 11.34, Zona 1.

DIRECTOR: LUIS BARRERA RODRIGUEZ TOMO CLXIV Guatemala, Lunes 4 de Junio de 1962 NUMERO 89

SUMARIO MIGUEL ANGEL ORTEGA MERIDA, Artículo 40.-Que la presente disposición se transPresidente. criba a donde corresponde, para los fines procedentes.

ORGANISMO LEGISLATIVO DAVID A. ORDONEZ BARDALES, Comuniquese.

Secretario

MENESES ALVAREZ

Decreto Número 1527.

EDGAR DE LEON VARGAS, FLAVIO GUILLEN CASTANON,

Secretario. Subsecretario. ORGANISMO EJECUTIVO 101931-4J Palacio Nacional: Guatemala, treinta y uno mayo de mil novecientos sesenta y dos. MINISTERIO DE ECONOMIA Otórgase a <Industria Papelera Centroamericana,

S. A.>, la exóneración que se menciona.Otorgase a "Industria Papelera Centroamericana, S. A.", Publiquese. la exoneración que se expresa. Palacio Nacional: Guatemala; 8 de mayo de 1962.

Otorghse a "Industria Papelera Centroamericana, S. A.". MIGUEL YDIGORAS FUENTES El Ministro de Economia,la exoneración que se menciona. CONSIDERANDO El Ministro de Gobernación,Otorgnse a "Industria Papelera Centroamericana, S. A.", GILDARDO MONZON-PEULVEexoneracion de impuestos aduanales. Que por acuerdo ministerial fechado el 6 de diciembre de 1960, «Industria Papelera CentroameHacese la exoneración que se expresa a favor de "Fábrica ricana, S. A.>, fue reclasificada como industria de envases de Hojalata". ORGANISMO EJECUTIVO nueva, de conformidad con el artículo 50. del dewe creto número del Congreso de la República; Otorgase a General Tire and Incatecu, S. A. (GINSA), y que el consejo de Asesoría Técnica, en dictament exoneración de impuestos arancelarios. del 29 de marzo de 1962, emitió opinión favorable MINISTERIO DE ECONOMIA a: dicha solicitud, relativa a que se le otorguen los beneficios de la ley de la materia, MINISTERIO DE LA DEFENSA Otórgase .a "Industria, Papelera Centroamericana, POR TANTO, NACIONAL S. A.>, la exoneración que se expresa. Con base en el artículo 60. del decreto número 1317 del Congreso de la República, Denominase a la promoción de caballeros cadetes de la Palacio Nacional: Guatemala, 8 de mayo de 1962.

Escuela Politéenica; que se graduará el 15 de junio del ACUERDA: año en curso, "General e Ingeniero Leopoldo Orellana". El Ministro de Economía, Artículo 10.-Otorgar a Industria Papalera CenMINISTERIO DE GOBERNACION troamericana, S. A.>, exoneración, libre del page de todos los impuestos, derechos, tasas y sobreCONSIDERANDO: cargos de importación, excepto los derechos de al-Apruebanse los estatutos de la "Liga Guatemalteca contra macenaje, sobre lo siguiente: Una (1) caja conte-las Enfermedades del Corazón"; y reconócese su personaQue por acuerdo ministerial fechado el 6 de di-niendo fieltros especiales para maquinaria de pa-lidad jurídica. ciembre de 1960, «Industria Papelera Centroamepel, con un peso bruto total de doscientos treintaAprusbanse los estatutos de la "Comunidad Agricola de ricana. S. A.>, fue clasificada como industria y ocho kilogramos exactos (238.000 K. B.); valorSan Antonio Nejapa"; y reconocese su personalidad junueva, de conformidad con el artículo 50. del de-CIF de un mil quinientos sesenta y tres quetzalesrídica. creto 1317 del Congreso de la República; y que elV diez centavos (Q.1,563.10), e impuestos a exoconsejo de Asesoría Técnica, en dictamen fechadonerar de ciento sesenta y ocho quetzales y vein-Apruebanse los estatutos de la "Comunidad de Propictariosel 3 de abril de 1962: emitió opinión favorable,del Terreno Tierra Caliente": y reconócese su personalitiún centavos (Q.168.21).

la solicitud presentada por dicha empresa, relati-dad jurfdica. va a que se le otorguen los beneficios derivadosArtículo 20:-Se determina que el material obde la misma, jeto de la presente exoneración, sólo podrá usarse para el servicio de la empresa beneficiada, la cualMINISTERIO DE TRABAJO Y POR-TANTO, se obliga a formular una declaración ante este MiPREVISION SOCIAL nisterio, de acuerdo con el contenido que amparan las respectivas pólizas aduanales, a fin de Regiamento que regula la organización y funcionamiento Con base en el artículo 60. del decreto 1317 del l'evar el control necesario y establecer que es emde la Comisión Nacional del Salario y de las Comisiones Congreso de la República, pleado para el uso que se indica. Asimismo se Paritarias del Salario Mínimo. obliga la empresa, a rendir un informe mensual sobre el volumen de su producción y precio de las Comisiones Paritarias para la aplicación del ACUERDA: venta del artículo elaborado, número de trabajaSalario Mínimo. dores empleados y salarios pagados, tanto al propio Ministerio, como a la Dirección General de Artículo 10.-Otorgar a Industria Papelera Cen-Estadística. ANUNCIOS VARIOS froamericana, S. A. exoneración, libre del pago de todos los impuestes, derechos, tasas y sobre-Artículo 30.-Se responsabiliza a dicha empresacargos de importación, excepto los derechos deAutorizaciones farmacéuticas.-Lineas de transporte.-Conspor el mal uso que hiciere de la exención que sealmacenaje, sobre lo siguiente:titución de sociedades.-Modificación de sociedades.-Dile concede, y queda estrictamente sujeta a los alsolución de sociedad.-Registro de marcas.-Titulos sucances del artículo 26 del decreto número 1317 del (3) tres cajas contehlendo fieltres especiales pa-Congreso de la República, sin perjuicio de las san-ra maquinaria de papel, con un peso de trescien-ciones de otro orden, contenidas en las leyes deltos diez y ocho kilos y trescientos gramos ramo hacendario. (318.300 K. B.); valor CIF de un, mil novecientos treinta y cuatro quetzales y setenta y ocho centavos (Q.1,934.78), e impuestos a exonerar de dos-Artículo 40.-Que la presente disposición se transcriba a donde corresponde, para los, fines proceORGANISMO LEGISLATIVO cientos nueve quetzales y cuarenta centavos dentes. (Q.209.40). DECRETO NUMERO 1527 Artículo Determinar que las cajas que conComuniquese. tienen fieltros. objeto de la presente exoneración, sólo podrán usarse para el servicio de la empresa MENESES ALVAREZ beneficiada, la cual queda en la obligación de bacer una declaración ante este Ministerio, de acuer-FLAVIO GUILLEN CASTANON, EL CONGRESO DE LA REPUBLICA do, con lo que amparan las respectivas pólizas de Subsecretario: aduana, a fin de llevar el control necesario y establecer que son empleadas. para el uso que se 101929 DE GUATEMALA, indica; asimismo se obliga la empresa, a rendir

un informe mensual sobre el volument de supro ducción y precio de venta del artículo elaborado, número de trabajadores empleados y salarios paOtórgase a <Industria Papelera Centroamericana,DECRETA: gados, tanto al propiosidicisterio como a la Direc-S. A.>, exoneración de impuestos aduanales. Artículo único-Se prorroga por el mes de, juniocion General de Estathstica Palacio Nacional: Guatemala, 8 de mayo de 1962. próximo, el período de sesiones ordinarias de esteArtículo 30.-Se responsabiliza a dicha empresaOrganisme. por el mal uso que hiciere de la exención que se El Ministro de Economia, Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación.le conoede, y queda estrictamente sujeta a los Talcances del artículo 20 del siecreto 1317 del ConCONSIDERANDO: Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: engreso de la República, sin perjuicio de las san Guatemala, a los veinticinco dias del mes de mayociones de otro orden. contenidas en las leyes delQue por acuerdo ministerial fechado el 6 de diramo hacendario. ciembre de 1960, Industria Papelera Centroame-de mil povecientos sesenta y dos.

Consultar sobre este documento ...