Decreto 153-1983
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 153-1983
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1983
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericans Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXII GUATEMALA, MIERCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 1983 NUMERO 77
SUMARIO Permayeso, S. A. Balance General al 30 de junio incendio, incendio agravado, estragos, inude 1981. tilización de defensas, fabricación o tenencia de materiales explosivos, peligro de ORGANISMO EJECUTIVO Galerias Reforma, S. A. Balance General al 31 desastre ferroviario, desastre ferroviario, de diciembre de 1979. atentado contra los transportes marítimos, fluviales o aéreos, desastre marítimo, fluvial JEFATURA DE ESTADO Laboratorios de Productos Farmacéuticos y Veo aéreo, atentado contra otros medios de terinarios, S. A. Balance General al 30 de junio transporte, envenenamiento de agua o susDECRETO LEY NUMERO 152-83 de 1980. tancia alimenticia 0 medicinal, siembra y cultivo de plantas productoras de sustancias es-DECRETO LEY NUMERO 153-83 Servicios Radiológicos, Sociedad Anónima. Batupefacientes, tráfico ilegal de fármacos, drolance General al 30 de junio de 1981. gas o estupefacientes, fabricación de moneda falsa, emisión y circulación de moneda falsa, MINISTERIO DE FINANZAS falsedad material 0 falsedad ideológica en doPUBLICAS cumentos públicos, delitos contra la seguriORGANISMO EJECUTIVO dad del Estado, delitos de trascendencia internacional, delitos contra el orden instituConcédese a favor de todas las Municipalidades cional, delitos contra el orden político interde la República, exoneración del impuesto SOno del Estado, terrorismo, agrupaciones ilebre gasolina y aceite diésel, durante el semestreJEFATURA DE ESTADO gales de gente armada, militancia en agrupacomprendido del 19 de enero al 30 de junio de ciones ilegales, tráfico de explosivos; 1984. b) Los autores o cómplices de los delitos a que DECRETO LEY NUMERO 152-83 se refiere el artículo 39, inciso 49, del Código de Notariado, conforme las figuras delictivas MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS EL JEFE DE ESTADO, que corresponden según el Código Penal vigente; Nombrase miembro de la Comisión Nacional PeCONSIDERANDO: c) Los autores 0 cómplices de cualquier clase trolera, en representación del Ministerio de la de delito, cuando éste se haya cometido vaDefensa Nacional, al Coronel de Infantería DEM.,Que el Gobierno de la República, estima que esliéndose de cargo público;
Luis Raúl Alburez Arriola. oportuno propiciar entre los miembros de la fad) Los reos reincidentes o habituales y los que milia guatemalteca, sentimientos de paz, concor-hubieren observado mala conducts durante dia y armonía, especialmente en la época actualsu procesamiento 0 cumplimiento de condeMINISTERIO DE ECONOMIA cuando se aproximan las festividades de la Navina; y dad, las cuales inspiran dichos sentimientos a es-e) Los que hubieren gozado ya de amnistía, in-cala universal; Autorizase para el año 1983, la importación de dulto o rebaja de penas otorgados anteriormente. uvas y peras frescas, pagando los derechos de CONSIDERANDO: importación, sin utilización de divisas otorgadas por el Banco de Guatemala. Que la Jefatura de Estado ha recibido múltiplesArtículo 59-Este Decreto entrará en vigor el solicitudes para que se beneficie a los recluidosdía de su publicación en el Diario Oficial. Otorgase a la empresa "Informática, Sociedad Anó-en los centros de detención y de cumplimiento deDado en el Palacio Nacional: en la ciudad de condenas del país, con alguna medida que estimu-Guatemala, a los diecinueve días del mes de dinima", que se abrevia "Informática, S. A.", que también será su nombre comercial, clasificación le su readaptación social y que les permita rein-ciembre de mil novecientos ochenta y tres. tegrarse a sus hogares;dentro del Grupo "C" y equipárase con la siPublíquese y cúmplase.
milar nicaragüense "Análisis y Sistemas, SocieCONSIDERANDO: dad Anónima". General de División Que es conveniente acceder a las peticiones OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Otórgase a la Empresa "Informática, Sociedad formuladas con el objeto de que a las personas en Jefe de Estado. Anónima", que se abrevia "Informática, S. A.",referencia que reúnan los requisitos señalados por que también será su nombre comercial, exonelas instituciones consultadas al respecto, se rein-El Secretario General de la Jefatura de Estado, ración del 80% del Impuesto de Estabilización corporen a la sociedad, para cuya finalidad es MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. Económica, sobre los rubros que se mencionan. procedente dictar las normas que así lo determine, El Ministro de Gobernación, Otórgase a la empresa "Aerosoles y Químicos, SoPOR TANTO, GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL ciedad Anónima", que también será su nombre comercial, abreviándose "Aerosoles y Químicos, En el ejercicio de las facultades que le confieS. A.", 0 AYQSA, clasificación de Industria ren los artículos 49 y 26, inciso 14) del Estatuto dentro del Grupo "C" y equipárase con la siFundamental de Gobierno, modificado por los Demilar salvadoreña "Productos Industriales, S. A.,cretos Leyes 36-82 y 87-83, DECRETO LEY NUMERO 153-83
de C. V.". DECRETA: EL JEFE DE ESTADO, Artículo 19-Se concede rebaja de una cuarta PUBLICACIONES VARIAS parte de las penas impuestas a los autores y cómCONSIDERANDO: plices de delitos comunes, cometidos antes de la iniciación de la vigencia de este Decreto Ley, queQue varios Notarios que ejercen su profesiónMINISTERIO DE EDUCACION estén condenados en sentencia firme. en el país, se presentaron a la Jefatura de Estado JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL Artículo 29-Igual rebaja se aplicará al dictar sensolicitando por los motivos expuestos en el restencia a quienes se encuentren procesados por depectivo memorial, que se prorrogue hasta el 31 de NOMINA NUMERO 40-83 "A" litos comunes, cometidos antes de la iniciación de marzo de 1984, la oportunidad de presentar libres la vigencia de este Decreto Ley. de la multa establecida por el Código de NotaRESOLUCION DE ASCENSOS No 2-83 riado, los testimonios especiales de los instrumen-Artículo 39-El beneficio de esta Ley comprentos públicos por ellos autorizados;de únicamente las responsabilidades penales, queANUNCIOS VARIOS dando, por lo tanto, afectos los beneficiados al CONSIDERANDO: cumplimiento de las responsabilidades civiles, de
conformidad con la Ley. Matrimonios. Líneas de transporte. - ConstiQue tomando en cuenta las razones invocadas tuciones de sociedad. Modificaciones de so-Articulo 49-Se exceptúan del goce de la prepor los Notarios aludidos en el considerando ansente rebaja quienes se encuentren comprendidos terior, y su compromiso de cumplir con la indi-ciedad. - Patente de invención. Registros deen cualesquiera de las siguientes situaciones: cada obligación legal en la fecha señalada, es pro-marca. - Títulos supletorios. Edictos. Recedente acceder a la referida gestión, para cuya mates. Licitación. a) Los autores 0 cómplices de los delitos de hofinalidad se hace necesario dictar en ese sentido "Electrometal, S. A.". Balance General al 30 demicidio doloso, parricidio, asesinato, violación,la correspondiente disposición legal, plagio 0 secuestro, incesto, hurto, hurto agra-junio de 1981. vado, robo, robo agrabado, extorsión, estafa POR TANTO, en cualquiera de sus formas, cuando el monCanteras del Norte, S. A. Balance General del 22 to de lo estafado exceda de 111) mil quetEn el ejercicio de las facultades que le confiede septiembre de 1980 al 30 de junio de 1981. zales. quiebra 0 insolvencia fraudulentas. ren los artículos 49 y 26, inciso 14) del Estatuto1870 DIARIO DE CENTRO-AMERICA:-Dictembre 1983 NUMERO 77
Fundamental de Gobierno, modificado por los De-Artículo 30. presente Acuerdo entrará en Guatemala. Estas importaciones se pueden efeccretos Leyes números 36-82 y 87-83, vigor el día siguiente de su publicación en eltuar sin el requisito previo de la licencia del MiDiario Oficial. nisterio de Economia. Artículo 29-EI presente Acuerdo entrará en viDECRETA: Comuniquese. gor inmediatamente, debiendo publicarse en el Diario Oficial. General de División Artículo 19-Se prorroga por esta única vez, OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Comuniquese. los efectos del artículo 19 del Decreto Ley númeJefe de Estado. General de División ro 112-83, hasta el día 31 de marzo de 1984. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, El Ministro de Finanzas, Jefe de Estado Artículo 2°-E1 presente Decreto Ley entra en LEONARDO FIGUEROA VILLATE vigor el día de su publicación en el Diario Oficial. El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de RODOLFO PERDOMO MENENDEZ Guatemala, a los veinte dias del mes de diciemMINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS El Ministro de Economía, bre de mil novecientos ochenta y tres. LEONEL HERNANDEZ CARDONA Publiquese y cúmplase. Nómbrase miembro de la Comisión Nacional PeGeneral de División trolera, en representación del Ministerio de la Otórgase a la empresa "Informática, Sociedad Anó-
OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Defensa Nacional, al Coronel de Infantería nima", que se abrevia "Informática, S. A.", que Jefe de Estado. DEM., Luis Raúl Alburez Arriola. también será so nombre comercial, clasificación dentro del Grupo "C"; y equipárase con la siSecretario General de la Palacio Nacional: Guatemla, 7 de diciembre de milar nicaragüense "Análisis y Sistemas, SeJefatura de Estado, 1983. ciedad Anónima".
MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ
EL JEFE DE ESTADO EN FUNCIONES, ACUERDO No 489-83
El Ministro de Gobernación, GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL En el ejercicio de las facultades que le Palacio Nacional: Guatemala, 24 de noviembre confiere el literal a) del inciso 5°, del Artículo de 1983. 26 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modiEl Ministro de Economía, ficado por los Decretos Leyes 36-82 y 87-83, y con base en el Decreto Ley número 147-83 y en lo CONSIDERANDO: MINISTERIO DE FINANZAS que dispone el Artículo 48 del Decreto Ley nú- mero 109-83; Que la empresa "Informática, Sociedad AnóniPUBLICAS ma", que se abrevia "Informática, S. A.", que tamACUERDA: bién será su nombre comercial ubicada en la 6" calle número 1-36, zona 10 de esta ciudad caArtículo 1°-Nombrar por un período de dos años pital y que orienta sus actividades a la producConcédese a favor de todas las Municipalidades como miembro de la Comisión Nacional Petroción de equipos de microcomputadoras, cuya acde la República, exoneración del impuesto sobre lera, en representación del Ministerio de la Detividad se encuentra incorporada a la División 38, gasolina y aceite diésel. durante el semestre fensa Nacional, al Coronel de Infantería DEM., Agrupación 381, Grupo 3825 del Anexo II del comprendido del 10. de enero al 30 de junio Luis Raúl Alburez Arriola, en sustitución del REIFALDI, con fecha 31 de mayo de 1983. a de 1984. Coronel de Infantería DEM., Carlos Enrique Vides través de su Gerente y Representante Legal seReynoso. ñor Boris García Sánchez, solicitó de este Ministerio clasificación de Industria dentro del Grupo ACUERDO GUBERNATIVO No. 1032-83 Artículo 29-E1 presente Acuerdo surte efectos "C" y equiparación en beneficios con la similar a partir de la fecha de toma de posesión del nomnicaragüense "Análisis y Sistemas, Sociedad Anó- Palacio Nacional: Guatemala, 14 de diciembre brado y deberá publicarse en el Diario Oficial. nima", al amparo del Convenio Centroamericano de 1983. de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial y Comuniquese. su Reglamento;
EL JEFE DE ESTADO, Coronel de Infantería DEM., CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: RODOLFO LOBOS ZAMORA, Que con base en la información proporcionadaEn funciones de Jefe de Estado. por medio del estudio técnico-económico presenQue no obstante la supresión de todas las exonetado, la aludida empresa posee un capital paraciones vigentes del impuesto que grava el conEl Ministro de Energía y Minas, gado que asciende a la suma de ciento veinticinco sumo de los productos derivados del petróleo, ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA. mil quetzales (Q125,000.00), representa una Ifcontenida en el Decreto número 96-73 del Connea de producción económicamente conveniente y greso de la República, esa misma ley faculta al proporcionará ocupación a un número de veintiOrganismo Ejecutivo para que pueda otorgar cuatro (24) personas, entre empleados adminisexención del mencionado impuesto por razones de trativos y laborantes: imperativo social O de interés colectivo plenaMINISTERIO DE ECONOMIA mente justificados y atendiendo a las condiciones CONSIDERANDO: del mercado; Que de la consulta efectuada a la Secretaría CONSIDERANDO: Autorizase para el año 1983, la Importación de uvasPermanente del Tratado General de Integración y peras frescas, pagando los derechos de imEconómica Centroamericana -SIECA-, este orportación y sin la utilización de divisas otor-ganismo al evacuarlo en informe 2725 del 7 de
Que ha sido política del Gobierno colaborar esgadas por el Banco de Guatemala. junio de 1983, describe la naturaleza y monto de trechamente con las Municipalidades, a fin de prolos beneficios de que goza la empresa con la cual pulsar su desarrollo y que, como parte de esa ACUERDO GUBERNATIVO No 1053-83 la solicitante gestiona equipararse; colaboración, se justifica la exoneración del impuesto al consumo de la gasolina y del aceite Palacio Nacional: Guatemala, 20 de diciembre CONSIDERANDO: diésel que las Municipalidades, cualesquiera quede 1983. fuere su categoría destinen a servicios públicos Que en la tramitación respectiva se han llenado indispensables o de interes colectivo, todos los extremos legales y que la Dirección deEL JEFE DE ESTADO, Política Industrial en dictamen 0098/83 (232) del POR TANTO, CONSIDERANDO: 21 de octubre de 1983, opinó recomendando que a la empresa solicitante se le clasifique y equipare de conformidad con la ley de la materia, por lo En ejercicio de las facultades que le confiere Que es deber del Gobierno de la República proque del estudio de las actuaciones este Despacho el artículo 4o. del Estatuto Fundamental de Goteger y fomentar la producción agrícola del país. estima que le corresponde ser clasificada como bierno, modificado por los Decretos Leyes númeQue de acuerdo con las investigaciones efectuaIndustria dentro del Grupo "C" y equiparada en ros 36-82 y 87-83 y artículo 30. del Decreto nú- das por el Ministerio de Agricultura la producbeneficios con la similar nicaragüense "Análisis
mero 96-73 del Congreso de la República y 40. deción nacional de uvas y peras aunque es proy Sistemas, Sociedad Anónima"; y su Reglamento, misoria, sin embargo aún es insuficiente para abastecer la demanda interna, la que, adicionalCONSIDERANDO: ACUERDA: mente, se incrementa con motivo de las tradicionales festividades de fin de año; Que es preciso señalar las condiciones bajo las Artículo 10.-Se concede a favor de todas las cuales el Estado otorga beneficios a las indusMunicipalidades de la República, durante el semesCONSIDERANDO: trias para garantizar los objetivos de la Política de tre comprendido del 10. de enero al 30 de junio Fomento Industrial, de 1984, exoneración del impuesto de consumo La difícil situación de la balanza de pagos del sobre gasolina y aceite diesel que se destinen país, lo que no permite la utilización de divisas POR TANTO, única y exclusivamente al mantenimiento de serpara la importación de productos O artículos no vicios públicos indispensables o de interés colec-calificados como altamente prioritarios, Con base a lo considerado y lo establecido por tivo, que tengan a su cargo dentro del municipio los artículos 2, 4, 5, 15, 19, 22. 26 modificado por el de que se trate. POR TANTO, Artículo 79 del Tercer Protocolo, 33, 34, 35, 36, 37 38, 39, 40, 46 del Convenio Centroamericano de
Artículo 20.-Para tener derecho a la exoneraEn el ejercicio de las facultades que le confiere Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial, y 28 ción a que se refiere el artículo anterior, la Mu-el Artículo 49 del Estatuto Fundamental de Godel REIFALDI, niciplidad interesada deberá presentar solicitudbierno, modificado por los Decretos Leyes números ACUERDA: escrita ante el Ministerio de Finanzas Públicas, la36-82 y 87-83, cual contendrá los datos indicados en el artículo ACUERDA: Artículo 1°-Otorgar a la empresa "Informática Sociedad Anónima", que se abrevia "Informática 2o. del Reglamento del Decreto 96-73 del Congre-Artículo 19-Autorizar para el año 1983. la imS. A.". que también será su nombre comercial80 de la República (Acuerdo Gubernativo de fe-portación de uvas y peras frescas. Dichas imporclasificación dentro del Grupo "C" y a la ve: cha 19 de diciembre de 1973). Tal petición serátaciones deberán efectuarse pagando los corresequiparación en beneficios con la similar nicara resuelta conforme el trámite establecido en el ar-pondientes derechos de importación y sin la utigüense "Análisis y Sistemas, Sociedad Anónima" tículo 30. del mismo Reglamento. lización de divisas otorgadas por el Banco de de conformidad con las disposiciones legales an-