Decreto 1544-1962
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1544-1962
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 1962
REVISTAS
EL Guat DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL la. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónAgencia: Teléfono 18827 Central de Correos de Guatemala, el 6 de Marzo de 1950, bajo el No. 740Impreso en Diario de Centre
DIRECTOR: VIRGILIO RODRIGUEZ MACAL. America, 9a. Av. 11-34, Zona 1.
TOMO CLXV Guatemala, Miércoles 22 de Agosto de 1962 NUMERO 51 SUMARIO POR TANTO, que no siendo sometidos a su conocimiento por En uso de las atribuciones que le confiereiniciativa de ley o pertenecientes a su régimen el artículo 135 de la Constitucion, interior, corresponde a este Organismo conocerORGANISMO LEGISLATIVO por mandato constitucional.
DECRETA: Decreto Número 1543 Artículo 30.-El presente decreto fue aproArtículo 10.-Se ampila la agenda del Pe-bado por el voto favorable de más de los dosDecreto Número 1544 ríodo de Sesiones Extraordinarias en que setercios del número total de diputados que inencuentra actuaimente el Congreso de la Rediatamente. tegran el Congreso y entrará en vigor inmeORGANISMO EJECUTIVO pública, con los siguientes asuntos: 1.-Proyecto de decreto que contiène la Leyblicación. Pase al Organismo Ejecutivo para su puMINISTERIO DE GOBERNACION de Subsidio para el financiamiento de la exportación del azticar; Fijanse a los inmuebles que el Instituto de la Vivienda UrDado en el Palacio del Organismo Legislabana de Guatemala ha adquirido se le has adjudicado,2.-Proyecto de ley que crea el Banco detivo: en Guatemala, a los catorce días del mes los precios que se mencionan. Prestaciones; de agosto de mil novecientos sesenta y dos.
Apruébase el cambio de nombre y aumento de capital de"Cuentas, Sociedad Anónima". 3.-Proyecto de Ley Orgánica de la EmpresaMIGUEL ANGEL ORTEGA MERIDA,Portuaria Matias de Gálvezs; Presidente. MINISTERIO DE HACIENDA 4.-Declaratorias de utilidad y necesidad pú- blicas con fines de expropiación; DAVID ORDONEZ B., Y CREDITO PUBLICO 5.-Ampiiaciones presupuestaies de ejerciciosSecretario. fiscales anteriores y del presente; transferencias de partidas; cuentas de la NaModificase el acuerdo subernativo de 6 de julio del also ención pendientes; reformas al decreto nú- ANTONIO CARRILLO DURAN, curso, que reforma la sección "Bases", del regiamento memo 1540 del Congreso; Secretario. contenido en decreto gubernativo 1397. Concédese a favor del Servicio Auxiliar de Bienestar So-6.-Proyecto de ley que regula la siembra,Palacio Nacional: Guatemala, diez y sietecial, la exoneración que se expresa. venta y tránsito del tabaco;
7.-Proyectos de decreto que crean tasas ede agosto de mil novecientos sesenta y dos. impuestos ordinarios y extraordinarios, co-Publíquese. PUBLICACIONES VARIAS mo rentas consignadas o con destino especffico, y reforman las tasas 0 los imMIGUEL YDIGORAS FUENTES. puestos existentes; MINISTERIO DE EDUCACION 8.-Proyectos de decreto por los que se au-El Ministro de Gobernación, toriza al Organismo Ejecutivo para ne"GILDARDO MONZON PEULVE. PUBLICA gociar empréstitos internos o externos, efectuando emisiones de bonos del Tesoro, Lista general de los profesores que se encnentras debide-letras o notas de Tesorería; DECRETO NUMERO 1544 mente escalafonados, clasificados y catalogados, is cual9.-Proyecto de decreto que contiene la Leycomprende 16,299 maestros cn los diferentes alveles de de Licitaciones; EL CONGRESO DE LA REPUBLICAtodo el Magisterio Nacional de Guatemala (Continuación).10.-Proyecto de decreto que contiene la ley relativa a propaganda y venta del café; DE GUATEMALA, TRIBUNAL ELECTORAL 11.-Proyecto de decreto que introduce reforCONSIDERANDO:mas al decreto numero 1528 del Congreso; Nómina en order alfabético de los cludadanos affiliados all Que constitucionalmente, los derechos con-12.-Proyectos de decreto sobre ratificación oPartido "Reconciliación Democrática Nacional". (Comsignados en el Capitulo V del Título 1V de latinuación). rechazo de convenios y tratados interna-Carta Fundamental, son irrenunciables;cionales;
Nómina ca orden alfabético de los ciudadanos affiliades all13.-Proyecto de decreto que contiene el EsCONSIDERANDO: Partido Revolucionario "P. R." (Continuación). tatuto de los Trabajadores del Estado; Nomina en orden alfabético de los cludadance affliados at14.-Proyecto de decreto que contiene el Có-Que la norma VI del Presupuesto General Partido Union Democrática "PUD". (Continuación). digo Civil; de Ingresos y Egresos de la Nacion, corres15.-Proyecto de decreto que contiene el Re-pondiente al ejercicio fiscal en curso, en la forANUNCIOS VARIOS glamento Interior del Congreso; ma en que está redactada, entrana una renun16.-Retorma a la ley respectiva, para que secia a derechos adquiridos por los trabajadoresLineas de transporte.-Comstitución de sociedades-Mod licación de Registro de Patentes do amplie la Corte Suprema de Justicia;que tienen el carácter de peones y obreros al invención.-Títulos supletorios.-Elictos-Rematea 17.-Conocer el dictamen de la Comisión deservicio del Estado, por lo que la misma debe Hacienda, con respecto al contrato de ser-ser modificada, vicios de la compañía de Transportes Cen-Banco Popular, S. A. de Colombia Sec. de Gustemalatroamericanos (TACA); POR TANTO, Balance General, Consolidado y por departamentos, al31 de mayo de 1962. 18.-Ley del Timbre Médico; 19.-Ley de Integración Asistencial y Docente;En uso de las facultades que le otorga el 20.-Proyecto de libre fabricación de aguar-inciso 10. del artículo 147 de la Constitución
de la República, ORGANISMO LEGISLATIVO diente de olla en Salcaja y otras pobla-ciones de la República; DECRETA: 21.-Proyecto de decreto que contiene el. Có- digo Procesal y Mercantil; Artículo 10.-La norma VI del artículo 30. 22.-Proyecto de ley que regula el artículo 62DECRETO NUMERO 1543 del decreto de esta Camara número 1540, que-de la Constitución: da así: 23.-Para conocer del proyecto de Decreto ReEL CONGRESO BE LA REPUBLICA dención de Penas por el Trabajo; <De conformidad con lo establecido en 24-Proyectos de decretos sobre protección deel artículo 44 del decreto presidencial 552, DE GUATEMALA, la Industria. Nacional y reformas a las en las planillas de jornales sólo podrán fiexistentes; gurar peones y obreros. El pago de plani25.-Proyectos de exoneraciones de impuestos;llas, tanto en partidas específicas del preCONSIDERANDO: 26-Proyecto de ley para protección de qui-supuesto, como en programas de trabajo, no mico-biólogos; podrán excederse de las cantidades en que 27.-Proyecto de ley que deroga el decretoquedan distribuidas las asignaciones paraQue es necesario ampliar la agenda conte245 del Congreso; y cada período. Bida en el decreto número 616, emitido por28.-Reformas al Código Municipal. La Inspección General de Hacienda debeel presidente de la República en Consejo de rá verificar mensualmente a cumplimientoMinistros, con fecha 30 de julio del presenteArtículo el Período de Sesiones Erde la presente norma. dando cuenta al miaño, a fin de tratar de otros asuntos . pro-traordinarias en que se. halla el Congreso, senistro de Hacienda y Crédito Público del reyectos de ley de interés nacional, podrán trater, adems, todos aquellos asuntos sultado de su actuación:594 EL GUATEMALTECO. DIARIO OFICIAL NUMERO 51 Las planillas deberán ser autorizadas pormero treinta y dos mil novecientos cincuenta y MINISTERIO DE HACIENDA Tel jefe inmediato de los trabajadores 0 el uno (32,951), folio doce (12), libro seiscientos dos (602) de Guatemala, que sita en la zona 12 de es-jefe del proyecto, en su caso, como constanta capital. Y CREDITO PUBLICO cia de que prestaron los servicios, quienes serán responsables de la veracidad de las Artículo segundo: El director del Instituto de la mismas; de la inclusión de peones y obrerosVivienda. Urbana de Guatemala fijará, en su oportunidad, el precio y condiciones de pago del valorMedificase el accurds gubernative de 6 de Julie del que no presten efectivamente los servicios de la construcción de las viviendas, de conformiDate en "curse, que reforma la sección -Bases, para los que hubieren sido requeridos y de dad con la naturalezá del proyecto y demás dispodel reglaments contenido en decrete gubernative siciones aplicables. 1397. cualquier alza que incurran en las partidas presupuestales 0 del proyecto a que estuArtículo tercero: Establecido el precio, especivieren cargadas. En igual responsabilidad ficaciones y demás condiciones a que se sujetará Palacio Nacional: Guatemala, 20 de agosto de
incurrirá cualquier funcionario 0 empleado la construcción de las viviendas, se suscribirán los 1962 público que ordenare 0 aceptare órdenes de contratos correspondientes ante los oficios del notario público. Debiendo constituire garantia hipo. El Presidente de la República, colocar trabajadores por planilla, cuando setecaria que responderá por el valor de las conscontravengan las disposiciones de la presen-trucciones, la cual deberá inseribirse a favor del te norma 0 se produzcan déficits en las par-Instituto de la Vivienda Urbana de Guatemala Con fundamento en el inciso 142. del articulo tidas del presupuesto del proyectos. quien, a su vez, otorgará escrituras traslativas de168 de la Constitucion de la República, dominio a favor de los adjudicatarios. Artículo presente decreto entrará en Artículo cuarto: Los ingresos provenientes tanto ACUERDA: vigor inmediatamente, y fue declarado de ur del valor de los lotes como del precio de las consgencia nacional con el voto favorable de más trucciones de las viviendas, quedarán como dispoModificar el acuerdo gubernativo de fecha 6 de nibilidades privativas del Instituto de la Viviendajulio del año en curso, que reforma la sección de las dos terceras partes del total de diputa-Urbana de Guatemala. «Bases» del reglamento contenido en decreto gudos que integran el Congreso. bernativo 1397: Artículo quinto: Los ingresos a que se refiere Pase al Organismo Ejecutivo para su puartículo anterior, deberán ser invertidos por Artículo 10.-El párrafo tercero de la sección
blicación y cumplimiento. Instituto exclusivamente en la construcción de nue- -Bases del mencionado reglamento, queda asi: vas viviendas y, en ningún caso, podrán ser apliDado en el Palacio Organismo Legislacados para aumento de sueldos ni de salarios. La documentación a que se refiere el párrafo anterior, deberá presentarse en sobre sepativo: en Guatemala, a los diez y seis días del Artículo sexto: El presente acuerdo surtirá sus rado y juntamente con la oferta. El Ministerio mes de agosto de mil novecientos sesenta y dos.efectos inmediatamente. respectivo nombrará una comisión que califique la prueba documental de mérito antes del acts MIGUEL ANGEL ORTEGA MERIDA, Comuniquese. de apertura de ofertas, calificación que será independiente de la calificación que debe hacerPresidente, YDIGORAS FUENTES. la Comisión Técnica sobre los aspectos técnicos de la oferta, y las únicas ofertas que serán DAVID ORDONEZ B., El Ministro de Gobernación, abiertas serán aquellas cuyas correspondientes Secretario. GILDARDO MONZON PEULVE. pruebas documentales hayan sido examinadas aprobadas por la comisión nombrada por el El Ministro de Hacienda Ministerio para ese efecto.. FRANCISCO MEJICANOS FERRINO, Secretario. y Crédito Público, RAUL REINA ROSAL. Artículo 20.-El presente acuerdo entrará en vigor el dia siguiente de su publicación en el Diario Palacio Nacional: Guatemala, diez y siete Oficial, de agosto de mil novecientos sesenta y dos.
Comuniquese. Publíquese y cúmplase. Apraébase el cambie de nombre y automate de capital de Cuentas, Sociedad Animima-.MIGUEL YDIGORAS FUENTES. YDIGORAS FUENTES El Ministro de Gobernación, Palacio Nacional: Guaternala, 8 de agosto de GILDARDO MONZON PEULVE. 1962. El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RAUL REINA ROSAL.
Examinada la solicitud del señor Alfonso Chacón Espejo, relativa a que se apruebe el cambio de nombre y auriento del capital social de Cuentas, Sociedad Anónima en cuya representación gestioORGANISMO-EJECUTIVO na; y Concédese a favor del Servicio Auxiliar de Bienestar Social, la exoneración que se expresa.
CONSIDERANDO: Que en la junta general extraordinaria de accioPalacio Nacional: Guatemala, 20 de agosto de MINISTERIO DE GOBERNACION nistas, celebrada el veintinueve de marzo de mil 1962. novecientos sesenta y dos, y con su voto unánime, Fijause a los inmuebles que el Instituto de la VIacordó aumentar el capital social en la suma de setenta y cinco mil quetzales (Q.75,000.00): que tal El Presidente Constitucional de la Republica,vienda Urbana de Guatemala ba adquirido y se le has adjudicado, los precies que se mencieaumento se consignó en la eseritura pública que autorizó en esta ciudad, el notario César Quevedonan.
Avila, el dia once de abril de mil novecientos seCONSIDERANDO:
Palacio Nacional: Guatemala, 17 de agosto de senta y dos, cuyo primer testimonio se inscribió 1962. en el Registro Civil de esta capital, bajo la partidaQue es deber del Estado brindar apoyo a todas número ciento treinta y seis (136), folio descientosaquellas instituciones que trabajan de manera desEl Presidente Constitucional de la República, noventa y tres (293), del libro número treinta y interesada en la realización de obras de beneficio dos (32) de personas jurídicas; que el asesor jusocial; rídico del Ministerio de Gobernación, en dictamenCONSIDERANDO: modificado por el procurador general de la Nación y jefe del Ministerio Público -que fue acepCONSIDERANDO: Que es deber del Estado procurar por todos los medios a su alcance, la solución adecuada del protado por los interesadosmanifestó que se llenaron los sequisitos prescritos por la ley de la ma-blema de viviendas baratas, para que puedan ad. judicarse con facilidades de pago a las familias de teria y que puede otorgarse la aprobación pedida; Que oido el Ministerio Público. se pronunció en que en Igual sentido se produjo el Ministerio de sentido favorable a la solicitud presentada,escasos recursos, cuya capacidad económica no les permite adquirirla de otro modo; Hacienda y Crédito Público y que, importando di cho aumento una modificación al contrato social, es indispensable la autorización del Ejecutivo, al POR TANTO,CONSIDERANDO: tenor de lo que dispone el inciso 20., articulo 33,
del decreto gubernativo número 1543,Que ha sido preocupación constante del actual Con base en los decretos números 1095 y 1168 gobierno, eliminar esta aguda necesidad social del Congreso de la República,su acción en este sentido, a culminado con la POR TANTO. inauguración de varias colonias. para servicio de las clases necesitadas y carentes de medios econó- De conformidad con to prescrito en ei artículo ACUERDA: micos, para que adquieran un mejor nivel de vida: 392 del Código de Comercio, y la faculted que le confiere el decreto presidencial número 468,CONSIDERANDO: Artículo 10.-Se concede a favor del Servicio El Presidente de la República, Auxiliar de Bienestar Social. exoneración de los Que el Ejecutivo está autorizado por el decreto derechos arancelarios y demás impuestos que gra1096 del Congreso de la República, para la venta ACUERDA: van la importación de: Un lote conteniendo cuaen parcelas O lotes de fincas rústicas y urbanas renta y seis (46) trajes, que serán vendidos en la que se destinen a la construcción de viviendas. y to.-Aprobar el cambio de nombre de Cuentas, exhibición de modas que llevará a cabo el veintilos artículos 117 y 224 de la Constitucion do la ReSociedad Anonima por el de -Tarjetas de Crédito cinco de agoste del año en curso en el Club Guapública, declaran la obligación del Estado de foy Cuentas, Sociedad Anónima, que lievará en lo temala, con el fin de allegarse fondos.
mentar toda medida que tienda a la protección de sucesivo, quedando modificade en este sentido. el clases desvalidas, acuerdo gubernative de fecha 3 de enero de 1962. Artículo 20.-Los trajes no vendidos en el evento citado en el artículo anterior, deberán reexportarse POR TANTO, .-Aprobar el aumento del capital social de con las formalidades de rigor. En caso de que esas Tarjetas de Crédito y Cuentas, Sociedad Anóniunidades se quedaran en el pais, el Servicio AuxiEn uso de las facultades que le confiere el inma., el que con los setenta y cinco mil quetzales liar de Bienestar Social se responsabilizará de paciso 4o. del artículo 168 de la Constitución de la (Q.75,000.00) aumentados. será de ciento cincuenta gar los derechos de importación correspondientes. República, mil quetzales (Q.150.009.00), representados por nueACUERDA: ve mil acciones comunes, de la clase .A., y seis Artículo 30.-E1 presente acuerdo entrará en vimil acciones nominativas preferentes de la clagor el dia siguiente de su publicación en el Diario Artículo primero: Fijar a los inmuebles que el se ·B». Oficial. Instituto de la Vivienda Urbana de Guatemala ha adquirido se le han adjudicado, los precios 8iComuniquese Comuniquese. guientes: Q.2.50 por cada metro cuadrado, de la Tinca rustica número treinta y tres mil setenta VDIGORAS FUENTES
cuatro (83,074) folio ciento treinta y seis (136), liYDIGORAS FUENTES bro seiscientos dos (602) de Guatemala que sita El Ministro de Gobernación en la ruta al Atlantico, a la altura del kilometro GILDARDO PEOLVE. 7.8. Q.2.85 (dos quetzales con ochents y cinco Ministro de Hacienda 7 Crédito Público, centavos), per cada metro cuadrado a la finca me 22A RAUL REINA ROSAL