Decreto 1558-1962
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1558-1962
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1962
EL Guat Repoblic REVISTAS DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1.
DIRECTOR: VIRGILIO RODRIGUEZ MACAL TOMO CLXVI Guatemala, Miércoles 28 de Noviembre de 1962 NUMERO 28
Artículo 30.-La conversión a que se refiere el SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO artículo lo. de este decreto, la efectuará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante la emisión de nuevos títulos para cada denominación de Bonos, conforme las layes respectivas que se ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETO NUMERO 1558 indican en el artículo 20., de esta ley y tendrán la misma denominación agregando en cada caso, EL CONGRESO DE LA BEPUBLICA la frase Conversión 1962>. Decreto Número 1558. Artículo 40.-Con excepción del plazo de amorDE GUATEMALA, tización que será de quince años, a partir de la ORGANISMO EJECUTIVO fecha de emisión, quedan en vigor, para los nuevos CONSIDERANDO: Bonos de Conversión, todas las demás disposiciones de las leyes que autorizaron la emisión de cada
Que debido a la baja en el precio internacional denominación de los Bonos originales. MINISTERIO DE ECONOMIA del café y otros productos de exportación, a la política de protección arancelaria a ia industria Artículo 50.-Cuando el Banco de Guatemala, conacional, seguida por el Gobierno, y a otros facmo Agente Financiero, adquiera los Bonos de Con-Otorgase la empresa "El Ganadero Limitada", exoneración tores concurrentes, se ha venido confrontando una version, devengarán interés de 2.5% mientras perde derechos arancelarios baja en los ingresos fiscales que ha repercutido manezcan en Su poder. desfavorablermente en la ejecución del Presupuesto Otorgase a Embotelladora "La Mariposa", exoneración de General de Ingresos y Egresos del Estado; que la Artículo 60.-El plazo de quince años de los derechos aduanales. técnica en operaciones de crédito público aconseja Bonos de Conversión de cada denominación, se que para la realización de obras y servicios pucomputará a partir de la fecha de emisión de cada blicos de beneficio colectivo a largo plazo, debe serie. Otorgase por of plazo de cuarents años a Texas Petroleum adecuarse el financiamiento de los mismos a los Company. el derecho petrolero de transformación que se periodos y generaciones que esas obras y servicios Artículo 70.-El Banco de Guatemala como Agenmenciona. vendrán a beneficiar, con el objeto de repartir rate Financiero del Estado, conforme las disposiciocional y equitativamente la carga tributaria; nes de las leyes a que se refiere el artículo 2o., de
este decreto, de acuerdo con el Ministerio de HaANUNCIOS VARIOS CONSIDERANDO: cienda y Crédito Público, procederá a canjear de oficio los titulos representativos de los Bones de Que no obstante la situación descrita, el OrgaConversión de cada denominación que tuviere en Matrimonio-Constitución de Modificación de nismo Ejecutivo en cumplimiento de sus obligaciocartera, dentro de los dos meses siguientes a la sociedades.-Patentes de invencion.-Registro de marcas. nes presupuestarias, ha mantenido el ritmo de gas-fecha en que entre en vigor el presente decreto; -Solicitudes para transformar derecho de exploración de tos necesarios para el funcionamiento regular y durante el período de un año, a partir de la citada concesión minera.-Solicitudes de concesión do explotación continuo de los servicios públicos y ha atendido fecha, los que le fueren presentados para su canje minera.--Autorizaciones farmacéuticas.-Tinsos supletorios. debidamente la deuda pública, lo cual ha dado lupor personas naturales o jurídicas tenedoras de -Edictos.-Remates. gar al acrecentamiento de la deuda pública internalos mismos. Tal plazo que se podrá prorrogar a y que, en tal situación, de conformidad con el otro período igual, a juicio del Ministerio de Haartículo 89 del decreto 552 del presidente de la cienda y Crédito Público y del Banco de Guatemala. República, el Ejecutivo a través del Ministerio deInstituto de Fomento de la Consolidado Hacienda y Crédito Público, debe proponer al Artículo 80.-El canje de los títulos representati-por Departamentos at 31 de julio de 1962. Congreso las medidas que crea necesarias para la vos de los Bonos, por los de conversión de cada
cancelación y liquidación del deficit presupuesdenominación, será voluntario para los tenedores tario; distintos del Banco de Guatemala y, en el caso deRayflex Explorations, Incorporated, Guatemala, C. A.-Ba. CONSIDERÁNDO: que aquéllos optaren por mantener los títulos delance al 30 de noviembre de 1961. los Bonos no convertidos, regirán para éstos las Que de conformidad con los estudios efectuados disposiciones de las leyes que autorizaron su emipor el Organismo Ejecutivo, de la deuda pública sión sin las modificaciones a que se refiere el ar-Estado Consolidado do los Balances de Ins Bancos al 31 de bonificada, establecida actualmente a un plazo de tículo 4o. de este decreto. enero de 1962: (Excluyendo al Banco de Guatemala y Dediez años, se le puede efectuar una conversión en partamentos no Bancarios). su plazo, ampliando éste a quince años, ya que el Artículo 90.-Los excedentes anuales necesarios ritmo de rendimiento de las rentas consignadas de las rentas consignadas especificamente para la especificamente para la amortización de los bonos amortización de los bonos que se conviertan porCompania Importadora de Automóviles, S. A....Estado FLemitidos, con -motivo de la contratación de la deudaefecto de esta ley, conforme las leyes que autori-nanciero (Condensado) at 30 de junio de 1962. pública a que se refiere este decreto, ha sido. zaron la emisión de cada denominación, se destisuficiente para mantener perfectamente el servicio nará para la amortización del empréstito a cortode esta deuda, en todas sus manifestaciones y, con plazo que efectuará el Organismo Ejecutivo deEstado Consolidado de los Balances de los Bancos at 28 de la conversión, deja un excedente 0 sobrante que conformidad con el presente decreto, pasando alfebrero de 1962: (Excluyendo at B.nco de Guatemala y puede utilizarse para la amortización y cancelación fondo común los excedentes no necesarios para eseDepartamentos no Bancarios). de las bligaciones que se adquieran para cubrir, fin. de inmediato, la deuda pública flotante no bonificada; Artículo 10.-El Organismo Ejecutivo por con-CONSIDERANDO: Compañía Comercial y Financiera "JALS", S. A-Balance ducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, General al 31 de diciembre de 1961. asesorado por el Banco de Guatemala, emitirá el Que oida la Junta Monetaria de conformidad Reglamento de la emisión de los Bonos de Concon el artículo 123 de la Ley Orgánica del Banco versión 1962. de Guatemala, decreto 215 del Congreso, emitióEstado Consolidado de los Balances'de los Bancos al 31 de dictámenes favorables, Artículo 11.-Se autoriza al Organismo Ejecutivomarzo de 1962: (Excluyendo at Banco de Guatemale y para que, por conducto del Ministerio de HaciendaDepartamentos no Bancarios). POR TANTO, y Crédito Público, emita Notas del Tesoro hasta
por la cantidad de siete millones de quetzales En use de la facultad contenida en el inciso 10) (Q.7.000,000.00), cuyo producto se destinará a cuBalance de Ingresos y Egresos del Cuerpo Voluntario - del artículo 147 de la Constitución de la República,brir el déficit presupuestario del año fiscal 1961Bomberos, durante el Periodo Comprendido del 19 de 62, el cual fue incorporado a la Deuda Pública no abril, al 30 de justo de 1962. DECRETA: Bonificada conforme los registros de la Contaduría General de la Nación. Articulo lo.-Se autoriza al Organismo Ejecutivo para convertir a quince afios plazo, la Deuda Pú- Artículo 12.-Los valores que se autorizan por el Banco Nacional Agrario.-Balance General al 30 de sepblica que se especifica en el artículo 20. del preartículo anterior se denominarán Notas del Tesotiombre de 1962. sente decreto, que fue contraida mediante la emiro-Deuda Pública.. Se emitirán al portador y a sión de Bonos dei Tesoro, conforme los saldos que cinco años plazo, se colocarán a su valor nominal tuviesen estos valores a la fecha de la conversión. y devengarán, según lo convengan el Agente FiW. F. Siebold y Cla., S. A.-Balance General at 30 de nancièro y el Ministerio de Hacienda y Crédito Artículo 20-La deuda objeto de conversion rePúblico, hasta el siete por ciento (7%) anual cuan-juaio de 1962.
presentada por los Bonos del Tesoro correspondo sean colocados en el extranjero; cinco por ciendientes, es la siguiente: to (5%) de interés anual, cuando sean colocados en la República y, dos y medio por ciento (21/2%) Importadora Mundial, & A.-Balance General & Estado lo.-Bonos del Tesoro para el Desarrollo Económianual, cuando los adquiera el Banco de Guatemala, Económico de esta empresa at cerrar BM ejercicio del IT 8 Nacional 5%. decreto 965 del Congreso, mientras permanezcan en su poder. Tales interede octubre de 1959 at 30 de septicmbre do 1960. ampliado por el decreto 525 del presidente de ses se pagarán por periodos semestrales vencidos. la República. Bonos del Tesoro-Teléfonos Nacional 5%., deArticulo 13.-El plazo de/cineo años de las Notas creto 485 del presidente de la República y 1,261se computará a partir de la fecha de la emisión del Congreso. de cada serie y serán amortizadas anualmente En el Número de Mañana Jueves 29 Bonos del Tesoro Plan de Comunicaciones con el producto de los recursos que se establecen 5%., decreto 1.136 del Congreso. en el artículo 90, de este decreto, deducidos del 40.--Bonos del Tesoro para el Desarrollo Municipal fondo de amortización correspondiente, los interedel Presente Mes, se intercalará el5%., decreto 565 del présidente de la Repú- Lises, comisiones y demás gastes del servicio de la blica. Deuda,
Indice Correspondiente al Tome 50,-Bonos del Tesoro Construcción Ciudad Universitaria 5%., decreto 397 del presidente de En el caso de que los recursos al que se refiere la República. CLXI de Este Diario el párrafo anterior no fueren suficientes para el 60.--Bonos del Tesoro. Ferrocarril-Verapaz y sus pago de las ob igaciones que se originen por la Servicios Anexos 5%., decreto 94 del presidenteemision de las Notas, la diferencia se tomará de de in República: la cuenta Fondo Comm-Gobierno de Guatemala>.266 a GUATEMALTECO DIARIO OFICIA, NUMERO 28 Artículo 14.-El producto de la negociación de de importación, excepto los derechos de almace le otorga. y queda suje ta a los allas Notas deberá ser situado, por el Agente Finaje, sobre lo siguiente: cances del articulo 26 del numero 1317 del nanciero, a la Tesoreria Nacional en la forma que Congreso de la Repub ica. perjuicio dellas sandisponga el Ministerio de Hacienda y Crédito Pú- Concepto Kgs. Valor Impuesciones de otro orden, contenidas en las leyes del blico. Brutes CIF tos ramo bacendario. exomeArtículo 15.-El Banco de Guatemala ejercerá rar Articulo 40.-Que el presente acuerdo se trans las funciones de Agente Financiero de la deuda criba a donde corresponde. para los fines legales que se origine por ia negociación de las Notas y, Cinta plástica procedentes. por consiguiente, será el encargado del servicio llar cajas (cinta
de la misma. Para este objeto devengará, por el mada) 61.000 Q1,083.06 Q132.71 Comuniquese. desempeño de tales funciones, una comision de un Máquinapara apilar quinto del uno por ciento anual sobre el monto de (carro industrial para CABALLEROS las Notas en circulación, la cual cargará al fondo traslado de mercaderia) 1,123.000 3,861.90 193.10 de amortización correspondiente. FLAVIO GUILLEN CASTANON.
TOTALES: 1,184.000 Q4,914.96 Q325.81 Subsecretario.
Artículo 16.-Las Notas a que se refiere la presente ley podrán ser negociadas, descontadas 0 156356X28 redescontadas con personas naturales 0 jurídicas nacionales extranjeras, comprendiendo los bancos El cuadro anterior demuestra que el peso es de del Estado y bancos privados, nacionales 0 exun mil ciento ochenta y cuatro kiles brutts exactranjeros, por medio del Agente Financiero. Asitos (1,184.000 K. B.); valor CIF de cuatre mil noOtorgase per el plaze de cuarenta años a Texas mismo, el Banco de Guatemala podrá descontarvecientos cuarenta y custro quetrales y noventa Petroleum Company, el derecho petrolere de las, redescontarias, admitirias en garantia adey seis centavos (Q.4,944.96), e impuestes a exonetransformación ague uneactona. lantos y adquirirlas por cuenta propia, de acuerdo rar de trescientos veinticinco quetzales ochenta
con su Ley Orgánica. y un centavos (Q.325.81). 0747 Ministerio de Economia: Guatemala. vein titrés de noviembre de mil novecientos sesents y Articalo 17.-Para el debido eumplimiento de la Artículo 20.-Determinar que la maquinaria y dos. amortización del valor principal, intereses, camicinta plástica para sellar cajas, objeto de la presiones y demás gastos de la deuda que se adquiera sente experación, sólo podrán usarse de manera ASUNTO: La Dirección General de Mineria e Hipor la emisión de las Notas a que se refiere el exclusiva en la elaboración de los articulos para drocarburos eleva a este Ministerio, con dictapresente decreto, se consignan exclusiva y especilo cual fue clasificada la empresa beneficiada, la men circunstanciado y en cumplimiento del ar ficamente los excedentes necesarios para el pago, cual queda en la obligación de hacer una declaratículo 181 del Código de Petróleo, el expediente amortización, interés gastos, las rentas que ción ante este Ministerio, de acuerdo con lo que TEXPET-TF-06-, que se contrae a un derecho resultaren de la conversion de: la Deuda Pública amparan las respectivas pólizas de aduana, a fin petrolero de transformación solicitado por Texas Bonificada a que se refiere presente decreto. de llevar el control necesario y establecer que sen Petroleum Company. empleadas para el uso que se indica: asimisme se Artículo 18.-Las Notas a que se refiere la preobliga la empresa, a rendir un informe mensual Para resolver se tiene a la vista el expediente
sente dey, así como su enajenacion, transferencia sobre el volumen de su producción y precio de que se describe en el acápite; y0 negociación y los intereses que devenguen, queventa del artículo elaborado, numero de trabajadan exentos de los impuestos de papel sellado y dores empleados y salarios pagados. tanto al proCONSIDERANDO: timbres, herencias, legados y donaciones y demás pio Ministerio como a la Direccion General de Esimpuestos o tasas que se establezcan. tadistica. Que es de utilidad pública todo lo relacionado con las operaciones relativas a reconocimiento suArtículo 19.-El Organismo Ejecutivo por conArtículo 30.-Se responsabiliza a dicha empresa perficial, exploración, explotación, transformaciónducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Pú- por el mal uso que hiciere de la exención que se y transporte de petróleo y potestad del Estado ejeblico, asesorado por el Banco de Guatemala, dicle concede, y queda estrictamente sujeta a los alcutar dichas operaciones por si 0 por el otorgatará el reglamento de la emisión de las Notas del cances del artículo 26 del decreto 1317 del Congremiento de derechos petroleros para que los efecTesoro. so de la República, sin perjuicio de las sanciones tuen personas naturales o juridicas. civilmente cade otro orden, contenidas en las leyes del ramo paces, nacionales o extranjeras, que tengan domi-Artículo 20.-EI presente decreto se aprueba con hacendario. cilio en la República o constituyan apoderado deel voto favorable de las dos terceras partes del bidamente instruido y expensado, y que compruetotal de diputados que integran el Congreso y enArtículo to.-Que la presente disposición se trans-ben la capacidad financiera y aptitud técnica in trará en vigor el día siguiente de su publicación criba a donde corresponde, para los lines procedispensables para llevar a cabo las operaciones aen el Diario Oficial. dentes. que se refiere el derecho que se solicita; que en el presente caso, de la documentación acompañada,Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación Comuniquese. dictámenes rendidos por el asesor jurídico, jefe de y cumplimiento. Hidrocarburos, jefe del Departamento de Control CABALLEROS M. de Compañias Mineras y Especiales V resoluciónDado en el Palacio del Organismo Legislativo: de fecha siete del mes en curso, de la Dirección en Guatemala, a los veinticuatro dias del mes de SARBELIO MAZARIEGOS Y MAZARIEGOS, General de Mineria e Hidrocarburos. se comprueba noviembre de mil novecientos sesenta y dos. Jefe del Departamento Administrativo del que se han lienado los siguientes extremos: a) Que Ministerio de Economia. la solicitud que para adquirir un derecho petroleMIGUEL ANGEL ORTEGA MERIDA, no de transformación presentó el diez y nueve dePresidente 156340X28 septiembre del corriente año, ante la Dirección General de Mineria e Hidrocarburos. la compañia
E. DE LEON VARGAS, Texas Petroleum Company. ha cumplido con los Secretario. requisitos que exigen el Código y Reglamento de Otergase a Embotelladora -La Mariposa, exemePetróleo: b) Que Texas Petroleum Company es DAVID A. ORDONEZ B., rachin de dereches aduanales. una persona jurídica de nacionalidad estadouniden-Secretario. se, civilmente capaz: y c) Que en las operaciones Palacio Nacional: Guatemala, 19 de noviembre petroleras del derecho solicitado, no tendran parPalacio Nacional: Guatemala, veintiséis de node 1962. ticipación las personas a que se refiere el articuloviembre de mil novecientos sesenta y dos. El Ministro de Economia, 60. del Código de Petroleo Segundo: Que la re ferida compañia ha acredit contar con sufiPubliquese y cumplase. CONSIDERANDO: ciente capacidad económica para cumplir a satisfacción las obligaciones que contraerá al otorgarQue por acuerdo ministerial nimero 513, del 10sele el derecho. Tercero: Que la refineria que se MIGUEL YDIGORAS FUENTES. de julio de 1959, Embotelladora La Mariposa pretende instalar en ejercicio del derecho petrolero fue clasificada como industria integral fundamen-de transformacion que se solicita, estará instalada tal existente, de conformidad con el artículo 20.,en dos obras situadas, una en la costa del Pacifi El Ministro de Hacienda numeral L inciso a) y artículo 3o. del decreto nú-CO, en las cercanias del Puerto de San José, que
y Crédito Público, mero 459 del Congreso de la República; que la ci-ocupará una area de veinte hectáreas, noventa yRAUL REINA ROSAL. tada empresa continua gozando de los beneficiosseis áreas, sesenta y seis punto veintisiete centique le fueron concedidos al ser clasificada, porareas, en terrenos desmembrados de la finca Santa tratarse de derechos adquiridos que no pueden moAnita: la segunda obra en las cercanias de la ciu dificarse por una ley posterior (articulos 61 de ladad de Escuintia. en terrenos desmembrados de Constitucion de la Republica, y 250, incises 50. ylas fincas La Esmeralda y Mandeville. que ORGANISMO EJECUTIVO 60. del decreto gubernativo numero 1862): y que ocupará una área de cuarenta y siete hectáreas, el consejo de Asesoria Tecnica, en dictamen del 10setenta y echo areas, treinta y siete punto quince de noviembre de 1962. emitió opinion favorable a lacentiáreas; y que cuenta con la aptitud técnica solicitud de dicha empresa, relativa a que se lenecesaria para desarrollar la refineria que se pre otorguen los beneficios de la ley de la materia,tende. Cuarto: Que por resolución de la Dirección MINISTERIO DE ECONOMIA General de Mineria e Hidrocarburos, de fecha siete de noviembre del corriente año, se declaró: QuePOR TANTO, Otórgase a la empresa .EI Ganadero Limitada, es elegible la solicitud para obtener un derecho
exoneración de derechos arancelaries. petrolero de transformacion. identificada bajo elACUERDA: número TEXPET-TF-06que presentó Texas Petroleum Company, el diez y nueve de septiembre dePalacio Nacional: Guatemala, 24 de octubre de
1962. Articulo lo -Otorgar a Embotelladora -La Ma-este año, para obtener el derecho petrolero de riposa> exoneracion, libre del pago de todos lostransformacion de que se ha hecho mérito; El Ministro de Economia, impuestos, derechos, tasas y sobrecargos de importacion, excepto los derechos de almacenaje, SOCONSIDERANDO: CONSIDERANDO: bre to siguiente: Quince mil (15,000) gruesas de envases de vidrio, con un peso de novecientos seQue por acuerdo ministerial número 862, fechasenta mil kilogramos brutes exactos (980,000.000 Que ningún derecho petrolem podrá otorgarse SJ do el 6 de marzo de 1962, la empresa -El Ganadero K. valor CIF de ciento treinta y tres mil no el solicitante DO presta, previamente, garantia su Limitada>. propiedad de la firma Ralda, Berger ementos veinte quetzales exactos (Q.133,920.00), eficiente y razonable para asegurar el pago de los y Cia. Ltda., fue clasificada come industria nueimpuestos a exonerar de veintidos mil treinta y dosdaños que pudiera ocasionar a terceras personas va, de conformidad con el articulo 50. del decreto quetzales exactos (Q.22,032.00). y el de las sumas que estuviere obligado a pagar
numero 1317 del Congreso de la República; y que de acuerdo con el Código y Reglarhento de Peel consejo de Asesoria Técnica, en dictamen fechaArtículo 20.-Determinar que los envases, objeto tróleo y. en este caso, Texas Petroleum Company do el 18 de octubre de 1962, emitió opinión favorablede la presente exoneracion, sólo podrán usarse enha llenado el requisito apuntado al presentar por a la solicitud presentada por dicha empresa, relalos fines industriales para que fue clasificada lamedio de la Afianzadora y Aseguradora Guatetiva a que se le otorguen los beneficios derivados emprese, la que se obliga a hacer una declaraciónmalteca, Sociedad Anonima, fianza por la cantidad de la misma, ante este Ministerio, de acuerdo con el contenidode cuarenta mil setenta y cinco quetzales que amparan las respectivas pólizas aduanales, a(Q.40,075.00), que te fue fijada por la Direccion POR TANTO, fin de llevar el control necessrio y establecer queGeneral de Mineria e Hidrocarburos y es aproson empleados para el uso que indica. Asimismobada por este Ministerio en resolución de esta Con base en lo considerado en el artículo 60. se obliga is empresa, a rendir un informe mensualmisma fecha; del decreto número 1317 del Congreso de la Repú-sobre el volumen de su produccion y precio de venCONSIDERANDO: blica; ta del articulo elaborado, número de trabajadores ACUERDA: empleados y salarios pagados, tapto al propio Mi-Que el artículo 218 de la Constitución de la Re
inisterio going la Dirección General de Estadisti-pública, declare de utilidad y necesidad públicas, Artículo 10.-Otorgar a la empresa EL Ganadea la explotación técnica y racional de hidrocarbures, ro Limitada propieded de la firma Raida, Bergero que 121 declaración punca puede entenderse ger & Cia. Lida, exoneceçãon, Libre del de dome implicande and merchals o disminución de 1a todos los que there of Estado de decidir respecte