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Decreto 1568-1963

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1568-1963
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Urbano
Año
1963

Gusten EL Guate epública de DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónAdministración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 740Impreso en Diarlo de Centro Agencia: Teléfono 28027 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

JORGE SCHLESINGER, DIRECTOR.

TOMO CLXVII Guatemala, Lunes 25 de Febrero de 1963 NUMERO 2 SUMARIO ción, necesarias para la construcción de la Pase al Organismo Ejecutivo para su puColonia de la Vivienda del personal de em-blicacion y cumplimiento. pleados de este Organismo: ORGANISMO LEGISLATIVO Dado en el Palacio del Organismo Legislaa) Adquisición del predio; tivo: en Guatemala, a los diez y nueve días b) División del predio en el número de lotes del mes de febrero de mil novecientos sesents Decreto Número 1568. necesarios, para adjudicar un lote a caday tres. uno de los empleados; c) Emisión de un reglamento para la califiMIGUEL ANGEL ORTEGA MERIDA, ORGANISMO EJECUTIVO cación de las adjudicaciones; y Presidente. d) Todas las demás operaciones y contrataANTONIO CARRILLO DURAN, MINISTERIO DE EDUCACION ciones que sean necesarias. Secretario.

Ni 'la Comisión de Régimen Interior ni el DAVID A. ORDONEZ BARDALES,PUBLICA Congreso por sí ni por representantes 0 deleSecretario. Autorizase of funcionamiento de las secciones de los gra-gados, podrán intervenir en ninguna de las dos que se mencionan, del ciclo prevocacional do la Es-negociaciones de financiamiento 0 propiamenPalacio Nacional: Guatemala, veintiuno de cuela Nacional Central de Ciencias Comerciales, Seccionte de ejecución de la vivienda, salvo en lo febrero de mil novecientos sesenta y tres. Nocturna, en ol Instituto "Rafael Aqueche". referente a examinar la procedencia de cada Publíquese y cúmplase.uno de los proyectos que los interesados presenten a la Comisión de Régimen, previo alMINISTERIO DE GOBERNACION MIGUEL YDIGORAS FUENTES. otorgamiento del título de propiedad del lote. Disponese que en las oficinas públicas y dependencias 08.Artículo 20.-Se exonera de licitación pú- El Ministro de Gobernación, tatales de la capital, se labore en una sola jornada, deblica, quedando sujeta a licitación privada queALFREDO CASTANEDA O. las ocho a las catorce horas, dusante los días que se ex-efectuará la Comisión de Régimen Interior, lapresan. adquisición del inmueble 0 inmuebles urbanos que para los fines de esta ley, obtendrá el ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE HACIENDA Y Congreso de la República de conformidad con

la ley. La misma Comisión decidirá lo refeCREDITO PUBLICO rente a si se adquiere un solo predio, para construir en él toda la colonia con diferentes MINISTERIO DE EDUCACION Dictanse disposiciones para el control de viáticos de loscategorías de construcción según la capacidad funcionarios 0 empleados públicos en el desempeño de PUBLICAeconómica de cada favorecido, 0 si se adquie-comisiones de cualquier naturaleza en el exterior de la República. ren dos o más predios para destinarlos a dos Autorizase el funcionamiento de las socciones de O más categorías, según esa misma capacidad. los grades que se mencionan, del ciclo prevocaArtículo 30.-Adquirido el inmueble 0 incional de la Escuela Nacional Central de ClenANUNCIOS VARIOS muebles en la forma establecida en esta ley, clas Comerciales, Sección Nocturea, on el Instituto Rafael Aqueche>. la Comisión de Régimen Interior efectuará el Matrimonios-Lineas de transporte.-Constitución de BO-sorteo de los lotes entre todos los empleados Palacio Nacional: Guatemala, 11 de enero deciedades.-Modificación de sociedad.-Prórroga de socie-del Congreso, según las zonas que de acuerdo1963. dades.-Patentes de invención.-Registro de marcas.-Aucon el artículo anterior se hayan dispuesto. El Ministro de Educación Pública, torización farmaceutica.-Titulos supletorios-Edictos. Remates. Artículo 40.-El reglamento a que se reCONSIDERANDO: fiere el inciso c) del artículo lo. de esta ley,

regulará los requisitos, condiciones y garanQue el número de aulas disponibles, con que cuenta la Escuela Nacional Central de Ciencias ORGANISMO LEGISLATIVO tías que se exigirán a la persona que ofrezcaComerciales, Sección Nocturna, para impartir la llevar a cabo la construcción de la vivienda carrera de perito contador es insuficiente, debido A a cada uno de los adjudicatarios. Estas ofertas que en el mismo edificio y jornada se atienden las DECRETO NUMERO 1568 de construcción pueden ser individuales 0 porsecciones.de segundo y tercer años del ciclo prevocacional; grupos de empleados. Satisfechas las exigenCONSIDERANDO: cias del reglamento, la Comisión resolverá que EL CONGRESO DE LA REPUBLICA se otorgue por el presidente del Congreso el Que el primer año del ciclo prevocacional, destítulo de propiedad de cada lote a favor del de el año pasado, funciona satisfactoriamente en el edificio del Instituto Rafael Aqueche>, donde hay DE CUATEMALA empleado que corresponda. En la escritura suficiente espacio y mobiliario para alojar los otros comparecerá también el constructor 0 personados grados del mismo; CONSIDERANDO: que haya ofrecido la construcción y se otorCONSIDERANDO: gará además de la donación el contrato de Que, de acuerdo con la Constitución de laobra 0 ajuste entre el constructor y el adQue para la mejor organización de Ins actividaRepública, artículo 117, es deber del Estadojudicatario. El personero del Congreso de la des docentes y administrativas, es necesario se

fomentar la construcción de viviendas baratasRepública otorgará hipoteca, si se exige, a parar los ciclos de educación secundaria mencioy de colonias para los trabajadores, que llenen nados,favor del constructor. La donación se hará balas condiciones necesarias de salubridad; y quejo la condición de que no podrá enajenarse el ACUERDA: en el caso de los organismos autónomos, parainmueble donado, por ningún título, durante su régimen interior y tratándose de su perso-el término de diez años contados a partir de Artículo 10.-Autorizar el funcionamiento de las nal administrativo, deben estos mismos orgasecciones de los grados 1ro., 2do. y 3ro., del ciclo la fecha de la escritura, salvo donación a favorprevocacional de la Escuela Nacional Central de nismos programar y realizar las operacionesde descendientes 0 a falta de éstos de ascenCiencias Comerciales, Sección Nocturna, en el edinecesarias para el cumplimiento de esta obli-dientes. Esta donación entre vivos deberá ser ficio del Instituto -Rafael Aqueche>, situado en la gación estatal; autorizada por la Comision de Régimen Inte9a. calle 2-30, zona 1 de esta capital, siendo el personal docente el mismo e integrándose el perrior del Congreso. La condición se resuelve sonal administrativo de la siguiente manera: Di-CONSIDERANDO: en caso de muerte del adjudicatario. rector, profesor Mario Augusto Zapata Monroy; Cuando el empleado deseare ejecutar por profesores auxiliares, profesor Juan José Méndez

Que para la realización del programa desí mismo la construcción, de acuerdo con el García, profesor Manuel Toralla Hernández y proconstrucción de la Colonia de Vivienda de fesor Carlos Alberto Girón; oficial encargado de los Empleados del Congreso, que debe pro-reglamento, se dispondrá la adjudicación; y sila Secretaría, señor Augusto Argueta; oficial, segramar y efectuar el propio Congreso de lase tratare de obtener crédito bancario, en lañor Julio César Molina; y oficial, señora Estela escritura comparecerá el personero de la ins-Pinto de Argueta; conserjes, señores Fernando República y en especial la Comisión de RégiMonterroso y Eduardo Carrillo; todos del persomen Interior, es necesario emitir las disposi-titución de crédito, en los mismos términos nal de la Escuela Nacional Central de Ciencias ciohes legales que sirvan de base para lade este artículo. Comerciales, Sección Nocturna. realización de tales programas, Artículo 50.-Todas las condiciones presArtículo 20.-E1 funcionamiento de las secciones critas en el artículo anterior, deberán asenmencionadas en el punto anterior, queda bajo la POR TANTO, tarse en las inscripciones del Registro de lajurisdicción de la Dirección de Educación SecunPropiedad Inmueble. daria y Normal, a partir de la promulgación del DECRETA: Artículo 60.-Se derogan todas las leyes, presente acuerdo. acuerdos y disposiciones que se opongan al Comuniquese. Artículo 10.-Se faculta a la Comisión de presente decreto, el cual entrará en vigor el PORRAS. Régimen Interior del Congreso para efectuardía siguiente de su publicación en el DiarioADRIAN RAMIREZ FLORES. que se especifican a continua-Oficial. Subsecretario.

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