Decreto 1579-1963
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1579-1963
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1963
EL Guatemaltero DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027. Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 748 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXIX GUATEMALA, MIERCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 1963 NUMERO 20
DANIEL CORZO DE LA ROCA, SUMARIO nómico-politica que aspira a la integración deSecretario. Centro América. Con tal propósito se ha constituido la Organización de Estados CentronmèricanosADOLFO GARCIA MONTENEGRO, (ODECA).
ORGANISMO LEGISLATIVO Secretario.
ORGANOS Palacio Nacional: Guatemala, tres de abril deDecreto Número 1579. mil novecientos sesenta y tres. Artículo 2.-Para la realización de los lines de la Organización de Estados Centroamericanos se estaORGANISMO EJECUTIVO Ratifiquese, publiquese y cúmplase. blecen los siguientes Organos: ENRIQUE PERALTA AZURDIA.MINISTERIO DE RELACIONES a) La Reunión de Jefes de Estado; b) La Conferencia de Ministros de Relaciones Ex.El Ministro de Relaciones Exteriores, teriores;
EXTERIORES ALBERTO HERRARTE. c) El Consejo Ejecutivo:
d) El Consejo Legislativo; Ratiffcase la Carta de laOrganización de Estados Centro. e) La Corte de Justicia Centroamericana;americanos, suscrita por los ministros de Relaciones Exf) El Consejo Económico Centroamericano; teriores de las Repúblicas de Costa Rica, Nicaragua, Honduras, El Salvador y Guatemala, en la ciudad de Panamá ORGANISMO EJECUTIVO g) El Consejo Cultural y Educativo; yh) El Consejo de Defensa Centroamericana. el 12 de diciembre de 1962. Artículo 3.-La Reunión de Jefes do Estado es et Organo Supremo de la Organización. La Conferencia de Ministros de Relaciones ExteDecreto Ley Número 134. MINISTERIO DE RELACIONES riores es el Organo Principal. El Consejo Ejecutivo es el Organo Permanente MINISTERIO DE GOBERNACION EXTERIORES de la Organización. Tendrá SU sede en la ciudad derSan Salvador. Apruebanse los estatutos de "Distribuidora de Fábricas, Ratificase la Carta de la Organización de EstadosSociedad Anónima Guatemala", y reconócese su perso Centroamericanos, suscrita por los Ministros de ORGANO PRINCIPAL nalidad jurídica. Relaciones Exteriores de las Repúblicas de Costa Rica, Nicaragua, Honduras, El Salvador y GuaArtículo 4.-La Conferencia de Ministros de ReANUNCIOS VARIOS temala, en la ciudad de Panamá el 12 de dilaciones Exteriores tendrá lugar ordinariamente ciembre de 1962. una vez cada año y extraordinariamente cada VOA
Matrimonio.-Línea de transporte.-Constitución de socieque, por lo menos tres de ellos To estimen nece dad.-Prórroga de sociedad.-Disolución de sociedad.- ENRIQUE PERALTA AZURDIA, sario. Registro de marcas-Edictos.-Licitaciones.-Remates. Artículo 5.-En la Conferencia de Ministros de Jefe del Gobierno de la República de Guatemala, Relaciones Exteriores cada Estado Miembro terrdrá sólo un voto.Balance Trimestral de ingresos y egresos del Cuerpo VolunPOR CUANTO, Las decisiones sobre cuestiones de fondo deberantario de Bomberos de Guatemala, del primero de abril al treinta de junio del mil novecientos sesenta y tres. ser adoptadas por unanimidad. Cuando haya duch EI honorable Congreso de la República, en desobre si una decisión es de fondo O de procedt.creto número 1579, emitido el veintisiete de marzo miento, se resolverá por votación unánime. del año en curso, ha dado su aprobación a la Carta Artículo 6.-La Conferencia de Ministros de Rede la Organización de Estados Centroamericanos laciones Exteriores podrá crear los órganos substORGANISMO LEGISLATIVO que fue suscrita el doce de diciembre de mil novediarios que para el estudio de los diferentes pro.cientos sesenta y dos, en la ciudad de Panamá, blemas considere conveniente. República de Panamá, por los Ministros de RelaLa sede de los distintos órganos subsidiarios se ciones Exteriores de las Repúblicas de Costa Rica, designará de conformidad con una distribución geo-Nicaragua, Honduras, El Salvador y Guatemala, gráfica equitativa y de acuerdo con las necesidade
DECRETO NUMERO 1579 con la finalidad de crear la comunidad económicoque hayan determinado su creación. politica que aspira a la integración de Centro EL CONGRESO DE LA América, CONSEJO EJECUTIVO POR TANTO, Artículo 7.-E1 Consejo Ejecutivo estará integraREPUBLICA DE GUATEMALA En uso de las facultades que me confiere la do por los Ministros de Relaciones Exteriores 0 CARTA FUNDAMENTAL DE GOBIERNO, ratifico por sus representantes especialmente acreditados CONSIDERANDO: la Carta de la Organización de Estados Centropara ello. Tendrá la representación legal de ta americanos, suscrita por los Ministros de RelaOrganización. Que con fecha 12 de diciembre de 1962, fue susciones Exteriores de las Repúblicas de Costa Rica, Artículo 8.-E1 Consejo Ejecutivo estará presidido crita en la ciudad de Panamá, República de PaNicaragua, Honduras, El Salvador y Guatemala, por uno de sus miembros. La Presidencia será namá, por los Ministros de Relaciones Exteriores en la ciudad de Panamá, República de Panama, rotativa anualmente entre los Estados Micmbros de las Repúblicas de Costa Rica, Nicaragua, Honel doce de diciembre de mil novecientos sesenta de la Organizacón. El Consejo SC reunirá ordinaduras, El Salvador y Guatemala, la Nueva Carta y dos, y mando que se publique para que se tengariamente una vez por semana y extraordinaria de la Organización de Estados Centroamericanos como ley de la República. mente cuando sea convocado por su Presidente
(ODECA) con la finalidad de crear la comunidad Artículo 9.-Corresponde al Consejo Ejecutivo económico-política que aspira a la integración de En fe de lo cual firmo el presente Instrumento dirigir y coordinar la política de In Organizacion Centro América: de Ratificación autorizado con el Sello Mayor de para el cumplimiento de sus fines, la República y refrendado por el Ministro de RePara el funcionamiento adecuado de las officins laciones Exteriores, en la ciudad de Guatemala, encargadas de ejecutar tareas administrativas, etCONSIDERANDO: a los veinticuatro días del mes de junio de mil Consejo designará un Secretario y el personal ne. novecientos sesenta y tres. cesario. A este efecto dictará el Reglamento res.Que la Constitución de la República autoriza en pectivo para determinar sus obligaciones.su artículo 80. de las Disposiciones Transitorias, ENRIQUE PERALTA AZURDIA. El Consejo será el medio de comunicación entre para que Guatemala coadyuve en la creación de los órganos y los Estados Miembros. todas las organizaciones O entidades que creen El Ministro de Relaciones Exteriores, 0 estrechen vínculos culturales, económicos 0 de ALBERTO HERRARTE GONZALEZ CONSEJO LEGISLATIVO cualquier otra indole entre las naciones centroamericanas, en tanto que se logra la Unión de CARTA DE LA ORGANIZACION DE ESTADOS Artículo 10.-E1 Consejo Legislative está com Centro América, ya sea en forma total 0 parcial, CENTROAMERICANOS (ODECA) puesto por tres Representantes de cada uno de los Poderes Legislativos de los Estados Miembros.POR TANTO, Los Gobiernos de Costa Rica, Nicaragua, Este Consejo actuará como asesor y organo deHonduras, El Salvador y Guatemala, consulta en materia legislativa. Asimismo, estu-En uso de las facultades que le confiere el ardiará las posibilidades de unificar la legislacióntículo 149, inciso 20. de la Constitución de la ReCONSIDERANDO: de los Estados centroamericanos.
pública. Artículo 11.-E1 Consejo integrará ins ComisionesDECRETA: Que es necesario dotar a los cinco Estados de de trabajo que estime conveniente, de conformidad un instrumento más eficaz, estableciendo órganoscon su propio Reglamento. Artículo 10.-Se aprueba la Carta de la Organi-que aseguren su progreso económico y social, eliArtículo 12.-E1 Consejo Legislativo se reunirázación de Estados Centroamericanos, suscrita por minen las barreras que los dividen, mejoren en ordinariamente cada año a partir del 15 de sep:-los Ministros de Relaciones Exteriores de las Reforma constante las condiciones de vida de sus tiembre y extraordinariamente cada vez que elpúblicas de Costa Rica, Nicaragua, Honduras, El pueblos, garanticen la estabilidad y la expansiónConsejo Ejecutivo lo convoque a peticion de, porSalvador y Guatemala, en la ciudad de Panamá, de la industria y confirmen la solidaridad centro-lo menos, dos Gobiernos de los Estados Miembros.República de Panama, el 12 de diciembre de 1962. americana, Artículo 13.-Para la adopción de resolucionesArtículo 20.-Este decreto fue aprobado por el POR TANTO. y recomendaciones del Consejo, se requerirá el votovoto favorable de más de las dos terceras partes favorable de la mayoría de miembros que to todel número de diputados que forman el Congreso.Los expresados Gobiernos deciden sustituir la tegran.
Carta suscrita el 14 de octubre de 1951, en San Pase al Organismo Ejecutivo para lo que proSalvador, República de El Salvador, por la si-CORTE DE JUSTICIA CENTROAMERICANAceda. guiente CARTA DE LA ORGANIZACION DE Artículo 14.-La Corte de Justicla CentroamerDado en el Palacio del Organismo Legislativo: ESTADOS CENTROAMERICANOS cana está integrada por los Presidentes de losen Guatemala, a los veintisiete días del mes de Poderes Judiciales de cada uno de los Estadosmarzo de mil novecientos sesenta y tres. FINES Miembros. MANUEL ORELLANA PORTILLO, Artículo 1.-Costa Rica, Nicaragua, Honduras, Artículo 15.-Son atribuciones in la Corte dePresidente. El Salvador y Guatemala son una comunidad eco-Justicia Centroamericana: