Decreto 1581 de 2026
Detalles
- Título
- Decreto 1581 de 2026
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2026
DECRETO 1581 DE 2026
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Libertad y Orden
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
21 OCT 2026
Por el cual se suprime el Consulado Honorario de Colombia en Porto Novo, República de Benín
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales.
Que mediante el Decreto 073 del 17 de enero de 2018 se creó el Consulado Honorario de Colombia en Porto Novo, con circunscripción en todo el territorio nacional de la República de Benín, y se designó al señor ROGER ANTOINE TOHOUNDJO en ese cargo.
Que mediante el Decreto 1706 del 13 de diciembre de 2021 se renovó el término del periodo del Cónsul Honorario ROGER ANTOINE TOHOUNDJO por cuatro años, contados a partir del vencimiento del periodo inicial.
Que mediante el Decreto 2049 del 27 de noviembre de 2023 se declaró la cesación de funciones por remoción del señor ROGER ANTOINE TOHOUNDJO del cargo de Cónsul Honorario y se mantuvo vacante esa oficina.
Que el artículo 2.2.1.3.3.1, sobre los efectos de la cesación de funciones, dispone: “La cesación de funciones del Cónsul Honorario no implica necesariamente la extinción de la Oficina Consular Honoraria. En este sentido, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano estudiará la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, para lo cual solicitará la asistencia de la Misión Diplomática u Oficina Consular de Carrera que corresponda, para determinar si de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 2.2.1.3.2 de este decreto procede la continuación de la respectiva Oficina. Para lo anterior, deberá tenerse en cuenta la existencia de candidatos que se encuentren en disposición para asumir el cargo del Cónsul Honorario, y cumplan con los requerimientos de que trata este capítulo”.
Que tras la expedición del Decreto 1081 del 15 de octubre de 2025, que modificó la estructura del Ministerio, las funciones de la precitada dirección se redistribuyeron entre varias dependencias, y las relacionadas con los asuntos consulares quedaron a cargo de la Dirección de Servicios Consulares, Vinculación de la Diáspora y Retorno.
Que tras la expedición de la Resolución 11077 del 5 de agosto de 2026 se actualizó el nombre de dicha Dirección, que quedó como Dirección de Servicios Consulares.
Que, una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada, la Dirección de Servicios Consulares evidenció que esa oficina consular honoraria ha permanecido vacante por alrededor de tres años y que, a la fecha, no se ha recibido una candidatura con todos los requisitos previstos por la norma, razón por la cual recomienda suprimir el Consulado Honorario en Porto Novo, República de Benín.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Suprimir. Suprímase el Consulado Honorario de Colombia en Porto Novo, con circunscripción en todo el territorio nacional de la República de Benín.
Artículo 2. Comunicar. Comuníquese lo dispuesto en el presente decreto al Estado receptor por conducto de la Embajada correspondiente.
Artículo 3. Vigencia. El presente decreto rige a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.