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Decreto 1598-1966

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1598-1966
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Constitucional
Año
1966

El Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No 749Administración: Teléfono 24418 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXVI GUATEMALA, SABADO 25 DE JUNIO DE 1966 NUMERO 99

DECRETA: SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO Artículo 10.-Se declara electos Consejeros Propietarios por parte de este Organismo, a los

licenciados Carlos Teodoro Recinos Ezeta y Julio DECRETO NUMERO 1598 Girón Sierra. ORGANISMO LEGISLATIVO Artículo 20.-Se declara electos Consejeros SuEl Congreso de la República plentes por parte de este Organismo, al licenciado José Luis de la Roca Santa Cruz y ciudadano de Guatemala, Antonio Torrebiarte Shoanin. Decreto No. 1598.

CONSIDERANDO: Artículo 30.-E1 presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial.

Decreto No. 1599. Que la elección de magistrados propietarios y suplentes de la Corte de Apelaciones, de los TriPase al Ejecutivo para su publicación. bunales de lo Contencioso Administrativo, de Segunda Instancia de Cuentas y de Conflictos de Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: ORGANISMO EJECUTIVO Jurisdicción, corresponde exclusivamente al Conen Guatemala, a los veintidós días del mes de greso de la República, junio de mil novecientos sesenta y seis.

MINISTERIO DE ECONOMIA POR TANTO, MARIO FUENTES PIERUCCINI,

Presidente. En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 166, inciso 90., 242 y 253 de laCAMILO DEDET ROSA, Otórgase a la empresa industrial Ibargüen y Co.Constitución de la República, Segundo Secretario. Ltda. Fábrica de Tejidos "Cantel", la exoneración que se expresa. DECRETA: OSCAR RAMIREZ RODRIGUEZ Cuarto Secretario. Artículo 10.-Se declara electos Magistrados Hacese la exoneración que se indica a favor dePropietarios de la Corte de Apelaciones a los Palacio Nacional: Guatemala, veintitrés de jula "Fabrica de Jabones Valdés". licenciados Guillermo Alvarez de Cid y Julio Monio de mil novecientos sesenta y seis. rales Arriola, en sustitución de los licenciados Otórgase a la empresa "Aceros de Guatemala",Hugo Américo Lobos Hernández y Egil Ordóñez Publíquese.

la exoneración que se menciona. Muñoz, quienes presentaron su renuncia y les fue aceptada. PERALTA AZURDIA. Hácese la exoneración que se indica a favor deArtículo 20.-Se declara electos Magistrados El Ministro de Gobernación, la empresa "Fuller & Co. de Centroamérica, S.Suplentes de la Corte de Apelaciones a los liLUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.cenciados Adalberto Pereira Echeverría, JulianA." Herrera Berrios y Carlos Rosales Martinez, en sustitución de los licenciados Carlos GonzálezHácese la exoneración que se menciona a favor Lanforth, Guillermo Alvarez del Cid y Julio MoORGANISMO EJECUTIVO de la empresa Fábrica de Jabón "La Luz". rales Arriola; al primero por habérsele aceptado la renuncia presentada, y los restantes por haber sido electos Magistrados Propletarios. Otórgase a los señores José Arimany Ribe, GinesArtículo 30.-De conformidad con el Artículo MINISTERIO DE ECONOMIA Arimany Barrull y Juan Arimany Barrull, la 80. de las Disposiciones Transitorias y Finalesexoneración que se menciona. de la Constitución de la República, los magistra-Otórgase a la empresa industrial IBARGUEN Y dos declarados electos de conformidad con los CO. LTDA., Fábrica de Tejidos «Cantel», la exoConcédese a nombre de "SKB Research Corporaartículos anteriores, tomarán posesión de su carneración que se expresa.

tion", la patente de invención que se menciona.go, pero el período judicial se computará a partir del primero de agosto del año en curso, de ACUERDO No. 414 conformidad con el Artículo 243 de la ConstituPalacio Nacional: Guatemala, 8 de junio de Otórgase a la firma Richter Camhi y Co. Ltda.',ción de la República. 1966. Fábrica de Tejidos de Punto "El Zepelin", la Artículo 40.-El presente Decreto entrará en E1 Jefe del Estado, exoneración que se expresa. vigor inmediatamente. CONSIDERANDO: Pase al Ejecutivo para su publicación. Que por acuerdo gubernativo número 227 de MINISTERIO DE HACIENDA Dado en el Palacio del Organismo Legislativo:fecha 29 de abril de 1964, la empresa industrial Y CREDITO PUBLICO en Guatemala, a los veintidós días del mes de IBARGUEN Y CO. LTDA., Fábrica de Tejidos junio de mil novecientos sesenta y seis. «Cantel», fue calificada como Industria al amparo de las disposiciones del Decreto-Ley número 170 Autorizase a la Comisión Liquidadora del ex Dey sus reformas contenidas en el Decreto-Ley nú- partamento de Fincas Nacionales, para que sin MARIO FUENTES PIERUCCINI, mero 197; y que la Comisión Técnica Mixta de los requisitos de licitación, pueda contratar los Presidente. Fomento Industrial en dictamen número 239servicios del señor Raúl de León Castañeda, CAMILO DEDET ROSA, (376) de fecha 22 de abril de 1966, emitió opinión

con el fin de restituir al Estado los excedentes Segundo Secretario. favorable a la solicitud de la empresa de fecha que pagó dicho ex Departamento a la empresa 4 de marzo de 1965, relativa a que se le otorde los Ferrocarriles Internacionales de Centro OSCAR RAMIREZ RODRIGUEZ, gue los beneficios derivados de su calificación, América, por la aplicación indebida que esa Cuarto Secretario. POR TANTO,empresa hizo de las tarifas para el transporte de café al beneficio "La Moderna". Palacio Nacional: Guatemala, veintitrés de juEn cumplimiento de lo dispuesto en el artículo nio de mil novecientos sesenta y seis. 20. del Decreto-Ley número 170 reformado por Publiquese, el Decreto-Ley número 197 y Decreto-Ley 315, ACUERDA: ANUNCIOS VARIOS PERALTA AZURDIA. Artículo 10.-Otorgar a la empresa industrial El Ministro de Gobernación. IBARGUEN Y CO. LTDA., Fábrica de tejidos Autorizaciones farmacéuticas. Lineas de transLUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. <Cantel>, exoneración del pago de derechos e porte. Matrimonios. Constitución de SO impuestos de importación, excepto las tasas y ciedades. Modificación de sociedades. Dicargos en compensación de servicios prestados, solución de sociedades. Registro de marcas. sobre lo siguiente: Patente de invención. Títulos supletorios. DECRETO NUMERO 1599 Materia prima, repuestos y accesorios para uso Edictos. - Licitación. Remates. industrial, con un peso de tres mil setenta y un

El Congreso de la República kilos y setecientos gramos brutos (3,071.700 K. B.), valor CIF de once mil ochenta y cuatro de Guatemala, quetzales y setenta y cuatro centavos (Q11,084.74) e impuestos a exonerar de seteFE DE ERRATA cientos cincuenta y seis quetzales y veintiséisCONSIDERANDO: centavos (Q756.26), según detaile contenido en En la publicación del Convenio sobre TelecoQue las designaciones de dos Consejeros Prodictamen número 239-(376) de fecha 22 de abril de 1966. municaciones entre Guatemala y los Estados Unipietarios y de dos Consejeros Suplentes, corresdos Mexicanos, suscrito en esta ciudad, el 12 de ponde hacerlas al Congreso de la República a Artículo 20.-Se determina que la materia prijunio de 1963, aparecida en el Diario Oficial nú.más tardar el quince de julio del año en que ma, repuestos y accesorios, objeto de la presente mero 91, Tomo CLXVII de 17 de junio de 1963, decomience el período presidencial, exoneración, podrán usarse exclusivamente en be agregarse antes del artículo 60., el siguiente las actividades industriales para que fue califi-POR TANTO, subtitulo DEL SERVICIO TELEGRAFICO. cada la empresa, la cual queda obligada a hacer En uso de las atribuciones que le confieren una declaración ante el Ministerio de Econolos Artículos 166, inciso 90., 207 y 208 de la mía, sobre los artículos que amparan las resConstitución de la Republica, pectivas pólizas de aduana, a fin de llevar el

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