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Decreto 16-1978

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 16-1978
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1978

Diario de Centro América

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCIX GUATEMALA, MARTES 19 DE SEPTIEMBRE DE 1978 NUMERO 64

SUMARIO CONSIDERANDO: POR TANTO.

Que el citado Convenio en su articulado no contro-En uso de las facultades que me confiere la ConsORGANISMO LEGISLATIVO viene principios constitucionales ni legales vigentestitución de la República, ratifico el Convenio de In-on el país, y que sobre su aprobación se obtuve eltercambio Cultural entre el Gobierno de la Repú-dictamen favorable del Consejo de Estado, blica de Guatemala y el Gobierno de la RepúblicaDECRETO NUMERO 16.78 del Perú, suscrito en esta ciudad el 23 de junio dePOR TANTO, 1977. y mando que se publique para que se tengacomo ley de la República. ORGANISMO EJECUTIVO En uso de las facultades que le confiere el inciso 14 del artículo 170 de la Constitución de la Repúbli-En fe de lo cual firmo el presente Instrumento deca,

MINISTERIO DE RELACIONES Ratificación, autorizado con el Sello Mayor de laDECRETA: República y refrendado por el Ministro de RelacioEXTERIORES nes Exteriores, en la Ciudad de Guatemala, a los cuatro dias del mes de julio de mil novecientos se-Artículo Ip.-Se aprueba el Convenio de Intercam-tenta y ocho.Ratificase el Convenio de Intercambio Cultural en-bio Cultural, suscrito en esta ciudad el 23 de juniotre el Gobierno de la República de Guatemala yde 1977, entre el Gobierno de la República de GuaROMEO LUCAS GARCIA.la República del Perú, suscrito en esta ciudad temala y el Gobierno del Perú. el 23 de junio de 1977; y texto del mencionadoConvenio El Ministro de Relaciones ExterioresArtículo 20.-El presente Decreto entrará en vi-RAFAEL EDUARDO CASTILLO VALDEZ. gor a los ocho días de su publicación en el DiarioOficial. MINISTERIO DE ECONOMIA CONVENIO DE INTERCAMBIO CULTURAL Pase al Organismo Ejecutivo para lo que pro-ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ceda. DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO DE LAOtórgase a la empresa "Productos Alimenticios Centroamericanos" de nombre comercial (PAREPUBLICA DEL PERU CA), extensión de beneficios en un 90 y 100%. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en sobre la importación de materias primas. ma-la Ciudad de Guatemala, a los diecinueve días delEl Gobierno de la República de Guatemala y elquinaria y equipo que utilice en su proceso mes de mayo de mil novecientos setenta y ocho.Gobierno de la República del Perú, deseosos deproductivo, hasta el 31 de diciembre de 1983. fortalecer los tradicionales lazos de amistad entre

RAFAEL EDUARDO CASTILLO VALDEZ, sus pueblos por la mutua colaboración en los camPresidente,Otorgase la prórroga que se menciona a la empos de la educación, la ciencia y la cultura, y de-clarando respetar el principio de la soberanía depresa "Industria de Transformación de Alambre" cada una de las Partes y la no intervención en susINDETA. MARINA MARROQUIN MILLA, asuntos internos, han decidido celebrar el presenteSecretaria. Convenio, designando para ese fin sus plenipoten-ciarios: MINISTERIO DE GOBERNACION HUGO ROBERTO LETONA ALVARADO. Por el Gobierno de la República de Guatemala:Secretario. El Doctor Adolfo Molina Orantes, Ministro de Rela-Reglamento para Recaudación, Control y Distribuciones Exteriores;ción del Arbitrio Municipal sobre Extracción de Algodón y Semilla de Algodón de los distritos Palacio Nacional: Guatemala, cuatro de julio demil novecientos setenta y ocho. Por el Gobierno de la República del Perú: Elmunicipales. Doctor José de la Puente Rabdil, Ministro de Relaciones Exteriores, quienes convienen en lo si-ANUNCIOS VARIOS Ratifiquese, publiquese y cumplase. guiente:

ARTICULO I

FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA.

Autorizaciones farmacéuticas. Matrimonios. - Las Partes Contratantes expresan su intención de Constitucienes de sociedad. Disolución de sopromover toda actividad que pueda contribuir al cociedad. Patentes de invención. Registros El Ministro de Relaciones Exteriores, nocimiento reciproco y al desarrollo de la educade marca. Edictos. Licitaciones. ReRAFAEL EDUARDO CASTILLO VALDEZ. ción, la ciencia y la cultura de sus respectivos pai-mates. ses. ARTICULO II Medio Circulante Comparativo al 30 de junio deORGANISMO EJECUTIVO Las Partes Contratantes se comprometen a es-1977 y 1978. timular la colaboración entre las instituciones oficiales educativas, culturales y científicas de am-bos paises. Prolagua Cia. Limitada, Balance General al 30 de junio de 1978. MINISTERIO DE RELACIONES ARTICULO III EXTERIORES Las Partes Contratantes otorgarán facilidades pa-ra que en sus territorios se realicen actividades y eventos artísticos, científicos y educativos y todaRatificase el Convenio de Intercambio Cultural en-ORGANISMO LEGISLATIVO manifestación que contribuya al mejor conocimientotre el Gobierno de la República de Guatemala yde la cultura de la otra Parte. la República del Perú, suscrito en esta ciudad el 23 de junio de 1977; y texto del mencionado ARTICULO IV Convenio. Decreto Número 16-78 Las Partes Contratantes procurarán fomentar el FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA, intercambio de personas representativas de la eduEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE cación, la ciencia y la cultura de los dos paises. GUATEMALA, ARTICULO V CONSIDERANDO: POR CUANTO, Las Partes Contratantes favorecerán el intercamQue con fecha 23 de junio de 1977. el Gobierno de bio de profesores de educación superior, científicos Guatemala, suscribló en esta ciudad un Convenio deEl Honorable Congreso de la República. en Decreargueólogos. asi como de estudiantes mediante el Intercambio Cultural con el Gobierno del Perú. to número 16-78, emitido el 19 de mayo de 1978. haotorgamiento de becas para estudios superiores.tendiente a lograr un mayor acercamiento entredado su aprobación al Convenio de Intercambio Cul-ambos pueblos, y permitir un mejor conocimiento ARTICULO VItural entre el Gobierno de la República de Gua-de sus respectivos valores culturales, artísticos ytemala y el Gobierno de la República del Perú, sus-cientificos; Las Partes Contratantes procurarán incluir en suscrito en esta ciudad el 23 de junio de 1977,respectivos programas educacionales la enseñanza

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