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Decreto 16-1987

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 16-1987
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1987

2110 DIARIO DE CENTRO AMERICAMarzo 27 de 1987 NUMERO 90

Artículo 3.-El presente Decreto fue declarado de urArtículo 3.-De conformidad con el "Convenio sobre Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Ecogencia nacional y aprobado en una sola lectura con el Cooperación Financiera". la suma de 20.000.000.00 de nómica Europea por una parte, y, por la otra, los paísesvoto favorable de más de las dos terceras partes del marcos alemanes, serán destinados a la construcción del parte del Tratado General de Integración Económicanúmero total de Diputados que integran el Congreso y Proyecto Carretero de El Petén, conforme a los estudiosCentroamericana (Costa Rica, El Salvador, Guatemala,entrará en vigencia el mismo día de su publicación en y acuerdos mutuos que realicen los gobiernos de las dosHonduras y Nicaragua). y Panamá, suscrito en Luxem-el Diario Oficial. Repúblicas. Cualquier cambio que se hiciere de este burgo el 12 de noviembre de 1985." destino, será aprobado por el Congreso de la República. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumplimiento. Artículo 4.-Las amortizaciones de capital, el' pago de"El 5 de noviembre de 1986, el Gobierno de la Re-intereses y demás gastos derivados del "Convenio de Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la Cooperación Financiera", estarán a cargo del Organismopública de Indonesia depositó ante el Organismo In. ciudad de Guatemala, a los diecinueve días del mes de Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Finanzas Pú- ternacional de Energía Atómica, el instrumento de ramarzo de mil novecientos ochenta y siete. blicas, para lo cual deberán incorporarse las asignacionestificación de la Convención sobre la protección fisics presupuestarias correspondientes en el Presupuesto Gede los materiales nucleares abierta a la firma en Viens ROBERTO ADOLFO VALLE VALDIZAN, neral de Ingresos y Egresos del Estado de cada Ejercicioy en Nueva York a partir del 3 de marzo de 1980. Primer Vicepresidente Fiscal, hasta la total cancelación de la deuda. Dicho instrumento de ratificación contiene la siguienen funciones de Presidente. to reserva: Artículo 5.-El presente Decreto fue declarado de "El Gobierno de la República de Indonesia no 3 JOSE FRANCISCO LOPEZ VIDAURRE, urgencia nacional con el voto favorable de más de las considera obligado por las disposiciones contenidas or Secretario. dos terceras partes del número total de Diputados que el párrafo 2 del Artículo 17 de la Convención, y $1 integran el Congreso, y entrará en vigencia el día de postura es que toda controversia acerca de. la interpreRAMIRO LEAL ESPINOZA, su publicación en el Diario Oficial. tación o aplicación de la Convención solo podrá someSecretario. terse a arbitraje o a la Corte Internacional de Justich Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y previo acuerdo de todas las partes en la controversis.

Palacio Nacional: Guatemala, veinticinco de marzo de cumplimiento. mil novecientos ochenta y siete. "El 18 de diclembre de 1986, el Gobierno de Nigeris Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la depositó ante el Reino de los Países Bajos, el instruCiudad de Guatemala, a los veinticinco días del mes dePublíquese y cúmplase. mento de adhesión a la Convención para el arreglo paCEREZO AREVALO. marzo de mil novecientos ochenta y siete. cífico de los conflictos internacionales, suscrita en La Haya el 18 de octubre de 1907."

El Ministro de Gobernación, JOSE RICARDO GOMEZ GALVEZ,

Presidente.JUAN JOSE RODIL PERALTA.

JOSE FRANCISCO LOPEZ VIDAURRE,

Secretario. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y

ALIMENTACIONJUAN LISANDRO MORALES GAVARRETE,

Secretario,

DECRETO NUMERO 16-87

Palacio Nacional: Guatemala, veintiséis de marzo de mil novecientos ochenta y siete. Créase e intégrase on la forma que se indica el CemiteX Congreso de la República de Guatemala, Publíquese y cúmplase. Nacional para el Control y Convivencia con la Abeja

Africanizada.

CONSIDERANDO:

CEREZO AREVALO. ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 182-87

Que es obligación del Estado facilitar el financiamienEl Ministro de Finanzas Públicas. to de los diferentes programas y proyectos que se RODOLFO ERNESTO PAIZ ANDRADE. Palacio Nacional: Guatemala, 18 de marzo de 1987. consideren prioritarios para el desarrollo económico y Presidente de la República, social del país, ya sea con recursos propios 0 con la

colaboración de países amagos y organizaciones interCONSIDERANDO: nacionales. Para tales propósitos los Gobiernos de la República de Guatemala y de la República Federal de ORGANISMO EJECUTIVO Que el día 29 de mayo de 1986, el personal técnico de Alemania, han acordado la suscripción de un nuevo la Dirección General de Servicios Pecuarios, detecto "Convenio sobre Cooperación Financiera", por medio la presencia en el país de enjambres de abeja africanizadel cual se otorgará a nuestro país la posibilidad de da en Tiucal, municipio de Asunción Mita, departamento obtener del Kreditanstalt Fur Wiederaufbau, Frankfurt de Jutiapa; Main, préstamos específicos hasta por un monto de MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIOREScuarenta millones de marcos alemanes; CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que es deber del Estado garantizar. prevenir y conRatificaciones, Adhesienes y Reservas Producidas portrolar la aparición de plagas y enfermedades exóticas a Que la cooperación ofrecida contempla condiciones otros Estades, sobre Convenciones y Tratados Interna-el territorio nacional y que la presencia de la abeja financieras favorable en cuanto a plazo y tasa de in-cionales. africanizada en Guatemala, demanda su inmediato conterés, y el financiamiento estará destinado a la compra, trol; por consiguiente es imperativo que el Gobierno de en la República Federal de Alemania, de Bienes "El 22 de agosto de 1986, el Gobierno de Austriala República, a través del Ministerio de Agricultura Servicios Alemanes hasta por la suma de 20.000.000.00 depositó ante el Secretario General de las Naciones Ganaderia y Alimentación, dicte todas las medidas para

de marcos alemanes; y para cubrir parcialmente el COS-Unidas, el instrumento de ratificación de la Convenciónsu control efectivo, to de proyectos, por un monto de 20.000.000.00 de mar-Internacional contra la Toma de Rehenes, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 17 de POR TANTO, cos alemanes, en principio a la ejecución de la carretera "Modesto Méndez-Poptún-Flores"; diciembre de 1979." En el ejercicio de las facultades que le confiere el ar- "El 9 de septiembre de 1986, el Gobierno de Dominicatículo 183, inciso e) de la Constitución Política de isCONSIDERANDO: depositó ante el Secretario General de las Naciones República de Guatemala, Que la Secretaría General del Consejo Nacional deUnidas, el instrumento de adhesion a la Convención Planificación Económica y la Junta Monetaria, consul-Internacional contra la Toma de Rehenes, adoptada por ACUERDA: tados en su oportunidad de conformidad con la ley, hanla Asamblea General de las Naciones Unidas el 17 de Artículo 1°-Se crea el Comité Nacional para el Conemitido opinión favorable sobre el "Proyecto de Con-diciembre de 1979. trol y Convivencia con la Abeja Africanizada. Dicho Comité estará integrado con los Viceministros de los venio de Cooperación Financiera", mencionado en losEl instrumento de adhesión contiene la siguiente de-claracion: Ministerios de Agricultura, Ganadería y Alimentacion considerandos anteriores, por lo que es procedente deDefensa Nacional, Gobernación, Salud Pública y Asis-cretar su aprobación; El Gobierno de la Comunidad de Dominica declara tencia Social, Educación, Desarrollo Urbano y Ruralque su adhesión a la Convención se efectúa en el enTrabajo y Previsión Social

POR TANTO, tendido de que la misma prohibe la toma de rehenes en cualquier circunstancia, aun aquellas a que se re-Artículo 29-E1 Comité Nacional para el Control En el ejercicio de las atribuciones que le confierenfiere el Artículo 12." Convivencia con la Abeja Africanizada, será presidide los incisos a) e i) del artículo 171 y 176 de la Conspor el Viceministro de Ganadería y Alimentación. La titución Política de la República de Guatemala, Secretaria estará a cargo del Director General de Servi- "El 22 de julio de 1986, el Gobierno de Malasia de-cios Pecuarios. Los demás Viceministros mencionados DECRETA: positó ante el Secretario General de las Naciones actuarán como directores. Unidas el instrumento de adhesión a la Convención Artículo 1.--Se aprueba el "Convenio sobre Coope-sobre Substancias Sicotrópicas, suscrita en Viena el 21 Artículo 39-E1 Comité Nacional para el Control ración Financiera", a suscribirse entre el Gobierno dede febrero de 1971." Convivencia con la Abeja Africanizada, contará con un la República de Guatemala y el Gobierno de la ReComité Técnico Ejecutor, que será el responsable de h pública Federal de Alemania, para la compra, en la ejecución de las operaciones de campo, el cual se inteRepública Federal de Alemania, de bienes y servicios"El 2 de septiembre de 1986, el Gobierno de Somalia grará con personal técnico y administrativo de la Dialemanes hasta por la suma de 20.000.000.00 de marcosdeposito ante el Secretario General de las Naciones rección General de Servicios Pecuarios y de los otros

alemanes y para el financiamiento parcial de proyec-Unidas el instrumento de adhesión a la Convención Ministerios y Entidades relacionadas. tos hasta por un monto de 20.000.000.00 de marcos ale-sobre Substancias Sicotrópicas, suscrita en Viena el 21Artículo 49-Para la ejecución de las operaciones demanes. de febrero de 1971." control y convivencia con la Abeja Africanizada, la Autoridades Civiles y Militares deberán apoyar en las Artículo 2.-Se faculta al Organismo Ejecutivo para acciones que planifique el Comité. que concluya las negociaciones respectivas y suscriba el"El 16 de julio de 1986, el Gobierno de la República"Convenio sobre Cooperación Financiera", mencionadode Honduras aprobó el Acuerdo de Cooperación entre Artículo 59-EI presente acuerdo empezará a regir us en el artículo anterior, así como los Contratos de Pres-los Países de Centroamérica, Panamá y la Comunidad día después de su publicación en el Diario Oficial tamo derivados del mismo, bajo los siguientes términos y condiciones: Monto: hasta un total de cuarenta millo-Económica Europea suscrito en Luxemburgo el 12 denoviembre de 1985." Comuniquese. nes de marcos alemanes (DM 40.000.000.00), a una tasa MARCO VINICIO CEREZO AREVALO de interés de cero punto setenta y cinco por ciento"El 13 de enero de 1987 el Gobierno de Panama no- (0.75%) anual, con un plazo de cincuenta (50) años que Ministro de Agricultura, Ganadería y incluyen diez (10) años de gracia. tificó al Gobierno de Guatemals que ha sido aprobado Alimentación, y publicado en la Gaceta Oficial de dicho país elRODOLFO ESTRADA HURTARTE

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