Decreto 16-2003-2
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 16-2003-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2003
'2 '.;":' , DIARIO DE CENTRO AMERICA-5 de mayo de ~
NUMERO 60
TlRCMOI Pedlr a lea Instltudonas publica. qua tlanen a su calVo el tema amblental. que apoyen e la I»nclendaclon de los pobladores sobre 10 Imporl8ndo de la preserve, Ion del omblente V los recursos naturales V el . .. d...atcoliolOStenlble, a51 como el freno de todos aquelles adlvldades; '. ,.que sean perjudldale.p",ac~ recursos notur8les, toles como: mal ...' ,- .( "'m"neJo de basuras, contoml~on de fuentes de "gua, deforestadon de t" ,-,'. booqye., contamlnoclon porll1islones de gas.o noclvo., utlllzocl.;n de., . , espadlll terrItorial. altomentevulnerables pore ia vld~ humona V todas . " ., ." ; . . ,. ,.. :,t~aqu.II~It1IVldaque Impllquen presion, agotamiento V deterioro en !os ~I~S urbano. V naturales.' . ;';.,,~.. . CUAR~I ~\:,EI _ente pun~ R~IUtlV\, deber. hacerse del'_~O~~Clm!entodel ;", ,;. ,."~rga~~~U~VPUbllc.rseeneldlarioof1d.l. ." '" IM~ '.,. !(.'PALACIO DEL"'ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA ,QUOAD O~GUA,,"~LA. EL OIA VEI"-TIDOS DI ABRIL 011. ANO DOS MILDIS. .
;,'. ,/),:" ARTltULO 3. Los profeslonales de 10 mediclna debldamente colegledos que preston serviclos en 105 Instltuclones publicas 0 pr1vadas de asistel)Cia social V hospltalaria. 01 emltlr recetas de medlcamentos, adem.s del "Ombre de merca 0 comerclaldeben de Indicar su nombre gener1co 0 altematlvo "oor1gen natura1, ~gunel coso, f ,;' ;,~,?"";' ; , ARTICULO 4. EI Estado V sus entldades doscentralizada.'o autO""",a. de servldo soclar hospl\Olar1o, deber.n Jdqulr1r, administrar V recotar;;i::prererentemonte: med'camentos generlcos V alternatlvos de orlgen na(\Jral. ;I . ARTICULO S. EI Mlnlsterlo de Sarud PUblica V ,l\sistentleSoclal V la, Superlntendentia do Admlnlstracl6n:Tr1butar1a, on 01 'campo df surespectlva competencla, deben coordlnar V velo" por, el estr1cto tumplimlento del presente Decreta. .. -,,:,l::i; \~ ARTICULO 6. ..~I presenle Decreta entrer6 envlgenclo el diop~,u'p\lblicad6n on~l... tllarlooficlal.' ";";':".1:!",',~
REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA' SU SAN CION.
PROMULGACION Y PUBLICACION.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO. EN LA CIUDAD OE GUATEMALA, EL OIA OCHO DEL MES OE ABRIL DEL ANO DOS MIL
TRES. ' ~; ;~.I' ~ ~j:~ ~,~ ~~~";'~~'~~;i" ,---~--' - - .". it',. ~~ ': .p,," (,1-1358 CO,"GRESO DE"LA REPUBLICA DE GUATEMALA SANCION AL DECRETO DEL CQNCRESO NUMERO 16-2.003 --";i"':;'". .,.; c ..!" -,.:..,".,:1+.", PALACIO NACIONAL: Guatemala.. veintiocho de ~bril de! alio dos",ll"es; :: DECRETO NU~ERO 16-2003., .,..: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA , ' , CONSIDERANDO: Que Ia ConstItutIon Politica de la Republlco preceptua en su articulo 95 que la so Iud de IOS. hob"ant.. de 10 Naclon es un bIen publico, y todos las personas e Instltuclones publlcao est"n obllgada. a velar por su conservoclon y restobleclmlento. " "
CONSIDERANDO: , . ,Que .,endo obllgoclon constitutional del Estodo vela, por la salud y io asistencia social de tados los hobltanteS. deberi desorrolior 0 troves de sus Instituclones, acclones de 'prevenclon, p",moclon, recupera",on, rehabilitation, coordination y ias
complemen'"r,os pertlnentes", tIn de procurorles el mis completo blenestarfislco, mento' y so"al. ~iIQijE~SE f' ~ >< P~CA8Rt:RA Que las per,onas I'n la actualld~d presentan una serle de necesidades alas qye el Estado debo prestar atonclon par" garantlzar la vida y el bienestar social, especihcamenta respecto a los med'camentos que estan comprendldos dentro de aquellos de caracter amergente V quI' requlereh .una Intervencl6n dlrecta de porte de las autorlda"e. del Goblerno pa'a evit"r u~ aiza slgnlflcatlva en los preclos..
CONSIDERANDO: Que los me"'camentos genorlcos y 10' alternatlvos de orlgen natural constltuven una as,stonciaecon6m,ca lignlflcatlva a "'5 guatemaltecos, pueslo q"e por lae~ergente necoSidad son mas acceS'bles p..ra su adqUls;c,U"de acuerdo a su capacjdad .de pogo, sltuacl."n que 'ncont,vapar. que sean exentoS dellmpuestoal Valor Agregado -IVA.-.
PORTANTO: En e)erclclu de las atribuc;ones que II' co\jfleren los articulps 17.1 literal a) y 239 de la ConstltUCIon ~itica de-Ja RepublIca de Guatemala. '
". '
DECRETA:
ARTICULO L' So adlclona el numl'raI15) ar articulo 7 de I~ Ley del Impuesto al Valor Agregado,1>ecreto Numero 27-92 del Congreso de la Republica y suo reformas, con el texto slgulen'e: '. .'. ,"IS) La compray ventade medlcamentosdenom)nados gonorlCOS V alternatlvo, de orlgen natUral, Inscrltos como tales en el Regls'ro Samtarlo del M'msterlo de Salud Publica V Aslsten~la , Social, de conformidad con el C6dlgo de Salud V su Reglamento. i\-, Tamb,.;n quedan exentas d.1 I",puesto a que se reflere esto Lev, 'a compra V venta de medlcamentosantlrre,rovlrales Que r. ,..) adqull'ra/l personas quo padezcan 10 enfermedad .VIH/SIDA, ~ ,;.: cuyo 'ratam,ento este a cargo de entldade. publlcas V privadas " . . ~i [.' dobld.monte autorlzad.s V reglstradas en el po's.. que se dedlQuen al combate de dlcha enfermedad." ARTICULO Z. Se exonera del pogo de Impuestos y arahceles de Importacl6n, el Ingreso 01 pais de modlcamentos goherlcos y alternatlvos de orlgen natura', que cUOh!8hcon Reglstro Samtarlo vlgente; asl como las sales utllizadas en la fabrlcacl6h ,.de ostos medlcamentos, Tamblenqoedan exehtos a dlChos impuestos V aranceles los
madlcamentos antlrretrovlreles que adquleran por donacl6n 0 Importacl6n las ent_es publlcas 0 prlva~a. debldamente autorizadas y reglstradas en elpais, que ae dodiquen al combate de la ehferml'dad del VIH/SIDA. ~ E-399-2~3)-5 "ayc.