Decreto 16-2011
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 16-2011
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Desastres_Naturales
- Año
- 2011
2 Guatemala, MARtES 18 de octubre 2011 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMER03
REMirASE AL ORGANISMO ·EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN,
PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
EMm00 EN EL PALACIO DEL ORGANISMO lEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINnDós DE SEP11!MBRE DE DOS MIL ONCE. '.
PALACIO NACIONAL: k! •••• .S.Jazar · arlo Genere! cta de ta R6publlce 0 del Oeapacho
(E-897-2011}-18-octubre
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 16-2011
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que es obligación del Estado y sus autoridades mantener a los habitantes de la Nación en el pleno goce de los derechos que la Constitución Politice de la República de Guatemala garantiza; en c:asos de estado de alarma puede cesar la plena vigencia de algunos • derechos, previa declaratoria del Presidente de la Rep(¡blica en Consejo de Ministros-, • calificando la sítuac:i6n particular según "" naturaleza y gravedad de conformidad con· la ley de Orden Pllblico.
CONSIDERANDO: Que con fecha trece de septiembre de do$ míl once, el Presidente de la República en Consejo de Ministros, y por las razones expuestas en los respectivos considerandos, emitió el Decreto Gubernativo Númem .8-2011, mediante 41 cual se prorroga por treinta dfas mía el ntado de alarma en todo el departamento de Peten.
CON$1DeRANDO:
emitió el Decreto Gubernativo Númem .8-2011, mediante 41 cual se prorroga por treinta dfas mía el ntado de alarma en todo el departamento de Peten. CON$1DeRANDO: Que al honorable Congreso de fa Rep(lblica .le corresponde ratificar el Oecleto Gubernativo Número 8-2011 emitido por el Presldentt de fa República en Consejo de Ministros, emitiendo el instrumento legal que en de.recho corresponde.
POR TANTO: En ejerciciO de faa atribuclonn que le confieren los ertfculos 138, 139 y 1711itnl a) de la Constitución Polftiea de la ~eptlbflca de Guatemala, DECRETA: Articulo 1. Ratificar él Oecteto GubernatiVo Nllmero 8-2011 ele fecha trece de septiembre de doS ·mu once, emitido por el Presidente de la. Rep(¡blica en Consejo de Ministros, por: el cual se prorroga por treinta dlas mn el plazo ele vigencia del Estado de Alarma en todo el departamento de Petén.
Articulo 2. ·El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de más de las dos terceras partes del número .total de diputados que integran el Congreso de la República, aprobado en un solo· debate y entrará en vigencia el dla 1 siguiente de su publicación en el Diario Oficial.. ·
REMITASE AL1 ORGANISMO EJECUTIVO. PARA SU SANCIÓN,
PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. . ,
EllmDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD
DE GUATEMALA, EL VEINnOÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE.
PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. . ,
EllmDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD
DE GUATEMALA, EL VEINnOÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE.
PALACIO NACIONAL: Guatemala, siete de. octubre del alfo dOs mH once.
PUBÚQUESE Y CUMPLASE
COLOM CABALLEROS
(E-898-2011)-18-=tubre ORGANISMO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuérdese Declarar el Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional.
DECRETO .GUBERNATIVO NÚMERO 10-2011
EL PRESIDENTE DE.LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que si bien es obligactón del EStado y sus autoridades mantener a tos habitantes. de la NSción en el pleno goce de lo& derechos que la Constitución Potltica de la Repúbfica garantiza, en casos de calamidad pública puede cesar la plena vigencia de algunos derechos previa declaratoria del Presidente de la República en Consejo de. Ministros, calificando la situación particular según su naturaleza y gravedad de conformidad con la Ley de Orden Público. i ti Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. Congreso de la República