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Decreto 16-2023-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 16-2023-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
2023

4 Guatemala, MIERCOLES 13 de diciembre de 2023 DlARIO de CEN TR O AMERICA NUMEAO 73 ~ ~

CONGRESO DE LA

REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 16-2023

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CON$IDERANDO : Que el articulo 149 de la Co nstituci6n Politica de Is R epub lica establece que Guatemala normanli sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principlos, reglas y prtlcticas intemacionales con el prop6sito de contribulr al mantenimiento de la paz y 18 libertad, 81 respeto y defensa de los derechos human os, 81 fortalecimiento de los procesos democraticos e instituciones intemacionales que garanticen el beneficia mutua y equitaUvo de los Estados.

CONSIOERANDO : Que el articulo 151 de 18 Constituci6n Politica de Is Republica establece que Guatemala deberQ mantener relaciones de am istad, solidaridad y coope raci6n con aque llos E stados cuyo desarrollo econ6mico , social y cultural sea analogo al suyo, con el prop6sito de encontra r soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntam ente, poIiticas tendientes at progreso de las naciones respectivas.

CONSIDERANOO : Que el Gobiemo de la Republica de G uatemala y el Gobiemo de Ie Republica de China (Taiwan ), deseando fortaJecer las relaciones amistosas existentes entre los dos paises a traves de la promoci6 n d e la cooperaci6n , teniendo en cuenta eI comun interes en el fomen to del desarrollo econ6mico y social; asl como los beneficios que representa la promoci6n del progreso econ6mico y social a Iraves

dos paises a traves de la promoci6 n d e la cooperaci6n , teniendo en cuenta eI comun interes en el fomen to del desarrollo econ6mico y social; asl como los beneficios que representa la promoci6n del progreso econ6mico y social a Iraves del eslablecimienlo de m ecanismos de cooperaci6n.

PORTANTO : En ejercicio de las atribuciones que Ie confieren las literales a) y I) del articulo 171 de la Constituci6n Po lltica de la Republica de Guatemala , DECRETA : Articulo 1. Sa aprueba el :'ACUERDO BASICO DE COOPERACION ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHINA (TAIWAN) ." Articulo 2. Vlg_ncla. EI presente Decreto entrara en vigor el dla de su publicaci6n en el Diario Of lela I.

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCI6N ,

PROMULGACION Y PUBLICACION .

EMITIDO EN EL PALA C IO DEL O~~ EGISLATI V O , EN

LA CIUDAD DE GUATEMALA , EL I ~~~OVIEMBRE DE

DOS MIL VEINT ITR£ S. _

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"l'C'MA\"~''''

---)--'iHi~.¥A~~NA,. ERA ZALDANA EsIOENTA PALACIO NACIONAL : Gua temala , dace de diciembre del af"io dos mil veintitres,

PUBLiaUESE Y CUMPLASE

Roberto Alfredo Palma U~ Vicemiru.tro de Reillcione. Exteriore. En carg .do del De .pacho

veintitres,

PUBLiaUESE Y CUMPLASE

Roberto Alfredo Palma U~ Vicemiru.tro de Reillcione. Exteriore. En carg .do del De .pacho .!id4 ?I(uia e,.r,pJ<, SEeR

OE LJ. PRESI ~

(E., I 17,2023H3-<:1ic;"mb<.

CONGRESO DE LA

REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 17-2023

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CQNSID ERANDO : Que da conformldad con el artIculo 1 19 de la Conslitucl6n Politiea de la Republica de Gualemala , literates a) y n ), son obligeclones fundemenlales del Estado: Promover al dasarrollo econ6mico da la Naci6n, estlmulando la iniclativa en actividades agrlcolas, pecuarias, industriales, turlsticas y de otra Il8ture]aza: y crear las condiclonas adecuadas para promover Ie inversi6n de cepitates nacionales y ex1ranjeros, CONSIDERANDO : Que al articulo 149 da la Constituci6n Polltlea de Ia Repub lica eslablece que Guatemala normara sus relacionas con otros Estados, de conformidad con los princlpiOs, reglas y practicas intamacionales con eI pro¢sito de contribulr al mantenlm iento de la paz y ]a libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, aI fortalecimienlo de los procesos democrBticos a instituciones Internaciona]es qua garanticen eI beneficio mutuo y aquitalivo de los Estsdos.

CONSI DERANDO :

democrBticos a instituciones Internaciona]es qua garanticen eI beneficio mutuo y aquitalivo de los Estsdos.

CONSI DERANDO : Que el articulo 151 de Is Cons titucl6n Politica de la Republica astablece que Guatemala deberB mantener relaciones de amislad, soIidarldad y cooperaci6n con aquellos ESlados cuyO desarrollo eeon6micO , social y cultural sea anAiogo al suyo, con el prop6sito de ancon trar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamen te. poIlticas landientas al progreso da las nacionas respectlvas.

CONS IDERANDO : Que denlro de las atribucionas del Cong rese de la RepUblica de G uatemala , sa ancuantran las contenidas en el articulo 171 constitucional, estableciendo en su literal I) que Ie corresponda: I) Aprobar, antes de su ratificaci6n, los tratados, convenios 0 cualquier arreglo intemacional, cuando : a) Afecten a leyes vigentes para las que asta Conatituci6n requiera la misma mayona de votos. b) Afecten al dominic de la NadOn . est&blezcan la unl6n econ6mica 0 polltica de Centroamerica, ya sea parcial 0 total, 0 alribuyan 0 lrenafteran competencies a organismos, instituciones 0 mecanismos creado s dentro de un ordenamiento jurldico comunitario concentrado para realizer objetivos regionales y comunes an el ambito centroamaricano. c) Obliguen financieramante al Estado, en proporci6n que exceda al uno por Ciento del Presupue slo de Ingresos Ordlnarios 0 cuando el monto de la obligaci6n sea indeterminado. d) Co nstituyan

Estado, en proporci6n que exceda al uno por Ciento del Presupue slo de Ingresos Ordlnarios 0 cuando el monto de la obligaci6n sea indeterminado. d) Co nstituyan compromise para somater cuelqular asunto a decisi6n judiCial 0 arbitraJe intemacionales. e) Co ntengan clausula general de arbitraje 0 de aome!imiento a jurisdiCci6n internaeional, entre otros, CONSIDER ANDO : Que el gobiemo de Ia Republica de Guatemala y el goblemo del Estado da Israel, con la finaJldad de tortalecer sus relaCiOnes econ6micas y promove r el desa rrollo econ6micO, reforzar los la:z:os especiales de amistad y cooperaci6n entre sus pueblos, asl como contribuir at desarrollo y expansl6n arm6nicos del comercio mund ial y regional: en vlrtud del Acuerdo da Marrakech par el que sa estableci6 la O rgani;z:aci6n Mundial del Comerclo , otroa acuerdoa mullilaterales, acuardos bilalerales 0 Instrumentos de cooperaei6n en los que ambos sean partes, han decidldo astablecer reglas clams, transparentes y mutuamenta ventajosas para su comercio.

POR TANTO : En eJercicio de las atribuciones que Ie confilltren las literales a) y I) del articulo 171 de la

Constituci6n Politica de Ie Republica da Guatemale , DECRETA : Articulo 1 . Sa aprueba el "TRATADO DE LlBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE G UA TEMALA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE ISRAEL. "

DECRETA : Articulo 1 . Sa aprueba el "TRATADO DE LlBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE G UA TEMALA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE ISRAEL. " Articulo 2. Vigencl •. EI presente Decreto ent!'arB en vigor el dra de su publiceciOn en el

Oiario Oficial.

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCI6N,

PROMULGACI6N Y PUBLICACI6N .

EMITIDO EN EL PALACIO OEL ORGANISMO LEGISLATIVO , EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTINUEVE OE NO MBRE DE DOS MIL VEINTITRES . "

SHIRLEY

MA Y NOR GABRIE

SECR AR ID

OANNA RIVERA ZALDANA

PRESIDENTA

AN IBAL ES '. AROO ROJAS ESPIN O SECRETARIO Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información LegislativaNUMEA 0 73 DlARIO de CEN TRO AMERICA Guatemala, MIERCOLES 13 de diciembre de 2023 5

PALAC IO NAC IO NAL : Guatema la , dace de dic ierT'lbre del af\o dOs rT'lil velntitr6s.

PUBLlaUE S E Y C UMPLA SE

.~) IE. II 18.2023l-13-<I",;"m!"e

ORGANISMO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACION

ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 687-2023

Guatemala, 04 de diciembre de 2023

EL MINlSTRO DE GOBERN'AC I6N

CONS IDERAl"I'DO

MINISTERIO DE GOBERNACION

ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 687-2023

Guatemala, 04 de diciembre de 2023 EL MINlSTRO DE GOBERN'AC I6N CONS IDERAl"I'DO Que de confonnidad COn la Constituci6n Politica de la RepUblica de Guatemala, el dereebo de toda p<:r$Ona 3 pra.ctica.-su reli2i6n 0 creencia se eo=entra garantizado, asi olismo el Estado re.::ono« la personalidad juridica de la 19iesia Cat6lica,)' preceproa que, las o!I'aS i&lesias, cultos.. entidades y asociaciones de cani<:lcr reli2ioso, obte:odnin el r=ooocimiento de SU pCl!"SOllal!d.ad juridica conforme las realas de su instituci6n y que el Gobiemo nn podri. negarlo 5i an fuese por ra:l:ones de orden publico . . CO NSIDERAl"I"DO Que a elile Mi.n.i:nerio se present6 solieitud para obtener el reconoc:imienlo de la personalidad juridica y aprobaci6n de bases constitulivas de la iglesia evangtlica dellOm.i.nada MISIOl" CRISTlANA CAMINO D E SANTIDAD ISAI AS 35 :8, que la Direcci61l de Asuntos Juridicos de esle lV{iniSleriO emiti6 dictamen favorable opioando que C$ procedente recolloceTle la personalidad juridica, por 10 que corresponde a! Ministerio de G<.Ibernaei6n, emitir la disposici6n legal com:spolldieme. PORTM'TO En ejercicio de las funciones que Ie confiere el articulo 194 literal f) de Ia Constituci6n Politica de Ia

G<.Ibernaei6n, emitir la disposici6n legal com:spolldieme. PORTM'TO En ejercicio de las funciones que Ie confiere el articulo 194 literal f) de Ia Constituci6n Politica de Ia RepUblica de Guatemala, y COn fundamenlo en los articulos 15 numeral I, 16 Y 17 del C6d igo Civil, Dec relo LeyNUmero 106; 27 literal m) y 361l1era! b) de Ja Ley de! Organismo E je<:utivo, D ecreta NUm ero 114-97 del Coopso de la Republica de Guatemala; 2 del Acuerdo Gubernativo NUmero 263-2006 del Pt-esidente de la Republica, Disp<)sieiones para!a Obtend6n del R=nocimiento de la Personal..idad Juridica de las Iglesias Evangtlicas; y, 4 Y 7 del Acuerdo G Ube rnativo NfuneTO 635-2007 del Pt"esideote de la Republica., Reg:lamento Organlco Interno del Ministerio de Gobemac i6n. A CUE RDA Artf~ulo 1. Reconoce r la perwna.lidad juridica y aprobar las bases constirutivas de la Iglesia evangelica deoominada MlSION CRlSTIA..'1A CA.I\1lNO DE SAAIIDAD ISAIAS 35 :8, constituida por medio de Ia escritura pUblica NUmC!"O 109 de fecba 6 de ocrubre de 2023, antorizada en eI municipio y departamento de Guatemala, po~ el Notarlo Marco Antonio Castellanos Velisquez. Arden lo 2. Para el fomento de proyectos cristianos, educativos.. cuitur3.les, beneficos y de asistencia social

Guatemala, po~ el Notarlo Marco Antonio Castellanos Velisquez. Arden lo 2. Para el fomento de proyectos cristianos, educativos.. cuitur3.les, beneficos y de asistencia social compatibles COn su naturale'l3. objeto, fine>; y ]a rea.lidad nacional,]a Iglesia evant¢lica denominada MISION C RIS TIA i"A CAMINO DE SAovrIDAD ISAIAS 35:8, debeni. comar con ]a aUlorizaeicn gubemamentai correspondiente. Arti~l.Ilo 3. EI prescnle Aeueroo elllra en vigencia al dill silf..uente de 5l.1 publicaci6n en d Diario de Centro A1;no!riCL COMl1N1 Q UE SE . {2 89~ 86 . 2l-1 3-<I",;"m!"e

PUBLICACIONES VARIAS

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD

EXPEDIENTE 2610-2023

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD , INTEGRADA POR LOS MAG ISTRADOS HECTOR HUGO P E REZ AGUILERA, QUIEN LA PRESIDE , NESTER MAURICIO VASQUEZ PIMENTEL , LEYLA S U S ANA LEMUS ARRIAGA , ROBERTO MOLI N A BARRETO Y D INA JOSEF INA OCHOA ESCR IBA : Guatema la. velntloch o de n ovlem b re de dos m il veln lilr6s . Para diclar sente n cia. se lie n e a la vista la acci6n de incon s Utucion alidad de ley d e cartlele r genera l parcial. p ro m ovida por Sandra Virginia P aiz M a cz. obje tando las frases slgu;enles: "TORRES DE ENERGIA ELt:CTRICA

de ley d e cartlele r genera l parcial. p ro m ovida por Sandra Virginia P aiz M a cz. obje tando las frases slgu;enles: "TORRES DE ENERGIA ELt:CTRICA (PRIVADA) - UNlOAD - 0 .150,000.00-, ·Poste (Independlentemente del matarial que se trate y a una altura mi!txima de 12 matros) - UNlO A D - Q .800.oo -, "Cable de transmisl6n el~ctrica de 13,800 K W _ METRO LINEAL - 0 .10.00·, "Cable de transmisi6n e/ttJctrica de 34,500 KW - METRO LIN EAL - 0 .10.00 " )/ "Ca ble d e transmlsl6n el~ctrica d a 69.000 KW (Alto Voltaje) - METRO LINEAL - 0 .10.00 conlenidas a n e l articulo 12 del Raglam en to de A ulo rizaci6n , Co n stru ccl6n , Ins ta laci6n )/10 Uso de A n lan as. Pos tes, Ca bleado )/ F ibre Oplica p a ra la Come rclallzaci6 n de los Se rvicios de T a lacom u n icaciones )/ E n e rgla EI6clrica Privada, In serto en e l punto cuarlO del ACla nove nla y cin co - dos m il veintld6s (95-2022), que docu me nta la sesi6n o rdin a ria del Co n eejo M unicipal d a Sa n Jua n S a cate p e q uez del dep artam e nto de Gua te m a la . celeb rada e l veinlitr6s de

dlc iembre de dos mil velnlid6s y publicado a n a l O ia rio o riclal d e C e n tro A m erica e l Ires de fe b rero de dos mil velnlltres. L a acclonanle aClu 6 con s u p ro p lo auxlllo y e l de los abogados Josu e Daniel Quevedo Oso rio )/ J aque line Rodo Reye s ~osa. Es p o n e nle e n 131 p resen le caso 131 M agistrado ~.J'rrelo. q uien expresa e l parecer de este T ribun a l. Voca l III, Robe rto Mo lina

ANTECEDENTES

I. CONTE NIDO N ORMAT IVO DE LAS D IS POS IC ID N ES IMPUGNADAS : Las rrases objatada s c o nle n idas en a l articulo 1 2 del Reg lame nto de A uto rizaci6n , Co n s trucci6n . Insla laci6 n y/o U so d e A ntenas . Pos tes, Cablea do )/ Fib re Op lica para la Co m ercializaci6n d e los Servicios d e Telecomu nicacion es y E n e rgla E leclrica Priv a da , reg ulan 10 sigu iente : "TASA MUNIC/PAL. La Municipalida d da San Juan Sacatep~quez, dapartamento da Guatemala , esti!t obligada a ajercar a/ control de toda instalacl6n de a ntana, postas, cablaado,

(Ibra 6p tica y d e mjjs equlpo para al (unclonamlanto da tala (on/a, sarvlc/os de ta lavlsl6n por cable 0 anergfa al~ctrica prlvada y paf'8 al a (acto proporclonara

(Ibra 6p tica y d e mjjs equlpo para al (unclonamlanto da tala (on/a, sarvlc/os de ta lavlsl6n por cable 0 anergfa al~ctrica prlvada y paf'8 al a (acto proporclonara (S iC) los servlc/os que regula al Artfculo 5 del presente reg/amento:

CONSTRUCCION 0

INSTALACION

(. ,.)

TORRES DE ENERGIA

ELECTRICA

(PRIVADA) ( ... ) Po s te (Inde p e nd/e nte menf e del nllHedaf que .se trate y a una altura mBxiTna d e 12 m e tro.s) l.k.)

UNlO A D DE MEDIDA PRECIO UNlOAD Q .150,ooO .00

UNlOAD 0 .800.00

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa

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