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Decreto 1602 de 2023

Presidente de la República

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Detalles

Título
Decreto 1602 de 2023
Autor
Presidente de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año
2023

DECRETO 1602 DE 2023

DIARIO OFICIAL AÑO CLIX No. 52.533, 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023, PAG 13

DECRETO 1602 DE 2023

(septiembre 29) por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira y se dictan otras disposiciones. E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente [Mostrar] Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 13 del Decreto número 1250 de 2023, se creó el Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira, cuyo objeto será gestionar el recurso hídrico en el territorio del departamento de La Guajira y la reducción de la vulnerabilidad de la población de las amenazas económicas, sociales y ambientales que están sucediendo con relación a la falta de acceso al agua de la población.

Que, en consecuencia, se requiere adoptar la planta de personal del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira, para lo cual se presentó al Departamento Administrativo de la Función

acceso al agua de la población.

Que, en consecuencia, se requiere adoptar la planta de personal del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira, para lo cual se presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004.

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República dio viabilidad para la aprobación y puesta en funcionamiento de la planta de personal del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira, al considerar que la creación del Instituto es acorde con los fines del Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, contribuye con la formalización del empleo público y a cumplir con las metas establecidas por el Gobierno nacional.

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio presentó ante el Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1., 2.2.12.2. y 2.2.12.3. del Decreto número 1083 de 2015, para efectos de adoptar la planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia concepto previo favorable.DECRETO 1602 DE 2023 Que, para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal para establecer la planta de personal del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal para establecer la planta de personal del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA: Artículo 1°. Planta de Personal. Las funciones propias del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL

NÚMERO DE EMPLEOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 (Un) Director General 0015 25 5 (Cinco) Asesor 1020 14

PLANTA GLOBAL

NUMERO DE EMPLEOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 (Un) Secretario General 0037 23 3 (Tres) Subdirector Técnico 0150 21 1 (Un) Jefe de Oficina 0137 21 1 (Un) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 16 1 (Un) Jefe de Oficina Asesora Jurídica 1045 16 47 (Cuarenta y siete) Profesional Especializado 2028 22 7 (Siete) Profesional Universitario 2044 11 5 (Cinco) Secretario Ejecutivo 4210 22 2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 15 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 10 Parágrafo. El director general del Instituto para la Gestión del Agua de La Guajira, mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global de acuerdo con las necesidades del servicio. Artículo 2°. Provisión de los empleos . La provisión de los empleos creados en el presente

resolución, distribuirá los empleos de la planta global de acuerdo con las necesidades del servicio. Artículo 2°. Provisión de los empleos . La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones. Artículo 3°. Transitorio. El certificado de disponibilidad presupuestal para proveer los cargos de director general y secretario general del Instituto para la Gestión del Agua de La Guajira será expedido por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.DECRETO 1602 DE 2023 Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de 2023.

GUSTAVO PETRO URREGO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla González.

La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, Catalina Velasco Campuzano.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique Soacha

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