Decreto 1610-1966
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1610-1966
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 1966
EL Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886, SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de CentroAgencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo No. 749Administración: Teléfono 24418 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA
GUATEMALA, SABADO 10 DE SEPTIEMBRE DE 1966 NUMERO 62
ToMo CLXXVII te, dentro de un término no mayor de ocho días,Los organizadores 0 promotores de estas camSUMARIO a contar de la fecha de recepción de la solicitud,pañas promocionales, tampoco podrán aumentar salvo el caso que ésta no hubiese sido presenel precio de los productos objeto de la promotada en debida forma y la autoridad necesitare ción. datos complementarios, en cuyo caso, el tiempoArtículo 12.-Cuando, se produjere cualquier alORGANISMO LEGISLATIVO de ocho días se contará a partir de la fecha en teración del sistema autorizado y ésta fuere comDecreto Número 1610. que se complete por el interesado, la informaciónprobada por la Gobernación Departamental, poDecreto Número 1611. correspondiente. drá suspenderse temporal 0 definitivamente la promoción, según la gravedad del caso, sin perORGANISMO EJECUTIVO Articulo 20.-Cuando el sistema de promociones comerciales e industriales consistiere en COjuicio de imponer las sanciones a que se refiere leccionar, completar, integrar 0 reunir figuras,el artículo 10 de esta ley. MINISTERIO DE ECONOMIA signos, palabras 0 cualquier otro motivo 0 forArtículo 13.-Se derogan las disposiciones y Otorgase la clasificación de Industria Existente a la Fábricamar colecciones, deberá incluir en la solicitud aleyes que se opongan parcial 0 totalmente al prede Joyas "El Angel Diamantino", propiedad del señorque se refiere el artículo anterior, un detalle desente Decreto. Miguel Angel Rodas y Rodas. los elementos que identifiquen el motivo en su Artículo 14.-El presente Decreto entrará en Otorgase a la empresa Esmaltes y Aceros Centroamerica-totalidad 0 las figuras completas de la colección,vigor el día siguiente de su publicación en el na", propiedad del señor José Gotlib la exoneración queasí como un detaile de la forma de su distribuDiario Oficial. se menciona. ción y las fechas en que se harán del conociOtórgase a la empresa "Planta de Alimentos Concentradosmiento del público, según sea a plazo fijo 0 enPase al Organismo Ejecutivo para su publicapara Animales Del Prado", propiedad de la señora Gloriadiferentes fechas. Queda a discreción de la Go-ción y cumplimiento. Hertzsch de González, la exoneración que se expresa. bernación Departamental, exigir tales requisitosDado en el Palacio Legislativo, en Guatemala,
MINISTERIO DE GOBERNACION en acta notarial. a los siete días del mes de septiembre de mil Igual procedimiento se usará en las modifica-novecientos sesenta y seis. Legalizanse los servicios prestados en el Centro Regional de Telecomunicaciones durante el mes de agosto del pre-ciones que posteriormente se introduzcan al sisMARIO FUENTES PIERUCCINI, tema, de conformidad con esta ley. Presidente. sente año, de las personas que se mencionan. Modificase el acuerdo gubernativo de fecha 29 de agostoArtículo 30.-Una vez autorizado el plan, no ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO, del presente año, por medio del cual se cancelan lospodrá modificarse, salvo casos de fuerza mayor Primer Secretario. nombramientos del personal del Centro Regional de Tele-comprobados ante la Gobernación Departamental OSCAR RAMIREZ RODRIGUEZ, comunicaciones, en el sentido que se indica. y siempre que las modificaciones no lesionen los Cuarto Secretario. intereses del público. Palacio Nacional: Guatemala, ocho de septiemMINISTERIO DE TRABAJO Artículo 40.-Cuando los premios sean en esbre de mil novecientos sesenta y seis. Y PREVISION SOCIAL pecie, la Gobernación Departamental deberá com-Publiquese y cúmplase. probar que éstos correspondan a la calidad y ca-Autorizase la publicación del texto de la Resolución número JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO.racterísticas ofrecidas, así como que el interesa1, de la II Conferencia Interamericana de Ministrosdo los tiene en existencia suficiente, mientras du-El Ministro de Gobernación,
del Trabajo, celebrada en Caracas del 7 al 14 de mayora la campaña promocional. HECTOR MANSILLA PINTO. de 1966. Artículo 50.-Cuando los premios se otorguen ANUNCIOS VARIOS mediante sorteo, éste deberá efectuarse en la fe-DECRETO NUMERO 1611cha estipulada, interviniendo el Gobernador DeMatrimonios-Modificación de sociedades.-Títulos suple-partamental p su representante y un notario que torios.-Registro de marcas. - Edictos.-Lcitaciones.-dará fe de lo actuado. El Congreso de la RepúblicaRemates. Tales sorteos, si se quiere, podrán efectuarse Banco de Comercio c Industria de Guatemala, S. A.-Ba-en combinación con los de la Lotería Nacional. de Guatemalalance General Condensado al 28 de febrero do 1966. Artículo 60.-Una vez efectuado el sorteo, el interesado deberá comprobar en forma pública y CONSIDERANDO: satisfactoria, que los premios fueron entregados ORGANISMO LEGISLATIVO a los ganadores, lo que también hará ante la Que corresponde al Congreso elegir MagistraGobernación Departamental, enviando los recibosdos Suplentes de la Corte de Apelaciones y de los expedidos por los ganadores, quienes deberánTribunales de lo Contencioso Administrativo y identificarse suficientemente y consignar su di-de Conflictos de Jurisdicción, DECRETO NUMERO 1610 rección, para el caso de que la Gobernación DePOR TANTO,
partamental decida probar los extremos de esta El Congreso de la República obligación. En uso de las atribuciones que le confieren los Artículo 70.-Si transcurridos seis meses de haarticulos 166 inciso 90., 242 y 243 de la Constitude Guatemala berse efectuado el sorteo, el interesado no ha ción de la República, comprobado la entrega de los premios como lo DECRETA: CONSIDERANDO: dispone el artículo anterior, 0 si los números Que la propaganda comercial e industrial, hepremiados no hubieren sido distribuidos entre elArtículo 10.-Se declara electos Magistrados Sucha mediante sorteos, álbumes de carácter edupúblico, los premios no entregados se donarán a plentes de la Corte de Apelaciones a los Abogados cativo, colecciones, concursos para completar. in-una O varias instituciones de beneficencia, a jui-Juan Alfredo Méndez Soto y Ricardo Marroquin tegrar o reunir figuras, palabras 0 cualquier otrocio de la Gobernación Departamental. Mazariegos, en substitución de los de igual, título motivo; espectáculos públicos gratuitos O meArtículo 80.-Los sorteos gratuitos, quedan Manuel Cordón Duarte y Héctor Edmundo Zea diante un canje determinado, deben ser objeto exentos del pago de impuestos. Ruano, a quienes se les aceptó la renuncia prede una legislación especial; Los espectáculos públicos, que desarrollen lassentada. facultades artísticas de quienes participan en Artículo 20.-Se declara electo Magistrado SuCONSIDERANDO: ellos 0 brinden recreación y estimulen la cultuplente del Tribunal de lo Contencioso AdministraQue es deber del Estado garantizar la buenara entre los asistentes. cuando fueren totalmentetivo al Abogado Francisco Carrillo Magana. y uniforme calidad de los premios ofrecidos, lagratuitos, esto es, sin pago de dinero ni a baseArtículo 30.-Se declara Magistrado Suplente del existencia de los mismos durante las campañas de canje de envolturas de cualquier producto 0 Tribunal de Conflictos de Jurisdicción al Abogado promocionales y sobre todo su entrega en tiem-cosa similar, deberán ser autorizados y-eximirseRamiro Castellanos González. po oportuno a las personas que resulten gana-del pago de impuestos. Artículo 40.-El presente Decreto entrará en doras, sin mengua de los intereses del público,Artículo 90.-Queda terminantemente prohibido vigor el día de su publicación en el Diario Ofievitando que estos procedimientos constituyanque los propietarios, miembros de la junta dicial. un engaño 0 extorsión para el consumidor,rectiva, gerentes, empleados y sus familiares, dePase al Organismo Ejecutivo para su publicaPOR TANTO, la firma que promueve la promoción, participen ción y cumplimiento. Con fundamento en los artículos 123, 124, 128,en los sorteos, directa 0 indirectamente. Dado en el Palacio Legislativo: en Guatemala, Artículo 10.-Cualquier infracción de las pre-a los siete días del mes de septiembre de mil137, 138, 140 y 141 de la Constitución de lasentes disposiciones, dará lugar a una multa nonovecientos sesenta y sels.República,
DECRETA: menor de Q100.00 ni mayor de Q1,000.00, según MARIO FUENTES PIERUCCINI Artículo 10.-Para efectuar promociones cola gravedad del caso, pero cuando se tratare de Presidente. merciales e industriales, mediante premios otorun premio 0 premios, ofrecidos y no entregados, gados al azar 0 por medio de álbumes educati-cuyo valor fuere mayor que el máximo de la ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO, vos, colecciones, concursos para completar, inte-multa contemplada, ésta deberá ser equivalente Primer secretario. grar 0 reunir figuras, signos, palabras 0 cual-al doble del premio ofrecido y no entregado. quier otro motivo; para distribuir premios a quie-Si la gravedad de la falta lo justifica, a juicio OSCAR RAMIREZ RODRIGUEZ, nes concurren como espectadores 0 participantes de la Gobernación Departamental podrá prohiCuarto secretario. a espectáculos públicos gratuitamente 0 medianbirse al infractor la realización de nuevos sorte un canje determinado, el interesado deberá teos, por tiempo determinado 0 indefinidamente. Palacio Nacional: Guatemala, ocho de septlemobtener la licencia correspondiente en la GoArtículo 11.-Los organizadores 0 patrocinadobre de mil novecientos sesenta y seis. bernación Departamental jurisdiccional. res de estos sistemas de promoción de ventas, Publíquese y cúmplase, Para ese efecto deberá presentar su solicituddeberán depositar fianza suficiente que cubra el
por escrito en papel sellado de ley, exponiendovalor de los premios ofrecidos y los daños y JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. con todo detalle las modalidades y funcionamienperjuicios que causaren a las personas por into de su plan. La Gobernación Departamental cumplimiento de sus compromisos a satisfacciónEl Ministro de Gobernación, respectiva, resolverá afirmativa 0 negativamen-de la Gobernación Departamental. HECTOR MANSILLA PINTO