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Decreto 1614-1966

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1614-1966
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1966

El Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24413 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXVII GUATEMALA, VIERNES 7 DE OCTUBRE DE 1966 NUMERO 83

SUMARIO DECRETO NUMERO 1614

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

ORGANISMO LEGISLATIVO DE GUATEMALA,

CONSIDERANDO:DECRETO NUMERO 1612.

Que para atender necesidades de la Administración Pública con finesDECRETO NUMERO 1614. & frenar la delincuencia y preservar la seguridad interna; y asimismo, paraproceder a iniciar los trabajos de urbanización en el Cementerio de «La ORGANISMO EJECUTIVO Verbena>, se hace indispensable ampliar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado en vigor en la cantidad de ciento sesenta y unmil quetzales exactos (Q161,000.00); MINISTERIO DE GOBERNACION CONSIDERANDO: Apruebanse los Estatutos de la "Asociación de Criadores de Ganado Indubrasil"; y TO..conocese su personalidad jurídica. Que los Ingresos del Impuesto extraordinario sobre semáforos, creados

por Decreto-Ley 316 y los de la Venta de Activos en su renglón: venta de PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Bienes Nacionales, por la forma en que se han producido pueden afectarse con incrementos, el primero por una cantidad de ciento cuarenta y un Hacese para la Empresa Nacional de Fomento y Desarrollo Económico de El Petenmil quetzales exactos (Q141,000.00), y el segundo con una de veinte milquetzales (Q20,000.00); (FYDEP), Cos nombramientos que se expresan.

CONSIDERANDO: ANUNCIOS VARIOS Que se hace necesario incrementar los recursos destinados al Proyectode Trabajos de Construcción del Programa «Construcción del Teatro NaAutorizaciones farmacéuticas-Matrimonic.-Lines de transporte-Constitacien de sociedad.cional», por el ritmo acelerado que llevan los mismos y con el fin de -Modific de sociedad.-Patente de invención.-Registro de marcas.-Titulos suple-poder abrir al público la primera fase de la obra; torios-Edictos-Remates.

CONSIDERANDO: Que en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado correspondiente al Ejercicio Fiscal vigente, aparecen Proyectos de Inversión ORGANISMO LEGISLATIVO que no serán realizados en su totalidad por diversas causas y cuyo financiamiento está previsto con Bonos del Tesoro contemplados en el Decreto-Ley No. 418,

POR TANTO,

DECRETO NUMERO 1612

En uso de las facultades que le confiere el inciso 10. del Artículo

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA 170 de la Constitución de la República y 43 de la Ley Orgánica del Presupuesto, Contabilidad y Tesorería de la Nación (Decreto PresidencialNo. 552), DE GUATEMALA, DECRETA: CONSIDERANDO: Artículo 10. amplía el Presupuesto General de Ingresos de laQue por obstáculos legales el Comité de Festejos de la IndependenciaNación vigente, en la suma de ciento sesenta y un mil quetzales exactos1966, no pudo obtencr del Organismo Ejecutivo a través de las dependencias(Q161,000.00), en la forma siguiente: respectivas, la exoneración de derechos arancelarios, tasas y demás cargos y sobrecargos que gravan las importaciones de algunes artículos de consumoINGRESOS PARA FUNCIONAMIENTO Total que le son indispensables para cumplir con sus finalidades eminentemente civ culturales y que on tal Caso el Congreso CS el llamado a resolver, INGRESOS EXTRAORDINARIOS OTROS

POR TANTO.

Impuesto sobre semáforos, Decreto-Ley Número 316 Q 141,000.00

DECRETA: INGRESOS PARA CAPITAL Artículo 10.-Se exonera = Comité de Festejos de la Independencia III. VENTA DE ACTIVOS 1966. por esta sola vez, de derechos arandelarios, tasas y demás cargos y sobiecargos que gravan las importaciones de los articulos de consumo a que Venta de Bienes Nacionales 20,000.00 se refieren las partidas del Arancel de Aduanas vigente números 112-04-04

y 112-01-03, en la cantidad de 540 unidades de 40 onzas y 300 unidades TOTAL: Q 161,000.00de tamano standard, respectivaniente, La Dirección General de Aduanas debe autorizar las pólizas correspondientes, y la Aduana respectiva efectuará los trámites legales. TOTAL: CIENTO SESENTA Y UN MIL QUETZALES EXACTOS. Artículo 20.-El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 20.-Se amplia el Presupuesto General de Egresos de la Nación vigente, en la suma de ciento sesenta y un mil quetzales exactos Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumpl miento. (Q161,000.00), que servirá para crear las Partidas siguientes: Dado en el Palacio Legislativo, on Guatemala: 3 los trace dias del mes de septiembre de mil novecientes sesenta y seis. PRES. PUESTO DE FINANCIAMIENTO MARIO FUENTES PIERUCCINI, Funcionamiento Total Presidente. Ministerio de Hacienda y Crédito Públ'co Q 141,000.00 Q 141,000.00

ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO, PRESUPUESTO DE CAPITALPrimer Secretario.

CAMILO DEDET ROSA. Ministerio de Comunicaciones y Obras Pú- bilcas Segundo Secretario. 20,000.00 20,000.00

TOTAL Palacio Nacional: Guatemala, tres de octubre de ml novecientos seQ 161,000.00 senta y seis.

Publiquese y cúmplase. TOTAL: CIENTO SESENTA Y UN MIL QUETZALES EXACTOS.

JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. Artículo 30.-Con la ampliación a que se refiere el presente Decreto, cl Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación vigente, El Ministro de Hacienda 5' Crédito Público, asciende a la cantidad de ciento cincuenta y ocho millones quinientos cinALBERTO FUENTES MOHR. cuenta mil setents quetzales exactos (Q158.550,070.00).

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