Decreto 1616-1966
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1616-1966
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1966
El Guatemalteco
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886 SEGUNDA EPOCA
Agencia: Teléfono 28027
Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749América, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXVII GUATEMALA, MIERCOLES 19 DE OCTUBRE DE 1966 NUMERO 92
SUMARIO los Artículos 166, inciso 90., 241, 242, 243, 253 ACUERDA: y 254 de la Constitución de la República, Artículo 10.-Se amplian los derechos a exo-DECRETA: nerar en la parte conducente del artículo 10. ORGANISMO LEGISLATIVO del acuerdo gubernativo número 461, emitido a Artículo 10.-Se declara electo Magistradofavor de la empresa «Compañía Industrial del Decreto Número 1616. Propietario de la Corte de Apelaciones al abo-Atlantico, S. A.>, con fecha 9 de octubre de 1965,gado Rodolfo Ogáldez Girón, para llenar la va-en la forma siguiente: ORGANISMO EJECUTIVO cante ocurrida por el fallecimiento del de igual título Julio Morales Arriola. Concepto Peso Exoneración Dif. en los
Kgs. Br. otorgada Imp. a MINISTERIO DE ECONOMIA Artículo 20.-El abogado Rodolfo Ogáldez GiExon. rón, electo Magistrado Propietario de la CorteHilazas e hiAmplianse los derechos a exonerar en la parte conducentede Apelaciones, completará el período constitu-los de rayón 70,622.000 Q30,150.00 Q1,412.44 del articulo 10, del acuerdo gubernativo número 461, emi-cional para el que fuera electo su antecesor. tido a favor de la empresa "Compañfa Industrial del Diferencia en los impuestos a exonerar Q1,412.44 Atlantico, S. A.", con fecha 9 de octubre de 1965. Artículo 30.-El presente Decreto entrará en Autorizase el traspaso a favor de la empresa "Nylontex,vigor el día de su publicación en el Diario Of:- Sociedad Anónima", de todos los beneficios que le fueroncial La suma de un mil cuatrocientos doce quetzales otorgados a las empresas "Nylontex de Guatemala" y "Ny. y cuarenta y cuatro centavos (Q1,412.44) en quelonera Guatemalteca". Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-se aumentan los derechos exonerados, corresponDeclarase calificada como Industria al amparo del Decreto.ción. de a la diferencia que se origino por el aumento Ley número 170 y sus reformas, a la empresa "Industria de dos centavos (Q0,02) en el aforo de la partida
Peletera Centroamericana, S. A." (IPELCA, S. A.)Dado en el Palacio del Organismo Legislati-arancelaria 651-06-01, y ajusta a la empres «ComOtórgase a la empresa "Textiles Miguel", propiedad delVO, en Guatemala: a los seis días del mes de pañía Industrial del Atlántico, S. A.>, los impues señor Nicolas Elías Miguel, la exoneración que se men-octubre de mil novecientos sesenta y seis. tos sobre el remanente de 70,622.000 kilogramosciona. brutos de «hilazas e hilos de rayón» registrado a Otorgase a la empresa "Compañia Industrial de TextilesMARIO FUENTES PIERUCCINI, su favor. Paris, Sociedad Anónima" (Paris, S. A.), la exoneraPresidènte, cion que 8C indica. CAMILO DEDET ROSA. Artículo 20.-Las demás disposiciones conteniOtorgase a la empresa "Fábrica Najmann", propiedad del das en el acuerdo gubernativo número 461 del 9 señor Abisch Najmann Miendelsohn, la exoneración que seSegundo Secretario. de octubre de 1965, no sufren alteración alguna.indica. Otórgase a la empresa "Creaciones Gina", propiedad de laOSCAR RAMIREZ RODRIGUEZ Artículo 30.-EI presente acuerdo deberá transseñora Luigia Mikoly Trani de Benzina, la exoneración Cuarto Secretario. cribirse a donde corresponde para los efectos le-que St mencjona. gales procedentes.
PALACIO NACIONAL: Guatemala, siete de octubre de mil novecientos sesenta y seis, Comuniquese,
PUBLICACIONES VARIAS Publiquese. MENDEZ MONTENEGRO.
DIRECCION GENERAL DE MINERIA JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. El Viceministro de Economía,
Encargado del Despacho, El Ministro de Gobernación, MARIO A. CHAVARRIA PAREDES.
E HIDROCARBUROS HECTOR MANSILLA PINTO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Deniégase la solicitud de concesión de la mina "Santa Mar. ALBERTO FUENTES MOHR. ta II", presentada por Mariano Luis Flores Orellana, ubi. cada en la aldea Santa Marta, en el municipio de Nebaj,ORGANISMO EJECUTIVO 197527-19 del departamento de El Quiche. Deniégase la solicitud de concesión de explotación de la mina "Las Margaritas", presentada por Alejandro MoraAutorizase el traspaso a favor de la empresa les Herrera y Rymundo López Cano, ubjcada en el mu-MINISTERIO DE ECONOMIA «Nylontex, Sociedad Anónima», de todos los benicipio de Chiantla, del departamento de Huehuetenango. neficios que le fueron otorgados a las empreDeniegase la solicitud de concesión de explotación de la mina "San Raymundo", presentada por Alejandro Mo.Amplianse los derechos a exonerar en la partesas «Nylontex de Guatemala» y «Nylonera Guatemalteca». conducente del artículo 10. del Acuerdo Guber-rales Herrera y Raymundo López Cano, ubicada en elnativo número 461, emitido a favor de la em-municipio de Chiantla, del departamento de Huehuete_ ACUERDO No. 693
nango. presa «Compañía Industrial del Atlántico, S. A.», con fecha 9 de octubre de 1965.Deniégase la solicitud de concesión de explotación de la Palacio Nacional: Guatemala, 29 de septiembre mina "Esmeralda". presentada por Angel Mérida Tello, de 1966.ACUERDO No. 702 ubicada en el municipio de Nebaj, departamento de ElQuiche.
Palacio Nacional: Guatemala, 7 de octubre de El Presidente Constitucional de la República, Deniégase la solicitud de concesión de explotacion de la1966. mina "Mataquescuintla", presentada por Carlos Adalberto CONSIDERANDO: Garcia Granados Alonso, ubicada en el municipio de Ma.El Presidente Constitucional de la República,taquescuintla, departamento de Jalapa. Que en Escritura Pública número 131, otorgaDeniegase la solicitud de concesión de explotación de la CONSIDERANDO: da en esta ciudad, el 20 de agosto de 1965, ante mina "El Cuervo", presentada por Javier de Jesús Ga_ los oficios del notario Willy Reichert Zelaya, cuya lindo Jimeno, ubicada en la aldea Guayapquej, en el mu-Que de conformidad con el acuerdo gubernativocopia fotostática legalizada se acompana al EXnicipio de San Mateo Ixtatan, del departamento de Hue_número 461 del 9 de octubre de 1965, la empresapediente, los señores Antonio Zimeri Kattan y huetenango. «Compañía Industrial del Atlántico, S. A.», fueGuillermo Zimeri Kattan, constituyeron la emexenta del pago de derechos e impuestos, entrepresa «Nylontex, Sociedad Anónima>, aportando ANUNCIOS VARIOS otros conceptos, sobre la importación de el activo y el pasivo de sus empresas <Nyiontex 150,550.000 kilogramos brutos de <hilazas e hilosde Guatemala> y «Nylonera Guatemalteca; de rayon>, con valor CIF de Q181,060 e impues-Autorizaciones farmacéuticas.-LIneas de transporte.-Ma.tos de Q30,150.00; CONSIDERANDO: trimonios.-Patentes de invención.-Registro de marcas.
Títulos supletorios.-Edictos.-Licitación.-Remates.Que los derechos sobre la materia prima enQue por Acuerdos números 556 de fecha 15 de mención, fueron calculados con el aforo de octubre de 1960 y 212 del 4 de junio de 1963, Q0.08 K. B. y Q0.10% ad valorem, que pagaba1as empresas <Nylontex de Guatemalar y «Nya la fecha en que se emitio el acuerdo antes re-lonera Guatemaltecas, propiedad de los señores ORGANISMO LEGISLATIVO lacionado, y que debido al aumento que sufrió elAntonio Zimeri Kattan y Guillermo Z.meri Kataforo de la partida arancelaria 651-06-01 quetan, respectivamente, fueron clasificadas como ampara el rubro de hilazas e hilos de rayón>, queIndustrias Nuevas, de conformidad con las spoactualmente está gravado con un aforo de Q0.10siciones del Decreto 1317 del Congreso de la ReDECRETO NUMERO 1616 K. B. y Q0,10% ad valórem, originó un faltantepública; y, en los derechos a exonerar a favor de la empresa, CONSIDERANDO: El Congreso de la Repúblicade Q1,412.44 sobre el remanente de 70,622.000 kilogramos brutos de que aún no ha hecho uso; y,Que se han llenado los extremos previstos en el artículo 15 del Decreto 1317 del Congreso de de Guatemala, CONSIDERANDO: la República y su Reglamento, y que la Dirección de Política Industrial del Ministerio de Econ~mia, CONSIDERANDO: Que la Comisión Técnica Mixta de Fomento In-en dictamen número 425 (565) de fecha 21 de dustrial, en dictamen número 561/(729) del 19junio de 1966, y la Dirección de Asuntes JuriQue corresponde al Congreso de la Repúblicade agosto de 1966, emitió opinion favorable a ladicos del mismo Ministerio, emitieron opiniones elegir Magistrados Propietarios y Suplentes desolicitud de la empresa del 18 de junio de 1966,favorables sobre el particular, de la Corte de Apelaciones, por lo que es procedente autorizar la ampliacionque se solicita, POR TANTO, POR TANTO, POR TANTO, Con fundamento de lo dispuesto en el Decreto-Con fundamento en lo dispuesto en el artículo En uso de las atribuciones que le confierenLey número 315, 15 del Decreto 1317 del Congreso y Decreto-Ley 315,