Decreto 162-1964
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 162-1964
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1964
EL Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEM ALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Impreso en Diario de CentroAgencia: Teléfono 28027. Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749América, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXIX GUATEMALA, MIERCOLES 15 DE ENERO DE 1964 NUMERO 65
Articulo 20.-El presente Decreto, entrará en viArticulo 30.-Este acuerdo entrará en vigor el dia SUMARIO gor el dia siguiente de su publicación en el Diariode su publicación en el Diario Oficial.- Oficial. Comuniquese.
DADO EN EL PALACIO NACIONAL en la ciuENRIQUE PERALTA AZURDIA.
ORGANISMO EJECUTIVO dad de Guatemala, a dos de enero de mil novecientos sesenta y cuatro. El Ministro de Comunicaciones y Decreto Ley Numero 162. Obras Públicas. Publiquese y Cúmplase. JOAQUIN CLIVARES M. MINISTERIO DE COMUNICACIONES ENRIQUE PERALTA AZURDIA, El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Y OBRAS PUBLICAS Jefe del Gobierno de la República, JORGE LUCAS CABALLEROS M. Ministro de la Defensa Nacional. El Ministro de Gobernación,Hicense las modificaciones que se mencionan at acuerdo El Ministro de Gobernación, LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.
gubernativo de fecha 11 de agosto de 1958. relative al LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.derecho de via. El Ministro de Relaciones Exteriores, MINISTERIO DE ECONOMIA ALBERTO HERRARTE GONZALEZ MINISTERIO DE ECONOMIAHacese la exoneración que ac expresa, a favor de la FAEl Ministro de Agricultura, brica de Hilazas Textiles CARLOS HUMBERTO DE LEON. Otorgase a la empre-a Industria Papelera Centroamericana, la exoneración que be mencions El Ministro de Comunicaciones Otorgase a Casimires de Amatitian, exoneración de Imy Obras Públicas, Hacese la exoneración que se expresa, a faver de pucstos aduanales. JOAQUIN OLIVARES M. la Fábrica de Hilazas Textiles. Otorgase a Televisión Centrnamericana, Ltda., exoncraEl Ministro de Economía. ACUERDO No. 703 Lion de impuestos arancelarios. Otorgase a Calzado Universal S A. (CAUSA). exoneración CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ.
Palacio Nacional: Guatemala, 23 de diciembre4. impuestos aduanates El Ministro de Educación Pública, de 1963
ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR.
MINISTERIO DE GOBERNACION El Ministro de Economia, El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Apruebanse los estatutos de la "Asociación Filatética do JORGE LUCAS CABALLEROS M. CONSIDERANDO:
Quatemals" y reconocese su personalidad juridica. El Ministro de Salud Pública Que por acuerdo ministerial número 1193, fechaPUBLICACIONES VARIAS y Asistencia Social do el 27 de septiembre de 1962, la Fábrica de HiALFONSO PONCE ARCHILA. lazas Textiles propiedad del señor Arturo Martin COLEGIO DE INGENIEROS Y ARQUITECTOS DE de Nicolas y Garcia, fue clasificada como Industria El Ministro de Trabajo y Nueva, de conformidad con el artículo 50. del De-GUATEMALA.-Nomin alc Colegiados Activos Previsión Social, creto número 1317 del Congreso de la República; JORGE JOSE SALAZAR VALDES. y que el Departamento Industrial en dictamen feANUNCIOS VARIOS chado el 14 de diciembre de 1963, emitió opinion favorable a la solicitud presentada por dicha emSolicitud de nacionalidad.-Matrimonios.-Line de transpresa, relativa a que se le otorguen los beneficios porte-Constitucion de de socieJ.ul.-Disolución de sociedad.-Registro de marca.-TiMINISTERIO DE COMUNICACIONES derivados de su clasificación, fulus supletorios.-Editos-Remates Y OBRAS PUBLICAS POR TANTO, Instituto de Fomento de La ConsoliEn observancia de lo dispuesto en el artículo 60. y por Departamentos at 31 de octubre de 1963. del Decreto número 1317 del Congreso de la República, Hacense las medificaciones que se mencionan, al acuerds gubernative de fecha 11 de agoste de ACUERDA:
ORGANISMO EJECUTIVO 1958, relative al derechs de vía. Articulo 10. Otorgar a la Fábrica de Hilexas Palacio Nacional: Guatemala, 10 de enero de Textiles, propiedad del señor Arturo Martin de Ni1964. colás y Garcia, exoneración del pago de derechos DECRETO LEY NUMERO 162 e impuestos de importación, excepto las tasas y E1 Jefe del Gobierno de la República. caigos en compensación de servicios prestados sobre lo siguiente: ENRIQUE PERALTA AZURDIA, CONSIDERANDO: "Maquinaria y equipo para uso industrial", con Jefe del Gobierno de la República, Que necesario expeditar la tramitación los peso de setenta y nueve mil quinientos kiles bru expedientes relativos al derecho de via que los pro-tos exactos (79,500.000 K B.); valor CIF de ochenpietarios o poseedores de bienes inmuebles otorguenta y ocho mil seiscientos cincuenta quetzales exac-CONSIDERANDO: a favor del Estado, 0 a los daños patrimoniales tos (088,650.00) e impuestos a exonerar de cuatro que se les causen por el paso de las carreteras namil cuatrocientos cuarenta y cuatro quetzales Que el plan de acción que se ha trazado el Go cionales por sus propiedades, exactos (04,444.00). bierno para ejecutar las diversas obras públicas y la idea tend ente a expeditar las actividades del Artículo 20.-La maquinaria y equipo objeto de la Ministerio de Comunicaciones y Obras Públicas, POR TANTO: presente exoneracion sólo podrán usarse de manera
have encentrado como principal obstáculo el limite exclusiva en los fines industriales para que fue clade: Q1,000.06 que fija el artículo lo. del Decreto GuEn uso de las facultades que le confiere el ansificada la empresa beneficiada, la cual queda en bernative 3021 para efectuar compras sin los retículo 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, la obligación de hacer una declaración ante este quisitos de licitación pública y privada; Ministerio de acuerdo con lo que amparan las respectivas pólizas de aduana, a fin de llevar el con-CONSIDERANDO: ACUERDA: trol necesario y establecer que son empleados Las siguientes modificaciones al acuerdo guber-para el uso que se indica, asimismo se obliga laQue el limite antes aludido fue establecido en empresa a rendir un informe mensual sobre el vo-el año 1942 y desde entonces han variado ostensinativo de fecha 11 de agosto de 1958: lumen de su producción y precio de venta del ar-blemente tanto el valor de los articulos y servicios Articulo 10.-El artículo 20. queda asi: -Artículo tículo elaborado, número de trabajadores emplea-que se hace necesario contratar. como el volumen de operaciones que ejecuta el Ministerio de Comu20. La Direccion General de Caminos queda fados y salarios pagados, tante al propio Ministerio como a la Dirección General de Estadistica. nicaciones y Obras Públicas; por lo cual, el limite cuitada para celebrar los arregios de adquisición 0 indicado, ha perdido actualidad y ha venido a compensación de tierras de particulares para dereconstituir una rémora a la efectividad de dicho cho de via. cuando el importe de las cantidades a Artículo 30.-Se responsabiliza a dicha empresa favor de los interesados, por razón del precio o depor el mal uso que hiciere de la exención que seMinisterio. POR TANTO, los daños patrimoniales que se les causen, no excele concede y queda estrictamente sujeta a los aldan de un mil quetzales (Q1,000.00). Si exceden cances del artículo 26 del Decreto número 1317 del Con base en las facultades que le confiere el de dicha cantidad, los arregios deberán celebrarse Congreso de la República, sin perjuicio de las san por el Ministerio de Comunicaciones y Obras Pú ciones de otro orden contenidas en las leyes del artículo 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, blicas. Ramo hacendario. Er, Consejo de Ministros, "Artículo 20-E1 artículo 50. queda asi: ArticuloArtículo 40.-El presente Acuerdo deberá transDECRETA: 50. Satisfechos los requisitos a que se refiere el cribirse a donde corresponde, para los efectos proartículo que antecede, la oficina encargada del de-cedentes. Artículo 10.-Se adiciona al artículo la del Dereche de via de la Dirección General de Caminos creto Gubernativo 3021, el siguiente párrafo: cursará el expediente a la Asesoría Jurídica de Comuniquese dicha Dirección, para el dictamen correspondiente.
Para el Ministerio de Comunicaciones y Obras Si el dictamen de la Asesoria fuere favorable, la CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ Públicas y sus dependencias, será obligatorio el citada Direccion, en su caso, celebrará, por medio procedimiento fijado en esta ley, cuando las comde acta, COD los interesados, el arregio respectivo.EDUARDO PALOMO ESCOBAR, pras y suministros que efectúen excedan de tres o dará cuenta con el expediente al Ministerio del Viceministro. mil quetzales (Q3,000.00)>. Ramo para la celebración del arreglo. 166823-18-E