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Decreto 1658-1967

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1658-1967
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1967

E DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Registrado coino correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro

Agencia: Teléfono 28027

Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.América: 9a. Av. 34, Zona 1

Administración: Teléfono 24418

DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA

GUATEMALA, VIERNES 3 DE FEBRERO DE 1967 NUMERO 80

TOMO CLXXVIII sentó a este Ministerio. ia señora Liliane Ale_ ORGANISMO LEGISLATIVO granti de Price, propietaria de la Fábrica de SUMARIO Sombrillas denominada «VENUS» solicitando equiparación de beneficios con la industria de pa-raguas y sombrillas del señor Rogelio Rubinstein ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETO NUMERO 1658 Mentlik, de la república de Costa Rica, de con,formidad con el Artículo 90. del Decreto 1317 del Congreso de la República, reformado por el De_ El Congreso de la Repúblicacreto-Ley No. 255; Decreto numero 1658. de Guatemala, CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ORGANISMO EJECUTIVO Que el Presidente de la República en Conse-Que la señora Liliane Alegranti de Price, jo de Ministros y de conformidad con los artícu_propietaria de la fábrica de sombrillas denomi_

los 151, 152 y 153 de la Constitución de la Re_nada «VENUS», se encuentra en desventaja denMINISTERIO DE ECONOMIA pública, ha emitido el Decreto No. 624 por el quetro del Mercado Común Centroamericano, por las suspende la plena vigencia de la totalidad defranquicias de que goza el señor Rogelio Rubins_ las garantias constitucionales contenidas en lostein Mentlik, para su industria similar, instalada artículos 45, 46, 51, 57, 58, 59, 64, primer pá-en la República de Costa Rica; por lo que se ha Otorgase a la señora Liliane Alegranti de Price, para surrafo del 65, 68, 75, 76, segundo párrafo del 78ce necesario situarlos en igualdad de condicioFabrica de Sombrillas deonminada "Venus", equiparación con la Industria de Paraguas y Sombrillas propiedad delde la Constitución por el término de treinta días,nes; y señor Rogelio Rubinstein Mentlik, de la república deen todo el territorio nacional, e impone la vi_ Costa Rica. gencia de la Ley de Orden Público en el grado CONSIDERANDO: de estado de sitio; Autorizase el traspaso a favor de la Sociedad "Laborato.CONSIDERANDO: Que con la documentación acompañada y eldictamen favorable de la Dire ción de Política rio Farmacéutico Squibb, Sociedad Anónima", de todosQue el Decreto No. 624 del Presidente de laIndustrial de este Ministeric, número 263 (977) los derechos y franquicias que le fueron otorgados a la

empresa "Squibb Panamerican Corporation".República, emitido en Consejo de Ministros, sedel 17 de noviembre de 1966, ha quedado plena_ encuentra adecuado a las eircunstancias de «Permente establecido que es procedente otorgarle turbación grave de la paz» y «Actividades con_a la fábrica de sombrillas denominada «VENUS», Declarase equiparada como Industria a la Fábrica de Ropatra la seguridad del Estado». propiedad de la señora Liliane Alegranti de Pri-ce, la equiparación que solicita, y los beneficios "Cali". propiedad del señor Cesar Vásquez Blanco, con la empresa "Confecciones Hilton", de la Republica de correspondientes, de conform con el Artículo POR TANTO, 90. del Decreto 1317 del Congreso de la Repú_ Honduras. blica, reformado por el Decreto-Ley No. 255, DECRETA: Equiparase como Industria a la Fabrica de Ropa "Pamar-Articulo 10.-Se ratifica en todas y cada una POR TANTO, co". propiedad del senor Francisco Martinez Ortega, conde sus partes el Decreto número 624 emitido la Industria "Confecciones Hilton, Sociedad Anonima"por el Presidente de la República en Consejo deEn cumplimiento de lo dispuc to en el Articu_de la República de Honduras Ministros. lo 90. del Decreto 1317 del Congreso de la ReArtículo 20.-La vigencia del presente De_pública, reformado por el Decreto_Ley No. 255, Equiparase como Industria. a la Fábrica de Ropa "Indus.creto debe interpretarse en el sentido de que se

trias Bonanza". propiedad del señor Julio Klepach Gi-conservan incólumes los recursos 0 controles jurisdiccionales que la Constitución concede a los ACUERDA: llurb. con la empresa "Rodolfo Jerez y Compañía", de la República de Nicaragua. habitantes, para la defensa de sus derechos.Artículo 10.-Otorgar a la señora Lil'ane Ale_ Artículo 30.-El presente Decreto entrará engranti de Price, para su fábrica de sombrillas vigor el día de su publicacion en el Diario Ofi_denominada «VENUS», los beneficios corresponcial. dientes, de conformidad con el Artículo 9o. del MINISTERIO DE LA DEFENSA Pase al Organismo Ejecutivo para SU publicaDecreto 1317 del Congreso de la Republica, re_ ción y cumplimiento. formado por el Decreto Ley No. 255, equiparánNACIONAL dola para el efecto, con la industria de paraguas Dado en el Palacio del Organismo Legislativo,y sombrillas, propiedad del señor Rogelio Ru_ en Guatemala, a primero de febrero de mil nove-binstein Mentlik, de la República de Costa Rica. Modificase el Artículo 30. del Acuerdo Gubernativo decientos sesenta y siete. fecha 27 de enero de 1967, emitido en cumplimiento delMARIO FUENTES PIERUCCINI, Artículo 20.-La señora Liliane Alegranti de Decreto Gubernativo numero 624, en la forma que se Presidente. Price, propietaria de la fábrica de sombrillas de_ menciona. nommada VENUS>, de conformidad con el arCAMILO DEDET ROSA, ticulo anterior. gozará del noventa por ciento Segundo Secretario. (90%) de exoneración sobre los impuestos de im OSCAR RAMIREZ RODRIGUEZ, portación que causen sus materias primas, denMINISTERIO DE GOBERNACION tro de las cuales se incluyen tejidos de seda ar_Cuarto Secretario tificial y tejidos sintéticos; así como sobre los Apruebase el Presupuesto de Ingresos Egresos de FondosPalacio Nacional: Guatemala, dos de Febre.productos semielaborados y envases; beneficios Privativos del Diario de Centro América y El GuateTO de mil novecientos sesenta y siete. que vencerán el 8 de junio de 1969, fecha en que malteco. para el año calendario 1967. expiran las franquicias otorgadas al senor Roge. Publíquese y cúmplase. lio Rubinstein Mentlik, para su industria de paraguas y sombrillas, instalada en la República ANUNCIOS VARIOS JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. de Costa Rica; a efecto de situarla en igualdad El Ministro de Gobernación, de condiciones. Constitución de sociedad. Modificación de sociedadHECTOR MANSILLA PINTO. Artículo 30.-La señora Liliane Alegranti de Patentes de invención. Registro de marcas. Titu_ Price, propietaria de la fábrica de sombrillas de_ los supletorios. Edictos Licitaciones. Remates. nominada «VENUS». queda obl gada a rendir ORGANISMO EJECUTIVO un informe mensual sobre volumen de producción, precio de venta de los artículos elaborados,Banco Agricola Mercantil, Balnace General Condensado al número de trabajadores empleados y salarios 31 de mayo de 1966. pagados, tanto a este Ministerio, como a la Di. MINISTERIO DE ECONOMIA rección General de Estadística. Cal-Hidra. S. A., Balance General al 30 de junio de 1965.Otórgase a la señora Liliane Alegranti de Price,para su FABRICA DE SOMBRULLAS denomi_ Artículo 40.-Que este acuerdo se transcri_ nada «VENUS», equiparación con la Industriaba a quien corresponde. para los efectos legales de Paraguas y Sombrillas propiedad del señorprocedentes. ACLARACION Rogel'o Rubinstein Mentlik, de la republica de Costa Rica. Comuniquese.

ACUERDO No. 14

En "El Guatemalteco", del 27 de enero del año en curso, número 74, salieron publicados los

LEMUS DIMAS.

Palacio Nacional: Guatemala, 28 de enero deEstatutos del Colegio de Ingenieros Agronomos Por error involuntario de transcripción, se ol-1967. vido incluir en el artículo 26, el inciso s) el El Viceministro de Economia. que literalmente dice: s) Proponer y gestionar laEl Ministro de Economia, MARIO A. CHAVARRIA PAREDES. emision de normas técnico-legales que deben CONSIDERANDO: regir la elaboración, venta y aplicación de pro-ductos utilizados en agricultura 0 relacionados 200518-3F.

Que con fecha 26 de agosto de 1966, se pre-a ella.

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