Decreto 1661-1967
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1661-1967
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1967
El DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado coino correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpress on Diario de Centro Central de Correos de Guatemala. el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.Administración: Teléfono 24418 América: 9a. Av. 11 34. Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXIX GUATEMALA, JUEVES 27 DE ABRIL DE 1967 NUMERO 47
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO EJECUTIVO ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETO NUMERO 1661 MINISTERIO DE RELACIONES El Congreso de la República de EXTERIORES Decreto Número 1661. Guatemala, Hatificase el Protocolo por el cual la Repú- blica de Panamá ingresa a los signientes Or ganismos de la Organización de Estados CenCONSIDERANDO: troamericanos: Consejo de Trabajo y Previsite ORGANISMO EJECUTIVO Social Consejo Centroamericano de Salud Que de conformidad con el artículo 2 tranPública y Consejo Centreamericano de Turis sitorio de la Carta de la Organización de Esmo, suscrito en la Ciudad de San Salvador " tados Centroamericanos, la República de Pa17 de jusio de 1966. MINISTERIO DE RELACIONES namá puede ingresar a cualquiera de los Organismos subsidiarios de dicha Organización, JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO,
mientras se adhiere a la Carta Constitutiva de EXTERIORES Presidente Constitucional de la Republica dela misma; Guatemala, Ratificase el Protocolo por el cual la Republica anama CONSIDERANDO: ingresa a los siguientes organismos de la Organización POR CUANTO: de Estados Centroamericanos: Consejo de Trabajo y Previsión Social, Consejo Centroamericano de Salud PGQue el 17 de junio de 1966 fue suscrito por El Honorable Congreso de la República, on blica y Consejo Centroamericano de Turismo, suscrito en los Ministros de Relaciones Exteriores de las Decreto Número 1661, emitido el veinticuatro de la Ciudad de San Salvador el 17 de junio de 1966. Repúblicas de Centroamérica y por Panama, un febrero del año on curso, ha dado su aprobaci(n protocolo para el ingreso de Panamá a los óral Protocolo suscrito en la ciudad (1·) San Salvaganos subsidiarios de la ODECA que en el misdor, el 17 de junio de 1966 por los Ministros mo se indican; de Relaciones Exteriores de Guatemala, El Sat MINISTERIO DE ECONOMIA vador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Paramá, por el cual la República de Panama ingresa CONSIDERANDO: a los siguientes organismos de la Organización de Estados Centroamericanos: Consejo de Tra-Otórgase a la señora Raquel Dera Pérez Attias de Koris, para su Fábrica denominada "Envases Futuristas Dorick". bajo y Previsión Social, Consejo Centronmerican
Que se trata de una realización más en pro de Salud Pública y Consejo Centroamericano dela clasificación de Industria Nueva. del ideal centroamericano. basada en un insTurismo, trumento internacional ratificado por Guatemala, POR TANTO, Calificase como Industria de Exportación, a la Empresa En uso de las facultades que me confiere laFábrica de Ropa "El Triangulo", propiedad del señor Miguel Angel Pensabene López. POR TANTO, Constitución de la República, ratifico el Protocolo por el coal la R pública de Panama ingresa a los signientes organismos de la Organización En ejercicio de las facultades que Ie otorga de Estados Centroamericanos: Consejo de TraMINISTERIO DE HACIENDA el artículo 170 de la Constitución de la Repú- bajo y Previsión Social, Consejo Centroamericablica, no de Salud Pública y Consejo Centroamericare de Turismo, suscrito en la ciudad de San SatY CREDITO PUBLICO vador el 17 de junio de 1966, y mando que De DECRETA: publique para que se tenga como ley de la República. Autorizase el traslado de asignaciones solicitadas por el Artículo 10.-Se aprueba el Protocolo suscrito Archivo General de la Nacion, dentro del Presupuesto en la ciudad de San Salvador el 17 de junio En fe de lo cual firmo el presente Instrude Gastos de Funcionamiento Vigente. de 1966 por los Ministros de Relaciones Exteriomento de Ratificación, autorizado con el Sello
res de Guatemala, El Salvador, Honduras, NiMayor de la República y refrendado por el M caragua, Costa Rica y Panama, por el cual la nistro de Relaciones Exteriores, en la ciudad dr República de Panamá ingresa a los siguientes Guatemala. a los quince días del mes de mar.o MINISTERIO DE GOBERNACION organismos de la Organización de Estados Cende mil novecientos scsenta y siete. troamericanos: Consejo de Trabajo y Previsión Social, Consejo Centroamericano de Salud Pú- f) JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. Concédese al señor Pedro Gramajo Martinez, la ayuda eco. blica y Consejo Centroamericano de Turismo. El Ministro de Relaciones Exteriores, nómica de Q200.00 para patentar su invento consistente f) EMILIO ARENALES Artículo 20.-Este Decreto, que fue aprobadoen una máquina de hacer sobres. con el voto favorable de la mayoria absoluta de Diputados que integran el Congreso, entrará en Protocolo de ingreso de la República de Panama vigor el día siguiente de su publicación en el a los órganos subsidiarios de la Organización Diario Oficial. de Estados Cemtrosmericanos MINISTERIO DE EDUCACION Los Gobiernos de las Repúblicas d. Guatema'a Pase al Organismo Eiecutivo para su ratifiEl Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa RicaEstablecese en todos los Planteles Nacionales de ensecación, canje y publicación. y Panama;
ñanza media de la República, el Servicio de Orienta. CONSIDERANDO: ción. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: Que por razones de orden geográfico, histórico en Guatema'a, a los veinticuatro días del mes y político, la República de Panamá debe formarAutorizase con carácter experimental el funcionamiento de de febrero de mil novecien OS sesenta y siete. parte de la comunidad centroamericana y, paralas Escuelas Parroquiales de los municipios que se mental efecto, es convenien'e su incorporacin plenacionan del departamento de Huchuetenango. a la Organización de Estados CentroamericanosMARIO FUENTES PIERUCCINI, Presidente. Designase la Comisión integrada por las personas que se CONSIDERANDO: mencionan, para que en nombre del Ministerio del Ramo, presenten las más sentidas condolencias a la apreciable CAMILO DEDET ROSA, Que de conformidad con lo dispuesto por el familia del ilustre licenciado Virgilio Rodriguez Beteta, Segundo Secretario. Artículo 2 de las Disposiciones Transitorias de la por su lamentable deceso. Carta de San Salvador, mientras la República de Panamá no se adhiera a dicha Carta podrá OSCAR RAMIREZ RODRIGUEZ, ingr sar a cualquiera de los órganos subsidiarios Cuarto Secretario. de la Organización de Estados Centroamerica ANUNCIOS VARIOS nos, establecidos 0 que se establezcan en el fn turo, suscribiendo para ello el Protocolo 0 los Palacio Nacional: Guatemala, quince de marProtocolos que fueren necesarios,
Constitución de sociedades.-Modificacion de seciedad.- ZO de mil novecientos sesenta y siete. POR TANTO,Prórroga de sociedad.-Matrimonic --Lineas de trans. porte.-Registro de marcas.-Títulos supletorios.-Edictos.-Remates. Ratifíquese, publiquese y cumplase. Los referidos Gobiernos deciden suscribir of presente Protocolo de Ingreso de la República de Panama a los Organos Subsidiarios de la OrgaCrédito Hipotecario Nacional, Departament de CapitaliJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. nización de Estados Centroamericanos y, park zación. -Balance Genera al 30 de septien.bre de 1966. tal fn, han convenido en lo siguiente: Banco Inmobiliario, S. a.-Balance Jeneral de sepEl Ministro de Relaciones Exteriores, Articulo 10.-En virtud de este instrumento, 1 tie nbre de 1966. EMILIO ARENALES CATALAN. República de Panamá ingresa y forma parte