Decreto 1675-1967
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1675-1967
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 1967
El Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA ior Ag ncia: Teléfono 28027 Registrado coino correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.América: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXIX GUATEMALA, MIERCOLES 14 DE JUNIO DE 1967 NUMERO 86
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO Palacio Nacional: Guatemala, catorce de junio de mil novecientos sesenta y siete. Publiquese y cúmplase.
ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETO No. 1675 JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO.
DECRETO NUMERO 1675.
El Congreso de la República El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALBERTO FUENTES MOHR.
ORGANISMO EJECUTIVO de Guatemala,
CONSIDERANDO: El Ministro de Economía.
ROBERTO BARILLAS IZAGUIRRE, MINISTERIO DE GOBERNACION Que para compensar en parte el sacrificio de ingresos que hace el Estado, al otorgar las exoApruébase el aumento del capital social de laneraciones que incluye la Ley de Fomento In- "Compañfa Agro Comercial, S. A.". dustrial, es conveniente que mantenga la obliORGANISMO EJECUTIVO
gatoriedad de importar las mercancias exoneradas de impuestos aduanales en virtud de dicha Ley, utilizándose los puertos y empre-as de MINISTERIO DE HACIENDA transporte maritimo y aéreos estatales; MINISTERIO DE GOBERNACION Y CREDITO PUBLICO CONSIDERANDO: Apruébase el aumento del capital social de la
.COMPANIA AGRO COMERCIAL, S. A..
Concédese jubilación militar a favor del coroQue se hace necesario asimismo, facilitar la nel de Infanteria José Antonio Alonso Rodas. exportación de artículos de producción nacional, Palacio Nacional: Guatema'a, 23 de mayo de liberándo'a de las limitaciones que implican los 1967. Decretos-Leyes 444 y 468; y que por otra parte ES igualmente necesario, en lo que atañe a las Examinada la solicitud del señor Carlos IbarMINISTERIO DE AGRICULTURA medidas relativas a la importación, establecer güen Uribe, relativa a que se apruebe el auexcepciones en aquellos casos en que así lo remento del capital social de la sociedad .COMquiera el mejor desenvolvimiento del comercio PANIA AGRO COMERCIAL S. A.>, en cuya Apruébanse los estatutos de la Cooperativa Agri-internacional, sin afectar los intereses del Esrepresentación gestiona; y, cola de Bananeros del Norte, Responsabilidadtado, Limitada; y reconórese su personalidad juridica. POR TANTO, CONSIDERANDO: En uso de las facultades que le confiere el Que en la junta general extraordinaria de
artículo 170 de la Constitución de la República, accionistas celebrada. el once de junio de mill PUBLICACIONES VARIAS novecientos sesents ginco y con su voto timesDECRETA: nime acordé aumenter el capital social en is suma de CUATROCIENTOS MIL QUETZALES Articulo 10.-Se derogan los Decretos-Leyes (Q.400.000.00); que tal aumento se consigno enMunic.palidad de Mazatenango. 444 y 468; así como cualquiera otras disposiciola escritura pública que autorizó en esta cludad nes que se opongan a la presente. Reg'amento para la administración de los merel Notario Ricardo Zúñiga Sanchez el veinticados municipales de la ciudad de Mazatenansiete de julio de mil novecientos sesenta y cinco,Artículo 20.-Se adiciona el artículo 23 del Dego, del departamento de Suchitepéquez. cuyo primer testimonio se inscribió en el Regiscreto del Congreso 1317, con el siguiente inciso: tro Civil de esta capital bajo la partida número cuatrocientos (400), folios cuatrocientos treinta "50.-Cuando las mercancias sean importadas ANUNCIOS VARIOS y nueve y cuatrocientos cuarenta (439 y 440), al país, gozando de exoneración de impuestos del libro treinta y cuatro (34) de Personasaduaneros, las personas individuales 0 juridicas Jurídicas: ampliada por la de fecha veintiunoque por ley 0 contrato gocen de tales exonerade octubre de mil novecientos sesenta y seis, Autorizaciones farmacéuticas. Matrimenios.-- ciones quedan obligadas a efectuar el transporautorizada por el mismo notario y la cual se enLinea de transporte. Modificación de sote marítimo O aéreo de esas mercancias al tecuentra debidamente inscrita; que el Asesor Jucredad. - Patentes de invención. Registro rritorio nacional, por medio de empresas de rídico del Ministerio de Gobernación, en dictade marcas. Títu'os supletorios. - Edictostransporte del Estado y asimismo, a usar para men aprobado por el Procurador General de la Licitación. - Remates. importarlas los puertos estatales. Se exceptúan Nación y Jefe del Ministerio Público, manifestóunicamente: at que se llenaron los requisitos prescritos por la 1) Los casos relativos a importaciones proveley de la materia y que puede otorgarse la aproLas Chuspas Agropecuarias, S. A., Balance Genientes de los otros Estados Miembros del Merbación pedida; que en igual sentido se produjo neral al 30 de junio de 1966. cado Común Centroamericano. el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y que, importando dicho aumento una modificaImportadora Ausimar, S. A. 11 Av. "B" 30-30, 2) Las importaciones que personas individuación al contrato social es indispensable la autorización del Ejecutivo, zona 5, Balance General al 30 de junio de 1966.les O jurídicas efectuen utilizando sus propios vehiculos; y, POR TANTO, Distribuidora Cordón. S. A., Guatemala, C. A., 3) Cuando los puertos 0 las empresas de transDe conformidad con lo prescrito en el arBalance General al 31 de marzo de 1965. porte del Estado. no puedan prestar sus servicios eficientemente, por no contar con vehículos, tículo 392 del Código de Comercio y la facultad que le confiere el Decreto Presidencial númeroequipos 0 instalaciones adecuadas, 0 cuando las indicadas empresas de transporte carezcan de 468, Distribuidora Cordón, S. A., Guatemala. C. A., Ba'ance General al 31 de marzo de 1966. servicios regulares con itinerario fijo en los puertos de embarque de los productos y mercancías EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,destinadas al territorio nacional o cuando por "Importadora Mundial S. A.", Fundada en fuerza mayor y otras circunstancias extraordi1947, Balance General al 30 de septiembre de narias no resulte posible 0 conveniente para la ACUERDA: 1964. economia nacional, utilizar los puertos y. empre-sas de transporte estatales. todo lo cual reglamentará el Ministerio de Economia". Aprobar el aumento del capital social de "Importadora Mundial S. A.", Fundada en la .COMPANIA AGRO COMERCIAL S. A.>, 1947, Balance General al 30 de septiembre de Artículo 30.-El presente Decreto entrará en el que con los CUATROCIENTOS MIL QUETZA1965. vigor el siguiente dia de su publicacion en el LES (Q.400.000.00) aumentados, será de QUIDiario Oficial. NIENTOS MIL QUETZALES (Q.500.000.00), representados por cinco mil (5.000) ACCIONES de
Compañia Ganadera del Polochic, S. A., Ba'ance Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaun valor nominal de CIEN QUETZALES General al 30 de junio de 1966. ción y cumplimiento. (Q.100.00) cada una. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, Comuniquese, Granja Avíco'a California, S. A., Guatema'a, C.en Guatemala, a los veinticinco días del mes de A., Balance General al 30 de junio de 1966. mayo de mil novecientos sesenta y siete. MENDEZ MONTENEGRO MARIO FUENTES PIERUCCINI, Industria Licorera Queza'te'a, S. A., Queza'tePresidente. nango, Guatemala. C. A., Balance General al En Viceministro de Gobernación, 31 de marzo de 1966: CAMILO DEDET ROSA encargado del Despacho, Segundo Secretario. AUGUSTO CASTANEDA MORGAN Compañía Comercial Philins de Guatema'a, S. A. OSCAR RAMIREZ RODRIGUEZ Balance General al 31 de diciembre de 1966. Cuarto Secretario. 204499-14-J