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Decreto 1694-1967

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1694-1967
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1967

EL DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1o. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.América: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXX GUATEMALA, JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 1967 NUMERO 71

SUMARIO CONSIDERANDO: POR TANTO, Que Guatemala debe tomar medidas urgentesy decididas a fin de solucionar el grave pro-Con base en los Decretos números 1095 y 1168

ORGANISMO LEGISLATIVO blema originado por los excedentes de café;del Congreso de la República,

CONSIDERANDO: ACUERDA:

Decreto Número 1694. Que Guatemala es signataria del Convenio In-Artículo 10.-Se concede a favor de la Asoternacional del Café, una de cuyas disposicionesciación Pro Salud del Niño, exoneración de losORGANISMO EJECUTIVO permite la exportación de café a mercados nue-derechos aduaneros, tasas y demás impuestos que vos; que actualmente nuestro país se encuentragravan la importación de una camionetilla marcaMINISTERIO DE HACIENDA en desventaja con las demás naciones exporta-Renault, mode'o R-1123 del año 1967, chassis No.

Joras del grano, por lo que se hace necesario408329, motor No. 407985, destinada como premio Y CREDITO PUBLICO dictar las medidas que faciliten la venta dede la rifa que efectuaron el cinco de mayo del nuestros productos en dichos mercados, con elpresente año, con el fin de recaudar fondos parael desarrollo de sus actividades.Concedese -a favor de la Asociacion Pro Salud del Niño,consiguiente beneficio para la economia nacioexoneración de los derechos aduaneros sobre la impor.nal, Artículo 20.-EI presente Acuerdo entrará entacion de una camionetilla marca Renault. POR TANTO, vigor el día siguiente de su publicación en elConcédese a favor del Comité Pro Recaudación de Fondos Diario Oficial. de San Agustin Acasaguastlán, El Progreso, exoneración DECRETA: Comuniquese.de los derechos aduaneros sobre la importación de un microbús tipo "Club Wagon", convertido en ambulancia, Artículo 10.-Se exonera del pago del impuesMENDEZ MONTENEGRO. Concedese a favor de la Asociación Civil, Cultura y De.to a que se refiere el Decreto número 1549 del Congreso de la República, al cafe que se ex-El Ministro de Hacienda y Crédito Público,porte, exoneración de los derechos aduaneros sobre la importación de 26 bultos. porte a partir de la vigencia de esta ley, a losALBERTO FUENTES MOHR. Concedese a favor de monseñor Mario Casariego C.R.S.,países clasificados como <mercados nuevos, en 208194-28

arzobispo metropolitano de Guatemala, exoneración de el Anexo «B» del Convenio Internacional del derechos aduaneros sobre la importación de un automo. Cafe, aprobado por Decreto 1578 del Congreso.Concédese a favor del Comité Pro Recaudación vil marca Pontiac modelo 1968. Artículo 20.-E1 Ejecutivo queda facultado de Fondos de San Agustin Agasaguastlán, El Concédese a favor de la Iglesia Evangélica Nacional Pres.para que en casos considerados de urgencia yProgreso, exoneración de los derechos aduanebiteriana de Guatemala, exoneración de los derechos adua.beneficio nacional, pueda comerciar con los paí-ros sobre la importación de un microbús tips neros sobre la importación de un automóvil. ses a que se refiere el Decreto 305 del Presi-<Club Wagon, convertido en ambulancia. Concédese a favor de la Liga Nacional Contra el Cancer,dente de la República. exoneración de los derechos aduaneros sobre la impor. Palacio Nacional: Guatemala, 25 de septiembre tación de siete bultos y dos cajas con los objetos queArtículo 30.-La Asociación Nacional del Ca-de 1967. se mencionan. fé de conformidad con su Ley Orgánica, deberá Concedese a favor de la Escuela Marista Gratuita, situadavelar por la correcta aplicación de la presenteEl Presidente Constitucional de la República, en la Colonia Santa Isabel, Jocotales, zona 6, de estaley. Para tal efecto deberá emitirse el reglaCONSIDERANDO: ciudad, exoneración de los derechos aduaneros sobre lamento respectivo, por medio del Ministerio deHacienda y Crédito Público.importación de los objetos que se mencionan. Que es deberidel Bistado brindar apoyo a todas

Artículo 40.-E presente Decreto fue decla-aquellas personal entidades que trabajan de rado de urgencia nacional con el voto favorablemanera desinteresada en la realización de obrasMINISTERIO DE ECONOMIA de más de las dos terceras partes del total dede beneficio general; Otorgase a favor de Farbwerke Hoechst AktiengesellschaftDiputados que componen el Congreso, dispensánCONSIDERANDO: Vormals Meister Lucius & Bruning, la patente de in.inmediatamente. dosele las lecturas de ley, y entrará en vigorvencion que se expresa. Que oído el Ministerio Público, se pronunció en sentido favorable a la solicitud presentada, en MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-dictamen número VII/237 del siete de agosto deción y cumplimiento. 1967, POR TANTO, Y ASISTENCIA SOCIAL Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: En Guatemala, a los cinco días del mes de sep-Con base en los Decretos números 1095 y 1168 Otorgase en su grado máximo al doctor Carlos Esteveztiembre de mil novecientos sesenta y siete.del Congreso de la República, Pratezi, la orden "Rodolfo Robles", como reconocimien. J. GREGORIO PREM B., ACUERDA: to a sus altos méritos científicos y profesionales. Presidente. Artículo 10.-Se concede a favor del Comité MINISTERIO DE GOBERNACION FRANCISCO GULARTE COJULUN, Pro Recaudación de Fondos de San Agustin AcaSecretario. saguastlan, El Progreso, exoneración de los dereDerógase el Acuerdo Gubernativo de fecha 4 de septiem. chos aduaneros, tasas y demás impuestos que grabre de 1967, por el cual se autorizó a la Compañía "Ex. GERMAN CASTANEDA Y C., van la importación de un microbús tipo <Club portadora Guatemalteca de productos Agropecuarios, So. Secretario. Wagon>, convertido en ambulancia, marca Ford ciedad Anónima" (EXGUAPAGRA, S. A.) para que pa. Falcon, modelo 1967, de seis cilindros, debidamengue a la Municipalidad de Guatemala, el arbitrio que elPalacio Nacional: Guatemala, doce de sep-te equipada, destinada al servicio gratuito en el mencionado acuerdo indica. tiembre de mil novecientos sesenta y siete.traslado de enfermos graves al Hospital más cerApruebanse los Estatutos de "Contructores y Contratistas cano de aquel lugar. Generales, Sociedad Anónima"; y reconócese su perso.Publiquese y cúmplase. JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. Artículo 20.-EI presente Acuerdo entrará ennalidad jurídica. digor el día siguiente de su publicación en el El Ministro de Hacienda y Crédito Público,D-ario Oficial.

PUBLICACIONES VARIAS ALBERTO FUENTES MOHR. Comuniquese.

JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL MENDEZ MONTENEGRO.

ORGANISMO EJECUTIVO El Ministro de Hacienda y Crédito Público,Nómina No. 70 de los traslados del 21 de agosto al 20 de ALBERTO FUENTES MOHR.septiembre de 1967.

208174-28 ANUNCIOS VARIOS MINISTERIO DE HACIENDA Concédese a favor de Ja Asociación Civil Cultura Lineas de transporte.-Matrimonios-Constitución de SO.Y CREDITO PUBLICO y Deporte, exoneración de los derechos aduadiedades.-Modificación de sociedad.-Prórroga de SO. neros sobre la importación de 26 bultos. ciedad.-Títulos supletorios.-Autorizaciones farmaceuti.Concédese a favor de la Asociación Pro-Salud delcas.-Edictos.-Remates. Niño, exoneración de los derechos aduaneros So-Palacio Nacional: Guatemala, 21 de septiembre bre la importación de una camionetilla marcade 1967. Renault. El Presidente Constitucional de la República, ORGANISMO LEGISLATIVO Palacio Nacional: Guatemala, 25 de septiembrede 1967. CONSIDERANDO: El Presidente Constitucional de la República,Que es deber del Estado brindar apoyo a todas DECRETO NUMERO 1694 aquellas personas o entidades que trabajan de CONSIDERANDO: manera desinteresada en la realización de obras de beneficio social; EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Que es deber del Estado brindar apoyo a todas aquellas personas 0 entidades que trabajan de CONSIDERANDO: DE GUATEMALA. manera desinteresada en la realización de obras de beneficio general; Que oido el Ministerio Público, se pronunció CONSIDERANDO: en sentido favorable a la solicitud presentada, CONSIDERANDO: en dictamen número VII/259 del 31 de agosto de

Que es obligación del Estado contribuir al 1967, desenvolvimiento económico y social del pais,Que oído el Ministerio Público, se pronunció en sentido favorable a la solicitud presentada. en POR TANTO, emitiendo las disposiciones necesarias para lo-dictamen número VII/245 del ocho de agosto degrarlo, acordes con la realidad nacional; Con base en los Decretos 1095 y 1168 del Con-1967, greso de la República,

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