Decreto 1698-1967
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1698-1967
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1967
El Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.
Administración: Teléfono 24418 América: 9a. Av. 11-34, Zena 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXX GUATEMALA, MARTES 10 DE OCTUBRE DE 1967 NUMERO 81
SUMARIO total de Diputados que integran el Congreso y El Viceministro de Relaciones Exteriores. entrará en vigor ocho días después de su publiEncargado del Despacho, cación en el Diario Oficial. GIL ARTURO GONZALEZ SOLIS. Pase al Organismo Ejecutivo para su ratificaORGANISMO LEGISLATIVO ción, publicación y canje. Decreto Número 1695. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. en Guatemala: a los seis días del mes de sepDECRETO No. 1699Decreto Número 1698. tiembre de mil novecientos sesenta y siete.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICADecreto Número 1699. J. GREGORIO PREM BETETA.
Presidente.
ORGANISMO EJECUTIVO DE GUATEMALA.
JORGE ARISTIDES VILLATORO HERRERA.
Primer Secretario. CONSIDERANDO:
MINISTERIO DE GOBERNACION
FRANCISCO GULARTE COJULUN, Que el Protoco'o Especial de Granos adoptado Intégrase el Comité Nacional Pro-Festejos del XXIII Ani. Tercer Secretario. en la ciudad de Limón. Costa Rica. el 28 de OCversario de la Revolución de Octubre de 1944. con los tubre de 1965, es de interés nacional por el be representantes de los distintos sectores nacionales que sePALACIO NACIONAL: Guatemala, veinte de neficio recíproco que representa para las cinco indica. septiembre de mil novecientos sesenta y siete. repúblicas de Centroamérica, ya que estimulará en el área la producción de artícu'os básicos pa. Autorizase a "Societe Anonyme Belge D'Exploitation de la Ratifíquese, publiques y cúmplase. ra la alimentación de las poblaciones; Navigation Aerienne (Sabena), en español "Sabena" (So. ciedad anónima Belga de Explotación de la Navegación JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. CONSIDERANDO: Aérea). para que pueda operar en la República, El Viceministro de Relaciones Exteriores, Que cl Consejo de Estado, los Ministerio; de Apruébanse los Estatutos de la "Asociación Supervisora de Encargado del Despacho, Agricultura y de Economia, y la Comisión de EcoCompras de Trigo Nacional de su fomento industrial": GIL ARTURO GONZALEZ SOLIS, nomia del Congreso emitieron opiniones favoray reconócese su personalidad jurídica. bles a dicho instrumento internacional, el que,
de otra parte, no contiene disposiciones que se opongan a la Constitución de la República,
DECRETO No. 1698MINISTERIO DE HACIENDA POR TANTO.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICAY CREDITO PUBLICO En uso de las facultades que le otorga el Artículo 170 de la Constitución. Apruébase el contrato No. tres (3) celebrado con fecha 17 de DE GUATEMALA DECRETA: enero de 1967. entre el subdirector general de Aduanas la presidenta de la Sociedad Protectora del Niño. por me. CONSIDERANDO: Artículo 10.-Se aprueba el Protoco'o Especial dio del cual se da en arrendamiento a dicha sociedad, un terreno ubicado en el edificio del Aeropuerto Internacio. Que es necesario y conveniente la ratificación de Granos suscrito por los plenipotenciarios de nal "La Aurora". para instalación de un expendio de met. del Segundo Protocolo de San Salvador al ConGuatemala, E1 Salvador. H nduras, Nicaragua y caderia. venio Centroamericano sobre Equiparación de Costa Rica, en la ciudad de Limón. República de Gravámenes a la Importación, suscrito el 5 de Costa Rica, el 28 de octubre de 1965. noviembre de 1965, jurtamente con la Lista A. Anexo, que forma parte integrante del Protocolo. Articulo 20.-Este Decreto, que fue aprobado ANUNCIOS VARIOS con el voto favorable de las dos terceras partes CONSIDERANDO: de diputados que integran el Congreso, entrará Linea de transporte.-Matrimonios.-Constitución de socie. en vigor el día siguiente de su publicación en
dades.-Modificación de sociedades.-Prorroga de socie. c1 Diario Oficial. dad.-Registro de marcas.-Titulos supletorios.-Edictos Que de conformidad con el referido Convenio y Remates, sus protocolos vigentes, en el procedimiento de la renegociación de aforos se han llenado todos los Pase al Organismo Ejecutivo para ratificarequisitos previstos y que en tal virtud, las Parción, publicación y canje. tes Contratantes han convenido adoptar el graDado en el Palacio del Organismo Legislativo, ORGANISMO LEGISLATIVO vamen uniforme y la denominación arancelaria en la ciudad de Guatemala: a los seis días delque se especifica en la ampliación de la Lista A, Anexo, que forma parte integrante del Protocolo. mes de sept'embre de mil novecientos sesenta y siete.
DECRETO No. 1695 POR TANTO, J. GREGORIO PREM BETETA.
Presidente. En uso de las facultades que le confiere el arEL CONGRESO DE LA REPUBLICA tículo 170 de la Constitución de la República. JORGE ARISTIDES VILLATORO HERRERA, Primer Secretario.
DE GUATEMALA DECRETA: FRANCISCO GULARTE COJULUN Artículo 10.-Se aprueba en todas y cada unaCONSIDERANDO: Tercer Secretario. de sus partes el Segundo Protocolo de San Salvador al Convenio Centroamericano sobre Equi-Que el Protocolo al Tratado General de IntePALACIO NACIONAL: Guatemala, veinte de
gración Económica Centroamesicana. suscrito en paración de Gravámenes a la Importación. suscrito el 5 de noviembre de 1965. juntamente con septiembre de mil novecientos sesenta y siete. San Salvador. El Salvador, el 12+de octubre de la Lista A. Anexo. que forma parte integrante1966, establece el libre comercio de productos inRatifíquese, publiquese y cumplase.de dicho Protocolo. dustriales que se producen en el pais y cuya expansión comercial permitirá un acrecentamiento JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGROArtículo 20.-El presente Decreto fue aprobadoen los mercades de los paises signatarios del con el voto favorable de la mayoria absoluta del Tratado y contribuirá al desarrol'o económico de El Viceministro de Relaciones Exteriores,total de Diputados que integran el Congreso ynuestro pais; entrará en viger ocho dias después de su publiEncargado del Despacho. GIL ARTURO GONZALEZ SOLIS,cación en el Diario Oficial.CONSIDERANDO: Que el Consejo de Estado emitió opinión fa. Pase al Organismo Ejecutivo para su ratificavorable a la aprobación de este instrumento, dada ción, publicación y canje. ORGANISMO EJECUTIVO la conveniencia que tiene para el impulso indus. trial y comercial de Guatemala y la intensifiDado en el Palacio del Organismo Legislativo, en Guatemala: a los seis días del mes de sep-cación del libre comercio con los países centrotiembre de mil novecientos sesenta V sicte.americaros. MINISTERIO DE GOBERNACION
POR TANTO, J. GREGORIO PREM BETETA.
Presidente. Intégrase el Comité Nacional Pro-Festejos d' XXIII Aniversario de la Revolución de Octubr En uso de las facultades que le confiere el inci-JORGE ARISTIDES VILLATORO HERRERA, de 1944, con los representantes de los dist'ntoSO 14) del artícu'o 170 de la Constitución de la Primer Secretario. sectores nacionales que se indica. República. FRANCISCO GULARTE COJULUN, Palacio Nacional: Guatemala. 9 de octubre dDECRETA: Tercer Secretario. 1967. Artículo 10.-Se aprucb el Profocolo al TraPALACIO NACIONAL: Guatemala, veinte de El Presidente Constitucional de la República,tado General de Integración Económica Centroamericana, suscrito en San Salvador, El Salvador,septiembre de mil novecientos sesenta y siete, CONSIDERANDO: el 12 de octubre de 1966. Ratifíquese, publiquese y cúmplase. Artículo 20.-El presente Decreto fue aprobado Que el movimiento revolucionario del 20 di con el voto favorable de la mayoria absoluta del JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO Octubre de 1944 representa para Guatemala un