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Decreto 17-1980

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 17-1980
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1980

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Periodists Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelays Bockler Fundado el 2 de Agesto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, seas 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXIII GUATEMALA, MARTES 10 DE JUNIO DE 1980 NUMERO 90

SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO EJECUTIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

Decreto Número 17-80 MINISTERIO DE RELACIONES

DECRETO NUMERO 17-80

EXTERIORES ORGANISMO EJECUTIVO EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, Ratificase el Protocolo 1979, para la Quinta Pró-CONSIDERANDO: MINISTERIO DE RELACIONES rroga ai Convenio sobre el Comercio del Trigo 1971, suscrito en Washington, por el G:bierno deQue el Gobierno de la República suscribió en EXTERIORES la República de Guatemala, el 16 de mayo deWashington, Estados Unidos de América, el 16 de 1979, y texto del citado Protocolo. mayo Le 1979, el Protocolo para la Quinta Pró- Ratificase el Protocolo 1979, para la Quinta Pró-roga del Convenio sobre el Comercio del Trigorroga al Convenio sobre el Comercio del Trigo FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA,1971;

1971. suscrito en Washington por el Gobierno de Presidente de la República de Guatemala, la República de Guatemala, el 16 de mayo de CONSIDERANDO: 1979. y texto del c\ado Protocolo. POR CUANTO: Que sobre su conveniencia se escuchó la opinion MINISTERIO DE ECONOMIA favorable del Ministerio de Economia, del MinisEl Honorable Congreso de la República en De. terio de Relaciones Exteriores y del Honorable creto Número 17-80, emitido el 11 de marzo del Acuérdase aclarar el artículo 50. del Acuerdo miConsejo de Estado; año en curso, ha dado su aprobación al Protocolo nisterial número 420-76, del 5 de octubre de 1976, 1979, para la Quinta Prórroga al Convenio sobre el solicitado por la empresa "Inyectores de PlásCONSIDERANDO: Comercio del Trigo 1971. suscrito en Washington tico, Sociedad Anónima". por el Gobierno de la República de Guatemala, el Que el referido Protecolo no contiene normas que16 de mayo de 1979, Autorizase al Crédito Hipotecario Nacional de Gualesionen principios constitucionales ni legales vigen-temala, para que líquide operaciones derivadas tes en el país, POR TANTO. del programa "Crédito Popular Mercados". POR TANTO, En uso de las facultades que me confiere la ConsMINISTERIO DE FINANZAS titución de la República, ratifico el Protocolo 1979,En uso de las facultades contenidas en los inpara la Quinta Prórroga al Convenio sobre el Co.

PUBLICAS cisos 10. y 13 literal c) del Artículo 170 de la Cons. titución de la República, mercio del Trigo 1971, suscrito en Washington por el Gobierno de la República de Guatemala, el 16 Concédese a favor de todas las municipalidades de DECRETA: de mayo de 1979, y mando que se publique para la República, exoneración del impuesto de gasoque te tenga como ley de la República. lina y aceite dienel. Artículo 10.-Se aprueba el Protocolo 1979. para En fe de lo cual firmo el presente Instrumento la Quinta Prórroga al Convenio sobre el Comercio de Ratificación. autorizado con el Sello Mayor de Adscribese al Ministerio de Educación el inmueble del Trigo 1971. suscrito en Washington, por el Go.la República y refrendado por el Ministro de Reque se expresa, propiedad de la Nación. laciones Exteriores, en la c'udad de Guatemala, abierno de la República de Guatemala, el 16 de los veinte dias del mes de marzo de mil novecienMINISTERIO DE LA DEFENSA mayo de 1979. tos ocnenta.

FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA.

NACIONAL Art'culc 20.-El presente Decreto fue aprobado con el voto favorable de las dos terceras partes El Ministro de Relaciones Exteriores, Apruébase el contrato número 3. suscrito entre el del número total de Diputados que integran el Con-RAFAEL EDUARDO CASTILLO VALDEZ Comité Nacional de Emergencia y la empresa gresn y entrará en vigor el dia de su publicación

"W. P. Importaciones y Exportaciones, Sociedad en el Diario Oficial. PROTOCOLO 1979, PARA LA QUINTA PRORROGA Anónima", para la compra de dos camiones cisDEL CONVENIO SOBRE EL COMERCIO DEL terna marca "White". Pase al Organismo Ejecutivo para lo que pro. ceda. TRIGO 1971 MINISTERIO DE AGRICULTURA Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, Los Gobiernos partes en el presente Protocolo: Reglamento para el cobro de las cuotas de riegoen la ciudad de Guatemala, a los once dias del en los sistemas construidos por el Estado. Considerando que el Convenio sobre el Comerciomes de marzo de mil novecientos ochenta. del Trigo, 1971 (en adelante llamado "el Convenio") MINISTERIO DE GOBERNACION del Convenio Internacional del Trigo 1971, que fue prorrogado de nuevo por virtud de Protocolo en 1978,MANUEL SALVADOR POLANCO RAMIREZ expira el 30 de junio de 1979.Apruébanse las modificaciones introducidas a los Presidente. Estatutos de la Asociación "Convención Bautista Han convenido lo siguiente: de Guatemala".

LEOPOLDO ANTONIO URRUTIA BELTRAN, ARTICULO 1

PUBLICACIONES VARIAS Primer Secretarid. Prórroga, expiración y rescisión del Convenio MUNICIPALIDAD DE PASTORES, SACATEPEQUEZ GUILLERMO ROMERO PERALTA. A reserva de lo dispuesto en el Artículo 2 del

Tercer Secretario. presente Protocolo, el Convenio permanecerá en Reglamento para el servicio de agua potable, acorvigor entre las partes integrantes del presente dado por la Municipalidad de Pastores. DepartaProtocolo hasta el 30 de junio de 1981, quedando mento de Sacatepéquez. Palacio Nacional: Guatemala, veinte de marzo entendido que si, antes del 30 de junio de 1961. de mil novecientos ochenta. entra en vigor un nuevo convenio internacional ANUNCIOS VARIOS comprendiendo trigo, el presente Protocolo sólo permanecerá vigente hasta la fecha de entrada en Matrimonios. Lineas de transporte. Constituvigor del nuevo convenio. ciones de sociedad. Modificaciones de sociedad. Ratifiquese, publiquese y cúmplase. Disolución de sociedad. Registro de marARTICULO 2 cas. - Titulos supletorios. Edictos. - Remates. FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA. Disposiciones inoperantes del Convenie Resumen de balances condensados de los Bancos A partir del 10. de julio de 1979. se considerarán del sistema al 30 de abril de 1980 (excluyendo alEl Ministro de Relaciones Exteriores. derogadas las siguientes disposiciones del ConveBanco de Guatemala). RAFAEL EDUARDO CASTILLO VALDEZ. nio:

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