Decreto 17-1986-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 17-1986-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1986
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA DIRECTOR
TELEFONO DE DIRECCION 24-4-17 LUIS MENDIZABAL R. FUNDADO EL 2 DE AGOSTO DE 1880
TELEFONO DE REDACCION 20-4-12 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 CALLE 6-72, ZONA 1 TELEFONO DE ADMINISTRACION: 24-4-18
TOMO CCXXVIII GUATEMALA, JUEVES 10 DE ABRIL DE 1986 NUMERO 51
SUMARIO CONSIDERANDO: Que sobre el contenido del Acuerdo de Alcance Parcial a que se refiere ORGANISMO LEGISLATIVO el Considerando anterior se obtuvo dictamen favorable de la Dirección de Estudios Financieros del Ministerio de Finanzas Públicas, de la Dirección de Política Económica y de Comercio ambas del Ministerio de Economia, CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA así como de las Direcciones de Asuntos Jurídicos y Contratación y de Tratados Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, es procedenteDECRETO NUMERO 17-86 emitir la disposición legal que apruebe dicho acuerdo, ORGANISMO EJECUTIVO POR TANTO, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES En ejercicio de las facultades que le confiere el inciso a) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
Apruébase el Acuerdo de Alcance Parcial entre Guatemala y Venezuela,
suscrito en esta ciudad el 30 de octubre de 1985, Instrumento de RatiDECRETA: ficación de fecha 13 de marzo de 1986, y texto del citado Alcance Parcial.Artículo 1°-Se aprueba el Acuerdo de Alcance Parcial entre Guatemala y Venezuela, suscrito en la ciudad de Guatemala el 30 de octubre de 1985. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL Artículo 29-El presente Decreto entrará en vigor a los ocho días de su Apruébase el Contrato Individual de Trabajo número 3-86, celebrado entrepublicación en el Diario Oficial. la Dirección del Hospital Militar y el señor César Augusto VargasPase al Organismo Ejecutivo para su publicación y lo que proceda.Monterroso quien prestará sus servicios como Jefe del Departamento de Medicina y Sección de Nefrología en dicho Hospital. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la ciudad de Guatemala, a los trece días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y seis. MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS ALFONSO ALONSO BARILLAS, Primer Vicepresidente, Acuérdase el reconocimiento de incrementos de precios en contratos de Presidente en funciones. obras en ejecución, suscritos con contratistas nacionales, se aplicará aLEONEL BROLO, las estimaciones que correspondan a trabajos que se efectúen a partirsecretario. del 1 de noviembre de 1985 y se regirá por los artículos que se indican del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones, modificado JOSE FERNANDO LOBO DUBON,
por los artículos que se detallan del Acuerdo Gubernativo número 1039-85. Secretario. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Palacio Nacional: Guatemala, trece de marzo de mil novecientos ochentsy seis. Hacese la adición que se menciona al "Reglamento de otras Becas a Particu-Ratifíquese, publíquese y cúmplase.lares en los Servicios Médico-Hospitalarios Nacionales", contenido en el Acuerdo Gubernativo número 194-86 de fecha 8 de abril de 1986. CEREZO AREVALO. PUBLICACIONES VARIAS Viceministro de Encargado del
JOSE FRANCISCO
JUNTA MONETARIA
RESOLUCION JM-37-86
ANUNCIOS VARIOS ORGANISMO EJECUTIVO Matrimonio. Línea de transporte Constituciones de sociedad. Modificaciones de sociedad Disolución de sociedad. Registro deMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES marcas. Títulos supletorios. - Edictos. - Remates. Apruébase el Acuerdo de Alcance Parcial entre Financiera Guatemalteca, S. A.-Balance General Condensado al 31 desuserito on esta ciudad el 30 de octubre de 1985, mayo de 1985. ficación de fecha 13 de marze de 1986, y texto del Financiera Guatemalteca, S. A-Balance General Condensado al 31 de MARCO VINICIO CEREZO AREVALO,julio de 1985. Presidente de In República de Almacenadora del País, S. A.-Balance General Condensado al 31 de di-ciembre de 1983. POR CUANTO:
El Honorable Congreso de la República, en Decreto número 17-86, emitido el 13 de marzo de 1986, dio.su aprobación al Acuerdo de Alcance ParORGANISMO LEGISLATIVO cial entre Guatemala y Venezuela, suscrito en esta cludad el 30 de octubrede 1985, POR TANTO, CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA En uso de las facultades que me confiere la Constitución Política de la República, ratifico el Acuerdo de Alcance Parcial entre Gustemala y DECRETO NUMERO 17-86 Venezuela, suscrito en esta ciudad el 30 de octubre de 1985, y mando quese publique para que se tenga como ley de la República. Congreso de la República de Guatemala, En fe de lo cual firmo el presente Instrumento de Ratificación, autoCONSIDERANDO: rizado con el Sello Mayor de la República y refrendado por el Viceminiotro de Relaciones Exteriores, Encargado del Despacho, en la cluded de Que con fecha 30 de octubre de 1985 el Gobierno de la República porGuatemala, a los trece días del mes de marzo de mil novecientos ochents conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores suscribió con el Gobiernoy seis, de Venezuela un Acuerdo de Alcance Parcial entre ambos países con el propósito de establecer el otorgamiento de preferencias arancelarias y la elimiMARCO VINICIO CEREZO AREVALO. nación o disminuciones de restricciones no arancelarias que permitan fortalecer y dinamizar las corrientes de comercio en forma compatible con lasViccministro de Relaciones Exteriores, Encargado del Despacho, políticas económicas de ambos países; JOSE FRANCISCO VILLAGRAN DE LEON