Decreto 17-2013
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 17-2013
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Desastres_Naturales
- Año
- 2013
-- --------------------------------- jf'unbabo tn 1880 bt
ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.
MIÉRCOLES 5 de junio de 2013 No. 17 Tomo CCXCVII
EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ:
ORGANISMO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuérdese prorrogar por treinta días mós el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Públi'ca ; contenido en el Decreto Gubernativo Número 3-2012 de fecho 7 de noviembre de 2012, reformado por el Decreto Gubernativo Número 4-2012 de fecha 9 de noviembre 2012, ratificado y modilícado por el Decreto Número 33-2012 del Congreso de la República de fecha 13 de noviembre de 2012. Página -1 MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdese emitir lo siguiente: REFORMA AL ACUERDO
GUBERNATIVO NÚMERO 196-2013 DE FECHA 19 DE ABRIL DE
2013. Página 2
PUBLicACIONES VARIAS
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDO NÚMERO 21-2013
Página 3 ANUNCIOS VARIOS -Matrimonios Página 6 Página 6 Página 6 Página 6 Página 7 Página 8 Página 8 Página 8 Página 13 Página 14 Página 19 Página 21 - Nacionalidades - Líneas de Transporte - Constituciones de Sociedad - Modificaciones de Sociedad - Disolución de Sociedad - Potentes de Invención - Registro de Marcas
Página 14 Página 19 Página 21 - Nacionalidades - Líneas de Transporte - Constituciones de Sociedad - Modificaciones de Sociedad - Disolución de Sociedad - Potentes de Invención - Registro de Marcas
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-Edictos -Remates - Convocatorias lliario bt ~tntro ~mirim ATENCIÓN Las publicaciones que se realizan en el Diario de Centro América, se publican de conformidad con el original presentado por el solicitante, en consecuencia cualquier error que se cometo en ese original, el Diario de Centro América no asume ninguno responsabilidad. Por lo antes descrito se les solicito cumplir con los siguientes requisitos: l. El Archivo digital deberó ser EDITABLE (EN WORD) PARA LAS
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No se aceptan fotocopias ilegibles. Que la firma de la persono responsable y sello correspondiente se encuentren fuero del texto del documento. Documento con el nombre completo del Abogado, Sello y Nú"mero de Colegiado. Nombre y número de teléfono de la persono responsable de la publicación, paro cualquier consulta posterior. ,
Director General: Héctor Salvatierra www.dca.gob.gt
ORGANISMO EJECUTIVO PRESI.DENCIA DE LA REPÚBLICA Acuérdase prorrogar por treinta días más el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública , contenido en el Decreto Gubernativo Número 3-2012 de fecha 7 de noviembre de 2012, reformado por el Decreto Gubernativo Número 4-2012 de fecha 9 de noviembre 2012, ratificado y modificado por el Decreto Número 33-2012 del Congreso de la República de fecha 13 de noviembre de 201 2.
DECRETO GUBERNATIVO No. 9-2013
EL PRESIDENTE DE LA. REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República en Consejo de Ministros emitió el Decreto Gubernativo 3-2012. de f"echa 7 de noviembre de 2012 ref"orrnado por el Decreto Gubernativo Número 4-2012 de f"echa 9 de noviembre de 2012. decretando Estado de Calamidad Pública en los departamentos de Retalhuleu. Suchitepéquez:, Cluetz:altenango. Sololá, Quiché. Totonicapán, San Marcos y Huehuetenango de la República de Guatemala. a consecuencia del terremo"t.o acaecido el dfa 7 de noviembre de 2012. en la República de
Totonicapán, San Marcos y Huehuetenango de la República de Guatemala. a consecuencia del terremo"t.o acaecido el dfa 7 de noviembre de 2012. en la República de Guatemala. ese decreto fue ratificado y mod(ficado por el Decreto Número 33-201 2 del Congreso de la República, con f"echa 13 de noviembre de 2012. El Estado de Calamidad Pública fue prorrogado mediante los Decretos Gubernativos Números 5-2012, 1-2013, 22013, 3-20"13. 4-2013 y 5-20"13, de f"echa.s 3 de diciembre de 2012, 2 y 31 de enero de 20"1 3, "1 y 25 de marzo de· 2013 y 30 de abril de 2013 respectivamente.
CONSIDERANDO: Que a la presente fecha., aún persisten tos ef'ectos causados por el terremoto del 7 de noviembre de 2012. que ocasionó pérdidas personales y materiales en ta sociedad gua:temalteca. que deben de solucionarse; y con et 'fin de velar por el bienestar. la seguridad y t.ranquifidad de las personas y sus bienes. se hace necesario prorrogar el Estado de Calamidad Pública con'tenido en et Decreto Gubernativo indicado. plazo que vence el dia de hoy.
POR TANTO: En ejercsc•o de ras "f'unc:iones que le confieren los artículos 93~ 94. 95. 138. 139 y 183 literales e) y f') de la Constitución Política de la República de Guatemala; 30 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y. 1. 2. '14 y
literales e) y f') de la Constitución Política de la República de Guatemala; 30 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y. 1. 2. '14 y 15 det Decreto Número 7 de la Asamblea Nacjonal Constituyente de la República de Guatemala, Ley de Orden Público. EN CONSE..JO DE NIINISTROS DECRETA: Art.íc::::ulo '1 _ Prórroga_ Se prorroga por treinta días más et plazo ele vigencia del Estado de Calamidad Pública~ contenido en el Decreto Gt..Jbernativo Número 3-2012 de 'fecha 7 de noviembre de ,2012. re-formado por et Decreto Gubernativo Número 4-2012 de fecha 9 de noviembre de 2012. ratificado y modificado por el Decreto Número 33-2012 del Congreso de la República de fecha 13 de noviembre de 2012. El Estado de Calamidad Pública fue prorrogado mediante los Decretos Gubernativos Números 5-2012, 1-20'13. 2-2013. 320'13. 4-20'13 y 5-2013. de fechas 3de diciembre de 2012. 2 y 31 de enero de 20'13. 1 y 25 de marzo de 2013 y 30 de abril de 2013 respe~tivamente . .Artículo 2- ...Jus1:.i-Ficaci6n~ La prórroga def Estado de Calamidad Pública antes ref'eridBI~ se decreta en vírtud de que a la 'fecha persisten los e'fectos causados por el terremoto det 7 de noviembre de 2012 -Y a-gunas condiciones que deben de solucionarse y que originaron la emisión de Jos Decretos Gubernativos ref"eric:los.
7 de noviembre de 2012 -Y a-gunas condiciones que deben de solucionarse y que originaron la emisión de Jos Decretos Gubernativos ref"eric:los. .Articulo 3_ Convocat.oriaM Se convoca al Congreso de la República. para que den-tro del término de t.res dias conozca, rat:i'fique~ modif"ique o impruebe el presente Decret:o Guberna-tivo_ Oportunamente, preséntese a ese Organismo de Es-tado~ in:forme circuns"tanc-íado de Jos hechos ocurridos y medidas adoptadas. durante la emergencia. 'asi como las jus:tiftcaciones correspondiefltes para la prórroga del plazo del Estado de Calamidad Pública decretado, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 32 de ta Ley de Orden Públic<>- Artliculo 4 .. Vigencia .. El presente Decreto G-ubernativo entra en vigencia -inmediat:amente y deberá publicarse en el Diario de Cent:ro América_ Dado en la ciudad de Guatemala. el cuatro de junio del ai'"lo dos mil t:rece. /
RE:Z NIOLINA.
Congreso de la Republica Información Legislativa Congreso de la República----~--- ---~-------- -------------~--- ~ --------------- 2 Guatemala, MIÉRCOLES 5 de junio 2013 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMER017 Lu:Le Fernando carrera caatro . M:Ln:Letro c5e Re1ac:Lcinee Exter:L~ E1mer A1berto L6pez Rodr:J:guez M~n~etro de Agr~cu1tura~ Ganader~a y A1imantaci6n -9----~~~ ~=!_~==-=-~~~~"=7.41;~~~-::::'5,--
E1mer A1berto L6pez Rodr:J:guez M~n~etro de Agr~cu1tura~ Ganader~a y A1imantaci6n -9----~~~ ~=!_~==-=-~~~~"=7.41;~~~-::::'5,-- ([Jr: Jutge )l. 'llillaviuncio }Í{'Va~,..TE.._~ :Iva a Ma.rS:a l ...
TRO Vicemin: Latra o de :>alu ~oticcry A. S. Soat.-a.:lbl.e ~'< ./} ' Ministerio de Bnerg~a y Minas / Encargada de1 Despraccho __ / ,_ ----- r E PUBliCA~ ·'! .. . · .. __ , \
ACUERDO GUBERNATIVO NO, 231-2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo Gúbernativo Número 196-2013 de fecha 19 de abril de 2013, se facultó al Secretario de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia de la República para que, en ejercicio del Mandato Especial con Representación que para el efecto le otorgue el Procurador General de la Nación, comparezca en representación del Estado de Guatemala en calidad de Fideicomitente y Fideicomisario, a suscribir con · el Representante Legal del Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Anónima -BANRURALen calidad de Fiduciario, ante la Escribano de Cámara y de Gobierno la escritura pública por medio de la cual se extingan los Fideicomisos constituidos en el Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Anónima -BANRURAL-, relacionados con los Convenios de Financiamiento para los Programas de Desarrollo Rural suscritos con la Unión Europea,
medio de la cual se extingan los Fideicomisos constituidos en el Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Anónima -BANRURAL-, relacionados con los Convenios de Financiamiento para los Programas de Desarrollo Rural suscritos con la Unión Europea, que de conformidad con los contratos suscritos denominados: ALA 88122 Programa de Desarrollo Autosostenido en la Cuenca del Lago de Atitlán, ALA 91/21 Programa de Desarrollo Rural en el Departamento de Hu~huetenango, ·ALA 93/22 Programa de Desarrollo Rural en el Departamento del Quiché, ALA 92/28 Programa de Consolidación del Desarrollo en el Sur-Oeste de Guatemala (Proyecto Coatepeque), ALA 94/89 de Desarrollo Rural en el Departamento de Baja Verapaz, y, ALA 94181 Programa de Desarrollo Rural en el Departamento de Totonicapán. CONSIDERANDO Que en el cuarto considerando del Acuerdo Gubernativo anteriormente relacionado y de conformidad con lo establecido en la cláusula décimo sexta de las escrituras constitutivas de los Fideicomisos relacionados, se estableció como causa para la terminación de los referidos fideicomisos el vencimiento del plazo y sus prórrogas si las hubiere, consignándose erróneamente la fecha de terminación del fideicomiso denominado ALA 88/22 Programa de Desarrollo Autosostenido en la Cuenca del Lago de Atitlán, siendo la fecha correcta de vencimiento_ del mismo, el 3 de octubre de 2012. Con base en lo anterior, debe dictarse la disposición legal correspondiente.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 1831iteral e) y q) de la Constitución
anterior, debe dictarse la disposición legal correspondiente.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 1831iteral e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en lo establecido en los artículos 27 literal i) y j) y 35 literal m) del Decreto No. 114-97 del Congreso de fa República, Ley del Organismo Ejecutivo; y artículos 59 literal f) cuarto párrafo y 60 del Decreto No. 30-2012 del Congreso de la República, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Trece.
ACUERDA:
Emitir la siguiente:
REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 196-2013 DE FECHA 19 DE
ABRIL DE 2013
ARTÍCULO 1. Se reforma el Cuarto Considerando, el cual queda así: "CONSIDERANDO Que los píazos originales establecidos en las escrituras de constitución de los l=ídeícormso~ :' prórrogas acordadas en los instrumentos de modificación correspondientes vencieron en las siguientes fechas: ALA 91/21 para Huehuetenangc e 10 de diciembre de 2002: ALJ:<. 93/22 para Quiché. el 31 de diciembre 2002: AlJ. tW82 oara P..l:a Veraoaz. ¡:¡: 30 de iunio de 2003: ALA 92/28 Proarama de Consolidaciór
de' [;~sa~·::¡!Jc e~ e!Su~-Oeste de~ Guatemala (Proye:td Coatepeque), s1 13 de agost: 2cc· .t."_; ~.e¡¿· sa~e Tobni:;aoá~: e: 30 áe abr:r 2012 P.LA. 94/SS para 8aia Veraoaz f .. n : c;c 2r·~~·: 't AL/:. 88'22. Progra:r:8 de DesarroHc Autoscstenídz er: í2 tiE~ f:.J!tf&.rL Et1 2 d? octubrE' de 2012 y de :;onf;:¡rm\dad cc:1 !o estabiecid: sr· ié. c:a:.~~~~-·~;2 dé:¡~~:.. ss·lt2 e::- tas e2.,c~iturc.s t:";8r--stitutt"ra~ ds ;:~. F;:.iek;o~;Hs'J~ z:r·:e··;c.~~'frt~- ,~_f.:--2:::onajas, c:JE~ estab~e~~é corr('J causa P27"2 la rerr~~.t~acíó~ d~ !:;:. r-:!f~ ... ,-.:·:J~· LJ~~:c:-~:sss e: '1;/er~:.;:;;!e::t:, de: o~az·:J y sus prórrogas sí ías h~b1 ~rcCo:1 tasE e;, ¡~r ar.:s:rc · cs·v1ene procr~den~e Hiic~ar e: pr:;ceso dE: exti~si6r, y Ec:uídacíón de !o;; rnis~:;s p:J" i".: e:...~~ debe emit:r.se la :Lsnosición lega! corresoondiente ·· Diano ae Centre América.
rnis~:;s p:J" i".: e:...~~ debe emit:r.se la :Lsnosición lega! corresoondiente ·· Diano ae Centre América. COMUNÍQUESE \ Programa de Desarrollo Rural en el Departamento de Alta Verapaz, ALA 94/88 Programa 1315018-2)-5-¡unio Congreso de la Republica Información Legislativa Congreso de la República