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Decreto 1704-1967

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1704-1967
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Financiero
Año
1967

El DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICAFUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 -entral de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.América: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA

TOMO CLXXX GUATEMALA, SABADO 30 DE SEPTIEMBRE DE 1967NUMERO 73

CONSIDERANDO: SUMARIO cos, según los incisos d) y e) del articu-lo 15>.

Que siendo función del Presidente de la Repú-blica, de conformidad con la Constitución en vigor, ORGANISMO LEGISLATIVO la de ejercer la inspección y vigilancia de losArtículo 60.-El artículo 24 queda asi: bancos y de las instituciones de crédito, competea este alto funcionario la designación del Super-<Artículo 24.-Los miembros de la Junta MoDecreto Número 1704. intendente de Bancos, netaria solamente podrán ser removidos porAcuerdo del Presidente de la República, fundaORGANISMO EJECUTIVO POR TANTO, mentado en las causales siguientes: MINISTERIO DE HACIENDA DECRETA: a) Cuando surgiere alguna de las causales deincapacidad mencionada en el artículo 22 deesta ley, y la Junta Monetaria no hubiere

Y CREDITO PUBLICO Las siguientes reformas a la Ley Orgánica deldeclarado la caducidad de la designación Banco de Guatemala (Decretos del Congreso nu-gestión del incapaz; Concédese a favor del Consejo Evangelico General de lasmeros 215 y 1315), asi: b) Cuando fueren responsables de actos u opelglesias Centroamericanas la exoneración que se menciona. raciones fraudulentos, ilegales, evidentemenConcédese a la "Escuela Centroamericana de Periodismo",Articulo 10.-El artículo 10. queda asi:1e opuestos a los fines 0 intereses de la exclusivamente para sus labores docentes y por el térmi-"Articulo 10.-Se crea un Banco de Estado, des-Institución; no de quince años, el usufructo gratuito de la finca ur-centralizado, con el nombre de «BANCO DEc) Por sentencia condenatoria firme dictada en bana que se menciona, consistente en la casa número 3-13GUATEMALA>. juicio criminal. En caso de auto de prisión de la segunda calle zona 1 de esta capital. quedará inhabilitado para el ejercicio del El Banco funcionará con carácter autónomo ycargo y lo substituirá el suplente. MINISTERIO DE ECONOMIA se regirá por las disposiciones de esta ley y de laLey Monetaria>. Las causales de remoción podrán ser denunNombranse a los licenciados que se mencionan, director de ciadas ante el Presidente de la República por el Articulo 20.-El artículo 15, queda así:

Política Económica y asesor de la Dirección de PolitiSuperintendente de Bancos 0 por cualquier miemca Económica del Ministerio de Economia. bro titular 0 suplente de la Junta Monetaria>. <Artículo 15.-E1 Banco de Guatemala funcioModificase cl artículo 30. del "Reglamento para la Incl.nará bajo la dirección de la Junta Monetaria, laArtículo 70.-El artículo 27 queda así: neración de Valores", contenida en el Acuerdo Guber-cual estará integrada de la manera siguiente: nativo del 18 de noviembre de 1959. "Artícu'o 27.-A solicitud de uno de sus miema) El Presidente de la República nombrará dosbros, podrá invitar a cualquiera otra persona caMINISTERIO DE GOBERNACION miembros titulares y dos suplentes para unlificada, especialmente a sus miembros suplenperíodo de cuatro años; los titulares desig-tes y a los representantes de las otras institucioReconocese como única propietaria de la Empresa "Vigi.nados por el Presidente de la Repúblicanes financieras del Estado, a participar en sus Jancia C Investigaciones Privadas", a la señora Mercedesejercerán, según su nombramiento, los car-deliberaciones, con voz, pero sin voto>. Giron Arevalo. gos de Presidente y Vicepresidente de laJunta Monetaria y del Banco de Guatemala;Artículo el inciso d) del arMINISTERIO DE RELACIONES b) Los Ministros de Hacienda Créditetículo 30, el cual guide asi:

blico, de Economía y de Agriculture, caránex-oficio, miembros de law «d) Acordar el presupuesto anual de la InsEXTERIORES y tendrán la facultad de delegar sus funcio-titución, crear las plazas necesarias para nes, cuando lo consideren conveniente, enla administración del Banco y fijar las Acuerdase tener al sefior Gosta Hugo Stahle, como Consuluno de los altos funcionarios de los respec-respectivas remuneraciones. El presupuesde Suecia en Puerto Barrios, Guatemala, según patentetivos Ministerios; to analitico del Banco, deberá ser publicado extendida por su Majestad Gustavo Adolfo, Rey de Suecia.c) El Consejo Superior de la Universidad Au-en el Diario Of cial, treinta días después tónoma de San Carks de Guatema'a, desig-de su aprobación. MINISTERIO DE TRABAJO Y nará un miembro titular y un suplente, paraun período de cuatro años; Se suprime el inciso f) del artículo 30. d) Los Bancos Privados que operen en la RePREVISION SOCIAL pública, cuyo capital sea en su mayor parteArtículo 90.-El artículo 43, queda asf: guatemalteco, elegirán anualmente un miemCrease la Comisión Paritaria del Salario Mínimo para de-bro titular y un suplente, para un período<Articulo 43.-La Superintencencia de Bancos terminar la tasa de los salarios de los trabajadores de lade un año. Para la elección de estos miem-ejercerá la vigilancia y fiscalización permanente

Industria del Cuero, Calzado y Productos relacionados enbres, cada uno de los Bancos Privados tendrádel Banco de Guatemala, de los bancos del sistoda la República. derecho a un solo voto y la elección deberátema y de las otras instituciones que la ley SOrecaer, de preferencia, en uno de los Pre-meta a su control. ANUNCIOS VARIOS sidentes, Gerentes 0 Subgerentes de talesBancos; El Superintendente dependerá directamente del Autorizaciones farmacouticas.-Lineas de transporte.-Ma.e) Los Bancos estatales que operen en el país,Presidente de la República, trimonio-Constitución de sociedades.-Prórroga de so-elegirán anualmente un miembro titular y ciedad-Patentes de invención.-Registro de marcas.-un suplente para períodos anuales. Para laArtículo 10.-E1 artículo 46, queda asf: Titulos supletorios-Edictos-Acitaci-Remateselección de estos miembros, los Bancos estaDistribuidora Zelaya, S. A.-Balance General septiembreta'es tendrán derecho a un solo voto y la«Artículo 46.-E1 Superintendente de Bancos 30 de 1965. elección deberá recaer en uno de los Pre-será nombrado por el Presidente de la República, sidentes, Gerentes 0 Subgerentes de talespara un período de cuatro años, contado a partir Bancos; del 19 de octubre. f) Las Asociaciones y Cámaras Comerciales,Industriales, Agrícolas y Ganaderas, conEn caso de ausencia 0 impedimento temporal

ORGANISMO LEGISLATIVO personería jurídica reconocida, elegirán undel Superintendente de Bancos, lo reemplazará el miembro titular y un suplente para perío-Secretario General de la Superintendencia, y en dos anuales, debiendo recaer las designacio-defecto de éste 0 si la ausencia fuera definitiva, nes en forma que los sectores indicados ten-el funcionario que designe el Presidente de la gan representación alternativa. Para laRepúblicas. DECRETO NUMERO 1704 elección de estos miembros, cada AsociaciónO Cámara tendrá derecho a un voto>.Artículo 11.-E1 artículo 47, queda asi: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Artículo 30.-Se suprime el artículo 18.«Artículo 47.-EI Superintendente de Bancospodrá ser removido en la misma forma y por las Artículo 40.-El último párrafo del artículo 21mismas causales señaladas para la remoción de DE GUATEMALA. queda así: los miembros de la Junta Monetaria>.

CONSIDERANDO: <Los miembros de la Junta deberán. ser gua-Artículo 12.-El artículo 53, queda así: temaltecos de los comprendidos en el artículo 50.

Que habiéndose puesto en vigor a partir del 5de la Constitución de la República, «Ar.iculo 53.-El Banco de Guatemala tendrá de mayo de 1966 la Constitución de la República un Departamento de Estudios Económicos encarque nos rige, es necesario armonizar con losArtículo 50.-Los Incisos a), c), y d) del ar-gado de obtener los datos y de realizar las innuevos preceptos constitucionales, las disposicio-ticulo 22 quedan asi: vestigaciones que sean convenientes para la mejor nes de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala. dirección de la actividad monetaria, bancaria y la cual fue emitida al amparo de la Constitución"a) Los menores de treinta años>; financiera del país, así como el cumplimiento de de 1945; «c) Los que desempeñan cargos o empleos pú-los fines de la institución. blicos remunerados, 'ya sean de elección CONSIDERANDO: popular O de nombramiento de cualesquieraEl Departamento estará a cargo de un director de los Organismos del Es ado 0 de las Mu-y tendrá los profesionales técnicos necesarios. Que dadas las trascendental's funciones de lanicipalidades, salvo los cargos de carácter Junta Monetaria. en cuanto a la directriz quedocente. Quedan exceptuados los MinistrosA los datos que obtenga el Departamento y al ejerce en la política monetaria, cambiaria, ban-de Hacienda y Crédito Público, de Eonomíaresultado de las investigaciones que realice, tencaria y crediticia del país, la cual afecta todosy de Agricultura>; drán acceso los integrantes de la Junta Mone:alos sectores de nuestra economia, se justifica dar«d) Los Presidentes, Directores 0 empleados deria, los diputados al Congreso de la República y representación en ella en forma adecuada a esosotros bancos, exceptuándose los miembroslos Consejeros de que integran sectores; titulares y suplentes, electos por los ban-misiones de Economia Hacienda y Crédito762 EL GUATEMALTECO-DIARIO OFICIAL NUMERO 78

Público solicitud Congreso de la-Repúblido de Estabilización Monetaria deberá asegurar JORGE ARISTIDES VILLATORO HERRERA ca D del Ejecutivo, el Departamento realizará losque el Banco de Gustessals nga, en todo Primer Secretario, estadios especificos que se le encomiendens, momento, de los actives líquidos que nec.sitare para saldar cuaquier déficit previsible en is baGERMAN CASTANEDA Y CASTANEDA, Artículo 13-E1 artículo 66 queda así: nza de pagos, a fin de mane la convertiblCuarto Secretario. lidad y estabilidad externa de la moneds. Palacio Nacional: Gua'emala, veintisfete de sep- «Artículo 66.-Siempre que fuere conveniente La Junta Monetaria, a propuesta de la Gerentiembre de mil novecientos sesenta y siete. aumentar los requisitos de encaje bancario subrecia, dispondrá los programas de inversiones del has obligaciones que ya estuviere.) a cargo de losBanco de Guatemala>. bancus, sea en monida nacional o en mone. exPubliquese y cúmplase. tranjera, la Junta Mo.e aria deberá acordar losArticulo 21.-Se suprime el artícul) TI. sumentos de manera grad.al y progresiva notiJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. ficando a los bancos todo ac erdo que adopte en Artículo 22-Se suprime el articulo 78. tal sentido, con prudente anticipación a la f.cha El Viceministro de Etenomia,

señalada para su vigencias. Artículo 23.-El artículo 80, queda así: Encargado Desparho,

ROLANDO RODRIGUEZ LEWIN.

Artículo 14.-E] artículo 70 queda así: <Artículo 80.-El Banco de Guatemala podrá <Artículo 0-Laposiposion de encaje de los ban.obtener y conceder créditos y efectuar otras ope. COS se establecerá con base en el monto de losraciones que correspondan a la naturaleza de un ORGANISMO EJECUTIVOencajes compu.ables y obligaciones afectasbanco central, con otros bancos centrales y con al encaje al fin de cada día. Para los efectos deinstituciones financieras extranjeras de primer esta ley la posición mensual de encsje se defineorden. como la suma algebraica de los excesos, las deMINISTERIO DE HACIENDA ficiencias de encaje que ocurriere.) en cada uno Asimismo, el Banco de Guatemala podrá otorde los días del mes, dividida entre el número degar su garantia D aval a obligaciones del Estado, Y CREDITO PUBLICOdias del mismo mes. Normalmente se aplicará es.en moneda extranjera, con autorización previa ta definición y, en consecuencia, se permitirá ade la Junta Monetaria, observando los requisitos a que se refiere el último párrafo del artículoConcédese a favor del Consejo Evangélico Gene-lbs bancos compensar cualquier deficiencia en 107 de esta ley>. ral de las Iglesias Centroamericanes, la exo-los encajes en u.o o más clas del mes con los excesos de encaje en los demás días del mismo neración que se menciona.

mes. Artículo 24.-E1 ar.ículo 81, queda asi: Palacio Nacional: Gua'emala 21 de septiembre embargo, si dentro del período mensual el«Articulo 81-E1 Banco de Guatemala podrá de 1967. número de dias con defic encia Tuera excesivo, a actuar, en operaciones propias de un banco cenjuicio de la Junta Mon-taria, e-ta podrá negartral, como agente o corresponsal de otros bancos El Presidente Constitucional de la República, a cualquier banco la faculted de compens. lascen rales, de instituciones bancarias internaciodeficiencias con los excesos de encaje; y consi-nales y de-otras instituciones f nancieras extranCONSIDERANDO: derar como posicion de'encaje la suma de las de-jeras de primer orden, y nombrar a tales entificiencias darias dividida entre el número dedades como sus agentes 0 corresponsales en elQue es deber del Estado brindar apoyo a todias del mes. exterior. das aquellas personas 0 entidades que trabajande manera desinteresada en la realización de institución bancaria establecida en el paísAsimismo, el Banco podrá suscribir acuerdosobras de beneficio social; y las sucursales y agencias que tuviere en el te-de cooperación con los otros bancos centrales de rritorio nacional, seran consideradas en conjun-América Latina y, con el voto favorable de por CONSIDERANDO: to para el cómpu'o de sus encajes bancarioslo menos cinco miembros de la Junta aria,

acuerdos de integración monetaria con los otros Que oido cl Ministerio Público, Se prontnció Artículo 15.-EI artículo 71, queda así: bancos centrales de Centroamérica, en sentido favorable a la solectud' presentada,en dictamen número VII/260 de 31 de agosto «Articulo 71-Cuando la posición mensual deArtículo. 25.-E1 artículo 83. queda así: de 1967, encaje de cualquier banco revelare deficienciaArtículo 83.-El Banco de Guatemala utilizará de acuerdo con el artículo anterior, la Superin-las reservas del Fondo de Estabilización MonetaPOR TANTO, tendencia de Bancos lo avisara por escrito a losria con el objeto de defender la estabilidad de Directores 0 Gerentes del banco que se tratela monada frente a desequilibrios temporales deCon base en los Decretos números 1095 y 1168 y le impondrá una multa sobre el importe de lala balanza de pagos. del Congreso de la República, deficiencia, equivalente a la aplicación de una 'obstante, si fuere el caso de que las reserACUERDA: vez y media la tasa maxima de interes anual que las instituciones bancarias esten autorizadas a vas internacionales se redujeran en una proporctón 0 a un nivel que, a juicio de la Junta MoArtículo 10.-Se concede a favor del Consejocobrar en sus operaciones activas. netaria, lo hiclese necesario, ésta podrá solicitarEvangélico General de las Igesias nameSi la deficiencia persistiere por más de tresal Presidente de la República el establecimien-ricaras, exoneración de los derechos aduansron,

meses consecutivos, 0 apareciere durante seisto del Regimen de Emergencia en las Transfe-tasas y demás impuestos que gravan la impormeses distintos dentro de un año a partir delrencias Internacionales a que Se refiere la Leytación de tres tambures que contienen ropa usaprimer aviso, la Junta Monetaria podrá prohibirMonetaria>. da, destinada a la distribución gratuita cntre a dicho banco que efectue nuevos prestamos 0 personas de escasos recursos económicos.Artículo 26.-El artículo 107, queda así:inversiones hasta que mantenga cuando menos durante tres meses consecutivos los encajes banArtículo 20-El presente Acuerdo entrará en carios minimos, sin perjuiclo que el banco haga<Artículo 107.-Si las condiciones monetarias,vigor el día siguiente de S.1 publicación en el efectivas las sumas impuestas por la Superint cambiarias y crediticias lo justifican, el Banco deDiario Oficial. dencia de Bancos conforme el párrafo anterior. Guatemala podrá adquirir directamente de los emisores, los titulos y valores señalados en lcsComuniquese, Si la deficiencia persistiere durante seis masesincisos siguientes: MENDEZ MONTENEGRO.consecutivos o reapareciere en doce metes dis-a) Títulos 0 valores legalmente emitidos O ga-tintos dentro de un período de C03 años, la Jun--rantizados por el Estado 0 por las entidadesta Monetaria podrá pedir a la autoridad judiEl Ministro de Hacienda ypúblicas;

cial competente la liquidación del banco que se Crédito Público, b) Titulos 0 valores legalmente emitidos O ga-encuentre en tal situación. ALBERTO FUENTES MOHR.rantizados por las instituciones financieras estatales 0 semiestatales; Las resoluciones por multas impuestas por lac) Otros títulos 0 valores nacionales de primeraSuperintendenc.a de Bancos, admiten apelac ón clase, definidos como elegibles por voto deConcédese a la "Escuela Centroamert ana de Pe-ante el Presidente de la República, quien podrá por lo menos, seis miembros de la Junta riodismo", exclusivamente para sus laboresconfirmarlas o revocarlas en acterdo, a través Monetaria. docentes y por el término de quince afios, eldel Ministerio de Economia. Los titulos 0 valores emitidos 0 garantizados porusufructo gratuito de la finca urbana que se El Ejecutivo podrá también rebajar total 0el Esalo 0 por las entidades públicas, deberán menciona, consistente en la casa número 3-13 parcialmente las multas impuestas, siempre queser de ón gradual y acumulativa, que de la segunda zona 1 de esta capital. el banco sancioriado compruebe que el desencajeno se ex lenda a un período mayor de quince años. La Junta Monetaria deberá cercicrarse de que thPalacio Nacional: Guatemala, 30 de septiembreproviene de situaciones fuera de su control, es decir, que su origen no s:a por causa de sules títulos y valores se hayan emitido de acuerdode 1967. propia polícica crediticia O de inversiones.con la ley y un plan f nanciero adecuado a las

posibilidades de atender el servicio de la deuda,El Presidente Constitutional de la Republica, El recurso de apelación deberá interponerse y velará porque en los pres pue:ts respective de tro del términe de seis di a partir de la se incluyan las asignaciones que aseguren el cum-En vista de-la solicitud presentada por el diresfecha en que se notifigue la resolución en queplimiento de dichas obligaciones. Para adquirirtor. de la "Escuela Centroamericana de Periose imponga la multa. los títulos y valores a que se refieren los cisosdismo" para que se adjudique en usufructo a a), b) y.c) de este articulo, se requerirá la auto-dicho centro de estudios a fin~a urhana número Dictada la resolución por el Ejecutivo, 0 si elrización express de la Junta Monetaria con elVEINTICUATRO MIL TRES (24,003). folio CIENTO banco afectado no apelare, el Banco de Guatevoto de por lo menos, seis de sus miemb OS. EstaDOCE (112), libro DOSCIENTOS TREINTA Y CUAmala cargará a la respectiva cuen a de encajeautorización podrá ser ot orgada mediante la apro-TRO (234) de Guatemala. consistente en la casa el importe de multa y su producto incremenbación de montos globales de tales títulos y va-número tres-trece (3-13) de la segunda cale zona tará el Fondo de Regulación de Valores> lores que el Banco de Guatemala pu:da adquiriruno, de esta ciudad capital, para destinar dicho en períodos determinados>. inmueble a las labores dopentes de la mencionaArtículo 16:-EI articulo 72, queda así: da Escuela: y habiéndose pronunciado favorableArtículo 27.-Las designacio-es que corresponmente a lo pedido el Departamento de B'enes < Artículo 72-E1 Banco de Guatemala deberá den de conformidad con los artic alos 15 y 46, seNacionales. e) Ministerio de Hacienda y Crédito mantener la estabilidad externa de la moneda na-arán dentro del plazo de quince dias. a partirPúblico y la Secretaria de Bienestar Social, a la ciorial y asegurar su convertibilidad, de acuerdode la vigencia de esta ley, y los nucvos miembros,que antes estaba asignada dicha finca urbana, con el régimen establecido en la Ley Mo:etaria.tomaran posesión de sus cargos el 19 de octubrePara estos fines, el Banco de Guatemala podráde 1967. En uso de las facultades que le confiere el inadquirir, mantener y utilizir oro fis co y otros ciso 40. del articulo 189 de la Constitución, act.vos gile tengan la cal.dad de recervas mone-Articulo 28.-EI presente Decreto entrará entarias internacionales. El monto de estos activosvigor el día siguiente de su publicación en d DiaACUERDA: constituirá el Fondo de Estiblización Monetaria>.rio Oficial. Articu'n 1o. -Se conrede a la "Escuela CenArtículo 17.-Se suprime el artículo 73. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicatroamericana de Periodismo", excl sivamente ción y cumplimiento. para sus labores docentes y por el término de

Articulo 18.-Se suprime el artículo 74. quince años, e' usufructo gratuitor de la finra Dado en el Palacio del o ganismo Legislativo,urbana número VEINTICUATRO MIL TRES Artículo 19.-Se suprime el artículo 75. en Guatemala: a los veintiún días del mes de sep- (24,003). folio CIENTO DOCE (112), libro DOStiembre de mil novecientos sesenta y siete. CIENTOS TREINTA Y CUATRO (284) de Goa Articulo 20.-E1 artículo queda así: tema'a, consistente en larcasa mimero tres

J. GREGORIO PREM BETETA, (3-13) de la segunda calle zona uno de esta giv- <Artículo 76.-El monto y composición del FonPresidente. dad capital.

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