🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 1707-1968

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 1707-1968
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Administrativo
Año
1968

E Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886 SEGUNDA EPOCA Agencia: Telefono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Central de Correos de Guatemala, e) 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.Impreso en Diar:o Ce Centro Administración: Te éfono 24418

América: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXXI GUATEMALA, MIERCOLES 24 DE ENERO DE 1968 NUMERO 64

SUMARIO CONSIDERANDO: das en las Actas 277 y 278 de las sesiones celebraQue para suprimir la Dirección de Servicios Bádas el 15 de febrero y 29 de marzo del año en sicos es necesario introducirle las reformas correscurso. autorizó a la Secretaría General del misORGANISMO LEGISLATIVO pondientes a la Ley Orgánica de Educación Namo, para que en su representación, contrate los cional. pues no existe otra forma de superar laestudios de factibilidad que sean necesarios; Decreto Numero 1707. situación creada con la ineficacia de dicha depenCONSIDERANDO: dencia del Ministerio de Educacion Publica, POR TANTO, Que la Secretaria General del Consejo Nacional ORGANISMO EJECUTIVO de Planificación Económica, ha solicitado autoriEn uso de las facultades que le confiere el inci-zación para que se le permita realizar contratos

República, so lo del articulo 170 de la Constitución de lasobre estudios de factibilidad sin llenar los reMINISTERIO DE ECONOMIA quisitos de licitación pública y privada para ese DECRETA: efecto; y que la Contraloría de Cuentas, en dieAutorizase al Consejo Nacional de Planificación Económica, tamen número 11343, de fecha 23 de noviembre para que sin los requisitos de licitación pública y privada,Las siguientes reformas al Decreto Ley Númerodel año en curso, opinó que es procedente otorgar proceda a formalizar los contratos que permitan realizar 317. Ley Orgánica de Educación Nacional: dicha autorización mediante la emisión del Acuerlos estudios de factibilidad que sean necesarios. Artículo 1o. Se reforma el artículo 45, para quedo Gubernativo que corresponde,quede así: POR TANTO, <<Artículo 45. Son dependencias de administraMINISTERIO DE GOBERNACION ción y servicios: ACUERDA: 1) Dirección de Personal; Autorizar al Consejo Nacional de PlanificaciónApruebanse los Estatutos de la "Asociación Guatemalteca de 2) Departamento de almacenes generales y dis-tribución: Económica, para que sin llenar los requisitosClasificadores del Algodon"; y reconócese su personalidad de licitación pública y privada, proceda a for-jurídica. 3) Departamento de transportes y mantenimientomalizar los contratos que permitan realizar losde vehiculos; estudios de factibilidad que sean necesarios.4) Departamento de mantenimiento y reparación MINISTERIO DE HACIENDA de edificios escolares; y, Comuniquese.

5; Departamento editorial y de producción de MENDEZ MONTENEGRO. material didáctico>> Y CREDITO PUBLICO El Ministro de Economía Artículo 2o. Se reforma el artículo 46, para queROBERTO BARILLAS IZAGUIRRE Concédese a favor de la Mision Adventista del Septimo Diaquede asi: de Guatemala, exoneración de derechos aduaneros, tasas y<Artículo 46. La Dirección de Personal tiene a El Ministro de Hacienda y Crédito Público, demás impuestos que gravan la importación de 240 fardossu cargo la clasificación, control y movimiento de ALBERTO FUENTES MOHR. de ropa usada. personal del ramo de Educación. Está integrada por un director y el personal de secretaría que sea Acuerdase que el monto del impuesto sobre ventas de mer.necesario. MINISTERIO DE GOBERNACIONcancias y servicios que establecía el artículo 30. del De.La Dirección de Personal procederá inmediata-crete 1729 del Congreso de la República, recaudado du. mente a elaborar el reglamento respectivo pararante la vigencia del citado artículo, comprendida del to.normar las relaciones de trabajo entre el EstadoApruébanse los Estatutos de la "Asociación Gua-al 5 de enero corriente, deberá enterarse durante el pre.y sus servidores en el ramo de la educación, acatemalteca de Clasificadores dil Afgoden»; y re-sente mes, a la Agencia del Banco de Guatemala, en la tando los preceptos aplicables al Cap tulo IV de conocese su personalidad jur dica.Direccion General del Impuesto sobre la Renta. la Constitución de la República, especialmente desAcuerdase que las multas en que incurran 0 hubieren in.. arrollando el artículo 122 de dicha ley fundaPalacio Nacional: Guatemala, 12 de enero de mental>. 1968. currido los contribuyentes por falta de pago de la Cor tribución sobre Inmuebles que establece el Decreto 1153 Artículo 3o. Se derogan los artículos 52 y 53.Examinada la solicitud del señor Horacio AIy aus reformas, quedan reducidas al 20% sobre el monto Artículo 4o. Los fondos que se economicen por14rto Alejos León, Presidente Provisional de la total de los adeudos respectivos, siempre que éstos seanmotivo de la supresión de la Dirección de Servi- <<Asociación Guatemalteca de Clasificadores del pagados durante el presente año. cios Básicos, serán destinados en las partidas pre-Algodón», relativa a que se aprueben los estatusupuestales correspondientes, para la creación de tos y se reconozca la personalidad juridica de esa nuevas plazas de maestros. entidad; y. MINISTERIO DE RELACIONES Artículo 5o. Se deroga el Decreto número 1.700 del Congreso. CONSIDERANDO: EXTERIORES Artículo 60. El presente Decreto entrará en viQue el Asesor Jurídico del Ministerio de Gogor el día 1o. de enero de 1968. bernación, en dictamen aprobado por el ProcuraConvenios, Protocolos Finales, Acuerdos y Reglamentos de Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-dor General de la Nación y Jefe del Ministerio

Ejecución, suscritos cn el seno del XIV Congreso Postalción y cumplimiento. Público, manifestó que los estatutos no contienen Universal, celebrado en Ottawa, Canada, en octubre de disposición alguna contraria a las leyes,

1957. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo,

(Continua) en Guatemala: a los once dias del mes de octubre POR TANTO, de mil novecientos sesenta y siete. ANUNCIOS VARIOS El Presidente de la República,

J. GREGORIO PREM BETETA, Presidente. ACUERDA: Autorización farmacéutica. Registro de marcas-Titulos supletorios-Edictos.-Licitaciones-Remates. FRANCISCO GULARTE COJULUN, 1) Aprobar los siguientesTercer Secretario.

Exploraciones y Explotaciones Mineras Izabal, S. A. GERMAN CASTANEDA Y CASTANEDA, ESTATUTOS DE LA "ASOCIACION GUA-Balance General a) 31 de diciembre de 1966. Cuarto Secretario. Industria de Cafe, S. A.-Balance General al 30 de noviem. Palacio Nacional: Guatemala, veintiséis de ocTEMALTECA DE CLASIFICADORES DELbre de 1966. tubre de mil novecientos sesenta y siete. ALGODON".Instituto de Fomento Municipal.-Balance General al 31 de Publiquese y cúmplase.d.ciembre de 1966. MENDEZ MONTENEGRO CAPITULO I El Viceministro de Educacion, Encargado del Despacho, De la asociación y sus finalidades

ORGANISMO LEGISLATIVO FELIX HERNANDEZ ANDRINO.

Artículo 10.-Se organiza y constituye jurídicamente y con carácter eminentemente social, cultural y de defensa gremial, la <Asociación GuaORGANISMO EJECUTIVO DECRETO No. 1707 temalteca de Clasificadores del Algodon>>, que se podrá abreviar <A.G.C.A> integrada por todos los Clasificadores profesionales del ramo, de conEl Congreso de la República de MINISTERIO DE ECONOMIA formidad con el tenor de las siguientes normas. Guatemala, Autorizase al Consejo Nacional de Planificación Articulo 20.-Se constituye la Asociación con duEconómica, para que sin los requisitos de liciración indefinida, y unicamente podra disolverse tación pública y privada, proceda a formalizar ruando concurran las circunstancias que en el ar-CONSIDERANDO: ticulo sesenta y seis (66) se especifican.los contratos que permitan realizar los estudios Que por medio del Decreto Ley Número 317 Ley de factibilidad que sean necesarios. Artículo 30.-La asociación tendrá su domicilioOrgánica de Educaci n Nacional, fue instituida la Dirección de Servicios Básicos a efe de que se Palacio Nacional: Guatemala, 22 de diciembre de en la ciudad de Guatemala y podrá tener delegaproporcionaran los servicios fundamentales para el1967. dos en cada uno de los departamentos de la Redesarrollo de las actividades y programas de trapublica. siempre que dichos delegados sean probajo del Ministerio de Educación Pública. pero enEl Presidente Constitucional de la Republica, puestos por quien corresponde y aceptados por la Asamblea General. la práctica se ha establecido su inoperancia. obsCONSIDERANDO: faculizando las labores nacionales para el impuiso Artículo 40.-Son fines u objetivos de la «Aso-de la educación en que está empeñado el Gobier-Que el Conseio Nacional de Planificación EconoDO de la República; Cacion Guatemalteca de Clasificadores del Algopaca, por resoluciones numeros 802 y 866 contenidone:

Consultar sobre este documento ...