Decreto 1735-1968
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1735-1968
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 1968
El Guatemaltero Guaten DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1o. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Agencia: Telefono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Central de Correos de Guatemala, e' 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.
Administración: Te'éfono 24418 América: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXXI GUATEMALA, JUEVES 22 DE FEBRERO DE 1968 NUMERO 89
SUMARIO concede a los habitantes para la defensa de sus a) Estimular y mantener en Ios asociados las derechos. aptitudes, actividades y confianza necesarias para que juntos resuelvan sus proArtículo 30.-El presente Decreto entrará en blemas; ORGANISMO LEGISLATIVO vigor inmediatamente. b) Su actividad principal será la siembra, Pase al Organismo Ejecutivo para su publirecolección y mercadeo del maíz, frijol,Decreto Número 1735. cacion y cumplimiento. trigo y otros propios de la región; ORGANISMO EJECUTIVO Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, c) Desarrollar actividades con relación a la en la ciudad de Guatemala, a los diez y siete producción agrícola, industrialización, MINISTERIO DE AGRICULTURA días del mes de febrero de mil novecientos setransporte, admacenaje, venta y distribusenta y ocho. ción de sus productos; Apruebanse los Estatutos de la Cooperativa Agropecuaria ALFONSO MOLINA FLORES,"Tres Aldeas". Responsabilidad Limitada; y reconócese su d) Gestionar y conceder préstamos que faciSegundo Vicepresidente en elpersonalidad jurídica. liten la realización de sus propósitos; ejercicio de la Presidencia, e) Procurar adquirir los materiales necesaMINISTERIO DE GOBERNACION LUIS HUMBERTO CHINCHILLA SALAZAR, rios para su funcionamiento; y, Segundo Secretario. Aprufbanse los Estatut de la "Asociación Arabe-Guate. f) Colaborar en toda actividad que tienda al mateca": y recomicese su personalidad jurídica. GERMAN CASTANEDA Y CASTANEDA, desarrollo eficaz del Movimiento CoopeCuarto Secretario. rativo. Apraebanse los Estatutos de "Motinos Modernos, Sociedad Anonima"; y recondeese su personalidad jurídica. Palacio Nacional: Guatemala, diez y siete de Artículo 50.-No se permitirá tratar asunfebrero de mil novecientos sesenta y ocho. tos político ni religiosos en el seno de la CoopeMINISTERIO DE RELACIONES rativa y menos destinar fondos sociales a camPubliquese y cúmplase. pañas de esa indole u otros fines que no sean EXTERIORES los propios de su resenvolvimiento social y ecoJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. nómico. Convenios, Protocolos Finales, Acuerdos y Reglamentos de
Ejecucion, suscritos en et seno del XIV Congreso PostalEl Ministro de Gobernación, Universal, celebrado en Ottawa, Canada, en octubre deHECTOR MANSILLA PINTO. CAPITULO SEGUNDO 1957. (Continda) Regimen Económico ANUNCIOS VARIOS ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 60.-El capital de la Cooperativa estará constituida por: Lineas de transporte.-Matrimonios.-Constitución de SOciedades.-Prorroga de sociedad.-Modificación de socie. dades-Disolución de sociedad.-Patente de invención.--MINISTERIO DE AGRICULTURA a) Las aportaciones que suscriban los asociados: Registro de marcas.-Titulos supletorios.-Edictos-Lici tación-Remates Apruébanse los Estatutos de la Cooperativa b) Las aportaciones adicionales para fines deAgropections "Tres Aldeas", Responsabilidad terminados; Cemeatos Novella, S. A., Guatemala, C. A.-Balance Ge.Limitada: Y reconócese su personalidad jm. neral at 31 de dictembre de 1966. rídica. e) Los auxilios, subvenciones O donaciones públicas. y privadas que la Cooperativa Agricola "La Montafiesa". S. A-Balance General al 30Palacio Nacional: Guatemala, 11 de agosto de reciba; y, abril de 1967. 1967. d) Las reservas y toda clase de haberes que El Presidente de la República, acumule, CONSIDERANDO: Artículo 70.-Las aportaciones de los asociaORGANISMO LEGISLATIVO dos al estar cubireto totalmente su monto, se Que examinada la solicitud de la Cooperativa representarán mediante certificados del valor Agropecuaria "Tres Aldeas", Responsabilidad nominal de cien quetzales (Q100.00), cuyo monLimitada, a fin de que se aprueben sus estatutos to será cubierto en un plazo no mayor de dos DECRETO No. 1735 así como para que se reconozca su personalida años. computados a partir de la fecha de susjurídica; cripción. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Cada certificado deberá contener como miQue se han cumplido los preceptos de los De-nimo los siguientes datos: DE GUATEMALA, cretos 1295 y 643 del Congreso Nacional y que se ha tenido a la vista el dictamen del Departaa) Nombre de la Asociación Cooperativa; mento de Cooperativas del Ministerio de Agri-CONSIDERANDO: b) Valor nominal;cultura, Que el presidente de la República en Consejo c) Nombre del asociado;POR TANTO, de Ministros y de conformidad con los artículos 151, 152 y 153 de la Constitucion de la República, d) Número de parcela (si es parcelamiento);ACUERDA: ha emitido el Decreto número 628 por el que prorroga por treinta días más, en todo el terrif) Firmas del presidente y del secretario de torio nacional, el Estado de Alarma, suspende 10.-Aprobar los siguientes la Cooperativa; y, la plena vigencia de la totalidad de las garantias constitucionales contenidas en los artículos g) Cualquier otro dato que se crea oportuno 45, 46, 51, 57, 58, 59, 63 y 64, primer párrafo delEstatutos de la Cooperativa Agropecuariaconsignar. 65, ·8, 75 y 76 y segundo párrafo del 78, e impone la vigencia de la Ley de Orden Público; "Tres Aldeas". Responsabilidad Limitada.Si se perdiere O destruyere un certificado, se otorgará otro después de probarse su pérdida y de tomarse las debidas precauciones.
CONSIDERANDO: CAPITULO PRIMERO Artículo 80.-Además. los asociados podrán Que el Decreto número 628 del Presidente Denominación, Duración, Domicilio y Objeto suscribir aportaciones adicionales, las cuales poConstitucional de la República, emitido en Condrán devengar interés cuando los resultados fisejo de Ministros, se encuentra adecuado a las Artículo 10.-Con el nombre de Cooperativa nancieros de la Cooperativa lo permitan y en circunstancias de "Perturbación grave de la Agropecuaria "Tres Aldeas", Responsabilidad ningún caso será superior al que marca la Ley. paz" y de "Actividades contra la seguridad del Limitada, se constituye la presente asociación. Artículo 90.-Para lograr mayores recursosEstado", Artículo 20.-Esta asociación se constituye con económicos se establece dentro de la CooperaPOR TANTO, duración indefinida y sólo podrá disolverse tiva, el Fondo Rotativo de Financiamiento, pacuando concurran las circunstancias a que se ra el cual, se emitirán los certificados corresDECRETA: refiere el Arto. 58 de estos Estatutos pondientes.
Artículo 30.-La sede de la Asociacien será La constitución de este fondo; podrá hacerseArtículo 10.-Se ratifica en todas y cada una de sus partes el Decreto número 628, emitido en la aldea Saquitacaj, en el municipio de Sanen las siguientes formas: por el Presidente de la República en Consejo deJose Poaquil, departamento de Chimaltenango, a) Mediante descuento sobre la unidad de Ministros. pero podrá mantener oficinas en cualquier lugarproducto entregado por productores aso-de la República, según lo determine la Junta de c'ados. Estos descuentos no excederán del Artículo 20.-La vigencia del Decreto a que Directores. limite recomendado por la Junta de Dise refiere el articulo anterior, debe interpretarse Artículo 40.-Esta Cooperativa se organiza parectores y aprobado por la Asamblea Ge-en el sentido de que se mantienen vigentes los ra lograr los objetivos siguientes: neral; y, recursos jurisdiccionales que la Constitución