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Decreto 1752-1968-3

Congreso de la República de Guatemala

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Disponible

Detalles

Título
Decreto 1752-1968-3
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Administrativo
Año
1968

E de Guater DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1o. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Impreso en Diario de Centro

Agencia: Teléfono 28027

Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Te éfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.América: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA

GUATEMALA, JUEVES 6 DE JUNIO DE 1968 NUMERO 72

TOMO CLXXXII POR TANTO. Palacio Nacional: Guatemala, junio cinco de mil SUMARIO novecientos sesenta y ocho. En USO de las facultades que le confiere el articulo 170 de la Constitución 'de la República,Publíquese y Cúmplase:

JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO.

ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETA:

El Viceministro de Hacienda Decreto No. 1751. La siguiente y Crédito Público. Encargado del Despacho, Decieto No. 1752 LEY DE CREACION DEL EMILIO A. PERALTA P.

Decreto No. 1753. TIMBRE "FARMACEUTICO-QUIMICO".

ORGANISMO EJECUTIVO Articulo 10.-Se crea el timbre «FarmacéuticoDECRETO No. 1752 MINISTERIO DE EDUCACION Quimico> que cubrirán los farmacéuticos, farmacéuticos qu'inicos y químicos farmacéuticos, el

cual se recaudará por medio de timbres que se El Congreso de la República de Guatemala,Declarase el 23 de abril de cada año, "Día del Libro",denominarán "Timbres de Registro Sanitario>. para horrar la memoria de don Miguel de Cervantes CONSIDERANDO: Saavedra. Artículo 20.-Los fondos provenientes de tal impuesto son privativos de la Universidad de SanQue dentro de una política tributaria sana, el MINISTERIO DE GOBERNACION Carlos de Guatemala, con destino exclusivo al Co.Estado debe propender a que los impuestos sean legio de Farmacéuticos y Químicos de Guatema-cubiertos en forma justa por los contribuyentes; Apruébance las operaciones de mensura practicadas por ella, el que recaudará, administrará y empleará su ingeniero don Luis Francisco Hurtarte Estrany, sobre laproducto solamente en el desarrollo de sus planes CONSIDERANDO: finca urbana, situada en la población de Villa Nueva dede pensiones, seguro de vida y otras prestaciones este departamento, propiedad de los señores Renato Au.en favor de sus miembros y con sujeción a losQue tal objetivo, se logra en cuanto al impuesvisto y José Edgar Saravia Villalta. reglamentos respectivos. to específico que se aplica actualmente a la venta de pasajes aéreos, sustituyéndolo por un im-Artículo 30.- Timbre de Registro Sanitario se MINISTERIO DE HACIENDA puesto ad valórem, pagará para todos los trámites previos a obtenerel registro sanitario de especialidades farmacéutiPOR TANTO,

Y CREDITO PUBLICO cas. cosméticos y artículos de tocador de origen nacional y extranjero y que de conformidad conEn uso de las facultades que le confiere el inConcédese favor de la Liga Pro-Salud del Pueblo, exone.la ley deben ser verificados por profesionales far-ciso 10. del artículo 170 de la Constitución de la ración Life los derechos aduaneros que se mencionan.macénticos, farmacéuticos químicos 0 químicos farmacéuticos ante las autoridades que la ley de-República, Modificase el Articulo 10. del Acuerdo Gubernativo del 25termine; se usará un timbre de Registro SanitaDECRETA: de mayo Jel corriente año, relativo a las tarjetas de cir-rio por valor de quince quetzales exactos (Q15 00), culación por enajenación de vehiculos automotores. por cada especialidad farmacéutica, cosmético yLa siguiente art'culo de tocador, cuyo registro sanitario se soMINISTERIO DE SALUD PUBLICA licite. Artículo 40,-Previa aprobación en Asamblea Ge-LEY DEL IMPUESTO SOBRE PASAJES Y ASISTENCIA SOCIAL neral, & Colegio de Farmacéuticos y Químicos, presentará a la Universidad de San Carlos de Gua-AEREOS INTERNACIONALES Restituyese el nombre de Hospital Infantil "Maria Teresa",temala, para su debida aprobación. los proyec. al hospital infantil para enfermedades infecto contaglosas.tos de reglamento relativos a los planes de pen-Articulo 10.-Se establece un impuesto del diez

sion, seguro de vida y demás prestaciones a quepor ciento (10%) sobre el valor de cada pasaje PUBLICACIONES VARIAS se refiere el artículo 20. de esta ley; a las ca-aéreo internacional que vendan las empresas de racteristicas de los timbres de registro sanitario,aviación, estatales 0 privadas, directamente 0 por Banco de Guatemala.-Memoria de Labores Año 1967.-en lo relativo a su forma de recaudación. admi-intermedio de agencias de viajes, 0 particulares Operaciones y Cuentas del Banco de Guatemala. nistración y empleo de su producto, asi como to-autorizados, que se dediquen a la explotación del (Continuación). das las disposiciones tendientes a la eficacia entráfico aéreo civil internacional. El impuesto gracuanto a la realización de los fines de esta ley.vitará sobre el valor de cada boleto, cuyo vuelo se origine en el territorio nacional, aún cuando ANUNCIOS VARIOS Articulo 50.-La Dirección General de Sanidadbubiere sido adquirido en el exterior. Publica y sus Dependencias, a la vez que todas Registro it mareas-Patentes de invención.-Lineas delas oficinas públicas, rechazarán de plano todosArtículo 20.-El producto del impuesto recaudatransporte -Matrimonio.-Solicitud de nacionalidad.los expedientes que conlleven el trámite de soli-do durante cada mes calendario deberá ser enConstitucion de Sociedades.-Modificacion de sociedades.citud del Registro Sanitario de especialidades far-terado en las cajas fiscales por las empresas de

-Edictoe.-Licitaciones.-Remates. macéuticas. cosméticos y artículos de tocador, queAviación, agencias de viajes 0 particulares, a que se presenten sin llevar debidamente adheridos yse refiere el artículo anterior, dentro de los pricancelados los timbres del Farmacéutico Quimi-meros diez días hábiles del mes siguiente, pre. CO creados por esta Ley. via deducción, en su caso, del impuesto que hubiera sido cobrado, en cualquier tiempo, sobre paORGANISMO LEGISLATIVO Artículo 60.-El pago del timbre Farmacéuti-sajes vendidos, cuyo importe total 0 parcial huco.Quimico> no aumentará el precio de los pro-biese sido reembolsado en el transcurso del productos a que se refiere el artículo 30. La infrac-pio mes por cancelación del viaje. El incumplicion a esta disposición será multada por la Di-miento de esta disposición, será sancionado con receivn de Sanidad Pública con multas que osci-una multa equivalente al diez por ciento (10%) DECRETO No. 1751 laran entre Q50.00 y Q500.00, según el caso.del impuesto no enterado en tiempo, más el recargo de intereses computados a razón del uno Artículo pensiones, seguros de vida ypor ciento (1%) mensual, sin perjuicio del pago El Congreso de la República de Guatemala,demás prestaciones que se otorguen de confor-del impuesto. Cuando la multa indicada 0 los inmidad con esta ley y sus reglamentos serán in-tereses computados sean menores de Q1.00 no Se embargables. exigirá su pago.

CONSIDERANDO: Articulo Bo.--La presente ley entrará en vigorArtículo 30 -Se exeptúa del pago de este imQue la Constitución de la República y el De-treinta días después de su publicación en el Dia-puesto. a las personas que viajen con pasaporte creto número 332 del Congreso de la Repúblicario Oficial. diplomático u oficial, en misión pública del Es. han previsto la colegiación obligatoria. cuyos fitado 0 de sus instituciones y a quienes viajen con nes son superación moral y material de lasPase al Organismo Ejecutivo para su publica-pasaporte equiparable a los anteriores, conforme profesiones universitarias; croo y cumplimiento. calificación que deberá hacer el Ministerio de Relaciones Exteriores. Tampoco se cubrirá el imCONSIDERANDO: puesto cuando deba ser pagado, sin importar laDado en el Palacio del Organismo Legislativo.calidad del pasaporte, por entidades nacionales 0

Que entre sus mejores fines los colegios profe-en 13 ciudad de Guatemala, a los veintidos díasinternacionales que gocen de exención de impuessionales mentan con el de mantener el decoro endel mes de mayo de mil novecientos sesenta ytos. conforme a su ley de creación 0 a tratados el ejerciers de las profesiones universitarias e in-ccho. 0 convenios internacionales. crements: el sentido de solidaridad entre sus coEl Estado, sus instituciones 0 las entidades porlegiados; J. GREGORIO PREM BETETA, cuenta de las cuales viajen las personas en mi-Presidente.

CONSIDERANDO: sion oficial, quedan obligados a acreditar tal cir-cunstancia mediante credencial debidamente firQue los farmacéuticos, farmacéuticos químicos y quimicos iarmacéuticos, son profesionales que des.JORCE ARISTIDES VILLATORO HERRERA, mada y sellada.

Primer Secretario. empeñan una actividad pública, quienes no go Artículo 40.-- Las empresas de Aviación, agenzan de prestaciones de carácter social que les den cias de viajes 0 particulares autorizados, que deprotección contra riesgos y aseguren su retire des-LUIS HUMBERTO CHINCHILLA S., jen de cobrar el impuesto establecido por esta ley, pués de ... plazo razonable del ejercicio de su Segundo Secretario. serán responsables del mismo y deberán enterar. profesión,EL OFICIAL NUMERO 72 7.0 ORGANISMO EJECUTIVO is state metros sesenticied 1en las cajas fiscales al ser comprobada SI faltésuros de metro cuadrados 0.05 ML, cheria to de cobro. por los delegados fiscales encargados medida queda distribuida en Los Lotes siguientes de las revisiones respectivas. Late No. 1. con una extensión de 174.73 metros

EDUCACION cuadrados: Lote No. 2. con una extensión de 400.83

MINISTERIO DE metros cuadrados; Lote No. 3, con una extensión Para efectuar las revisiones indicadas. se utilide 350.06 metros cuadrados: Lote No. 4, con una

zará el libro de Registro de Boletos a que se re-Declárase el 23 de Abril de cada año, DIA DELextensión de 180.89 metros cuadrados; Lote No. ficre el artículo 13 del Decreto Législativo núme-LIBRO». para honrar la memoria de don Mi-5.A. con una extensión de 5.08 metros cuadrados; TC 1831, reformado por el Decreto número 765 delguel de Cervantes Saavedra. Lote No. 5-B, con una extensión de 11.86 metros Congreso de la República, agregándole las columcuadrados; Lote No. 6. con una extensión de 386.80 nas necesarias. Palacio Nacional: Guatemala, 3 de junio demetros cuadrados; Lote No. 7, con una extensión

1968. de 1,132.36 metros cuadrados y Lote No. 8, con una extensión de 412.00 metros cuadrados, comArtículo 50.-Las empresas de Aviación, agenprendidos dentro de las colindancias especificadas cias de viajes O particulares, que en forma frau-El Presidente Constitucional de la República,en las actas de medida y plano respectivos. dulenta eludan la entrega total 0 parcial del impuesto recaudado, serán sancionadas con una su.ma igual al valor omitido, sin perjuicio de las resCONSIDERANDO: 20.-Que de conformidad con la denuncia hecha, ponsabilidades penales en que hayan incurrido y se adjudique gratuitamente a los interesados elsin menoscabo del pago del impuesto causado.Que en la Reunión de Editores y Libreros, con-diez por cientò de la superficie inscrita 0 sean

vocada por la Organización de Estados Centro-cincuenta y seis metros y sesentiséis centésimos Artículo 60.-El Ministerio de Hacienda y Créditoamericanos en el mes de octubre del año reciénde metro cuadrado (56.66 M2.) y el resto de dos pasado, se acordó instar a la Secretaria Generalmil cuatrocientos treinta metros cuadrados y noPúblico por medio de la dependencia respectiva,para que el 23 de abril de cada año, se declareventa y nueve centésimos de metro cuadrado aplicará las sanciones administrativas a que seDía del Libro, en homenaje a don Miguel de Cer.(2,430.99 M2.). deberán comprarios a la Munici-befiere la presente ley. vantes Saavedra, fecha en la que se conmemora palidad de Villa Nueva al precio en que fueron el aniversario de su muerte; valuados por el experto del Crédito Hipotecario Nacional don Ramiro León Bourdet Barrios.Articulo 70.-Se deroga el Decreto del Congreso número 1284 y todas aquellas disposiciones que SC CONSIDERANDO: opongan a la presente ley. Que entre los fines que persigue la educación30.-Que previo amojonamiento, se extienda por está la de formar en los educandos el respetola Oficina correspondiente a costa de los intereArtículo 80.-El presente Decreto entrará en vi-por aquellos valores que han consagrado su vidasados certificación de lo conducente para los figor a los ocho días siguientes de su publicaciónal servicio de la cultura; nes consiguientes. en el Diario Oficial. CONSIDERANDO:

Comuniquese. Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-Que don Miguel de Cervantes Saavedra. es ampliamente conocido como el más alto representa-ción y cumplimiento. tivo de las letras españolas, habiendo legadoa MENDEZ MONTENEGRO. la humanidad obras que lo han inmortalizado, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, POR TANTO, en la ciudad de Guatemala, a los veintidos días El Ministro de Gobernación, del mes de mayo de mil novecientos sesenta yEn uso de las facultades que le confiere el in-HECTOR MANSILLA PINTO. echo. ciso 4o. del Artículo 189 de la Constitución de la República,

J. GREGORIO PREM BETETA, ACUERDA:

MINISTERIO DE HACIENDAPresidente.

Artículo 10.-Se declara el 23 de abril de cada año, «Dia del Libro>, para honrar la memoria Y CREDITO PUBLICO FRANCISCO GULARTE COJULUN, de don Miguel de Cervantes Saavedra. Las insTercer Secretario. tituciones y los establecimientos de educación pú- blicos y privados. realizarán anualmente en esa GERMAN CASTANEDA Y CASTANEDA, fecha actos en homenaje, desarrollándose activi-Concédese a favor de la Liga Pro-Salud del PueCuarto Secretario. dades tendientes a la mayor divulgación y difu-blo. exoneración de los derechos aduaneros que sión del libro, organizándose baratillos, ventas yse mencionan.

Palacio Nacional: Guatemala, junio cinco de milpromociones de toda indole a fin de acrecentar novecientos sesenta y ocho. principalmente en el educando el amor hacia ellibro e inculcarle a la vez el respeto por aque-Palacio Nacional: Guatemala, 30 de mayo de Publiquese y Cúmplase: Hos valores que han consagrado su vida al ser.1968.

JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. vicio de la cultura. El Viceministro de Hacienda Artículo 20.-El presente acuerdo entrará en vi-El Presidente Constitucional de la República, y Crédito Público. gor al d'a siguiente de su publicación en el DiaEncargado del Despacho, rio Oficial.

EMILIO A. PERALTA P. CONSIDERANDO:

Comuniquese. MENDEZ MONTENEGRO. Que es deber del Estado brindar apoyo a todas aquellas personas 0 entidades que trabajan de ma. 1753 El Ministro de Educación, DECRETO No. nera desinteresada en la realización de obras deCARLOS MARTINEZ DURAN. beneficio general; CONSIDERANDO: El Congreso de la República de Guatemala,MINISTERIO DE GOBERNACION Que la Liga Pro-Salud del Pueblo ha solicitado CONSIDERANDO: exoneración de derechos aduaneros, tasas y demás impuestos que gravan la importación de tres Que se bace necesario prorrogar el actual pevehículos que sirvieron para constituir los priricdo de sesiones ordinarias del Congreso de laApruébanse las operaciones de mensura practicadas por el Ingeniero don Luis Francisco Hurmeros premios de la rifa verificada el 5 de feRepública. por haber todavía asuntos importanbrero de 1968, con el fin de agenciarse fondos des-tarte Estrany, sobre la finca urbana, situada en 1·S que deben ser conocidos y resueltos durante tinados a su obra social; la población de Villa Nueva de este departael presente período, mento, propiedad de los señores Renato AugusCONSIDERANDO: to y José Edgar Saravia Villalta.POR TANTO, Palacio Nacional: Guatemala, 22 de mayo de Que oído el Ministerio Público, se pronunció en En uso de las facultades que le confiere el arsentido favorable a la solicitud presentada, en1968. tículo 158 de la Constitución de la República, dictamen No. VII/43, del 13 de febrero de 1968; El Presidente Constitucional de la República,DECRETA: POR TANTO, CONSIDERANDO: Artículo 10.-Se prorroga hasta el 14 de junio Con base en los Decretos No. 1095 y 1168 del del año en curso. el actual período de sesiones Que en las operaciones de mensura practicadasCongreso de la. República, ordinarias del Congreso de la República. por el Ingeniero don Luis Francisco Hurtarte EsACUERDA: Artículo 20.-El presente Decreto entrará on vi-trany, sobre la finca urbana situada en la Pobla.

ción de Villa Nueva de este Departamento, insgor inmediatamente. Artículo 10.-Se concede a favor de la Liga Pro-crita en el Registro de la Propiedad al númeroSalud del Pueblo, exoneración de derechos aduaPase al Organismo Ejecutivo para su publica-dos mil novecientos ochenta y nueve (2.989), folioneros, tasas, cargos, sobre cargos, impuesto fis-treinta y nueve (39), del libro cuatrocientos nueveción. cal del timbre y demás impuestos que gravan la(409) de Guatemala, propiedad de los señores Renato Augusto y José Edgar Saravia Villalta, fue-importación de tres automóviles marca Subaru, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, modelo 1967. números do motor EK32_388662 EK CO la Ciudad de Guatemala, a los veintinueve díasron observados los requisitos de ley, no sufrieron32-388838, EK32-388837, números de chassis KIIILdel mes de mayo de mil novecientos sesenta y protesta ni oposición alguna y merecieron la apro-2621. K111L-2G22 y K111L-2623 declarados en po-bación de la Revisión General de Tierras:ocho. liza de importación número 2495, los cuales constituveron los tres primeros premios de la rifa quePOR TANTO,J. GREGORIO PREM BETETA, realizó el 5 de febrero de 1968, con el fin de agenPresidente. Con fundamento en el inciso 40. del Artículo 189ciarse fondos destinados a su obra social.

LUIS HUMBERTO CHINCHILLA SALAZAR, de la Constitución, Artículo 20.-El presente acuerdo entrará en vi_ Segundo Secretario. ACUERDA: gor al día siguiente de su publicación en el Dia-rio Oficial. FRANCISCO GULARTE COJULUN, Tercer Secretario. 10.-Se aprueban las operaciones de mensura practicadas por el Ingeniero don Luis FranciscoComuníquese.

Palacio Nacional: Guatemala. treinta y uno de Hurtarte Estrany, sobre la finca inscrita al nú- mero dos mil novecientos ochenta y nueve (2.989), MENDEZ MONTENEGRO. mayo de mil novecientos sesenta y ocho. folio treinta y nueve (39), del Libro cuatrocientos nueve (409) de Guatemala, las cuales acusan El Ministro de Hacienda Publiquese. para dicha finca una superficie total de tres milCrédito Público.

JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. cincuenta y cuatro metros cuadrados y veintiséisMARIO FUENTES PIERUCCINI. El Ministro de Gobernación, centésimos de metro cuadrados (3,054.26 M2.). con 216561 6Jn. HECTOR MANSILLA PINTO. inclusión del exceso de dos mil cuatrocientos ochen-

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