Decreto 1752-1968
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 1752-1968
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1968
E de Guater DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1o. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Impreso en Diario de Centro
Agencia: Teléfono 28027
Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Te éfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.América: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA
GUATEMALA, JUEVES 6 DE JUNIO DE 1968 NUMERO 72
TOMO CLXXXII POR TANTO. Palacio Nacional: Guatemala, junio cinco de mil SUMARIO novecientos sesenta y ocho. En USO de las facultades que le confiere el articulo 170 de la Constitución 'de la República,Publíquese y Cúmplase:
JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO.
ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETA:
El Viceministro de Hacienda Decreto No. 1751. La siguiente y Crédito Público. Encargado del Despacho, Decieto No. 1752 LEY DE CREACION DEL EMILIO A. PERALTA P.
Decreto No. 1753. TIMBRE "FARMACEUTICO-QUIMICO".
ORGANISMO EJECUTIVO Articulo 10.-Se crea el timbre «FarmacéuticoDECRETO No. 1752 MINISTERIO DE EDUCACION Quimico> que cubrirán los farmacéuticos, farmacéuticos qu'inicos y químicos farmacéuticos, el
cual se recaudará por medio de timbres que se El Congreso de la República de Guatemala,Declarase el 23 de abril de cada año, "Día del Libro",denominarán "Timbres de Registro Sanitario>. para horrar la memoria de don Miguel de Cervantes CONSIDERANDO: Saavedra. Artículo 20.-Los fondos provenientes de tal impuesto son privativos de la Universidad de SanQue dentro de una política tributaria sana, el MINISTERIO DE GOBERNACION Carlos de Guatemala, con destino exclusivo al Co.Estado debe propender a que los impuestos sean legio de Farmacéuticos y Químicos de Guatema-cubiertos en forma justa por los contribuyentes; Apruébance las operaciones de mensura practicadas por ella, el que recaudará, administrará y empleará su ingeniero don Luis Francisco Hurtarte Estrany, sobre laproducto solamente en el desarrollo de sus planes CONSIDERANDO: finca urbana, situada en la población de Villa Nueva dede pensiones, seguro de vida y otras prestaciones este departamento, propiedad de los señores Renato Au.en favor de sus miembros y con sujeción a losQue tal objetivo, se logra en cuanto al impuesvisto y José Edgar Saravia Villalta. reglamentos respectivos. to específico que se aplica actualmente a la venta de pasajes aéreos, sustituyéndolo por un im-Artículo 30.- Timbre de Registro Sanitario se MINISTERIO DE HACIENDA puesto ad valórem, pagará para todos los trámites previos a obtenerel registro sanitario de especialidades farmacéutiPOR TANTO,
Y CREDITO PUBLICO cas. cosméticos y artículos de tocador de origen nacional y extranjero y que de conformidad conEn uso de las facultades que le confiere el inConcédese favor de la Liga Pro-Salud del Pueblo, exone.la ley deben ser verificados por profesionales far-ciso 10. del artículo 170 de la Constitución de la ración Life los derechos aduaneros que se mencionan.macénticos, farmacéuticos químicos 0 químicos farmacéuticos ante las autoridades que la ley de-República, Modificase el Articulo 10. del Acuerdo Gubernativo del 25termine; se usará un timbre de Registro SanitaDECRETA: de mayo Jel corriente año, relativo a las tarjetas de cir-rio por valor de quince quetzales exactos (Q15 00), culación por enajenación de vehiculos automotores. por cada especialidad farmacéutica, cosmético yLa siguiente art'culo de tocador, cuyo registro sanitario se soMINISTERIO DE SALUD PUBLICA licite. Artículo 40,-Previa aprobación en Asamblea Ge-LEY DEL IMPUESTO SOBRE PASAJES Y ASISTENCIA SOCIAL neral, & Colegio de Farmacéuticos y Químicos, presentará a la Universidad de San Carlos de Gua-AEREOS INTERNACIONALES Restituyese el nombre de Hospital Infantil "Maria Teresa",temala, para su debida aprobación. los proyec. al hospital infantil para enfermedades infecto contaglosas.tos de reglamento relativos a los planes de pen-Articulo 10.-Se establece un impuesto del diez
sion, seguro de vida y demás prestaciones a quepor ciento (10%) sobre el valor de cada pasaje PUBLICACIONES VARIAS se refiere el artículo 20. de esta ley; a las ca-aéreo internacional que vendan las empresas de racteristicas de los timbres de registro sanitario,aviación, estatales 0 privadas, directamente 0 por Banco de Guatemala.-Memoria de Labores Año 1967.-en lo relativo a su forma de recaudación. admi-intermedio de agencias de viajes, 0 particulares Operaciones y Cuentas del Banco de Guatemala. nistración y empleo de su producto, asi como to-autorizados, que se dediquen a la explotación del (Continuación). das las disposiciones tendientes a la eficacia entráfico aéreo civil internacional. El impuesto gracuanto a la realización de los fines de esta ley.vitará sobre el valor de cada boleto, cuyo vuelo se origine en el territorio nacional, aún cuando ANUNCIOS VARIOS Articulo 50.-La Dirección General de Sanidadbubiere sido adquirido en el exterior. Publica y sus Dependencias, a la vez que todas Registro it mareas-Patentes de invención.-Lineas delas oficinas públicas, rechazarán de plano todosArtículo 20.-El producto del impuesto recaudatransporte -Matrimonio.-Solicitud de nacionalidad.los expedientes que conlleven el trámite de soli-do durante cada mes calendario deberá ser enConstitucion de Sociedades.-Modificacion de sociedades.citud del Registro Sanitario de especialidades far-terado en las cajas fiscales por las empresas de
-Edictoe.-Licitaciones.-Remates. macéuticas. cosméticos y artículos de tocador, queAviación, agencias de viajes 0 particulares, a que se presenten sin llevar debidamente adheridos yse refiere el artículo anterior, dentro de los pricancelados los timbres del Farmacéutico Quimi-meros diez días hábiles del mes siguiente, pre. CO creados por esta Ley. via deducción, en su caso, del impuesto que hubiera sido cobrado, en cualquier tiempo, sobre paORGANISMO LEGISLATIVO Artículo 60.-El pago del timbre Farmacéuti-sajes vendidos, cuyo importe total 0 parcial huco.Quimico> no aumentará el precio de los pro-biese sido reembolsado en el transcurso del productos a que se refiere el artículo 30. La infrac-pio mes por cancelación del viaje. El incumplicion a esta disposición será multada por la Di-miento de esta disposición, será sancionado con receivn de Sanidad Pública con multas que osci-una multa equivalente al diez por ciento (10%) DECRETO No. 1751 laran entre Q50.00 y Q500.00, según el caso.del impuesto no enterado en tiempo, más el recargo de intereses computados a razón del uno Artículo pensiones, seguros de vida ypor ciento (1%) mensual, sin perjuicio del pago El Congreso de la República de Guatemala,demás prestaciones que se otorguen de confor-del impuesto. Cuando la multa indicada 0 los inmidad con esta ley y sus reglamentos serán in-tereses computados sean menores de Q1.00 no Se embargables. exigirá su pago.
CONSIDERANDO: Articulo Bo.--La presente ley entrará en vigorArtículo 30 -Se exeptúa del pago de este imQue la Constitución de la República y el De-treinta días después de su publicación en el Dia-puesto. a las personas que viajen con pasaporte creto número 332 del Congreso de la Repúblicario Oficial. diplomático u oficial, en misión pública del Es. han previsto la colegiación obligatoria. cuyos fitado 0 de sus instituciones y a quienes viajen con nes son superación moral y material de lasPase al Organismo Ejecutivo para su publica-pasaporte equiparable a los anteriores, conforme profesiones universitarias; croo y cumplimiento. calificación que deberá hacer el Ministerio de Relaciones Exteriores. Tampoco se cubrirá el imCONSIDERANDO: puesto cuando deba ser pagado, sin importar laDado en el Palacio del Organismo Legislativo.calidad del pasaporte, por entidades nacionales 0
Que entre sus mejores fines los colegios profe-en 13 ciudad de Guatemala, a los veintidos díasinternacionales que gocen de exención de impuessionales mentan con el de mantener el decoro endel mes de mayo de mil novecientos sesenta ytos. conforme a su ley de creación 0 a tratados el ejerciers de las profesiones universitarias e in-ccho. 0 convenios internacionales. crements: el sentido de solidaridad entre sus coEl Estado, sus instituciones 0 las entidades porlegiados; J. GREGORIO PREM BETETA, cuenta de las cuales viajen las personas en mi-Presidente.
CONSIDERANDO: sion oficial, quedan obligados a acreditar tal cir-cunstancia mediante credencial debidamente firQue los farmacéuticos, farmacéuticos químicos y quimicos iarmacéuticos, son profesionales que des.JORCE ARISTIDES VILLATORO HERRERA, mada y sellada.
Primer Secretario. empeñan una actividad pública, quienes no go Artículo 40.-- Las empresas de Aviación, agenzan de prestaciones de carácter social que les den cias de viajes 0 particulares autorizados, que deprotección contra riesgos y aseguren su retire des-LUIS HUMBERTO CHINCHILLA S., jen de cobrar el impuesto establecido por esta ley, pués de ... plazo razonable del ejercicio de su Segundo Secretario. serán responsables del mismo y deberán enterar. profesión,