Decreto 1756-1968
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1756-1968
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1968
EL CRNGR Guat CONTROL ISTAS malteroGuate
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Te éfono 24418 Central de Correos de Guatemala, e. 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. América: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXXII GUATEMALA, SABADO 29 DE JUNIO DE 1968 NUMERO 92
Transitorias de la Carta de la Organización de Esvámcnes a la importación sobre las telas bordadas SUMARIO tados Centroamericanos suscr por el Ministro de de algodón para confeccionar brassieres fajas paRelaciones Exteriores de Guatemala, en la ciudad ra medias y corsets. que se clas fican en la fracde Managua, Nicaragua, el 13 de diciembre de ción No. 654-04-05 del Arancel Uniforme Centro1967. americano. ORGANISMO LEGISLATIVO Artículo 20.-El presente Decreto fue aprobado Artículo 20.-La suspensión a que se refiere elpor el voto favorable de más de las dos terceras Decreto Número 1756. numeral anterio", no se aplicará a les pedidos partes del total de diputados que integran el Conque se compruebe fueron heenos antes de la emi->
greso. y entrará en vigor el día siguiente de su ORGANISMO EJECUTIVO sión de este Acuerdo y cuya importación se opere publicación en el Diario Oficial. dentro de 90 días a partir de su vigencia En todo caso los interesados en adquirir los artículos de MINISTERIO DE ECONOMIA Pase al Organismo Ejecutivo para su publicamérito. deben presentar ante las autoridades COción y lo que proceda. rrespondientes en el término de quince días a parSuspendese a partir de la vigencia del presente acuerdo, las tir de dicha vigencia, pruebas fehacientes de queDado en el Palacio del Organismo Legislativo, en franquicias de gravámenes a la importación sobre las :e. han dado pasos concretos encaminados a la ob-la ciudad de Guatemala. a los cinco días del mes las bordadas de algodón para confeccionar brassieres, fajas tención de los artículos en referencia. de junio de mil novecientos sesenta y ocho. para medias y corsets, que se clasifican en la fracción Articulo 30.-No obstante lo dispuesto en el pre-No. 654.04.05 del Arancel Uniforme Centroamericano, J. GREGORIO PREM BETETA, sente Acuerdo, se podrá otorgar exoneraciones SO-1Presidente. Suspéndese a partir de la vigencia del presente Acuerdo, las bre los artículos que se menciona, en los casos previstos por la ley.franquicias de gravámenes la importación sobre la tintaJORGE ARISTIDES VILLATORO HERRERA, care se emplea en la manufactura de boligrafos. clasifica. Primer Secretario. Artículo 40.--El presente Acuerdo entrará enble en la Fracción No. 899.17.01 del Arancel Uniforme vigor el día siguiente de su publicación en elCentroamericano. GERMAN CASTANEDA Y CASTANEDA Diario Oficial. Cuarto Secretario.
Cuarto Secretario. MINISTERIO DE LA DEFENSA Comuniquese.Palacio Nacional: Guatemala. diez y nueve de juBOUSCAYROL SARTL NACIONAL nio de mil novecientos sesenta y ocho. El Viceministro de Economia, Ratifiquese, publiquese y cúmplase.Crease is base militar "Coronel Antonio José de Trissrri" Encargado de los As ntos de Integración,JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. ALFONSO ALONSO LIMA.con sede en la ciudad de Coban. con area de responsabiEdad y jurisdicción en los departamentos de Alta Verapaz,El Ministro de Relaciones Exteriores, Baja Verapaz, y municipio de "EI Estor", departamento EMILIO ARENALES CATALAN. de Izabal. Suspendese a partir de la vigencia del presenteRegiamento General de Prestaciones y Beneficios del Ins. Acuerdo, las franquicias de gravámenes a la imtituro de Previsión Militar. ORGANISMO EJECUTIVO portación sobre la tinta que se emplea en la manufactura de boligrafos. clasificable en la FracMINISTERIO DE EDUCACION ción No. 899-17-01 del Arancel Uniforme Centroamericano. Autorizase al Ministerio de Educacion. para que sin los MINISTERIO DE ECONOMIArequisitos de licitación pública y privada, adquiera 5 Palacio Naciona: Guatemala. 28 de junio de 1968. condecoraciones de la Orden "Francisco Marroquin" y 5 miniaturas de la misma. las cuales serán utilizadas para Suspendese a partir de la vigencia del presente El Ministro de Economia.
los festejos del "Dia del Maestro". accerdo. las franquicias de gravámenes a la importación sobre las telas bordadas de algodón CONSIDERANDO: para confeccionar brassieres, fajas para medias MINISTERIO DE COMUNICACIONES y corsets, que se clasifican en la fracción No. Que el Artículo III del Tratado General de InY OBRAS PUBLICAS 654-04-03 del Arancel Uniforme Centroamericano. tegración Económica Cen'roamericana claramente establece que las mercancias originarias del Palacio Nacional: Guatemala, 28 de junio de 1903. territor 0 de los Estados signatarios gozarán de tra-Amtorizase a la Dirección General de Correos para que on tamiento nacional en todos ellos; y que conforme los Talleres de la Tipograffa Nacional, se proceda a con. El Ministro de Economia, el Artículo IX del referido Tratado, los Gobiernos tramarear tas estampillas postales que se indica, con la n) otergarán exenciones ni reduccion de derelevenda: "1968.Año Internacional-Derechos Humanos, CONSIDERANDO: chos aduaneros a la importación procedente de ONU". fuera de Centroamérica para articulos roducidos Que el Artículo III del Tratado General de Inen los Estados contratantes en condier adeANUNCIOS VARIOS tegracion Económica Centroamericana claramencuadas por lo que, para dar cumplimiento a esta te establece que las mercancías originarias del disposición el Consejo Ejecutivo cel Tentado GeAutorizaciones farmacéuticas.-Lineas de transporte.-Materritorio de los Estados signaturios gozarán de tra-neral emitió sus resoluciones números 26 y 79, r.utamiento nacional en todos ellos; y que conformetrimonios.-Constitución de sociedades.-Modificación de meral III, que reglamentan dicho articulo;el Artículo IX del referido Tratado, les Gobiernossociedades-Prorroga de sociedades.-Disolución de socie. no otorgarán exenciones ni reducciones de dere.des.-Registro de marcas.-Titulos supletorios.-Edictos. CONSIDERANDO: chos aduaneros a la importación procedente deLicitaciones.-Remates. fuera de Centroamérica para articulos producidos Que en razón del tratamiento nacional, en elen los Estados contratantes en condiciones adepresente caso es aplicable el Deter(10 1317 delcuadas por lo que, para dar cumplimiento a esta Congreso de la República, Ley de Fornento InORGANISMO LEGISLATIVO disposición el Consejo Ejecutivo del Tratado Gedustrial. el cual establece taxativamente en su neral emitio sus resoluciones numeros 26 V 79, nuartículo 30, que el Ministerio de Economia. desmeral HI. que reglamentan dich, rtículo; pués de la comprobación pertinente, resolverá suspender las importaciones bajo franquicia aduane-CONSIDERANDO: DECRETO No. 1756 ra de los artículos que se produzcan en el país en condiciones adecuadas; Que en razin del tratamiento nacional. en el
presente caso es aplicable el Decrete 1317 del CONSIDERANDO: EI Congreso de In República de GuatemalaCongreso de la República, Ley de Fomento Industrial. el cual establece taxativaniente en su Que el Ministerio de Economía ha comprobado CONSIDERANDO: articulo 30. que el Ministerio de Economia, desen base a la información aportada por los gopues de-la comprobación pert nente, resolverá SUS-biernos interesados. a través de la Secretaría perQue Guatemala reconciendo las vinculaciones de pender las importaciones bajo franquicia aduane-manente del Tratado General de Integracion Ecoorden geográfico. histórico. económico y poiteo. ra de los art'culos que se produzcan en cl país nómica Centroamericana que. en la región, se elaexi tentes entre las Republicas del Istmo. con granon condiciones adecuadas: bora en condiciones adecuadas de calidad. precio entuslasmo ha propiel do la integración de CentroV abastecimiento, los artículos que en la parte américa incluyendose a Panama: CONSIDERANDO: dispositiva de este acuerdo se especifican resultando procedente hacer la declaración que corresCONSIDERANDO: Que el Ministerio de Economia ha comprobado ponde, en base a la información aportada por los 20Que el Protocolo de Reformas a las Disposiciobiernos interesados a través de la Secretaria perPOR TANTO. nes Transitorias numeros y 2 de la Carta de manente del Tratado General de Integración EcoOrganización de Estados Centroamericanos, connomica Centroamericana que. en la región, se elaACUERDA:
tribuye a un acercamiento V vinculacion mayores bora en condiciones adecuadas de calidad. precio con la República de Panama, abastecimiento. los artículos que on la parte Articulo 10.-Se suspenden a partir de la vigendispositiva de este acuerdo se especifican resulcia del presente acuerdo. las franquicias de graPOR TANTO, tando procedente hacer la declaracion que corres-vámenes a la importación sobre la tinta que se ponde, emplea en la manufactura de boligrafes, clasifiEn uso de las fecultades que is confiere el DTcable en la Fracción No. 399-1701 del A ancel Unifeulo 170 de la Constituci n de is República. POR TANTO, forme Centroamericano.
DECRETA: ACUERDA: Artículo 20.-La suspension a que SO efiere el numeral anterior, no se aplicará a pedidos Artículo 10.-Se aprueba et Protocoio de ReferArticulo 10.-Se suspenden a partir de la vigen-que se compruebe fueron hechos antes la emimas a los artículos 10. y 20. de las Disposicienes cia del presente acuerdo, las franquicias de grasion de este Acuerdo y cuya importacy e efectue