Decreto 1763-1968
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1763-1968
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1968
CONTROL
E Guat REVIST malterode
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Te éfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. América: 9a. Av. 11-34. Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXXII GUATEMALA, VIERNES 21 DE JUNIO DE 1968 NUMERO 85 de Agricultura y de Ganadería. Organos SubsidiaPalacio Nacional: Guatemala, catorce de junio de SUMARIO rios de la Organización de Estados Centroamerimil novecientos sesenta y ocho. canos, ODECA. Dicho Protocolo fue suscrito por el Ministro de Relaciones Exteriores de GuatemaPubliquese. ia del 13 de diciembre de 1967.
ORGANISMO LEGISLATIVO JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO.
Artículo 20.-El presente Decreto fue aprobado por el voto favorable de la mayoria absoluta del El Ministro de Gobernación,Decrete No. 1757. total de diputados que integran el Congreso, y enHECTOR MANSILLA PINTO. trará en vigor el día siguiente de su publicaciónDecreto No. 1763. en el Diario Oficial. ORGANISMO EJECUTIVO Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y lo que proceda. ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE LA DEFENSA Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, NACIONAL en la ciudad de Guatemala, a los cinco dias del mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho. MINISTERIO DE LA DEFENSANombranse como vocales militares para las Salas de Apela. J. GREGORIO PREM BETETA,ciones cue SE indican, a los miembros del Ejercito que se Presidente. NACIONALmentionan. JORGE ARISTIDES VILLATORO HERRERA, MINISTERIO DE HACIENDA Primer Secretario. Nombranse como Vocales Militares para las Salas de Apclaciones que se indican, a los miembros Y CREDITO PUBLICO GERMAN CASTANEDA Y CASTANEDA, del Ejército que se mencionan.Cuarto Secretario. Modificase la tarifa de cargos a barcos que toquen CD el Palacio Nacional: Guatemala, 10 de junio de 1968. Puesto de Champerico, aprobado por Acuerdo Gubernative Palacio Nacional: Guatemala. catorce de junio de de fecha 30 de septiembre de 1955. en los rubres que SE mil novecientos sesenta y ocho. EN Presidente Constitucional de la República, mencionan. Publiquese. Con fundamento en el Articulo 259 de la ConstiPUBLICACIONES VARIAS fución de la Republica y 473 del Codigo Militar JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. Segunda Parte, MUNICIPALIDAD DEL PUERTO DE SAN JOSE, El Ministr: de Gobernación, ACUERDA:
ESCUINTLA HECTOR MANSILLA PINTO.
Articulo Io.-Nombrar con efectos dei 16 de maye Regiamento para la administración del Mercado Municipal de 1958. como Vocales Militares para las Salas de cel Puerto de San José, Escuintla. Apelaciones que se indican, a los siguientes miembros del Ejército: ANUNCIOS VARIOS DECRETO No. 1763 PARA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIALines de transporte.-Matrimonios.-Constitución de socie. dades.-Modificación de Sociedad.-Prórroga de sociedad.- Vocales propietariosDisolucion de sociedad.-Titulos supletorios.-Patentes de El Congreso de la República de Guatemala,invencion-Registro de marcas.--Edictos-Licitaciones.- 10. Coronel de artilleria Ricardo Alfredo OreRemates CONSIDERANDO: Pana Franco, en sustitución del coronel de infanteria Augusto Conde Mendizábal. Que es atribución específica del Organismo Legislativo, la de administrar y disponer de los fon2a. Coronel de artilleria DEM. Sergio Obregón ORGANISMO LEGISLATIVO dos que en partidas globales se le asignen en el Carrillo, en sustitución del coronel ce infantería Presupuesto de Egresos del Estado, de conformiFederico Leonidas Ochoa Amézquita. dad con lo preceptuado por el artículo 43 del Decreto Legislative 1359 e inciso 50. del artículo 169 Vocal suplente DECRETO No. 1757 de la Constitución de la República;
1. Coronel de infantería DEM. Carlos Alberto EnEl Congreso de la República de Guatemala. CONSIDERANDO: riquez Hernández. en sustitución del teniente COronel de infantería Lotario Nuila Hub.
CONSIDERANDO: Que el informe de labores del Congreso de la República. debe ser conocido y aprobado por este Que de conformidad con el artículo 2o. de las Dis-alto cuerpo. al ser sometido a su consideración PARA LA SALA CUARTA DE APELACIONES CON pos ciones Transitorias de la Carta de la Organipor la Comisión de Régimen Interior: informe que SEDE EN ESTA CAPITAL zación de Estados Centroamericanos, la Republica debe contener el detalle global de los gastos ocude Panamá puede ingresar a cualesquiera de TOS rridos. los que conforme a la última parte del Vocal Suplente organismo subsidiarios establecidos 0 que se esarticulo 178 de la Constitucion, no necesitan de 12 sanción del Ejecutivo, 1. Coronel de artillería Horacio Fernandez Guz-tablezcan en el futuro. suscribiendo para el efecto el Protocolo correspondiente; man. on sustitución del coronel de ingenieros Isalas
POR TANTO. Rodolfo Contreras Bejarano.
CONSIDERANDO: DECRETA: Que los Gobiernos de las Repúblicas de GuateFARA LA SALA QUINTA DE APELACIONES CON SEDE EN LA CIUDAD DE JALAPAmala. El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Artículo 10.- Se aprueba en todas y cada una de Rica V Penamá. representados por sus respectisus partes. el informe rendido por la Comisión
VGS Ministros de Relaciones Exteriores. signaron de Régimen Interior. relativo a las labores desen la ciudad de Managua Nicaragua.-el 13 de diarrolladas por el Congreso de la República en Vocal propietario ciembre de 1967. un Protocolo de Ingreso de la el periodo comprendido del 10. de diciembre al 1. Coronel de infantería Juventino Gimez Reci-Republica de Panamá a los siguientes organismos 12 de junio de 1963. en el que se detalla global-nos. cn sustitución del corcnel de artilleria DEM.subsidiarios de la ODECA: Consejo Centroamerimente el movimiento de los gastos ocurridos duMario Fabio Sanchez Soto.cano para Asuntos de Gobernación. Interior y Mirante el mismo período y que ascienden a la sugración: Consejo Centroamericano de Agriculma de quinientos cuarenta y un mil setenta y nueArticulo 20.-Nombrar con efectos del primero detura y Ganaderia: ve quetzales con cuarenta y nueve centavos junio en curso. como vocal militar propietario para(0541,079.40).
CONSIDERANDO: Sala Séptima de Apelaciones con sede en la Ciu Artículo 20.-El presente Decreto entrará en vi-dada de Quezaltenango, al coronel de infantería Que Guatemala reconoc'endo la vinculación 000Pedro Oliva Valdés, en sustitución del coronel degor inmediatamente. gráfica. histórica, económica y política existente artilleria Enrique Amézquita Quiroa. entre los países del Istmo. siempre ha propiciado Pase al Organismo Ejecutivo para su publicala integración centroamericana incluyends denArtículo 30.-Se dan las gracias por los serviciosción. tro de esta comunidad, a la República de Panama. prestados a los señores jefes del ejército que ejerDado en el Palacio del Organismo Legislativo, deron el cargo de vocales militares y que cesan POR TANTO, en a ciudad de Guatemala, a los doce d'as del to el ejercicio del mismo. mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho.
En uso de las facultades que le confiere el 20Artículo 40.- El presente Acuerdo se publicará en t'eulo 170 de la Constitución de la Republica. J. GREGORIO PREM BETETA, · Diario Official en la Orden General set Ejército. Presidente.
DECRETA: Comuniquese.
LUIS HUMBERTO CHINCHILLA SALAZAR, Atticulo Se aprueba el Protocolo de InsteSegundo Secretario. MENDEZ MONTENEGRO so de la República de Panama a el Consejo Centreamer cano para Asuntos de Gobernacion InteFRANCISCO GULARTE COJULUN ES Ministro de la Defensa Nacional, rior y Migracion y al Consejo Centroamericano Tercer Secretario. ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR.